Resolución 1047/2014

Suma - Asignase

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Suma - Asignase

Asignase la suma de pesos ocho millones ($ 8.000.000) del fondo nacional para el enriquecimiento y conservacion de los bosques nativos del presupuesto 2014, al financiamiento de los planes aprobados en el marco de la resolucion de la secretaria de ambiente y desarrollo sustentable nº 256 de fecha 8 de abril de 2009, conforme la decision adoptada por el consejo federal del medio ambiente mediante resolucion nº 277 del 8 de mayo de 2014.

Id norma: 236155 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32987

Fecha boletin: 10/10/2014 Fecha sancion: 30/09/2014 Numero de norma 1047/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Ambiente Y Desarrollo Sustentable Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Resolución 1047/2014

Bs. As., 30/9/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0021408/2014 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.331 de PresupuestosMínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos y su DecretoReglamentario Nº 91 del 13 de febrero de 2009, la Resolución de laSECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 256 del 8 de abrilde 2009 y su modificatoria Nº 450 de fecha 29 de mayo de 2009, y laResolución del CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE Nº 277 del 8 de mayode 2014, y

CONSIDERANDO:

Que constituye una prioridad de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLOSUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el CONSEJOFEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE la implementación de acciones que devienende la Ley Nº 26.331.

Que el artículo 36 de la ley citada establece que el FONDO NACIONALPARA EL ENRIQUECIMIENTO Y LA CONSERVACION DE LOS BOSQUES NATIVOS seráadministrado por la Autoridad Nacional de Aplicación, juntamente conlas Autoridades Locales de Aplicación, quienes dictarán las normasreglamentarias al respecto.

Que el artículo 36 del Decreto Reglamentario Nº 91 del 13 de febrero de2009, asigna a la Autoridad de Aplicación, conjuntamente con lasAutoridades Locales de Aplicación, en el ámbito del CONSEJO FEDERAL DELMEDIO AMBIENTE, la facultad de determinar la instrumentación yreglamentación para el FONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y LACONSERVACION DE LOS BOSQUES NATIVOS.

Que en el marco del artículo 12 de la Ley Nº 26.331, la SECRETARIA DEAMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE implementó, a través de la ResoluciónNº 256 del 08 de abril de 2009 y su modificatoria Nº 450 de fecha 29 demayo de 2009, una etapa piloto tendiente a promover durante el año laejecución de Planes de Manejo y Conservación de los Bosques Nativos.

Que producto de tal iniciativa, se presentaron planes de todas lasjurisdicciones del país, siendo aprobados para su financiamiento CIENTOONCE (111) proyectos.

Que los proyectos mencionados se encuentran en estado de ejecución,resultando necesario financiar los mismos hasta tanto se finalice lainstrumentación del FONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y LACONSERVACION DE LOS BOSQUES NATIVOS, dado que la interrupción de dichosproyectos resultará en perjuicio para la protección ambiental de losbosques nativos.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLOSUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 1445 de fecha 22de noviembre de 2013, se afectaron los recursos necesarios del FONDONACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y CONSERVACION DE LOS BOSQUES NATIVOSdel presupuesto 2013 al financiamiento de los proyectos seleccionados.

Que los fondos asignados para el ejercicio 2014 se encuentranconsignados en el artículo 16 de la Ley Nº 26.895 de PresupuestoGeneral de la Administración Nacional, debiendo cumplirse para suejecución con las normas de la Administración Pública Nacional.

Que a los fines de continuar progresivamente desarrollando las accionesque comenzaron a ejecutarse en el año 2009 para la implementación de laLey Nº 26.331 es necesario financiar los proyectos de manejo yconservación de los bosques nativos y brindar la asistencia financierapara la elaboración del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos alas provincias que no lo han recibido.

Que en el marco de lo establecido en el artículo 36 del Decreto Nº91/2009, la Asamblea del CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE, recomendóa la Autoridad Nacional de Aplicación la afectación de recursos delFONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y CONSERVACION DE LOS BOSQUESNATIVOS para financiar los Proyectos aprobados en el marco de laResolución Nº 256 de fecha 08 de abril de 2009.

Que el Servicio Administrativo Financiero 317 ha procedido a verificarla existencia de crédito presupuestario disponible a la fecha deldictado de la presente medida.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DEAMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de los artículos 30 y 36 dela Ley Nº 26.331 y los artículos 30, primera parte y 36 del Decreto Nº91/2009.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnase la suma de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000) delFONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y CONSERVACION DE LOS BOSQUESNATIVOS del presupuesto 2014, al financiamiento de los planes aprobadosen el marco de la Resolución de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLOSUSTENTABLE Nº 256 de fecha 8 de abril de 2009, conforme la decisiónadoptada por el CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE mediante ResoluciónNº 277 del 8 de mayo de 2014.

ARTICULO 2° — Los fondos asignados en el artículo anterior que no seanimputados hasta el 31 de octubre de 2014, volverán a formar parte delFONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y CONSERVACION DE LOS BOSQUESNATIVOS del presupuesto 2014.

ARTICULO 3° — Cúmplase con la asignación de los recursos a los quealude el artículo anterior, a través del área competente de estaSecretaría.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional deRegistro Oficial y archívese. — Ing. OMAR V. JUDIS, Secretario deAmbiente y Desarrollo Sustentable.

e. 10/10/2014 Nº 76936/14 v. 10/10/2014

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