Resolución 2392/2014

Proyectos De Credito Fiscal - Apruebense

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social
Proyectos De Credito Fiscal - Apruebense

Apruebense los proyectos de credito fiscal. modificacion de la resolucion 178/2014 de la secretaria de empleo.

Id norma: 236158 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32987

Fecha boletin: 10/10/2014 Fecha sancion: 06/10/2014 Numero de norma 2392/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Empleo Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE EMPLEO

Resolución 2392/2014

Bs. As., 6/10/2014

VISTO el Expediente Nº 1.2015.1592892/13 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 22.317 y susmodificatorias, la Ley Nº 24.156, la Ley Nº 26.895 de PresupuestoGeneral de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, lasResoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº256 de fecha 23 octubre de 2003 y Nº 1350 de fecha 3 de diciembre de2013, las Resoluciones de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 178 de fecha 5 defebrero de 2014, Nº 418 de fecha 11 de marzo de 2014, Nº 2039 de fecha25 de agosto de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que las políticas implementadas por la SECRETARIA DE EMPLEO se orientana promover acciones de fortalecimiento de la calidad del empleo y delas calificaciones de los trabajadores ocupados y desocupados yconsideran de sumo interés la integración a sus acciones de laspequeñas y medianas empresas por su aporte dinámico a la creación deempleo y de bienes y servicios.

Que es interés de la SECRETARIA DE EMPLEO contribuir al fortalecimientode las acciones de formación continua que emprendan las empresasrespecto de su personal empleado y respecto a generar formación y/oexperiencias de prácticas calificantes para los desocupados.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 178 de fecha 5de febrero de 2014, se reglamenta la operación del Régimen de CréditoFiscal y se fijan las condiciones y plazos para la presentación deproyectos.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 2039 de fecha25 de agosto de 2014, se aprobaron y desestimaron los proyectos deCrédito Fiscal incluidos en los ANEXOS I y II correspondientes alprimer llamado.

Que de conformidad con lo previsto en las Resoluciones referidas, hastala fecha estipulada para el segundo llamado se presentaron DOSCIENTOSCINCUENTA Y NUEVE (259) proyectos, los que fueron evaluados con loscriterios estipulados en la citada normativa.

Que en virtud de la evaluación practicada, la SUBSECRETARIA DEPOLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL ha tomado la intervenciónque le compete, procediendo a confeccionar el orden de mérito de losproyectos evaluados satisfactoriamente, incluidos en los ANEXOS I y IIde la Presente, quedando en consecuencia DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO(235) proyectos aprobados, a comenzar la ejecución con la presenteResolución, quedando VEINTICUATRO (24) proyectos desaprobados.

Que la asignación presupuestaria efectuada por la Resolución de laSECRETARIA DE EMPLEO Nº 2039 de fecha 25 de agosto de 2014, asciende ala suma de PESOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOSVEINTIDOS ($ 60.615.922,00), que sumado a la asignación efectuada porla presente, de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO TREINTA Y SEISMIL CIENTO ONCE ($ 39.136.111,00), totalizando la suma total de PESOSNOVENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TREINTA Y TRES($ 99.752.033,00), quedando disponibles para ejecutar la suma de PESOSTREINTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA YSIETE ($ 30.247.967,00) para efectuar un tercer llamado en los términosdel artículo 22 de la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 178 defecha 5 de febrero de 2014.

Que resulta necesario reglamentar algunos aspectos del tercer llamadofijando los plazos de presentación, plazos de evaluación e inicio delas acciones por un monto de PESOS TREINTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTAY SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE ($ 30.247.967,00).

Que asimismo resulta necesario incorporar en este tercer llamadoalgunas consideraciones para la presentación y ejecución de cursos paradesocupados.

Que las acciones propuestas en los citados proyectos resultanconsistentes con los objetivos generales que fundamentan el diseño yejecución del Régimen de Crédito Fiscal, así como con las políticasactivas de empleo que desarrolla esta SECRETARIA DE EMPLEO.

Que, en consecuencia, corresponde aprobar los proyectos contenidos enel referido orden de mérito, así como desestimar aquellos que noalcanzan los estándares mínimos de calidad requeridos.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y susmodificatorios y por el artículo 16 de la Resolución del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1350 de fecha 3 de diciembre de2013.

EL SECRETARIO DE EMPLEO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébense los proyectos de Crédito Fiscal identificadosen el orden de mérito que, como ANEXO I, forma parte integrante de lapresente Resolución.

ARTICULO 2° — Desestímense los proyectos de Crédito Fiscal identificados en el ANEXO II de la presente Resolución.

ARTICULO 3° — Apruébese para el tercer llamado la suma de PESOS TREINTAMILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE ($30.247.967,00).

ARTICULO 4° — Modifícase los plazos de ejecución establecidos por elartículo 15 inciso b) de la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº178 de fecha 05 de febrero de 2014 de acuerdo al siguiente cuadro:

ARTICULO 5° — Incorpórese como título antecedente del Artículo 11 de laResolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 178 de fecha 5 de febrero de2014, el siguiente:

“Del estímulo por incorporación de trabajadores desocupados”.

ARTICULO 6° — Sustitúyese el texto del artículo 11 de la Resolución dela SECRETARIA DE EMPLEO Nº 178 de fecha 5 de febrero de 2014 por elsiguiente:

“ARTICULO 11.- Las empresas podrán acceder a un incremento en elcrédito fiscal cuando incorporaren a su planta, a consecuencia de lasactividades de capacitación, a:

1. Trabajadores desocupados mayores de 18 años incluidos en el SEGURODE CAPACITACION Y EMPLEO, en el PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJORTRABAJO, PROGRAMA de PRESTACIONES POR DESEMPLEO, y/o en otros programaso acciones ejecutados por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDADSOCIAL;

2. Trabajadores desocupados mayores de 18 años con discapacidad,

3. Trabajadores desocupados mayores de 18 años incluidos en el Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROGRESAR).

La empresa deberá formular expresamente la intención de incorporartrabajadores desocupados en el formulario de presentación del proyectode Crédito Fiscal y oportunamente acreditará la pertenencia de lostrabajadores desocupados a alguno de los grupos mencionados mediantecertificado emitido por la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboralcorrespondiente. La empresa no podrá iniciar las actividades hasta notener conformidad de la Coordinación de Crédito Fiscal sobre lacondición de los participantes.

ARTICULO 7° — Incorpórase como artículo 11 bis de la Resolución de laSECRETARIA DE EMPLEO Nº 178 de fecha 5 de febrero de 2014 el siguiente:

“ARTICULO 11 bis.- El incremento por incorporación de trabajadoresdesocupados se calculará sobre la base del total del proyecto deCrédito Fiscal aprobado, quedando supeditado dicho incremento alcumplimiento íntegro de las incorporaciones propuestas, de acuerdo alos coeficientes indicados en los siguientes cuadros, según tipo deempresa y acciones y programas de promoción del empleo intervinientes.

Como consecuencia del mencionado incremento el total del Crédito Fiscalaprobado no podrá superar los topes establecidos en el artículo 3° dela Resolución Nº 1350 de fecha 3 de diciembre de 2013 del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

En el caso que una empresa presente un proyecto que involucre más deuno de los supuestos mencionados en los cuadros precedentes, a losefectos del cálculo del estímulo se tomará la fórmula que resulte másbeneficiosa para la empresa.

A los efectos de la percepción del incremento por incorporación detrabajadores desocupados, las contrataciones del nuevo personal deberánformalizarse exclusivamente por tiempo indeterminado.

ARTICULO 8° — Incorpórase como artículo 11 ter de la Resolución de laSECRETARIA DE EMPLEO Nº 178 de fecha 5 de febrero de 2014 el siguiente:

“ARTICULO 11 ter.- La empresa acreditará la incorporación de lostrabajadores desocupados que contrate según la normativa del régimenpromocional, a través de la exhibición del alta temprana y de laconstancia del cumplimiento de las obligaciones para con la seguridadsocial durante un mínimo de TRES (3) meses al momento de la rendiciónde cuentas.

ARTICULO 9° — Sustitúyese el inciso h) del Artículo 17 de la Resoluciónde la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 178 de fecha 5 de febrero de 2014 por elsiguiente:

“h) No mantener deudas fiscales nacionales, provinciales y/omunicipales exigibles por el fisco nacional, ni deudas previsionales,ni encuadrar en situación de riesgo crediticio superior a la escala dos(2), conforme a la clasificación de deudores que realiza el BCRA, nihaber incurrido en despidos colectivos, ni haber sido sancionada conmulta por empleo no registrado en cualquier etapa del proyecto.”.

ARTICULO 10. — Notifíquese a los organismos presentantes de proyectosla presente Resolución junto con los dictámenes de evaluación de losmismos.

ARTICULO 11. — A efectos de ejecutar proyectos de capacitación que seanaprobados por la SECRETARIA DE EMPLEO, las Empresas podrán utilizarservicios que brindan las Oficinas de Empleo Municipales integradas ala Red de Servicios de Empleo para convocar y seleccionar atrabajadores desocupados.

ARTICULO 12. — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada alDepartamento Publicaciones Biblioteca y archívese. — Lic. MATIASBARROETAVEÑA, Secretario de Empleo, M.T.E. y S.S.

(Nota Infoleg: lasmodificaciones a los Anexos aprobados por la presente Resolución, quese hayan publicado en Boletín Oficial, pueden consultarse clickeando enel enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

ANEXO I


ANEXO II

e. 10/10/2014 Nº 76611/14 v. 10/10/2014

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica