Resolución 2757/2014

Programa De Apoyo De Capacitacion Y Difusion Del Sistema De Riesgos Del Trabajo

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social
Programa De Apoyo De Capacitacion Y Difusion Del Sistema De Riesgos Del Trabajo

Crease el “programa de apoyo de capacitacion y difusion del sistema de riesgos del trabajo”, en adelante “el programa”, destinado a asistir a las entidades gremiales, organizaciones de empleadores y otras organizaciones de la comunidad, en la tematica de prevencion, salud, higiene, condiciones de seguridad y medio ambiente del trabajo. derogase la resolucion s.r.t. nº 1.735/12 y toda otra norma que se oponga a la presente.

Id norma: 236630 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32992

Fecha boletin: 20/10/2014 Fecha sancion: 10/10/2014 Numero de norma 2757/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Superintendencia De Riesgos Del Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 2757/2014

Bs. As., 10/10/2014

VISTO el Expediente Nº 108.241/12 del Registro de la SUPERINTENDENCIADE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 19.549, Nº 24.557, elDecreto Nº 1.759 de fecha 3 de abril de 1972, las Resoluciones S.R.T.Nº 1.735 de fecha 3 de diciembre de 2012, Nº 1.214 de fecha 22 de juliode 2013, y

CONSIDERANDO:

Que uno de los objetivos establecidos en el inciso a), apartado 2,artículo 1° de la Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo es reducir lasiniestralidad laboral, a través de la prevención de los riesgosderivados del trabajo.

Que resulta sumamente importante la recíproca colaboración y asistenciatécnica entre la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) y lasdiferentes Organizaciones, para el desarrollo en forma conjunta deproyectos y acciones tendientes a prevenir accidentes y enfermedadesprofesionales, mejorar las condiciones de salud, higiene, seguridad ymedio ambiente de los trabajadores, ya sea a través del intercambio deinformación y de recursos humanos, la provisión de personalespecializado, la realización de trabajos de investigación, ladivulgación del Sistema de Riesgos del Trabajo, la creación ydesarrollo de grupos de trabajo, la ejecución de proyectos decapacitación y desarrollo de extensión de conocimientos.

Que en ese sentido, la promoción de actividades con asociacionessindicales, organizaciones de empleadores así como con diferentesentidades y organizaciones de la comunidad con interés en realizaracciones de concientización y prevención, constituye una de las formasde cumplir con el objetivo mencionado.

Que las actividades a desarrollarse en cumplimiento de dicho objetivoson implementadas mediante la suscripción de convenios para cadaproyecto y organización que lo lleve a cabo.

Que con el objeto de reglamentar la suscripción de los convenios acelebrar con las entidades gremiales, organizaciones de empleadores yotras organizaciones de la comunidad, se aprobó la Resolución S.R.T. Nº1.735 de fecha 3 de diciembre de 2012.

Que la experiencia recogida en la tramitación de tales convenios trajoaparejada la necesidad de adecuar algunas etapas en la gestión, asícomo de agilizar procesos y de actualizar y ampliar las posibilidadesde convenios con otras organizaciones de la comunidad.

Que en virtud de la sanción de la Resolución S.R.T. Nº 1.214 de fecha22 de julio de 2013, se han producido cambios organizacionales y defunciones, que generaron una necesaria modificación de algunas de laspautas establecidas en la Resolución S.R.T. Nº 1.735/12.

Que en razón de ello, el Departamento de Capacitación, dependiente dela Gerencia de Comunicación Institucional y Capacitación, propició elproyecto de resolución que reglamenta el procedimiento de celebraciónde los mencionados convenios, adecuado a la actual estructuraorganizativa de esta S.R.T.

Que en este contexto, es preciso resaltar que las áreas a intervenir enel nuevo procedimiento para la implementación de los convenios, loefectuarán en virtud de las atribuciones conferidas por la ResoluciónS.R.T. Nº 1.214/13, que estableció las acciones primarias para cada unade ellas.

Que en consecuencia, corresponde derogar la Resolución S.R.T. Nº 1.735/12.

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente resolución se dicta en uso de las atribucionesconferidas en los artículos 36 y 38 de la Ley Nº 24.557 y en laResolución S.R.T. Nº 1.214/13.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Créase el “PROGRAMA DE APOYO DE CAPACITACION Y DIFUSIONDEL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO”, en adelante “EL PROGRAMA”,destinado a asistir a las Entidades Gremiales, Organizaciones deEmpleadores y otras organizaciones de la comunidad, en la temática deprevención, salud, higiene, condiciones de seguridad y medio ambientedel trabajo.

ARTICULO 2° — La implementación de “EL PROGRAMA” comprenderá las siguientes líneas de trabajo:

a) Programas de capacitación bajo la modalidad de Convenios condiferentes Entidades Gremiales, Organizaciones de Empleadores y otrasorganizaciones de la comunidad.

b) Acciones de capacitación y/o difusión ejecutadas por las EntidadesGremiales, Organizaciones de Empleadores y otras organizaciones de lacomunidad y/o la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.).

ARTICULO 3° — Apruébanse, a los efectos de la implementación de lasacciones previstas en el inciso a) del artículo precedente, lascondiciones a cumplir y el trámite de los convenios que se celebren, deconformidad con las estipulaciones descriptas en los Anexos I y III queforman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 4° — Apruébanse, a los efectos de la implementación de lasacciones previstas en el inciso b) del artículo 2° de la presenteresolución, las pautas y criterios que se establecen en el Anexo II yIII que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 5° — Determínase que la Gerencia de Comunicación Institucionaly Capacitación (G.C.I. y C.) de esta S.R.T. resulta el área competentepara evaluar, coordinar, verificar y difundir la realización de lasacciones previstas en el artículo 2° de la presente resolución.

ARTICULO 6° — Facúltase al área designada en el artículo precedente, arealizar fundadamente modificaciones de excepción, tanto en lainstancia de aprobación como en la vigencia del Convenio, a lascondiciones y trámites establecidos en la presente resolución y adisponer las medidas de adecuación de los parámetros operativos quefueran necesarias para permitir el normal funcionamiento de “ELPROGRAMA” y de las actividades que puedan celebrarse.

ARTICULO 7° — Créase el Comité de Seguimiento y Aprobación de Gastos de“EL PROGRAMA”, integrado por los titulares de la Gerencia deComunicación Institucional y Capacitación y la Gerencia de Operacioneso por quienes la S.R.T., indicare en un futuro.

ARTICULO 8° — El Comité de Seguimiento y Aprobación de Gastos de “EL PROGRAMA” tendrá las siguientes funciones:

1. Aprobar o rechazar el pago de la rendición de gastos ordinarios yextraordinarios producto de situaciones excepcionales, debidamentejustificados por la Entidad u Organización peticionante, en la medidaque sean indispensables para brindar la capacitación propuesta.

2. Suspender o recortar los pagos en caso de falta de implementación delos compromisos acordados con las entidades y organizaciones o ante elincumplimiento de las cláusulas establecidas en los convenios.

ARTICULO 9° — Las acciones previstas en cada convenio particular podránser financiadas con los excedentes del Fondo de Garantía de la Ley Nº24.557, en tanto se correspondan con los destinos previstos para talesexcedentes por la normativa de aplicación en la materia, sujeto a ladisponibilidad de recursos y en la proporción que la S.R.T. determine.

ARTICULO 10. — Dispónese que los Convenios suscriptos bajo los términosde la Resolución S.R.T. Nº 1.735 de fecha 3 de diciembre de 2012,mantendrán sus compromisos vigentes hasta su conclusión, bajo losprocedimientos y/o controles para verificar su cumplimiento,oportunamente establecidos a tales efectos.

ARTICULO 11. — Derógase la Resolución S.R.T. Nº 1.735/12 y toda otra norma que se oponga a la presente.

ARTICULO 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN H. GONZÁLEZ GAVIOLA,Superintendente de Riesgos del Trabajo.

ANEXO I

CONDICIONES Y CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD PARA LA SUSCRIPCION DE CONVENIOS DE CAPACITACION CON ENTIDADES Y ORGANIZACIONES

La Suscripción de los Convenios estará sujeta a la aplicación de losCriterios de Elegibilidad establecidos y a las Condiciones Técnicas yPedagógicas de la propuesta a presentar por las entidades uorganizaciones solicitantes.

1. Criterios de Elegibilidad

Los Criterios de Elegibilidad operan en función del desarrollo einstitucionalización de acciones concretas, llevadas a cabo por lasentidades u organizaciones, tendientes a mejorar las condiciones desalud, seguridad, higiene y medio ambiente laboral de los trabajadoresy la prevención de los riesgos del trabajo.

Al momento de la suscripción del convenio, la entidad u organizacióninteresada, deberá cumplir —según corresponda— con los siguientesrequisitos:

a) Contar con afiliación vigente a una Aseguradora de Riesgos delTrabajo, no registrar deudas en concepto de cuota omitida y no poseermultas pendientes de pago.

b) Poseer Personería Jurídica y/o Gremial.

c) No registrar incumplimientos respecto de los compromisos asumidos enConvenios suscriptos anteriormente, si los hubiera, con estaSUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.).

d) Contar con un área de seguridad, higiene y salud en el trabajo,preferentemente a cargo de un especialista matriculado en la materia,dentro de su estructura organizacional y dependiente de las máximasautoridades. En caso que la entidad u organización no disponga de unárea como la citada precedentemente, deberá proceder a su creacióndurante la vigencia del Convenio, asumiendo dicha acción en carácter de“Compromiso Específico” a cumplimentar por aquéllas antes de lafinalización del convenio suscripto.

Por otra parte, se considerará conveniente, que:

e) Las entidades u organizaciones impulsen la creación de comisiones decondiciones y medio ambiente de trabajo, integradas por representantesde los trabajadores y de los empleadores.

f) Prioricen como destinatarios de la propuesta, a trabajadores de lasempresas incluidas en los Programas de Reducción de la Siniestralidadde la S.R.T.

g) En la capacitación se incluya o privilegie a los actores conpotencialidad de influencia para la toma de decisiones que impacten enlas condiciones de salud, seguridad, higiene y medio ambiente laboral.

h) En caso de tratarse de una Entidad Gremial, deberá propiciarse laintroducción de cláusulas sobre condiciones y medio ambiente de trabajoen todos los convenios colectivos de trabajo que celebren mientras queen la capacitación se deberá incluir o privilegiar a los actores conpotencialidad de influencia, como delegados paritarios de ConvencionesColectivas de Trabajo, delegados gremiales, delegados de prevención ointegrantes de comités mixtos de higiene y seguridad, o de comisionesde condiciones y medio ambiente de trabajo de empresas del sector, ytrabajadores del sector de empresas sin representación gremial.

2. Condiciones Técnicas y Pedagógicas

Propuesta Formativa

En sus aspectos formales, la presentación definitiva de la propuestadebe realizarse y entregarse por escrito y en soporte digital, firmadapor los responsables máximos de la Entidad Gremial.

Dicha propuesta deberá contemplar:

• Fundamentos y antecedentes.

• Objetivos de la propuesta.

• Contenidos. Deben enumerarse los temas a desarrollar, que tendrán que incluir:

o El funcionamiento del Sistema de Riesgos del Trabajo.

o Los derechos y obligaciones de los actores del Sistema.

o Las funciones de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.).

o La Salud y Seguridad en el Trabajo.

o Los riesgos laborales de la actividad y las medidas preventivas.

Queda a criterio de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.)la incorporación de contenidos que crea pertinente en la propuestapresentada.

• Metodología. La técnica a utilizar debe ser la adecuada a fin depotenciar los resultados esperados, maximizando la eficiencia en el usoracional de los recursos disponibles, conforme a la cantidad dedestinatarios.

• Modalidad. Deberá indicarse si las actividades de capacitación seránpresenciales, virtuales o mixtas. En caso de ser virtuales, las partesdeberán definir la plataforma a utilizar y la elaboración y desarrolloinformático de los contenidos.

• Datos de los docentes y/o expositores idóneos para la temáticapropuesta a desarrollar. En el supuesto de requerir docentes de laS.R.T., deberá efectuarse el pedido mediante presentación formal.

• Destinatarios de las actividades. Descripción cuantitativa ycualitativa. Cada curso deberá comprender entre VEINTE (20) y TREINTA YCINCO (35) participantes.

• Descripción del material didáctico a entregar a los destinatarios dela capacitación. Deberá tener impreso el logo de la S.R.T. y un textorelacionado con el objetivo y la finalidad del convenio, según elmodelo a determinar por este Organismo.

• Evaluación de las actividades. Metodología a utilizar.

• Cronograma tentativo y localización de las actividades. No podrá superar los DIECIOCHO (18) meses.

• Carga y distribución horaria de los cursos. La carga horaria de cadacurso debe ser de OCHO (8) horas reloj como mínimo y de TREINTA (30)horas reloj como máximo.

Cualquier requerimiento que no se ajuste a los criterios mencionadosdeberá ser expresamente fundamentado por el solicitante, a los efectosde ser evaluado por esta S.R.T. y conceder una excepción, en caso deconsiderarse conveniente.

Documentación requerida

Al momento de la presentación de la propuesta de proyecto, deberá adjuntarse, según corresponda:

1. Original o copia certificada de la constancia de Personería Jurídica y/o Gremial correspondiente.

2. Original o copia certificada de la constancia de otorgamiento delmandato vigente de las autoridades que suscribirán el Convenio.

3. Constancia de la cobertura de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo que posee el personal del solicitante.

4. Constancia que acredite que quien suscribe la presentación de lapropuesta, se halla debidamente facultado para ello, conforme a suEstatuto.

5. Currículum Vitae de los docentes involucrados en la propuesta, con su correspondiente firma.

6. Constancia que acredite el funcionamiento de un Area de Higiene ySeguridad en el Trabajo, dentro de la estructura de la entidad uorganización, indicando el responsable a cargo. De no contar con lamisma, deberá presentarse una nota compromiso especificando laconformación de dicha Area, la cual deberá implementarse antes de lafinalización del Convenio.

7. Constancia de titularidad de la cuenta bancaria a nombre del solicitante conforme a la normativa vigente.

3. Requisitos para la suscripción de Convenios

Para proceder a la Suscripción del Convenio, la parte interesada deberá:

a) Cumplir con los Criterios de Elegibilidad.

b) Tener aprobada por la S.R.T. la propuesta, desde el punto de vista técnico-pedagógico, presupuestario y legal.

c) Haber fijado las pautas para la elaboración de un Manual dePrevención de Riesgos del Trabajo con contenidos genéricos yespecíficos para el sector de la actividad laboral que represente, elcual tendrá que ser presentado a la S.R.T. antes de promediar la mitadde las acciones del Convenio en ejecución.

Estos aspectos serán evaluados por el área designada en el artículo 5° de la presente resolución.

ANEXO II

PAUTAS PARA LAS ACCIONES DE CAPACITACION Y DIFUSION A REALIZAR CON ENTIDADES Y ORGANIZACIONES

La realización de acciones de capacitación y difusión, estarán sujeta ala aplicación de los Criterios de Elegibilidad establecidos y a lasCondiciones Técnicas y Pedagógicas de la propuesta a presentar por lossolicitantes.

I. Criterios de Elegibilidad

Los Criterios de Elegibilidad operan en función del desarrollo einstitucionalización de acciones concretas, llevadas a cabo por lasentidades u organizaciones, tendientes a mejorar las condiciones desalud, seguridad, higiene y medio ambiente laboral de los trabajadoresy la prevención de los riesgos del trabajo.

Al momento de la suscripción del convenio, la entidad u organizacióninteresada, deberá cumplir —según corresponda— con los siguientesrequisitos:

a) Pertinencia de la temática a tratar.

b) Poseer Personería Jurídica y/o Gremial.

c) No registrar incumplimientos respecto de los compromisos asumidos enConvenios suscriptos anteriormente, si los hubiera, con laSUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.).

Por otra parte, se considerará conveniente, que:

d) Las entidades u organizaciones prioricen como destinatarios de lapropuesta a trabajadores de las empresas incluidas en los Programas deReducción de la Siniestralidad de la S.R.T.

e) En las actividades se incluya o privilegie a los actores conpotencialidad de influencia para la toma de decisiones que impacten enlas condiciones de salud, seguridad, higiene y medio ambiente laboral.

2. Condiciones para la aprobación de la petición

Para proceder a la aprobación de la solicitud, la parte interesada deberá:

a) Cumplir con los Criterios de Elegibilidad.

b) Tener aprobada por la S.R.T. la propuesta, desde el punto de vista técnico-pedagógico y presupuestario.

Estos aspectos serán evaluados por el área designada en el artículo 5º de la presente resolución.

ANEXO III

INDICACIONES PARA EL PRESUPUESTO Y ASPECTOS DE FINANCIAMIENTO DE LAS PROPUESTAS DE CAPACITACION

Los pagos se efectuarán por el sistema de Cuenta Unica del Tesoro(C.U.T.), para lo cual la entidad beneficiaria deberá contar con elalta de beneficiario (Resolución S.H. Nº 262/95 y normascomplementarias).

Al momento de la rendición, deberá presentarse:

1. Planilla de rendición de cuentas indicando:

• Tipo y número de comprobante.

• Datos del emisor (junto con su número de C.U.I.T.).

• Concepto e importe con comprobantes de pago certificados por la autoridad competente de la entidad gremial.

2. Facturas y/o comprobantes de los gastos, los cuales deberáncumplimentar los requisitos establecidos en la normativa vigente parala facturación emitida por la A.F.I.P.

Financiamiento

Los rubros a financiar por parte de la S.R.T. en cada PROGRAMA serán:

1. Honorarios docentes: Se calculan por hora (reloj) de capacitación yse abona por hora de capacitación dictada, independientemente de quehaya más de un docente dictando la misma. La cantidad total de horasdel curso debe resultar igual a la cantidad de horas docentesfacturadas.

El docente debe estar inscripto en A.F.I.P. y presentar factura.

2. Elaboración o Actualización del Manual de Prevención de Riesgos delTrabajo. Se reintegrará el costo de elaboración del Manual en lostérminos establecidos en el Convenio y costos según valor a establecer.

Cabe advertir que no se presupuestará ni reintegrará ningún rubro oítem adicional a los aquí expuestos, salvo que estén debidamentejustificados por la Entidad peticionante, en la medida que seanindispensables para brindar la capacitación propuesta, y que seanpreviamente aprobados por la S.R.T.

e. 20/10/2014 Nº 79493/14 v. 20/10/2014

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