Resolución 1640/2014

Sindicato Del Personal De Industrias Quimicas, Petroquimicas Y Afines De Bahia Blanca - Otro

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Sindicato Del Personal De Industrias Quimicas, Petroquimicas Y Afines De Bahia Blanca - Otro

Fijase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, segun los terminos del articulo 245 de la ley de contrato de trabajo nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la resolucion de la secretaria de trabajo nº 949 del 23 de junio de 2014 y registrado bajo el nº 845/14, suscripto entre el sindicato del personal de industrias quimicas, petroquimicas y afines de bahia blanca, por la parte sindical, y la empresa exologistica sociedad anonima, para los trabajadores dependientes de esta firma que cumplen funciones en la planta profertil.

Id norma: 236838 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32995

Fecha boletin: 23/10/2014 Fecha sancion: 15/09/2014 Numero de norma 1640/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1640/2014

Bs. As., 15/9/2014

VISTO el Expediente Nº 176.785/14 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de laSECRETARIA DE TRABAJO Nº 949 del 23 de junio de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 107 del Expediente Nº 176.785/14, obran las escalassalariales pactadas entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIASQUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la partesindical, y la empresa EXOLOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lodispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por laResolución S.T. Nº 949/14 y registrado bajo el Nº 845/14, conformesurge de fojas 136/138 y 141, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de lasremuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioresultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de lasremuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexosconsiderados.

Que según surge del texto del acuerdo de marras, el incremento salarialpactado será aplicable a los trabajadores dependientes de la empresaEXOLOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA que cumplen funciones en la PlantaProfertil.

Que en consecuencia, el promedio de las remuneraciones que se fija porla presente, del cual surge el respectivo tope indemnizatorio,resultará limitado al ámbito de aplicación personal del acuerdo demarras.

Que a fojas 151/155, obra el informe técnico elaborado por la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría,por el que se indican las constancias y se explicitan los criteriosadoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objetode la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos secomparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas enel segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 defechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cualsurge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de laLey de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de laSECRETARIA DE TRABAJO Nº 949 del 23 de junio de 2014 y registrado bajoel Nº 845/14, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIASQUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la partesindical, y la empresa EXOLOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA, para lostrabajadores dependientes de esta firma que cumplen funciones en laPlanta Profertil, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parteintegrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la DirecciónNacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importepromedio de las remuneraciones fijado por este acto y del topeindemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 176.785/14

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIAPROMEDIO DE LAS REMUNERACIONESTOPE INDEMNIZATORIO RESULTANTESINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA C/ EXOLOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA Acuerdo Nº 845/14 - Planta Profertil01/04/2014 01/09/2014 01/01/2015$ 18.583,27 $ 19.724,35 $ 21.191,45$ 55.749,81 $ 59.173,05 $ 63.574,35Expediente Nº 176.785/14

Buenos Aires, 17 de Septiembre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1640/14 se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 667/14 T. — VALERIAANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica