Resolución 1679/2014

Metrogas Sociedad Anonima - Sindicato De Trabajadores De La Industria Del Gas Capital Y Gran Buenos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Metrogas Sociedad Anonima - Sindicato De Trabajadores De La Industria Del Gas Capital Y Gran Buenos

Declarase homologado el acuerdo celebrado por la firma metrogas sociedad anonima y el sindicato de trabajadores de la industria del gas capital y gran buenos aires obrante a fojas 2/11 del expediente nº 1.626.951/14, conforme a lo dispuesto en la ley nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 237505 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33001

Fecha boletin: 31/10/2014 Fecha sancion: 22/09/2014 Numero de norma 1679/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1679/2014

Bs. As., 22/9/2014

VISTO el Expediente Nº 1.626.951/14 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/11 del Expediente Nº 1.626.951/14 obra el acuerdocelebrado por la firma METROGAS SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DETRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES,conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250(t.o. 2004).

Que en el mentado acuerdo las partes pactan condiciones salariales paralos trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo deEmpresa Nº 996/08 “E”, oportunamente firmado por las mismas partessignatarias.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con laactividad principal de la entidad empresaria signataria y larepresentatividad de la parte sindical firmante, emergente de supersonería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante estaCartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentadoacuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente actoadministrativo de homologación, de conformidad con los antecedentesmencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando elacuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a laDirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar laprocedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surgeel tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado por la firmaMETROGAS SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LAINDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES obrante a fojas 2/11 delExpediente Nº 1.626.951/14, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250(t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de laDirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependientede la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección deNegociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinaciónregistre el acuerdo obrante a fojas 2/11 del Expediente Nº 1.626.951/14.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin deevaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, delcual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en elartículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente alConvenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 996/08 “E”.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lodispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250(t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.626.951/14

Buenos Aires, 23 de Septiembre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1679/14 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/11 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 1383/14. — VALERIAANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

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