Resolución 1278/2014

Plataforma De Identificacion De Problematicas (Pip) - Creacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Planificacion Federal, Inversion Publica Y Servicios
Plataforma De Identificacion De Problematicas (Pip) - Creacion

Crease la plataforma compuesta por politicas, procesos, infraestructura tecnologica, software y servicios denominada plataforma de identificacion de problematicas (pip), cuyo objetivo es compartir, acceder y difundir informacion georreferenciada, con controles de actualizacion y fiabilidad, sobre el despliegue de todas las politicas publicas implementadas por el ministerio de planificacion federal, inversion publica y servicios, contempladas en la presente medida, la cual se encontrara disponible a traves de un servicio de consulta al ciudadano.

Id norma: 238102 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33008

Fecha boletin: 11/11/2014 Fecha sancion: 28/10/2014 Numero de norma 1278/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Min. Planificacion Federal, Inversion Pub. Y Servi Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Resolución 1278/2014

Bs. As., 28/10/2014

VISTO el Expediente N° 241395/2014 del Registro del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el Decreto N°1.552 de fecha 21 de octubre de 2010; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1.552 de fecha 21 de octubre de 2010 se creóel PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA” y sedeclaró de interés público la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA, destinada agenerar las facilidades que posibiliten la cobertura de las necesidadesde inclusión digital.

Que el citado decreto también creó la COMISION DE PLANIFICACION YCOORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES“ARGENTINA CONECTADA”, siendo presidida por el Señor Ministro dePlanificación Federal, Inversión Pública y Servicios, cuyo objetivoconsiste en ejecutar las acciones necesarias a los fines de implementarel mencionado Plan.

Que desde el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS se está llevando a cabo un trabajo conjunto y de maneraarticulada con las restantes carteras Ministeriales, a fin de que cadauna de ellas dentro de sus competencias, realice aportes sustanciales afin de dar cumplimiento a los objetivos de dichas políticas públicas enmateria de inclusión digital.

Que, en el marco del PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINACONECTADA” se ha impulsado el desarrollo de una infraestructura dedatos espaciales, como una plataforma que permite compartir y acceder ainformación georreferenciada, mediante la implementación de estándaresinternacionales de interoperabilidad de sistemas de informacióngeográfica, denominada PLATAFORMA DE IDENTIFICACION DE PROBLEMATICAS(PIP).

Que la PLATAFORMA DE IDENTIFICACION DE PROBLEMATICAS (PIP) permitecontar con acceso inmediato y permanente a la información geográficaactualizada y fiable, proveniente de múltiples fuentes de información;con el objetivo de centralizar en una única plataforma, larepresentación geográfica de las políticas públicas del citadoMinisterio; convertir la información operativa en informaciónestratégica para el análisis y la toma de decisiones; mostrar lainformación como se la percibe en el mundo real; brindar servicio a lasdistintas secretarías, áreas y otros organismos gubernamentales querequieran sus prestaciones, como así también diversificar lainformación de acuerdo a los perfiles y requerimientos de cada usuario.

Que el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS, ejecuta su presupuesto con acciones territoriales (caminos,viviendas, infraestructura base, redes de servicios, etc.), para lascuales resulta de gran importancia contar con una herramientatecnológica de apoyo a la gestión y de publicidad de sus acciones enforma unificada.

Que, en tal sentido, el diseño y la construcción de la PLATAFORMA DEIDENTIFICACION DE PROBLEMATICAS (PIP), permite mejorar la planificaciónglobal de las acciones territoriales de manera tal de poder realizaranálisis espaciales con información de las diversas fuentes generadorasde información del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS.

Que, por otra parte, la mencionada plataforma tiene como objetivoprimordial fomentar la transparencia y dar publicidad a las políticaspúblicas implementadas por el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la PLATAFORMA DE IDENTIFICACION DE PROBLEMATICAS (PIP),conjuntamente con otras herramientas, forma parte de una Red deSistemas de Vinculación Ciudadana.

Que, en tal contexto, resulta necesario instruir a las Secretarías,dependencias y organismos autárquicos y descentralizados, empresas ysociedades, actuantes en la órbita de este MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a implementar y utilizar laplataforma mencionada, en forma exclusiva, como así también invitar aparticipar a las restantes carteras ministeriales, organismos yentidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, al sector públicoprovincial, municipal o local; a las entidades del sector público noestatal; al del sector privado con y sin fines de lucro que tenganvinculación en el desarrollo de las políticas públicas asociadas a laplataforma.

Que, a tal efecto, corresponde facultar a la SUBSECRETARIA DECOORDINACION Y CONTROL DE GESTION dependiente de este Ministerio parael desarrollo de las acciones y el dictado de todos los actostendientes a la implementación, uso y funcionamiento de la Plataforma.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA LEGALdel MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOSha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porla Ley N° 22.520 y sus modificatorias, y los Decretos N° 1.142 de fecha26 de noviembre de 2003 y N° 1.552 de fecha 21 de octubre de 2010.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Créase la Plataforma compuesta por políticas, procesos,infraestructura tecnológica, software y servicios denominada PLATAFORMADE IDENTIFICACION DE PROBLEMATICAS (PIP), cuyo objetivo es compartir,acceder y difundir información georreferenciada, con controles deactualización y fiabilidad, sobre el despliegue de todas las políticaspúblicas implementadas por el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, contempladas en la presente medida, lacual se encontrará disponible a través de un servicio de consulta alciudadano.

ARTICULO 2° — Facúltase a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DEGESTION dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS a desarrollar las acciones pertinentes y a dictartodos los actos tendientes a la implementación, uso y funcionamiento dela Plataforma creada en el Artículo 1° de la presente medida.

ARTICULO 3° — Instrúyase a las secretarías, dependencias, organismosautárquicos y descentralizados, empresas, y sociedades actuantes en laórbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS a implementar y utilizar la Plataforma creada en el Artículo1°, como así también a cargar en ella, en forma exclusiva, los datos einformación vinculada al área de su competencia; poniendo a disposicióntodo su personal técnico a efectos de brindar la asistencia que les searequerida en el marco de la presente medida.

ARTICULO 4° — Invítase a participar en la implementación de laPlataforma creada en el Artículo 1° a las restantes carterasministeriales, organismos y entidades de la ADMINISTRACION PUBLICANACIONAL, al sector público provincial, municipal o local; a lasentidades del sector público no estatal; del sector privado con y sinfines de lucro que tenga vinculación con el desarrollo de las políticaspúblicas asociadas a la Plataforma; las cuales deberán presentar lacorrespondiente solicitud ante la SUBSECRETARIA DE COORDINACION YCONTROL DE GESTION dependiente de este Ministerio, de conformidad conel procedimiento que dicha Subsecretaría determine.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIONNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO,Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

e. 11/11/2014 Nº 88169/14 v. 11/11/2014

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