Circular 10/2014

Vademecum Nacional De Medicamentos - Incorporacion De Precios

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Salud
Vademecum Nacional De Medicamentos - Incorporacion De Precios

Visto la disposicion anmat n° 5039/14, la resolucion n° 215/14 de la secretaria de comercio y la circular anmat n° 9/2014; los titulares de registros inscriptos en el registro de especialidades medicinales (rem) deberan ingresar el precio de venta sugerido al publico por presentacion comercializada a traves de la aplicacion: http://anmatvademecum.servicios.pami.org.ar/index.html.

Id norma: 238366 Tipo norma: Circular Numero boletin: 33013

Fecha boletin: 18/11/2014 Fecha sancion: 17/11/2014 Numero de norma 10/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Adm.Nac.De Medicamentos, Alimentos Y Tec. Medica Ver Circulares Observaciones: LA PRESENTE NORMA SE PUBLICO SIN FECHA DE SANCION, LA FECHA "17/11/2014", SE UTILIZA AL SOLO EFECTO DE POSIBILITAR SU INCORPORACION EN EL SISTEMA.

Esta norma modifica o complementa a

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE SALUD

ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

Circular  0010/2014

VADEMECUM NACIONAL DE MEDICAMENTOS

Incorporación de precios - Resolución (SC) N° 215/2014

Visto la Disposición ANMAT N° 5039/14, la Resolución N° 215/14 de laSecretaría de Comercio y la Circular ANMAT N° 9/2014; los titulares deregistros inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM)deberán ingresar el precio de venta sugerido al público porpresentación comercializada a través de la aplicación:http://anmatvademecum.servicios.pami.org.ar/index.html

La carga, en la aplicación, del referido precio tendrá carácter dedeclaración jurada y deberá efectuarse hasta el 21 de noviembre delcorriente año.

El incumplimiento de esta medida dará lugar a la aplicación de lasdisposiciones sobre procedimientos, recursos y prescripciones de lasleyes Nros. 22.802 y 24.240, y de las sanciones que pudierancorresponder.

Comuníquese a: Coordinación de Gestión Administrativa (Departamento deDespacho); Dirección de Gestión de Información Técnica; Dirección deRelaciones Institucionales y Regulación Publicitaria; Cámara Industrialde Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), Cámara Argentina deEspecialidades Medicinales (CAEMe), Cámara Empresaria de LaboratoriosFarmacéuticos (COOPERALA), Cámara Argentina de Productores deMedicamentos Genéricos y de Uso Hospitalario (CAPGEN), Cámara Argentinade Medicamentos de Venta Libre (CAPEMVeL), a la Superintendencia deServicios de Salud (SSS), las Obras Sociales y al Instituto Nacional deServicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).

Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial.

Ing. ROGELIO LOPEZ, Administrador Nacional, A.N.M.A.T.

e. 18/11/2014 N° 90368/14 v. 18/11/2014

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