Disposición 1533/2014

Calendario - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Turismo
Calendario - Aprobacion

Apruebase el calendario que regira durante el año 2015, determinando las fechas en que los agentes de percepcion del impuesto del 5% (cinco por ciento) sobre el valor de los pasajes aereos al exterior en vuelos regulares de pasajeros deberan presentar las declaraciones juradas y depositar los montos correspondientes.

Id norma: 239676 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33032

Fecha boletin: 17/12/2014 Fecha sancion: 09/12/2014 Numero de norma 1533/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Coordinacion Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TURISMO

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

Disposición 1533/2014

Bs. As., 9/12/2014

VISTO el Expediente N° STN: 0003060/2014, las normas establecidas porel Art. 24 Inc. b) de la Ley N° 25.997 y el Decreto N° 1297/2006, arts.23 y 24 del Anexo I y Resoluciones ST N° 877/94 y N° 1511/05, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 5° del Anexo I de laResolución ST N° 877/94 este MINISTERIO DE TURISMO establece elcronograma anual de depósito y presentación de las DeclaracionesJuradas del impuesto del 5% (cinco por ciento) sobre el valor de lospasajes aéreos al exterior en el que se determinan las oportunidades enque los agentes de percepción deben liquidar y efectuar el depósito delos montos correspondientes.

Que a los efectos referidos en el Considerando precedente es necesario establecer el calendario que regirá durante el año 2015.

Que es necesario por parte de los agentes de percepción, para quecoadyuve a su cumplimiento, tener en cuenta el calendario de rendicióny pago que rige para las operaciones de venta entre las CompañíasAéreas y sus Agentes, de conformidad con el cronograma efectuado porBSP-IATA que remitiera la Cámara de Compañías Aéreas de Argentina(JURCA).

Que la Resolución ST N° 1511/05 de este MINISTERIO DE TURISMO establecela obligación de los agentes de percepción del impuesto de presentarCertificaciones Contables en forma trimestral, por lo que se estimaconveniente fijar las fechas de vencimiento de cada obligación para elaño 2015.

Que la COORDINACIÓN DE FISCALIZACIÓN IMPUESTO PASAJES AL EXTERIOR y laDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN han tomado la intervención que lescompete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidaspor la Ley N° 25.997 y los Decretos N° 919/10 y N° 1297/12.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACION

DISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Calendario que regirá durante el año 2015,determinando las fechas en que los agentes de percepción del impuestodel 5% (cinco por ciento) sobre el valor de los pasajes aéreos alexterior en vuelos regulares de pasajeros deberán presentar lasDeclaraciones Juradas y depositar los montos correspondientes, deacuerdo al Anexo I que forma parte de la presente.

ARTICULO 2° — Apruébase el Calendario que regirá durante el año 2015 alos fines de la presentación de las Certificaciones Contablestrimestrales, en el que se han determinado las fechas del vencimientode cada obligación, de acuerdo al Anexo I que forma parte de lapresente.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIONNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — A. G. Dr. ALEJANDROGABRIEL SCHIAVI, Subsecretario de Coordinación, Ministerio de Turismo.

ANEXO I

CALENDARIO 2015 DE PRESENTACION Y DEPOSITO DE LAS DECLARACIONES JURADASDEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LOS PASAJES AEREOS AL EXTERIOR

e. 17/12/2014 N° 98773/14 v. 17/12/2014

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