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Resolución 24/2014
Importe En Concepto De Arancel
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Instituto De Estadistica Y Registro De La Industria De La Construccion
Importe En Concepto De Arancel
Establecer el importe en concepto de arancel por inscripcion en las siguientes sumas: a) para empresas unipersonales y sociedades irregulares (tipo “a”) pesos dos mil doscientos cincuenta ($ 2.250.-), b) para sociedades formalmente constituidas como sociedades anonimas, sociedades de responsabilidad limitada, y otras inscriptas en la inspeccion general de justicia o registro publico de comercio (tipo “b”) pesos cuatro mil quinientos ($ 4.500.-).
Id norma: 240321 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33040
Fecha boletin: 31/12/2014 Fecha sancion: 10/11/2014 Numero de norma 24/2014
Organismo (s)
Organismo origen: Inst. De Estadistica Y Registro De La Ind. De La Construcc Ver Resoluciones Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
INSTITUTO DE ESTADÍSTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
Resolución 24/2014
Bs. As., 10/11/2014
VISTO
Las Leyes Nros. 22.250, 24.624 y 24.629, los Decretos 1342/81; 558/96,N° 660/96, N° 852/96, 1309/96, el Art. 6° inc. e) de la Ley citada enprimer término y la Resolución IERIC 15/2008.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario fijar los nuevos importes correspondientes a Aranceles de Inscripción y de Renovación Anual.
Por ello:
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Establecer el importe en concepto de Arancel porInscripción en las siguientes sumas: a) para empresas Unipersonales ySociedades Irregulares (Tipo “A”) Pesos DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($2.250.-), b) para sociedades formalmente constituidas como SociedadesAnónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, y otras inscriptas enla Inspección General de Justicia o Registro Público de Comercio (Tipo“B”) Pesos CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 4.500.-).
ARTICULO 2° — Fijar el importe en concepto de Arancel por RenovaciónAnual en las siguientes sumas: a) para empresas comprendidas en el inc.a) del artículo anterior Pesos UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500.-), b) paraempresas comprendidas en el inc. b) del artículo 1° de la presenteResolución Pesos TRES MIL ($ 3.000.-).
ARTICULO 3° — Los importes de los aranceles por reinscripciones de lasempresas dadas de baja por el art. 9° de la Disposición R.N.I.C. N°56/1994 que se efectúen a partir de la entrada en vigencia de lapresente deberán ser cancelados conforme los montos fijados en el art.2 de esta Resolución.
ARTICULO 4° — Las sumas fijadas por la presente Resolución entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2015.
ARTICULO 5° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquesea las Entidades Representativas del Sector y archívese. — Sr. HUGO D.FERREYRA, Presidente.
e. 31/12/2014 N° 103335/14 v. 31/12/2014
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