Disposición 2/2015

Regimen De Reemplazos - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Regimen De Reemplazos - Modificacion

Modificacion de regimen de reemplazos en el ambito de la subdireccion general de coordinacion operativa de los recursos de la seguridad social.

Id norma: 240921 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33051

Fecha boletin: 16/01/2015 Fecha sancion: 12/01/2015 Numero de norma 2/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Subdireccion General De Coordinacion Operativa De Los Recur. Ver Disposiciones Observaciones: ABROGADA POR EL ARTICULO 1 DE LA DISPOSICION 99/15 DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, BO 2/06/2015, PAGINA 15. ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA DISPOSICION 1/2016 DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION OPERATIVA DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, B.O. 15/01/2016, PAGINA 21.

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 2 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

RECCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Disposición 2/2015

Asunto: S/Modificación de Régimen de Reemplazos en el ámbito de laSubdirección General de Coordinación Operativa de los Recursos de laSeguridad Social.

Bs. As., 12/1/2015

VISTO las necesidades funcionales de esta Subdirección General, y

CONSIDERANDO:

Que por razones de índole funcionales surge la necesidad de modificarel Régimen de Reemplazos para casos de ausencias o impedimentos delDirector Regional de las Direcciones Regionales dependientes de laSubdirección General de Coordinación Operativa de los Recursos de laSeguridad Social.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición Nro.487/07 (AFIP) y sus modificaciones, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Modificar el Régimen de Reemplazos, para casos deausencias o impedimentos del Director Regional de las DireccionesRegionales dependientes de la Subdirección General de CoordinaciónOperativa de los Recursos de la Seguridad Social, los que quedaránestablecidos de la forma que seguidamente se indica:

UNIDAD DE ESTRUCTURAREEMPLAZANTE (en el orden que se indica)DIRECCIÓN REGIONAL CENTRODIVISIÓN INVESTIGACIÓNDIVISIÓN TÉCNICO JURÍDICADIRECCIÓN REGIONAL NORTEDIVISIÓN TÉCNICO JURÍDICADIVISIÓN FISCALIZACIÓNDIRECCIÓN REGIONAL SURDIVISIÓN FISCALIZACIÓNDIVISIÓN INVESTIGACIÓNDIRECCIÓN REGIONAL OESTEDIVISIÓN TÉCNICO JURÍDICADIVISIÓN FISCALIZACIÓNARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese a la Dirección de Personal, a laDirección Regional Centro, Norte, Sur y Oeste de los Recursos de laSeguridad Social, publíquese, dése a la Dirección Nacional de RegistroOficial y oportunamente archívese. — ROBERTO J. C. PROPATO, Abogado,Subdirector General, Subdirección General de Coordinación Operativa delos Recursos de la Seguridad Social, Dirección General de los Recursosde la Seguridad Social.

e. 15/01/2015 N° 2388/15 v. 15/01/2015

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