Resolución 19/2015

Comision Para La Observacion, Consolidacion Y Ordenacion Del Digesto Juridico Argentino

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Economia Y Finanzas Publicas
Comision Para La Observacion, Consolidacion Y Ordenacion Del Digesto Juridico Argentino

Crease en el ambito de la direccion general de asuntos juridicos de la subsecretaria legal de esta secretaria, la comision para la observacion, consolidacion y ordenacion del digesto juridico argentino del ministerio de economia y finanzas publicas, cuya mision sera impulsar toda actividad que tienda a procurar la observacion y analisis del digesto juridico argentino, elaborando las consultas y observaciones fundadas que correspondan.

Id norma: 241543 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33062

Fecha boletin: 02/02/2015 Fecha sancion: 26/01/2015 Numero de norma 19/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria Legal Y Administrativa Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

Resolución 19/2015

Bs. As., 26/1/2015

VISTO el Expediente N° S01:0001825/2015 del Registro del MINISTERIO DEECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 26.939, el Decreto N° 791 defecha 29 de mayo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 26.939, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓNaprobó el Digesto Jurídico Argentino consolidado al 31 de marzo de2013, con el objeto de regular el ordenamiento de las leyes nacionalesde carácter general vigentes por medio del procedimiento deconsolidación normativa.

Que, en el marco de la citada ley, se creó en el ámbito del HONORABLECONGRESO DE LA NACIÓN, la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE DEL DIGESTOJURÍDICO ARGENTINO —como continuadora de la COMISIÓN BICAMERAL DESEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN— para la Confección del Digesto JurídicoArgentino y en virtud del Artículo 9°, se le encomendó, llevar adelantelas actualizaciones del Digesto Jurídico Argentino propuestas por elorganismo de asistencia técnica y, en su caso, emitir el dictamencorrespondiente para su aprobación por el HONORABLE CONGRESO DE LANACIÓN.

Que, de acuerdo con el Artículo 20 de la Ley N° 26.939, durante unperíodo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos desde la publicación dela misma, la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE DEL DIGESTO JURÍDICOARGENTINO dará a publicidad el contenido del Digesto JurídicoArgentino, plazo durante el cual recibirá las consultas y observacionesfundadas que pudieran efectuarse en relación con el encuadramiento enuna categoría, la consolidación del texto, o la vigencia de una leyincluida en el Digesto Jurídico Argentino.

Que el Artículo 17 de la mencionada ley reconoce que corresponde alPODER EJECUTIVO NACIONAL la determinación de la autoridad de aplicaciónespecífica de las leyes.

Que el Artículo 14 del Reglamento Interno de la Comisión BicameralPermanente del Digesto Jurídico Argentino del HONORABLE CONGRESO DE LANACIÓN, aprobado en fecha 13 de noviembre de 2014, establece que elplazo previsto en el Artículo 20 de la Ley N° 26.939 comenzará acontarse a partir de la fecha de su aprobación.

Que a fin de propender a la realización coordinada de tareas queaseguren la adecuada elaboración de consultas y observaciones fundadasal Digesto Jurídico Argentino, que resulten en la colaboracióneficiente por parte de este Ministerio en el proceso de actualizacióndel mismo, resulta oportuno crear en el ámbito de la Dirección Generalde Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA LEGAL YADMINISTRATIVA de esta Cartera, la COMISIÓN PARA LA OBSERVACIÓN,CONSOLIDACIÓN Y ORDENACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO ARGENTINO DELMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que con respecto a la conformación de dicha Comisión se ha decididointegrarla con personal que revista en el ámbito de este Ministerio.

Que las responsabilidades y tareas que desarrollen los integrantes dela citada Comisión serán ejercidas independientemente del cumplimientode las que actualmente tengan asignadas, por lo que no darán lugar areconocimiento alguno de suplementos, adicionales o incrementos en susretribuciones.

Que asimismo, corresponde encomendar a la SUBSECRETARIA DE RELACIONESINSTITUCIONALES de esta Secretaría la comunicación de las consultas yobservaciones fundadas a la Comisión Bicameral Permanente del DigestoJurídico Argentino en los términos del Artículo 20 de la Ley N° 26.939.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porel Decreto N° 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004 y sus modificatoriosy complementarios y la Resolución N° 779 de fecha 6 de diciembre de2004 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y susmodificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO LEGAL Y ADMINISTRATIVO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase en el ámbito de la Dirección General de AsuntosJurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL de esta Secretaría, la COMISIÓNPARA LA OBSERVACIÓN, CONSOLIDACIÓN Y ORDENACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICOARGENTINO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, cuya misiónserá impulsar toda actividad que tienda a procurar la observación yanálisis del Digesto Jurídico Argentino, elaborando las consultas yobservaciones fundadas que correspondan.

ARTÍCULO 2° — Establécese que la Comisión creada por el Artículo 1° dela presente medida, tendrá como funciones crear el procedimientomediante el cual se evalúen las leyes que actualmente integran elDigesto Jurídico Argentino procurando la elaboración coordinada ycentralizada de las consultas pertinentes y observaciones fundadas quepermitan una adecuada colaboración en el proceso de actualización delmismo por la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE DEL DIGESTO JURÍDICOARGENTINO del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 3° — Asígnase la función de Coordinadora de la COMISIÓN PARALA OBSERVACIÓN, CONSOLIDACIÓN Y ORDENACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICOARGENTINO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS a la DoctoraDa. Nadia UMAN (M.I. N° 32.757.509).

ARTÍCULO 4° — Encomiéndase a la Dirección General de Asuntos Jurídicosla integración de la COMISIÓN PARA LA OBSERVACIÓN, CONSOLIDACIÓN YORDENACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO ARGENTINO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS.

ARTÍCULO 5° — Establécese que las responsabilidades y las tareasdesarrolladas por los integrantes de la Comisión serán ejercidasindependientemente de las que dichos agentes tengan asignadas, por loque no darán lugar a reconocimiento alguno de suplementos, adicionaleso incrementos en sus retribuciones.

ARTÍCULO 6° — Dispónese que la Comisión en cuestión deberá dictar sureglamento interno de funcionamiento dentro del plazo de SESENTA (60)días.

ARTÍCULO 7° — Encomiéndase a la SUBSECRETARIA DE RELACIONESINSTITUCIONALES de esta Secretaría la comunicación de las consultas yobservaciones fundadas a la Comisión Bicameral Permanente del DigestoJurídico Argentino en los términos del Artículo 20 de la Ley N° 26.939.

ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. FEDERICO G. THEA, Secretario Legaly Administrativo.

e. 02/02/2015 N° 5787/15 v. 02/02/2015

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