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Directiva 31/2014
Rebaja Arancelaria
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Mercosur
Rebaja Arancelaria
Aprobar en el ambito de la resolucion gmc n° 08/08 la rebaja arancelaria solicitada por la republica argentina para el siguiente item arancelario con las correspondientes especificaciones sobre limite cuantitativo, alicuota y plazo de vigencia: ncm 2921.11.21 dimetilamina cantidad: 12.226 toneladas plazo: 12 meses alicuota: 2%.
Id norma: 241583 Tipo norma: Directiva Numero boletin: 33063
Fecha boletin: 03/02/2015 Fecha sancion: 25/07/2014 Numero de norma 31/2014
Organismo (s)
Organismo origen: Comision De Comercio Del Mercosur Ver Directivas Observaciones: INCORPORADA AL ORDENAMIENTO JURIDICO Y PUBLICADA COMO ANEXO AL DECRETO 84/15 B.O. 03/02/2015, PAGINA 16. PUBLICADA NUEVAMENTE EN B.O. 12/03/2015, PAGINA 45.
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 31/14
ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 08/08 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Argentinapara la aplicación de una determinada medida arancelaria, en el marcode la situación prevista en el inciso 4 del Artículo 2 de la ResoluciónGMC Nº 08/08.
Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N° 08/08 la rebajaarancelaria solicitada por la República Argentina para el siguienteítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límitecuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 2921.11.21 Dimetilamina
Cantidad: 12.226 toneladas
Plazo: 12 meses
Alícuota: 2%
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamientojurídico interno de la República Argentina. Esta incorporación deberáser realizada antes del 25/X/2014. .
XXI CCM EXT. - Caracas, 25 /VII/14.
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