Resolución 52/2014

Programa De Integracion Productiva Del Sector Juguetes

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Programa De Integracion Productiva Del Sector Juguetes

Aprobar el “programa de integracion productiva del sector juguetes”.

Id norma: 244312 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33085

Fecha boletin: 09/03/2015 Fecha sancion: 27/11/2014 Numero de norma 52/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 52/14

PROGRAMA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA DEL SECTOR JUGUETES

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y lasDecisiones Nº 12/08, 60/10 y 37/11 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el Consejo del Mercado Común por Decisión CMC N° 60/10 autorizó laaplicación de alícuotas distintas al AEC en juguetes y encomendó alGrupo de Integración Productiva elevar a consideración del GrupoMercado Común un programa de integración productiva con miras apromover la integración de cadenas en el sector de juguetes en todoslos Estados Partes.

Que conforme al mandato recibido el SGT N° 14 “Integración Productiva”inició un trabajo de interacción y articulación con las cámarasempresariales de los Estados Partes.

Que, como resultado de este trabajo conjunto, los protagonistasconsiguieron generar un marco de confianza y asociatividad que diolugar a un conjunto de iniciativas piloto en materia de capacitación,promoción comercial y desarrollo de proveedores de partes y piezas,entre otras cuestiones.

Que, en consecuencia, la industria del juguete ha desarrollado unesquema de integración productiva sectorial modelo, alcanzando unsignificativo conjunto de logros, tales como una mayor participación enel mercado regional a partir del desarrollo de proveedores locales y ladisminución de la dependencia de productos de extrazona, la generaciónde empleo de calidad y la disminución de los precios al consumidor.

Que, en función del mandato recibido y los antecedentes citados, elGrupo Mercado Común entiende conveniente brindar un marco institucionalque permita sistematizar y profundizar lo actuado, con vistas aconsolidar en la región un modelo de desarrollo sectorial basado en lageneración de valor y la asociatividad empresaria.

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Programa de Integración Productiva del SectorJuguetes” que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamientojurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de laorganización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XCVI GMC - Buenos Aires, 27/XI/14.

ANEXO

PROGRAMA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA DEL SECTOR JUGUETES

OBJETIVO GENERAL

El objetivo general del Programa de Integración Productiva del SectorJuguetes es fortalecer la industria del juguete en el MERCOSUR medianteacciones dirigidas a reducir la dependencia externa, incrementar sucompetitividad, promover la integración productiva y facilitar suinserción internacional.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

El Programa persigue los siguientes objetivos específicos:

• Identificar oportunidades para implementar proyectos de integración productiva

• Fortalecer las capacidades de diseño y el aseguramiento de la calidad

• Coordinar acciones de promoción comercial conjunta

• Estimular el desarrollo de proveedores regionales

• Fomentar la innovación y la actualización tecnológica

• Incentivar la formación de recursos humanos

• Promover la armonización de certificaciones técnicas a nivel regional

• Identificar instrumentos de apoyo para el fortalecimiento del sector

• Contribuir al incremento del comercio intrazona y a la reducción de las asimetrías

PLAN DE ACCIÓN

Para instrumentar los objetivos propuestos, el programa contempla eldesarrollo de un plan de acción con un horizonte temporal de cincoaños, bajo la coordinación conjunta del SGT N° 14 y las cámarasempresariales de los Estados Partes.

El plan de acción está organizado en función de tres ejes de trabajo:(i) Articulación Empresarial, (ii) Mejora de la Competitividad y (iii)Promoción Comercial.

Eje I: Articulación Empresarial

• Coordinar encuentros entre las cámaras orientados a la definición decursos de acción compartidos en base a un diagnóstico que permita laelaboración de una agenda de trabajo de integración productiva.

• Seleccionar un universo de PyMEs con alto potencial de integraciónproductiva a los fines de desarrollar un plan de mejora de lacompetitividad y apoyo a la internacionalización.

Eje II: Mejora de la Competitividad

• Propiciar la prórroga por 5 años de las condiciones establecidas porla Dec. CMC N° 60/10 que autoriza a los Estados Partes a aplicaralícuotas distintas al AEC hasta el nivel consolidado en laOrganización Mundial del Comercio (OMC)

• Organizar seminarios de formación sobre integración productiva

• Organizar talleres orientados a la innovación de productos y procesos

• Implementar un programa universitario de estudios en diseño de juguetes

• Organizar talleres específicos dirigidos a la mejora del diseño

• Realizar seminarios sobre certificación de productos y aseguramiento de la calidad

• Identificar instrumentos de apoyo para la ampliación de plantas,modernización de maquinaria y equipamiento, investigación y desarrollo,asistencia técnica y promoción comercial, entre otros

Eje III: Promoción Comercial

• Participar de forma conjunta en las principales ferias internacionales del sector

• Organizar misiones comerciales conjuntas a terceros mercados

• Realizar talleres de formación sobre los diferentes aspectos vinculados con la internacionalización de las empresas

• Implementar una campaña de promoción para el posicionamiento del juguete MERCOSUR en la región

CRONOGRAMA ANUAL DE ACTIVIDADES

“El Acta de la XCVI Reunión Ordinariadel Grupo Mercado Común (GMC), realizada entre los días 26 y 27 denoviembre de 2014 en la ciudad de Buenos Aires y los anexos mencionadosen la misma se encuentran a disposición del público en el sitio webOficial del MERCOSUR (www.mercosur.int) de conformidad con lo queestablece el Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560”.

Páginas externas

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