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Directiva 8/2014
Acciones Puntuales En El Ambito Arancelario
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Mercosur
Acciones Puntuales En El Ambito Arancelario
Acciones puntuales en el ambito arancelario por razones de desequilibrios comerciales derivados de la coyuntura economica internacional
Id norma: 244633 Tipo norma: Directiva Numero boletin: 33087
Fecha boletin: 11/03/2015 Fecha sancion: 28/03/2014 Numero de norma 8/2014
Organismo (s)
Organismo origen: Comision De Comercio Del Mercosur Ver Directivas Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
Ver 11 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 08/14
ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DEDESEQUILIBRIOS COMERCIALES DERIVADOS DE LA COYUNTURA ECONÓMICAINTERNACIONAL
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, lasDecisiones Nº 07/94, 22/94, 56/10 y 39/11 del Consejo del MercadoComún, las Resoluciones Nº 05/11, 13/11, 17/11, 32/11, 33/11, 35/11,24/12 y 26/12 del Grupo Mercado Común y las Directivas N°19/12 y 01/13de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
Que la República Argentina llevó a conocimiento de la CCM su listanacional de 100 códigos da Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), paraelevación transitoria de las alícuotas del Impuesto de Importación, enlos términos de la Decisión CMC Nº 39/11.
Que, agotado el plazo previsto para la presentación de eventualesobjeciones a las elevaciones arancelarias presentadas, se constató laausencia de manifestación de los demás Estados Partes.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Apruébese, en los términos del Artículo 5 de la Decisión CMCNº 39/11, por un período de doce meses, contados desde el día 22 deenero de 2014, la elevación transitoria de las alícuotas del impuestode importación por encima del AEC para las importaciones originarias deextrazona, conforme lo solicitado por la República Argentina para los100 códigos de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) anexos a lapresente Directiva.
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamientojurídico interno de la República Argentina. Esta incorporación deberáser realizada antes del 01/VII/2014.
CXXXV CCM - Montevideo, 28/III/14.
ANEXO
DECISIÓN CMC N° 39/11
DECISÃO N° 39/11
“El Acta de la CXXXV Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio delMercosur (CCM), realizada entre los días 27 y 28 de marzo de 2014 en laciudad de Montevideo y los anexos mencionados en la misma se encuentrana disposición del público en el sitio web Oficial del MERCOSUR(www.mercosur.int) de conformidad con lo que establece el Protocolo deOuro Preto aprobado por Ley 24.560”.
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