Resolución 2590/2014

Asociacion De Supervisores, Tecnicos, Administrativos Y Vigilancia De La Ind. De La Carne - Otro

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Asociacion De Supervisores, Tecnicos, Administrativos Y Vigilancia De La Ind. De La Carne - Otro

Fijase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, segun los terminos del articulo 245 de la ley de contrato de trabajo nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la resolucion de la secretaria de trabajo nº 1403 del 25 de agosto de 2014 y registrado bajo el nº 1215/14 suscripto entre la asociacion de supervisores, tecnicos, administrativos y vigilancia de la industria de la carne, por la parte sindical y la camara de frigorificos de santa fe, por la parte empleadora.

Id norma: 244642 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33087

Fecha boletin: 11/03/2015 Fecha sancion: 30/12/2014 Numero de norma 2590/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 2590/2014

Bs. As., 30/12/2014

VISTO el Expediente Nº 558.046/14 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de laSECRETARÍA DE TRABAJO Nº 1403 del 25 de agosto de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 36/37 del Expediente Nº 558.046/14 obran las escalassalariales pactadas entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES, TÉCNICOS,ADMINISTRATIVOS Y VIGILANCIA DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE, por la partesindical y la CÁMARA DE FRIGORÍFICOS DE SANTA FE, por la parteempleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 386/04,conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250(t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por laResolución S.T. Nº 1403/14 y registrado bajo el Nº 1215/14, conformesurge de fojas 52/54 y 57, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de lasremuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioresultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de lasremuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexosconsiderados.

Que a fojas 66/70, obra el informe técnico elaborado por la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría,por el que se indican las constancias y se explicitan los criteriosadoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objetode la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos secomparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas enel segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 defechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cualsurge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de laLey de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de laSECRETARÍA DE TRABAJO Nº 1403 del 25 de agosto de 2014 y registradobajo el Nº 1215/14 suscripto entre la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES,TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y VIGILANCIA DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE, porla parte sindical y la CÁMARA DE FRIGORÍFICOS DE SANTA FE, por la parteempleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrantede la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la DirecciónNacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importepromedio de las remuneraciones fijado por este acto y del topeindemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 558.046/14

Expediente Nº 558.046/14

Buenos Aires, 06 de Enero de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN ST Nº 2590/14 se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 22/15 T. — VALERIA ANDREAVALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica