Resolución 127/2015

Contratacion Directa - Autorizacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Desarrollo Social
Contratacion Directa - Autorizacion

Autorizase a efectuar una contratacion directa enmarcada en los alcances del articulo 25, inciso d), apartado 10) del decreto nº 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los articulos 19, 29 y 146 del anexo al decreto nº 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratacion de un efector social para la provision de materiales, realizacion de tareas y enseres necesarios para la colocacion de tabiquerias divisorias con tratamiento acustico, cielorraso del edificio; revestimiento, carpinterias, pases, limpieza periodica y final para el sector estudio de grabacion del inmueble ubicado en la calle delfin huergo nº 131 de la ciudad autonoma de buenos aires, en uso por este ministerio, solicitado por el departamento de servicios generales.

Id norma: 244990 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33091

Fecha boletin: 17/03/2015 Fecha sancion: 08/01/2015 Numero de norma 127/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Coordinacion Monitoreo Y Logistica Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Resolución 127/2015

Bs. As., 8/1/2015

VISTO el Expediente N° E-5692-2014 del registro del MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y loreglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contrataciónde un efector social para la provisión de materiales, realización detareas, y enseres necesarios para la reparación integral de accesos acocina y baño de discapacitados, para el edificio ubicado en la calleHuergo N° 131, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por esteMinisterio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales,mediante Nota de fecha 07 de Mayo de 2014.

Que, asimismo, el Departamento citado en el Considerando anterior,propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DETRABAJO BARRIOS DE MATANZA LIMITADA, cuya inscripción en el RegistroNacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fueaprobada por Resolución SCyMI N° 3991 de fecha 19 de Abril de 2011.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebradoentre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LANACIÓN, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 de fecha 31 deMarzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada segúnResolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que obran Informes N° 1724/2014, Nota S/N° y Nota N° 1180/2014, laDirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURAGENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidadprecio-gasto del servicio que por este expediente se tramita.

Que según NOTA SIGEN N° 6203/2014 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DELA NACIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado paratal fin, se informa que el monto estimado para la contratación seconsidera razonable, según las condiciones actuales del mercado.

Que, con fecha 11 de Diciembre de 2014, se procedió al acto de aperturadel sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIOS DE MATANZALIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de loexpuesto en el párrafo precedente y de la documentación obrante en elexpediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 605/2014,estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 605/2014 a los fines desu difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DECONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexoal Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales dedifusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en suDisposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme loreglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 deSeptiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no seformularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 605/2014precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la ContrataciónDirecta N° 472/2014, enmarcada en las previsiones del artículo 25,inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios,reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N°893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido porel Decreto Nº 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de laaplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y,en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normasmodificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de AdministraciónFinanciera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional ysu Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N°357/2002, modificatorios y complementarios, N° 112/2011, y laResolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcadaen los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N°1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograrla contratación de un efector social para la provisión de materiales,realización de tareas, y enseres necesarios para la reparación integralde accesos a cocina y baño de discapacitados, para el edificio ubicadoen la calle Huergo N° 131, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, enuso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de ServiciosGenerales.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo deacuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para lacontratación autorizada en el Artículo precedente, que integra lapresente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Únicode Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2012 dela Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRETARÍA DETECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓNADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 472/2014, conformelas pautas detalladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 472/2014 alefector social COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIOS DE MATANZA LIMITADA, parala realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente,hasta la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOSCINCUENTA Y SIETE ($ 772.657.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total dePESOS SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($772.657.-), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministeriopara los ejercicios que correspondan.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. CARLOS D.CASTAGNETO, Secretario de Coordinación y Monitoreo Institucional,Ministerio de Desarrollo Social.

CONDICIONES GENERALES:

1 - Responsabilidad del Adjudicatario:

1.1 El adjudicatario será responsable de los daños y/o perjuicios quepor causas imputables a él o a sus dependientes y en ocasión de lastareas, pudieran sufrir los bienes de este Ministerio, el personal dela misma y sus bienes y/o terceros y sus bienes. Asimismo seráresponsable por la desaparición, robo, hurto y daños intencionales y/oaccidentales a objetos del Ministerio y/o su personal, como así tambiénpor los hechos que dañen al edificio y/o a las instalaciones en sí, enel período de prestación del servicio. El Oferente asume laresponsabilidad de su personal y se obliga a reparar y/o reponer todoelemento de propiedad de este Ministerio que resultara dañado odestruido por acción u omisión de su personal, durante su permanenciaen ésta. Este Organismo no admitirá interrupción alguna por vacacionesu otras causas, debiéndose realizar la atención del mismo en formapermanente. De suscitarse huelgas y/o conflictos parciales o totales, ocualquier otra situación con el personal empleado por el Adjudicatario,será obligación de éste procurar una solución en un plazo no mayor deCUARENTA Y OCHO (48) horas, a partir del momento en que este organismolabre un acta, para documentar la situación creada, en caso contrariose podrá decidir, por ese solo hecho, la rescisión del contrato. Elpersonal empleado por el proveedor no tendrá ningún tipo de relación dedependencia con el Organismo contratante. El personal afectado seráprovisto con elementos de seguridad personal (cascos, guantes, botas,máscaras, anteojos, cinturones, etc.). Asimismo, se deberán instalarlos elementos de seguridad colectiva (matafuegos, disyuntores,botiquín, señalización, etc.) que por su índole correspondan, siendoresponsable la cooperativa de los accidentes ocasionales o agravadospor la falta o mal uso de los elementos arriba indicados.

El adjudicatario no podrá emplear menores de DIECIOCHO (18) años parala realización del trabajo. Queda bajo la exclusiva responsabilidad delAdjudicatario todo accidente de trabajo que involucre a su personal o aterceros, vinculados con la prestación del servicio, como así mismo delcumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyeslaborales sin excepción.

El contratista podrá realizar subcontratos o cesiones, con autorizaciónprevia del Comitente, las que no podrán superar el VEINTICINCO PORCIENTO (25%).

1.2 Documentación obligatoria a presentar por el adjudicatario:

Dentro del TERCER (3°) día hábil administrativo previo al comienzo delos trabajos, el adjudicatario deberá presentar ante el Departamento deServicios Generales una Póliza de Seguros por Accidentes Personales porla suma asegurada de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-), por cada unode los “efectores” sociales involucrados en las tareas contratadas, concláusula de no repetición ante el Ministerio de Desarrollo Social de laNación; y la Responsabilidad Civil extracontractual sobre lasactividades de la Cooperativa, incluirán al Ministerio de DesarrolloSocial de la Nación como asegurado adicional especificando la ubicacióndel riesgo, el monto total será de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000), desdeel inicio de los trabajos hasta la recepción Definitiva establecida enla Cláusula N° 11 de las Condiciones Particulares del presente Pliego.

1.3 Rescisión del contrato.

El Comitente tendrá derecho a rescindir el Contrato en los siguientes casos:

a) Si el adjudicatario no diera comienzo a los trabajos dentro del plazo fijado a tal efecto.

b) Por falta reiterada al cumplimiento de las órdenes emanadas del Departamento de Servicios Generales.

c) Por interrupción o abandono sin causa justificada por un plazo mayorde TRES (3) días consecutivos en tres ocasiones, o cuando el abandono ointerrupción sean continuados por el término de DIEZ (10) días corridos.

d) Por cualquier infracción a las Leyes de trabajo.

e) Cuando cediese el contrato en todo o en parte o subcontratase sin consentimiento del Comitente.

f) Por incumplimiento de la entrega de las Pólizas de Seguros porAccidentes Personales, y de Responsabilidad Civil oportunamenteespecificada, en los términos del Punto 1.2 de las CondicionesGenerales.

1.4 Organización de higiene y seguridad en el trabajo.

El objetivo de este rubro tiene como misión fundamental determinar,promover y mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares detrabajo, y el más alto nivel de seguridad para el personal propio delContratista, del Ministerio o terceros.

Para el cumplimiento de este objetivo el Contratista deberá ajustarse alo que en la materia dispone la Ley Nacional 19.587/72, su DecretoReglamentario 351/79, la Resolución 1069/91 y demás disposiciones queresulten aplicables.

Legislación de aplicación:

Para la organización de la seguridad de los trabajos se tendrá en cuenta la siguiente legislación:

• Ley Nacional 24.028 de Riesgos de Trabajo.

• Ley Nacional 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

• Decreto 911/96.

CLAUSULAS PARTICULARES:

1. Presentación de la oferta - Obligaciones del oferente:

La oferta se deberá presentar por duplicado debidamente firmada entodas sus hojas. Podrá presentarse hasta la fecha y hora indicada, ensobre cerrado, con identificación de la presente contratación. Deberáser formulada en moneda nacional, sin discriminar, y no podráreferirse, en ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor. No seaceptarán propuestas en moneda extranjera.

2. Contenido de la Oferta: La oferta económica deberá ser presentada con:

a) Documentación que acredite su inscripción en el Registro Nacional de Efectores.

b) Constancia de Inscripción al Sistema de Proveedores (SIPRO)

c) Constancia de Inscripción ante la AFIP.

d) Domicilio Especial: Es requisito imprescindible constituir domicilioespecial, correo electrónico y fax, donde serán válidas todas lascomunicaciones que se cursen.

3. Forma de cotización:

La cotización será hecha por renglón, consignándose el precio unitario. Según Anexo B.

El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, no reconocerá ningúnadicional, ni gasto que no haya sido debidamente explicitado en suPresupuesto.

4. Plazo de mantenimiento de oferta: SESENTA (60) días corridos; dichoplazo será prorrogado automáticamente por sucesivos lapsos iguales alinicial en caso que el oferente no manifieste en forma fehaciente suvoluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10)días corridos al vencimiento de cada plazo.

5. Cronograma de Tareas: La Cooperativa deberá presentar un Cronogramade Tareas detallado, organizado en etapas y estimando los plazos parala realización de las mismas, a efectos de permitir la certificación deavance y la conformidad para la facturación. El Departamento deServicios Generales aceptará el cronograma o le comunicará lasmodificaciones que pudieran surgir para cumplimentar la totalidad delservicio, la Cooperativa deberá manifestar su aceptación o rechazo. ElCronograma deberá ser presentado dentro de los CINCO (5) días hábilescontados a partir de la notificación fehaciente de la Orden de Compra.El Departamento de Servicios Generales contará con TRES (3) díashábiles administrativos para expedirse en términos de aprobación omodificación. Si surgieran modificaciones, la Cooperativa contará conTRES (3) días hábiles administrativos contados a partir de ladevolución del Cronograma, para realizarlas y volver a presentarlo. Unavez que el Cronograma corregido sea presentado y habiendo sido aprobadoy conformado por el Departamento de Servicios Generales, comenzará aregir el plazo de inicio para la ejecución de las tareas.

6. Plazo de inicio del servicio: Dentro de los CINCO (5) días hábilesadministrativos de aprobado el cronograma de tareas, se labrará un Actade Inicio de Actividades entre el adjudicatario y el área requirente.

7. Plazo de Ejecución: Será de CIENTO VEINTE (120) días corridos,contados a partir de la fecha de labrada el Acta de Inicio, establecidaen la Cláusula anterior. El plazo involucra la totalidad de las tareascontratadas.

8. Visita al edificio: Es condición del llamado la visita delproponente al edificio donde se realizarán las tareas, a fin deinteriorizarse de todo cuanto pueda influir en la justa cotización delos servicios que se solicitan. El oferente deberá coordinar la visitacon el área requirente, Departamento de Servicios Generales. Tel.:(011) 4379-3857/58.

9. Lugar de prestación del servicio: Las tareas se desarrollarán en elinmueble en uso por el Ministerio de Desarrollo Social, sito en lacalle Huergo N° 131 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

10. Forma de prestación del servicio: Será según la descripción de trabajos y condiciones detalladas en el Anexo A.

11. Adjudicación: Se realizará teniendo en cuenta el precio, lacalidad, la idoneidad del oferente, y demás condiciones de la oferta.

12. Certificaciones provisorias: Las dos primeras certificaciones seharán cada SIETE (7) días corridos desde el comienzo de las tareas, yluego se harán cada QUINCE (15) días corridos.

La Comisión de Recepción Definitiva: tomará intervención en cada una delas certificaciones, emitiendo el Acta de Recepción Definitivacorrespondiente al porcentaje correspondiente de las tareas.

13. Conformidad de la recepción: La recepción definitiva se llevará acabo dentro de los DIEZ (10) días corridos de completada la entrega delos bienes o la prestación del servicio, instancia en la cual laComisión de Recepción Definitiva labrará el acta correspondiente.

14. Facturación:

13.1 Lugar de presentación de las facturas: serán presentadas en laMesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, ubicada en laplanta baja del edificio de la Av. 9 de Julio 1925 (esq. Moreno) -C.A.B.A., en el horario de 10:00 a 18:00 hs.

13.2 Forma y tiempo de presentación: se indicará en cada factura:

a) Número y fecha de la Orden de Compra;

b) Número del expediente;

c) Número y fecha de los remitos de entrega debidamente conformados;

d) Número, especificación e importe de cada renglón facturado;

e) Importe total bruto de la factura;

f) Monto y tipo de descuentos, de corresponder;

g) Importe neto de la factura.

h) Deberá acompañarse conjuntamente con la factura, la constancia devalidez que emite la A.F.I.P. En caso de tratarse de facturas tipo “C”,deberá acompañarse la constancia de inscripción respectiva, en laA.F.I.P.

13.3 Se abonará un anticipo del TREINTA POR CIENTO (30%) del montototal de la Orden de Compra, el cual se hará efectivo dentro de losquince días corridos de la fecha de presentación de la factura, contrapresentación de un Pagaré por el monto total del adelanto, y a la ordendel MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. El saldo restante se liquidaráconforme a las certificaciones de avance de tareas establecidas en lacláusula N° 12, las que contemplarán el descuento proporcional delanticipo efectuado y una deducción transitoria adicional equivalente alCINCO POR CIENTO (5%) de la certificación, a los fines de garantizar lacorrecta realización de las tareas. Esta deducción adicional seráliquidada contra la emisión del acta establecida en la cláusula N° 13.Sólo serán abonados los servicios efectivamente prestados y recibidosde conformidad.

14.4 Información de cuenta bancaria - Alta de beneficiario: A losefectos de percibir el pago la Cooperativa deberá informar su número decuenta bancaria en moneda nacional, debiendo el adjudicatario concurrira este Ministerio Nacional, Dpto. Contabilidad, Av. 9 de Julio N° 1.92518° Piso C.A.B.A., Tel.: 4379-3613 en el horario de 9:00 a 17:00 hs.con el fin de obtener el Alta de Beneficiario. En caso de poseer númerode Alta de beneficiario presentado ante otros Organismos, deberáadjuntar fotocopia de C.U.I.T.

13.5 Moneda de pago: La moneda de pago será la de curso legal del país.

15. Pago: Dentro de los TREINTA (30) días corridos, contados a partirdel día siguiente al de la incorporación por parte de la Dirección deProgramación y Ejecución Presupuestaria del Acta emitida por laComisión de Recepción Definitiva, de acuerdo a lo indicado en laCláusula N° 13.

16. A todos los efectos legales emergentes de la presentecontratación/licitación serán competentes los Juzgados Nacionales en loContencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma deBuenos Aires.

A los efectos del seguimiento de novedades que puedan producirserespecto de la presente contratación e independientemente de lanotificación que le cursemos, se recomienda visitar la página deInternet: www.argentinacompra.gov.ar, “OFICINA NACIONAL DECONTRATACIONES”.

Anexo A

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES

Contratación de profesional con incumbencia: El adjudicatario seráresponsable de la contratación de profesionales con incumbencia en elnivel de tareas contratadas, y con antecedentes e idoneidad a plenasatisfacción del coordinador de trabajos; los mismos deberán certificarmediante su firma el cumplimiento parcial o total de las tareasejecutadas y ejercer el control permanente de la ejecución y elcumplimiento de los aspectos técnicos, reglamentarios, legales yadministrativos, que rijan para la actividad.

Actuará con el carácter de Representante Técnico:

Un arquitecto o ingeniero civil para la ejecución de las tareas del Renglón 1.

Se entregará al Ministerio una notificación en la cual se detallaapellido, título obtenido y número de matrícula vigente de los mismos.

GENERALIDADES Y TRABAJOS PRELIMINARES

Limpieza

La cooperativa procederá a la limpieza de los locales a realizartrabajos en la primera etapa antes de iniciar las tareas; para ello seretirarán todos los residuos, materiales en desuso y equipamiento noutilizados y se lo dejará en condiciones favorables para la buenamarcha de los trabajos.

Locales para acopio de materiales

La cooperativa deberá implementar las medidas necesarias con el fin deacopiar los materiales destinados a la realización de los trabajos demanera de protegerlos del sol, lluvia, heladas, etc. El piso del localque se disponga para tal fin será apropiado al material que se acopia.

No se permitirá acopiar materiales a la intemperie y/o con recubrimientos de emergencia.

Elementos de seguridad

Todas las tareas serán realizadas por personal idóneo para las tareas aejecutar. El mismo deberá contar con los elementos de seguridad yprotección necesarios que cumplan con la normativa vigente como sercasco, arnés, ropa de trabajo, zapatos de seguridad, antiparras,guantes y todo otro elemento que sea necesario acorde a los trabajos arealizar.

Personal de seguridad e Higiene

Se adjudicará personal del Ministerio de Desarrollo Social capacitadoen Seguridad e Higiene, la responsabilidad de controlar el sector delas tareas a realizar, con el fin de hacer cumplir con lasreglamentaciones vigentes. El mismo efectuará periódicas y metódicasinspecciones a los inmuebles donde se desarrollan las actividades. Setendrá especial consideración en los siguientes puntos abajo descriptos.

Decreto N° 911/96

- Capacitación a los operarios en materia de higiene y seguridad y enla prevención de enfermedades y accidentes de trabajo, de acuerdo a lascaracterísticas y riesgos propios, generales y específicos de lastareas que cada uno de ellos desempeña. - Arts. 8, 10 y 11

- Protección contra la caída de personas - Artículo 52

- Trabajo con riesgo de caída a distinto nivel - Artículos 54 a 57

- Señalización en la construcción - Artículos 66 y 69

- Equipos y elementos de protección personal - Artículos 98, 99 y 112

-Normas de prevención en las instalaciones y equipos de obra - Artículos 221 y 222

Andamios y Protecciones

No podrán fijarse, amurarse o anclarse a ninguna pared, columna oelemento sin la correspondiente autorización del Departamento deServicios Generales. Todo daño que pudiera ocasionarse por el manipuleoy/o anclaje será reparado bajo el exclusivo cargo y responsabilidad dela cooperativa, debiendo dejar el lugar en las mismas condiciones enlas que se encontraba o en condiciones de ítem finalizado.

Deberá contar con medios seguros de acceso y cómodo de manera defacilitar el acceso al personal del Departamento cuando fueranecesario. Todo andamio será desmontado y retirado una vez que lastareas en el sector hayan sido inspeccionadas y aprobadas.

Se realizará una plataforma de trabajo en altura conformada de la siguiente manera:

• Sistema portante multidireccional tipo europeo.

• Protección de apoyos y solados en terciado fenólico de 18 mm con tratamiento de aceite de lino.

• Plataforma de terciado fenólico de 18 mm en percha de tablones de chapa labrada antideslizante.

• Barandas de protección reglamentarias, 0,5 mt/1,00 mt exterior; y 1,00 mt interior en niveles de trabajo.

• Puntales metálicos.

• Soleras de madera.

• Elementos de fijación mixto.

Materiales

Normas generales:

Calidad

Los materiales serán, en general, de la mejor calidad en su clase y suscaracterísticas responderán a las normas y/o condiciones mínimasespecificadas en cada caso.

Muestras

La cooperativa deberá presentar muestras de todo material o elementoantes de su colocación en el edificio. Una vez verificado elcumplimiento de las especificaciones contractuales, dichos materialesserán aprobados por la inspección. Todas las muestras se devolverán ala cooperativa una vez finalizadas las tareas, en caso de no serafectadas por los ensayos que se practiquen, sin derecho de reclamo deadicional alguno.

Ensayos

El Departamento de Servicios Generales podrá ordenar la ejecución deensayos sobre los materiales que considere conveniente a efectos dedeterminar su calidad. Para tal fin, se extraerán muestras de cada unade las partidas ingresadas al edificio, debiéndose individualizar enforma segura las pertenecientes a cada una de ellas. Estará a cargo dela cooperativa el pago de todas las obligaciones emergentes del ensayo(materiales, ejecución de tareas, transporte, aranceles, etc.).

Materiales envasados

Se entregarán en el edificio, en sus envases originales, perfectamentecerrados, rotulados de fábrica. Cuando se prescriba el uso demateriales “aprobados”, deberán llevar la constancia de dichaaprobación en el rótulo respectivo o donde correspondiera. Ningúnmaterial envasado podrá ser retirado del envase hasta su colocacióndefinitiva.

Almacenamiento

Todos los materiales embolsados (cales, cementos, yesos, pinturas,revestimientos, etc.), se acopiarán en lugares cubiertos. Cualquierexcepción a esta norma debe ser aprobada expresamente por elDepartamento de Servicios Generales.

REFACCIONES GENERALES

Los trabajos se ajustarán en un todo a las presentes especificacionestécnicas correspondientes y las especificaciones generales.

La propuesta comprenderá los materiales y trabajos necesarios,incluyendo aquellos que no estén expresamente mencionados y fueranimprescindibles para una completa terminación de acuerdo a las reglasdel arte que aseguren el cumplimiento de los fines propuestos,incluyendo cualquier trabajo y/o provisión accesoria o complementariano especificada.

Será obligación de la cooperativa, la verificación de dimensiones insitu, para la ejecución de los trabajos. Las medidas mencionadas acontinuación son orientativas a los fines de una cotización.

Serán rechazados todos los trabajos que no estén de acuerdo con las especificaciones y órdenes impartidas oportunamente.

Tareas preliminares

Será por cuenta de la Cooperativa la ejecución de todos los serviciosde demolición y retiro, de todo aquello que sea necesario porexigencias del proyecto. La Cooperativa deberá realizar los serviciosdentro de las normas técnicas de práctica y de acuerdo a lasinstrucciones que le imparta el Depto. de Servicios Generales y se harádirectamente responsable por toda infracción efectuada durante ydespués de la ejecución de los servicios.

Los materiales que provengan de las demoliciones deberán ser retiradossin afectar el normal funcionamiento del edificio. Para esto se tomarálos recaudos pertinentes a fin de no dañar el resto de lasinstalaciones. Este ítem incluye la demolición y remoción de pisos,carpetas, revestimientos y carpinterías, instalaciones en mal estado,incluidos dentro del proyecto. Se demolerán sectores necesarios para laejecución (o ampliación) de vanos en los cuales se ubicarán nuevascarpinterías.

SECTOR COMEDOR Y NAVE

N° 1 ALBAÑILERÍA EN COMEDOR Y NAVE

ÍTEM 1:1.-, 1:3.-, 1:5.- y 1:7.-

Todas las canalizaciones para pasaje de cañerías eléctricas correránpor cuenta de la Cooperativa. Dichas canalizaciones podrán realizasepor medio de herramientas manuales o eléctricas, pero siempre afectandolo menos posible la integridad del muro y sus revoques.

ÍTEM 1:2.-, 1:4.-, 1:6.- y 1:8.-

Posteriormente a la ejecución de canaletas para pase de cañerías y lacolocación de las mismas la Cooperativa procederá a realizar la tapadade éstas verificando el correcto amure de las cañerías instaladas.

ÍTEM 1:9.- Provisión y ejecución de pintura látex interior en muros

Pintura

Generalidades

Los trabajos aquí especificados incluirán en general todos losmateriales, herramientas y la realización de los trabajos necesariospara la pintura completa.

Comprenden la pintura por medios manuales o mecánicos de muros de albañilería revocados según las especificaciones.

Asimismo incluyen todos los trabajos necesarios al fin expuesto, queaunque no estén expresamente indicados, sean imprescindibles para quese cumplan las finalidades.

Si por deficiencia en el material, realización de tareas, o cualquierotra causa no se satisfacen las exigencias de perfecta terminación yacabado fijados por el Depto. de Servicios Generales, la Cooperativatomará las provisiones del caso, dará las manos necesarias además delas especificadas, para lograr un acabado perfecto sin que estoconstituya trabajo adicional.

La proporción de tonos responderá a las especificaciones de coloresindicada por el Depto. de Servicios Generales, sin cuya aprobaciónprevia no podrán iniciarse los trabajos de pintado.

Precauciones a tener en cuenta

La Cooperativa deberá tomar las precauciones necesarias a fin de nomanchar otras estructuras, tales como vidrios, pisos, revestimientos,cielo rasos, panelerías, artefactos eléctricos o sanitarios,estructuras, etc. pues en el caso que esto ocurra, será por su cuentala limpieza o reposiciones a solo juicio del Depto. de ServiciosGenerales.

La Cooperativa tomará todas las precauciones indispensables a fin depreservar los trabajos del polvo y el agua. No se permitirá que secierren las puertas y/o ventanas antes que la pintura haya secadocompletamente.

Previamente a la aplicación de una capa de pintura, se deberá efectuarun recorrido general de las superficies, salvando con masilla, adecuadaa la pintura a usarse, cualquier irregularidad incluyendo la reposiciónde los materiales de terminación o su reparación para cualquier tipo desuperficie o elemento que puedan haberse deteriorado en el curso de lostrabajos.

Antes de dar principio al pintado se deberá efectuar el barrido de loslocales, debiéndose preservar los solados con filmes de polietileno queserá provisto por la Cooperativa.

No se aplicarán pinturas sobre superficies mojadas o sucias de polvo ograsas, debiendo ser raspadas profundamente, pasándoles un cepillo depaja o cerda y luego lijadas.

Como regla no se deberá pintar con temperaturas ambientes por debajo de5 grados centígrados, ni tampoco con superficies expuestas directamenteal sol, teniendo especiales precauciones frente al rocío matutino,nieblas, humedad excesiva, etc.

Materiales

Los materiales a emplear serán de la marca indicada en la presenteespecificación, aceptada por el Depto. de Servicios Generales. Se dejaespecialmente aclarado que en caso de comprobarse incumplimiento de lasnormas contractuales debidas a causas de formulación o fabricación delmaterial el único responsable será la Cooperativa, no pudiendotrasladar la responsabilidad al fabricante, dado que deberá tomar losrecaudos necesarios para asegurarse que el producto que usa responda enun todo a las cláusulas contractuales.

Enduidos, imprimadores, fijadores

En todos los casos serán de la misma marca de las pinturas y del tipocorrespondiente, según el fabricante, para cada uso a fin de garantizarsu compatibilidad.Diluyentes

Serán en todos los casos, los especificados expresamente para cada tipode pintura por sus fabricantes, siendo rechazado cualquier trabajo enque no se haya respetado esta especificación.

Ejecución de los trabajos

Los trabajos serán confiados a personal calificado y especializado enla preparación de pinturas y su aplicación. Las distintas manos aaplicar serán cruzadas a fin de lograr buen aspecto y terminación delacabado, evitando el exceso de material. Se dará la última mano despuésque todos los gremios que intervienen en la construcción hayan dado fina sus trabajos.

Será condición indispensable para la aprobación de los trabajos queéstos tengan un acabado sin huellas de pinceladas o rodillo. De noresponder la pintura a la muestra aprobada se harán repintar lasestructuras a solo juicio del Depto. de Servicios Generales.

Cuando se indique el número de manos a aplicar, se entiende que es atítulo ilustrativo ya que se deberá dar la cantidad de manos querequiera un perfecto acabado a juicio del Depto. de Servicios Generales.

Pintura al Látex sobre muros

Se dará una mano de fijador diluido con aguarrás en la proporciónnecesaria para que una vez seco, quede mate. Posteriormente se hará unaaplicación de enduido plástico al agua para eliminar lasimperfecciones, en capas delgadas sucesivas. Una vez seco, se lijarácon lija 5/0 en seco; después de un intervalo de 8 horas se quitará enseco el polvo resultante de la operación anterior y se aplicarán lasmanos de pintura al Látex que fuere menester para su correcto acabado.La primera diluida al 50% con agua. Las siguientes se rebajarán segúnla absorción de las superficies.

SECTOR COCINA

N° 2 COCINA

Albañilería en cocina

Ítem 2:1.- y 2:3.- Mampostería de ladrillo hueco no portante

Estará constituido por ladrillos cerámicos huecos no portantes de 0,12 m de espesor.

La primera hilada sobre una carpeta horizontal hidrófuga especificada.

Los mampuestos se asentarán con un mortero compuesto: 1/2 parte de cemento, 1 parte de cal hidráulica y 4 partes de arena.

Ítem 2:2.- y 2:4.- Revoque grueso

No se procederá a revocar muro alguno, hasta que la mampostería no hayaasentado perfectamente. Antes de aplicar la mezcla deberán realizarselas siguientes tareas:

a) Perfecta limpieza de la pared para dejar viva la superficie de los ladrillos.

b) Abrebado de la pared con agua.

c) Todos los paramentos exteriores serán impermeabilizados previamente.

d) Ejecución de puntos y fajas de guías.

e) Se verificará el perfecto aplomado de los marcos, ventanas, etc., elparalelismo de las mochetas o aristas y la horizontalidad del cieloraso.

En general, los revoques gruesos tendrán un espesor total mínimo de 1,5 cm a 2,5 cm.

Estos revoques deberán ser llevados hasta el nivel del piso para evitarremiendos al colocar los zócalos. Antes de su fragüe deberán serquitados los bulines de nivelación y completados los revoques.

Una vez ejecutados los revoques, deberá procederse a la exhaustivalimpieza de las carpinterías, paredes y pisos adyacentes, procediéndosea retirar todos los residuos.

Los revoques no deberán presentar superficies alabeadas ni fuera deplomo, rebabas u otros defectos cualesquiera. Tendrán aristas rectas.

Antes de comenzar el revocado de un local, la Cooperativa verificará elperfecto aplomado de los marcos, ventanas, etc.; el paralelismo de lasmochetas o aristas y la horizontalidad del cielo raso. También secuidará especialmente la ejecución del revoque a nivel de los zócalos,para que al ser aplicados éstos, se adosen perfectamente a lasuperficie revocada.

Donde existan columnas, vigas o tabiques de hormigón que interrumpanlas paredes de mampostería, se aplicará sobre todo el ancho de lasuperficie de la estructura de hormigón y con un sobreancho de por lomenos 30 cm a cada lado del paramento interrumpido, una hoja de metaldesplegado bien asegurada, y bajo la misma papel.

Todas las instalaciones complementarias de los trabajos deberánejecutarse antes de la aplicación del enlucido; en todos los retoques yremiendos indispensables que deban realizarse, se exigirá el nivel determinación adecuado.

La terminación pretendida del revoque grueso o jaharro será uniforme,continua, prolija y con terminación peinada para la correcta adherenciadel enlucido posterior.

Ítem 2:5.- Revoque fino sobre muros

En general, los revoques finos tendrán un espesor máximo de 0.5 cm.Estos revoques deberán ser llevados hasta el nivel del piso para evitarremiendos al colocar los zócalos.

Antes de su fragüe deberán ser quitados los bulines de nivelación y completados los revoques.

Una vez ejecutados los revoques, deberá procederse a la exhaustivalimpieza de las carpinterías, paredes y pisos adyacentes, procediéndosea retirar todos los residuos.

Los revoques no deberán presentar superficies alabeadas ni fuera deplomo, rebabas u otros defectos cualesquiera. Tendrán aristas rectas.

Antes de comenzar el revocado de un local, la Cooperativa verificará elperfecto aplomado de los marcos, ventanas, etc.; el paralelismo de lasmochetas o aristas y la horizontalidad del cielo raso.

También se cuidará especialmente la ejecución del revoque a nivel delos zócalos, para que al ser aplicados éstos, se adosen perfectamente ala superficie revocada.

Todas las instalaciones complementarias de los trabajos deberánejecutarse antes de la aplicación del enlucido; en todos los retoques yremiendos indispensables que deban realizarse, se exigirá el nivel determinación adecuado.

El enlucido se hará luego del fragüe del jaharro previamente aplicado.El Departamento de Servicios Generales hará hincapié sobre laterminación del mismo, el cual no podrá presentar superficies alabeadasni fuera de plomo, rebabas u otros defectos cualesquiera. Tendránaristas rectas. Para este punto los materiales a utilizar serán nuevos,en buen estado de conservación y acopiados en lugares secos. Lasherramientas para la realización de estas tareas serán las adecuadassegún reglas del arte.

Ítem 2:6.- Revestimiento cerámico

Generalidades

Para la aplicación de los revestimientos, la Cooperativa tendrá en cuenta las siguientes indicaciones:

- No se admitirán llaves de paso y broncería en general que no esténperfectamente aplomados respecto del tipo del revestimiento terminado.La Cooperativa deberá verificar, previamente, la correcta colocación dedichos elementos.

- El Departamento de Servicios Generales podrá exigir la realización demuestras, tanto de colores como de texturas, que la Cooperativaejecutará por su exclusiva cuenta y cargo.

- La colocación será esmerada y efectuada por personal especializado,debiendo presentar los revestimientos superficies planas, parejas y detonalidad uniforme.

- En correspondencia con las partes expuestas de las instalaciones losrecortes deberán ser perfectos, no se admitirán piezas rajadas,deficientes, o defectos provocados por el corte.

- Los encuentros con revoques serán rectos y los cortes se realizarán con cuidado, evitando ondulaciones.

- Las juntas de los revestimientos tendrán una perfecta nivelación y verticalidad.

- No se admitirán piezas empalmadas.

- Ninguna pieza de cerámica deberá sonar a hueco una vez colocada.

- Las juntas se sellarán con pastinas al tono de primera marca.

Si el Departamento de Servicios Generales constatara el incumplimientode alguno de los requisitos citados podrá ordenar la demolición y nuevaejecución de las zonas observadas, por cuenta y cargo de la Cooperativa.

Los trabajos aquí especificados comprenden la provisión de materiales,realización de tareas, herramientas y enseres, fletes y todas lastareas necesarias para la ejecución de los revestimientos en general.

Para la colocación con adhesivos plásticos tipo Klaukol o equivalente,la capa de revoque grueso deberá quedar perfectamente fratasada yaplomada, ya que no existe posibilidad de ajuste con el adhesivo.Deberá tenerse especial cuidado en los recortes de las piezas alrededorde las bocas de luz, griferías, etc. el Depto. de Servicios Generalesordenará la reposición de todos los elementos que no esténperfectamente recortados o que presenten rajaduras o líneas defectuosas.

Las piezas serán de las denominadas de primera clase, debidamente seleccionadas cumplimentando la norma IRAM 12519.

Serán rechazados aquellos lotes que a simple vista presenten algunos ovarios de los defectos que se enumeran: alabeo con respecto a lasuperficie plana, cuarteado en la vista del cerámico, decoloración dela misma, hoyuelos, puntos, manchas, ondulaciones, etc. En cada aristaviva se colocarán guardacantos de acero inoxidable lisos, 10 x 10 x 1,5mm.

Ejecución los trabajos

La colocación del material se efectuará luego de haberse ejecutadosobre la pared un azotado impermeable y una capa de revoque grueso. Deesta forma la pared queda preparada para recibir la colocación de loscerámicos con mortero Tipo I (1). Si por el contrario se opta por lacolocación con adhesivos plásticos tipo Klaukol o similares, la capagruesa deberá quedar perfectamente fratasada y su espesor deberáajustarse con la capa de asiento que no existirá si se opta por eladhesivo.

La colocación se hará partiendo con elementos enteros desde una de lasaristas de terminación hasta el próximo quiebre de la pared. Encualquier quiebre o arista del paramento a revestir se cortarán laspiezas bien a plomo y produciendo juntas perfectamente paralelas a lalínea de quiebre.

La continuación del paramento se hará con un corte en forma de que enconjunto las dos partes, el de terminación contra la esquina y el decontinuación del quiebre, constituyan una pieza completa.

Los cerámicos se colocarán a junta cerrada horizontal y verticalmenterectas procurando un asiento perfecto de cada pieza, rechazándoseaquellas que suenen a hueco una vez colocadas.

Se tendrá en cuenta en todos los locales revestidos, las siguientes normas:

a) El revestimiento, el revoque superior (si lo hubiere) estarán sobre una misma línea vertical.

b) Para los revestimientos cerámicos no se utilizarán cuartas cañas y/opiezas de acodamiento; los ángulos salientes se protegerán con ángulosde acero inoxidable de 3/4” en toda la altura de revestimientos.

c) Los recortes del revestimiento, alrededor de caños, se cubrirán con arandelas platil.

d) Las columnas o resaltos emergentes de los paramentos llevarán elmismo revestimiento del local, si no hay indicación en contrario.

Una vez terminada la colocación deberá empastinarse todo el conjunto con una pastina al tono.

Deberá tenerse especial cuidado en los recortes de las piezas alrededorde las bocas de luz, canillas, etc., el Depto. de Servicios Generalesordenará la reposición de todos los elementos que no esténperfectamente recortados o que presenten rajaduras o líneas defectuosas.

El Depto. de Servicios Generales indicará el criterio de colocación delmismo y la posición con respecto a éste que deberán observar para supuesta in situ las bocas de luz, artefactos, accesorios, etc., de talforma que todos ellos vayan ubicados en los ejes de juntas.

NOTA:

(1) Mortero Tipo I: (1/4) Cemento Minetti - (1) Cal Hidráulica en polvo - (4) Arena Gruesa

Muestras y ensayos

Con la debida anticipación, la Cooperativa presentará al Depto. deServicios Generales, las muestras de piezas con los colores y lacalidad exigidas, para su aprobación, las cuales quedarán in situ yservirán como elementos testigos o de contraste para todo el resto delos elementos.

El Depto. de Servicios Generales podrá exigir la ejecución de tramos demuestra con el objeto de determinar la ejecución de juntas, colocaciónde protección de aristas y/o resolución de detalles constructivos noprevistos.

Entrega y almacenamiento

Los revestimientos se entregarán in situ, embalados en envases en losque deberán leerse claramente las características del material(dimensiones, color, marca, cantidad de piezas, etc.).

Deberán ser almacenadas de modo tal que se eviten golpes que deteriorenlas piezas, ya que no se admitirá que sean colocadas piezas que noestén en perfectas condiciones, enteras y sin escamaduras.

Modelo: Perla mate Medidas: 20cm x 20cm. Marca: San Lorenzo

Este revestimiento será de primera calidad, monococción y deberá pertenecer todo a la misma partida de fabricación.

Ítem 2:7.- Provisión y colocación de tapa de madera MDF. Barra mostrador

La Cooperativa deberá proveer y colocar tapa de madera realizada en MDF para barra tipo mostrador.

La misma deberá ser de medidas 4,60 x 0,60 m. Deberá incluir pollera de0,12 m en todo su recorrido. Las medidas deberán ser verificadas insitu.

Ítem 2:8.- Provisión y ejecución de revestimiento en cemento alisado de muro y tapa de barra

La Cooperativa deberá realizar un alisado de cemento a modo determinación sobre muro de mampuestos y tapa realizada en MDFperteneciente a la barra mostrador en cocina.

El revestimiento será ejecutado a partir de un mortero de cemento yarena en dosaje 1:3, de aproximadamente 0,5 cm de espesor, con elagregado de aditivos endurecedores y/o de aporte de color según seindique y en su caso, respondiendo a las recomendaciones de uso deestos agregados. Por lo tanto todas las características técnicas yestéticas que se exigen de este revestimiento (textura, color, etc.),se obtendrán siguiendo las instrucciones de aporte de materialesespecíficos (endurecedor tipo ferrocement, color natural u otro); conla particularidad técnica de terminación Ilaneado mecánico.

Ítem 2:9.- Pintura al Látex sobre muros

Pintura

Generalidades

Los trabajos aquí especificados incluirán en general todos losmateriales, herramientas y la realización de los trabajos necesariospara la pintura completa.

Comprenden la pintura por medios manuales o mecánicos de muros de albañilería revocados según las especificaciones.

Asimismo incluyen todos los trabajos necesarios al fin expuesto, queaunque no estén expresamente indicados, sean imprescindibles para quese cumplan las finalidades.

Si por deficiencia en el material, realización de tareas, o cualquierotra causa no se satisfacen las exigencias de perfecta terminación yacabado fijados por el Depto. de Servicios Generales, la Cooperativatomará las provisiones del caso, dará las manos necesarias además delas especificadas, para lograr un acabado perfecto sin que estoconstituya trabajo adicional.

La preparación de tonos responderá a las especificaciones de coloresindicada por el Depto. de Servicios Generales, sin cuya aprobaciónprevia no podrán iniciarse los trabajos de pintado.

Precauciones a tener en cuenta

La Cooperativa deberá tomar las precauciones necesarias a fin de nomanchar otras estructuras, tales como vidrios, pisos, revestimientos,cielo rasos, panelerías, artefactos eléctricos o sanitarios,estructuras, etc. pues en el caso que esto ocurra, será por su cuentala limpieza o reposiciones a solo juicio del Depto. de ServiciosGenerales.

La Cooperativa tomará todas las precauciones indispensables a fin depreservar los trabajos del polvo y el agua. No se permitirá que secierren las puertas y/o ventanas antes que la pintura haya secadocompletamente.

Previamente a la aplicación de una capa de pintura, se deberá efectuarun recorrido general de las superficies, salvando con masilla, adecuadaa la pintura a usarse, cualquier irregularidad incluyendo la reposiciónde los materiales de terminación o su reparación para cualquier tipo desuperficie o elemento que puedan haberse deteriorado en el curso de lostrabajos.

Antes de dar principio al pintado se deberá efectuar el barrido de loslocales, debiéndose preservar los solados con filmes de polietileno queserá provisto por la Cooperativa.

No se aplicarán pinturas sobre superficies mojadas o sucias de polvo ograsas, debiendo ser raspadas profundamente, pasándoles un cepillo depaja o cerda y luego lijadas.

Como regla no se deberá pintar con temperaturas ambientes por debajo de5 grados centígrados, ni tampoco con superficies expuestas directamenteal sol, teniendo especiales precauciones frente al rocío matutino,nieblas, humedad excesiva, etc.

Materiales

Los materiales a emplear serán de la marca indicada en la presenteespecificación, aceptada por el Depto. de Servicios Generales. Se dejaespecialmente aclarado que en caso de comprobarse incumplimiento de lasnormas contractuales debidas a causas de formulación o fabricación delmaterial el único responsable será la Cooperativa, no pudiendotrasladar la responsabilidad al fabricante, dado que deberá tomar losrecaudos necesarios para asegurarse que el producto que usa responda enun todo a las cláusulas contractuales.

Enduidos, imprimadores, fijadores

En todos los casos serán de la misma marca de las pinturas y del tipocorrespondiente, según el fabricante, para cada uso a fin de garantizarsu compatibilidad.

Diluyentes

Serán en todos los casos, los especificados expresamente para cada tipode pintura por sus fabricantes, siendo rechazado cualquier trabajo enque no se haya respetado esta especificación.

Ejecución de los trabajos

Los trabajos serán confiados a personal calificado y especializado enla preparación de pinturas y su aplicación. Las distintas manos aaplicar serán cruzadas a fin de lograr buen aspecto y terminación delacabado, evitando el exceso de material. Se dará la última mano despuésque todos los gremios que intervienen en la construcción hayan dado fina sus trabajos.

Será condición indispensable para la aprobación de los trabajos queéstos tengan un acabado sin huellas de pinceladas o rodillo. De noresponder la pintura a la muestra aprobada se harán repintar lasestructuras a solo juicio del Depto. de Servicios Generales.

Cuando se indique el número de manos a aplicar, se entiende que es atítulo ilustrativo ya que se deberá dar la cantidad de manos querequiera un perfecto acabado a juicio del Depto. de ServiciosGenerales. Se dará una mano de fijador diluido con aguarrás en laproporción necesaria para que una vez seco, quede mate. Posteriormentese hará una aplicación de enduido plástico al agua para eliminar lasimperfecciones, en capas delgadas sucesivas. Una vez seco, se lijarácon lija 5/0 en seco; después de un intervalo de 8 horas se quitará enseco el polvo resultante de la operación anterior y se aplicarán lasmanos de pintura al Látex que fuere menester para su correcto acabado.La primera diluida al 50% con agua. Las siguientes se rebajarán segúnla absorción de las superficies.Ítem 2:10.- Pinturas para cielo rasos

Cielo rasos de yeso:

- Látex:

• una mano de fijador al agua, dejando secar 24 horas.

• se efectuarán las reparaciones necesarias con enduido al agua.

• lijado

• dos manos de látex para cielorrasos aplicado a pincel y/o rodillo, dejando secar 10/12 horas entre manos.

Ítem 2:11.- y 2:12.- Cielo rasos de placa de roca de yeso

Armado de la estructura

Se deberá armar una estructura de perfiles de chapa de acero zincadapor inmersión en caliente, fabricados según Norma IRAM IAS U500-243:2004, sobre la cual se fijarán las placas estándar de 12.5 mmde espesor. La estructura del cielo raso se realizará utilizandoperfiles tipo solera de 35 mm y Montante de 34 mm. Los perfilesMontantes se cortarán de acuerdo a las dimensiones del cielo raso,calculando aproximadamente 1 cm menos que la separación entre lasSoleras ya colocadas sobre las paredes. Dentro de las soleras secolocarán los perfiles montantes, cada 40 cm, fijándolos a éstas contornillos de acero tipo T1 punta aguja, con cabeza tanque y ranura encruz. Una vez definida y marcada la altura del futuro cielo raso, sefijará la primera solera sobre la pared del lado mayor del ambiente,repitiendo esta operación sobre la pared opuesta, cuidando mantener elmismo nivel. Para fijar los perfiles se utilizarán fijaciones tipotarugo fischer y tornillos N° 8, colocándolos cada 60 cm. Una vezverificada la nivelación de los perfiles montantes, se colocará sobreellos y transversalmente un perfil montante con una separación máximade 1,20 m, estos perfiles serán las “vigas maestras” de la estructura ydeberán estar suspendidos del techo por medio de las “velas rígidas”(perfiles Montante colocados cada 1,00 m como máximo). Se deberánrealizar todos los refuerzos necesarios para luego poder colocar losartefactos de iluminación. Estos refuerzos se realizan con perfilessolera fijados a los montantes con tornillos T1. En caso de instalarartefactos de iluminación de dimensiones pequeñas, solamente seránecesario realizar las perforaciones del diámetro necesario, utilizandouna mecha copa.

Emplacado

Una vez armada la estructura, se colocarán las placas estándar de 12,5mm de espesor, utilizando tornillos de acero tipo T2 punta aguja, concabeza trompeta y ranura en cruz, colocándolos con una separación de 25cm o 30 cm en el centro de la placa y de 15 cm en los bordes quecoinciden con el eje de un perfil, a una separación de 10 mm de losmismos.

Masillado y terminaciones

Para asegurar una correcta terminación, se colocará un perfil buñaperimetral en el encuentro entre el cajón y mampostería u otromaterial, fijándolo a las placas Durlock con tornillos T2 o cemento decontacto. Las placas se colocarán en sentido transversal a la trama demontantes, trabándolas entre sí, de manera tal que no queden juntascontinúas a lo largo de todo el cielo raso. Estos perfiles determinación se masillarán aplicando dos manos de masilla para Durlocklista para usar o masilla Durlock de secado rápido, al igual que lasimprontas de los tornillos. El tomado de juntas entre placas serealizará con cinta de papel de celulosa especial y masilla Durlocklista para usar o masilla Durlock de secado rápido, cubriendo tambiénlas improntas de los tornillos y los perfiles buña perimetral,respetando los tiempos de secado de la masilla que se esté utilizando.

Ítem 2:13.- Pinturas para carpintería de madera

Previo a realizar la pintura de las carpinterías, se procederá a preparar todas las caras a pintar.

Se procederá a pintar las carpinterías de madera de la siguiente manera:

La primera mano de barniz, la segunda mano de cetol.

No se podrá continuar con la siguiente mano hasta que la primera no esté seca.

Ítem 2:14.- Esmalte sintético en carpinterías metálicas.

Todo elemento metálico, salvo indicación en contrario será pintado con esmalte sintético según el siguiente esquema:

a) Se eliminará totalmente la pintura existente.

c) Una mano del antióxido especificado con un espesor mínimo de 40 micrones.

e) Retoque con masilla al aguarrás en zonas necesarias, teniendo encuenta que se exigirá una superficie perfectamente uniforme en suterminación.

f) La tercera mano se efectuará con 80% esmalte sintético y 20% de solvente adecuado.

g) Una cuarta capa con esmalte sintético puro con un espesor mínimo de 40 micrones.

h) Una quinta capa idéntica a la anterior, que se aplicará cuando sehayan finalizado los trabajos de pintura sobre muros, previo lijado conlija al agua de grano 220/240 si el lapso entre esta mano y la anteriorsuperase las 72 horas.

El acabado deberá responder exactamente a las muestras aprobadas, aunque fuera necesario aumentar el número de manos de esmalte.

Ítem 2:15.- y 2:16.- Ejecución de pase de losa con rotura y recuadro para conducto de extractor de campana y extractores de aire

La Cooperativa será la encargada de la realización de los pasesnecesarios para la colocación del conducto de extracción de aire ycampana. La Cooperativa deberá realizar el pase correspondiente en lalosa sobre sector cocina realizando el recuadro del mismo según medidasa verificar en concordancia a medidas de conducto de extracción.Posteriormente una vez realizado el pase en la losa deberá efectuar elpase en la cubierta de chapa contemplando los recuadroscorrespondientes y la zinguería de cierre que sea necesaria para dejarel pase y la cubierta perfectamente estancos y sin filtraciones haciael interior. La zinguería deberá ser de chapa galvanizada N° 25 mínimo.

Ítem 2:17.- Provisión y ejecución de medio tabique de placa de roca de yeso. Enchapado de conducto de salida de aire

Materiales

Placas de yeso

Placas macizas de roca de yeso bihidratado 1,20 x 2,40 revestido enpapel de celulosa especial sobre ambas caras, espesor 12.5 mm, parajunta tomada, tipo Durlock o equivalentes.

Otros elementos y accesorios

Perfiles estructurales de chapa galvanizada N° 24, de 35 x 69 mm para montantes.

Perfiles estructurales de chapa galvanizada N° 24, de 35 x 70 mm para soleras.

Cantoneras de chapa galvanizada N° 24 de 32 x 32 mm.

Elementos de anclaje galvanizados:

Tornillos T1 y T2 Parker con cabeza Phillips, chatos, fresados,autorroscantes, remaches pop cinta y masilla Durlock o equivalente.

Ejecución de los trabajos

Estos trabajos incluyen la provisión de materiales y realización de lostrabajos para la ejecución de medio tabique de Durlock, con estructurametálica de chapa galvanizada y placas de roca de yeso de 12,5 mm deespesor, respetándose las siguientes indicaciones:

Compuesto por perfiles metálicos de soleras y montantes de 70 mm y 69mm respectivamente, a los que se atornillarán las placas Durlock de12,5 mm de espesor, con tornillos T1 y T2 punta mecha. Los montantes secolocarán separados cada 40 cm cerrando con una solera perimetral,unida mediante la colocación de tarugos Fisher. Se cubrirán las juntasy las improntas de los tornillos con una capa fina de masilla de secadorápido, sin dejar rebabas. A los efectos de una perfecta terminación deesta tarea, deberán realizarse todo trabajo que aunque no se encuentreespecificado en las presentes, sea necesario para concluir con lostrabajos de acuerdo a su fin.

Entrega y almacenamiento

La Cooperativa deberá prever el almacenaje de los paneles y elementosde modo tal que estén absolutamente preservados de la humedad y degolpes, alabeos, torceduras, etc. A tal efecto evitará apilamientosexcesivos que puedan deformar las piezas. Estas deberán conservarse ensus envoltorios de provisión y protegidas de la intemperie, hastaproceder a su uso.

La Cooperativa será responsable de sustituir todas aquellas placas oelementos que puedan ser observados por el Depto. de ServiciosGenerales, por presentar deformaciones o alteraciones de su textura.

Cantoneras metálicas en paramentos

En cada uno de los paramentos se deberá colocar en su canto unacantonera metálica de protección y como terminación de los mismos.Estas irán colocadas sobre el filo de los mismos.

Masillado y terminaciones

Para asegurar una correcta terminación del tabique, se colocará en cadaarista perfiles cantonera fijándolos a las placas con tornillos T2 ocemento de contacto y perfiles ángulo de ajuste en todos los encuentrosentre la pared de placas de roca de yeso y mampostería u otro material,para materializar juntas de trabajo. Estos perfiles de terminación semasillan aplicando dos manos de masilla para placas de roca de yesoLista para Usar o Masilla para placas de roca de yeso de Secado Rápido,al igual que las improntas de los tornillos. Las placas se colocan ensentido horizontal o vertical, trabándolas entre sí. Se deberá dejaruna separación entre la placa y el piso de 15 mm, para evitar elascenso de humedad por capilaridad en el núcleo de la placa. Lacolocación de un zócalo asegurará una terminación prolija. Si la pareda construir contiene aberturas, se deberá colocar la carpintería antesdel emplacado, atornillando las pestañas de las jambas a los perfilesmontantes y al piso. Si se trata de una pared divisoria de localeshúmedos, o de una pared por cuyo interior existe pasaje deinstalaciones sanitarias, se deberán utilizar en ambas caras de lapared placas de roca de yeso resistente a la humedad (color verde ensistema Durlock). Si se trata de una pared divisoria de locales secos,se deberán utilizar placas de roca de yeso ignífugas (color rojo ensistema Durlock) en ambas caras. Únicamente en el caso de tratarse deuna pared divisoria de un local húmedo y un local seco por cuyointerior no existe ningún tipo de instalación sanitaria, se podránutilizar placas de roca de yeso resistentes a la humedad en la caracorrespondiente al local húmedo y placas de roca de yeso ignífugas enla cara correspondiente al local seco.

El tomado de juntas entre placas se realizará con cinta de papel decelulosa especial y masilla para placas de roca de yeso lista para usaro masilla para placas de roca de yeso de secado rápido, respetando lospasos y tiempos de secado de la masilla que se esté utilizando. Sedeberá realizar el masillado total de la superficie del tabique,utilizando masilla para placas de roca de yeso lista para usar,aplicándola como un enduido.

N° 3 INSTALACIÓN SANITARIA DE COCINA

Generalidades

Ítem 3:1.-, 3:2.- y 3:3.-

Alcance de los trabajos

La Cooperativa deberá realizar la provisión y colocación de la cañeríade provisión de agua fría y caliente según los requerimientosdetallados y el conexionado de la instalación a desagüe cloacal con susrespectivas ventilaciones.

La Cooperativa debe proveer y colocar todos los materiales, equipos yrealización de los trabajos necesarios para concluir correctamente lostrabajos de acuerdo a su fin.

Se consideran incluidos en los trabajos las correspondientesconexiones: desde cada local hasta la cañería de descarga principal deledificio.

Especificaciones constructivas

Certificación de normas de fabricación y montaje de elementos de la instalación

La colocación de todos los elementos constitutivos de la instalacióndebe hacerse con la mayor prolijidad y esmero y a total satisfacción dela Supervisión.

Todos los equipos, artefactos y materiales que a juicio de laSupervisión no hayan sido correctamente instalados, que presenten dañoso ralladuras, o que su funcionamiento no sea totalmente normal, seránremovidos y vueltos a colocar o reemplazados por otros, nuevos y sinuso anterior.

Muestras

La Cooperativa previamente a la adquisición, deberá presentar a laInspección un ejemplar de la grifería, soportes, llaves de paso, llavemaestra, férula, válvula esclusa, sifón de acceso, reja de piso. Deberátambién en las mismas condiciones, indicar la marca y tipo de caños ypiezas especiales de los diferentes materiales a utilizar en lasinstalaciones de desagüe y de provisión de agua, marcascaracterísticas, piletas, etc.

Materiales

Generalidades

Las cañerías, artefactos, accesorios, máquinas y demás a emplear enestas tareas, serán nuevos, de los tipos, calidades y dimensionesespecíficas y en los casos requeridos, fabricados y certificados conNormas IRAM.

Toda vez que en las especificaciones se diga “Equivalente” debe entenderse: “Equivalente” a juicio exclusivo de la Supervisión.

No se permitirá ningún cambio de material especificado, por otro que nosea de mejor calidad, al solo juicio de la Supervisión, la que loaprobará o rechazará por escrito.

Caños y accesorios de polipropileno con uniones por termofusión, aptospara usar con agua fría y caliente. Los accesorios serán de la mismamarca que los caños. Cuando en algún extremo lleven rosca, éstas seráncon rosca metálica. No será permitido el uso de accesorios embutidosroscados o termofusionados con roscas plásticas para la conexión a losartefactos.

Material cañería agua fría y caliente

Polopropileno copolímero Random, con unión por termofusión.

Material cañería de desagüe cloacal

Polopropileno copolímero Random, con unión por termofusión. Incluye llaves de paso s/proyecto

Llaves de paso

Las mismas podrán ser del siguiente tipo:

En la cañería de distribución interna dentro de los locales, las llavesde paso serán del tipo globo a válvula suelta, de bronce y llevaráncampana cromada.

Protección y aislación de las cañerías

Generalidades

Deberán protegerse todas las cañerías que puedan ser atacadas por laacción de los morteros de cal y cemento, la intemperie y/o acciónsolar. También deberán aislarse aquellas que conduzcan agua caliente.

Cañerías embutidas

Cuando las cañerías para provisión de agua se coloquen embutidas enmuros de albañilería, muros y losas de hormigón y contrapisos de pisosy azoteas, llevarán una capa doble de papel acanalado y sobre éste unvendaje solapado al 100% de un film autoajustable de polietileno.

Instalación cloacal

Desagües primarios y secundarios:

Se deberán proveer y colocar para todas las cañerías que se ejecutennuevas de desagüe cloacal primario y secundario, horizontales yverticales, caños de Polipropileno reforzado, con unión deslizante porO’ring. de doble labio, aprobados y que respondan a las dimensiones ycaracterísticas establecidas en las Normas IRAM 13.325 y 13.326. Lasuniones entre caños de distinto material se efectuará por el sistema deespiga o enchufe, y las superficies a unir deberán limpiarse a efectode eliminar cualquier suciedad y grasitud y se efectuará un suaveesmerilado para facilitar la acción del adhesivo. No se admitirándobleces ni arqueamientos en los caños para efectuar cambios dedirección, debiendo emplearse a sus efectos piezas especialesexclusivamente. Los accesorios y piezas especiales en todos los casosdeberán ser íntegramente fundidos en una sola pieza.

Las cañerías embutidas deberán forrarse con papel a los efectos de garantizar el libre movimiento.

Las rejillas de piso serán de 0,15 x 0,15 m reforzadas, a bastones yatornilladas al marco con dos tornillos de cabeza fresada, el marcoserá del tipo reforzado, también de bronce y especial para amurar. Losdesagües secundarios, incluyendo la PPA 0.060, se construirán con elmismo material y marca que las cañerías de desagües primarios.

Las cañerías se colocarán teniendo especial cuidado que las mismas noqueden aprisionadas por el contrapiso. Para tal fin, se protegerá condoble capa de papel acanalado y una terminación realizada con un filmde polietileno autoajustable solapado no menor a 3 cm. Tal protecciónse continuará verticalmente embutida en paredes hasta los 30 cm delnivel de piso terminado.

• Instalación de ventilación:

Los remates de ventilación de las CDV, caños de ventilación subsidiariao de ventilación de distintos sistemas primarios o secundarios, seconstruirán con el mismo material y marca que las cañerías de desagüesprimarios cuando éstas estén protegidas en plenos de mampostería.

Desagües primarios

En desagües primarios, para su construcción, se podrá elegir las siguientes opciones:

• Se podrán usar caños y accesorios de polipropileno para desagüedomiciliario fabricados bajo Norma IRAM 13.476 con junta elástica,debiendo ser los elementos a unir de la misma marca, estas podrán serAmanco, Acwaduct o Duratop. En todos los casos sólo se aceptarámaterial con calidad de fabricación certificada con sello IRAM de esanorma.

Fijaciones de cañerías de desagüe cloacal y de ventilación

Generalidades

Las cañerías en general se fijarán en el lugar a entera satisfacción dela Supervisión, empleándose para los elementos y tareas de apoyo,sostén y calce, los materiales que se especifican en los artículos quesiguen. Todos los elementos metálicos a instalar recibirán previo a sucolocación, una mano de pintura asfáltica aprobada o anticorrosivosegún corresponda.

Cañerías embutidas

Cuando las cañerías para desagüe o provisión de agua se coloquenembutidas en muros de albañilería, muros y losas de hormigón ycontrapisos de pisos y azoteas, llevarán una capa doble de papelacanalado y sobre éste un vendaje solapado al 100% de un filmautoajustable de polietileno.

Desagües y ventilaciones

Posición

Columnas de descarga: Se colocarán embutidas. Los ramales primarios ysecundarios en plantas altas irán suspendidos o en contrapisos segúnindicaciones de planos.

Pendiente

En cuanto a las cañerías suspendidas bajo entrepisos se tendrá en cuenta la altura mínima de los locales.

Cambios de dirección

Se utilizarán codos y curvas en los cambios de dirección de lascolumnas verticales. Sólo podrán emplearse codos en los desvíos decolumnas de ventilación. En los desvíos ascendentes estas piezasllevarán base de asiento.

En las cañerías horizontales enterradas sólo podrán colocarse ramales y curvas a 45° para cambios exclusivamente de dirección.

Cambios de sección

Los cambios de sección en las cañerías horizontales se efectuaránmediante ramales a 45° o 90° o bien mediante reducciones concéntricasen columnas de descarga y excéntricas en cañerías horizontales. En lascañerías de distribución podrán emplearse bujes de reducción.

Colocación de artefactos

En la colocación de los artefactos se exigirá una prolija terminación.A tal efecto deberán tomarse las precauciones necesarias durante lainstalación del encañado de manera que al colocarse la toma de desagüey toma de agua de los artefactos, las mismas queden perfectamenteniveladas y escuadradas. La colocación de artefactos se realizará aentera satisfacción del Departamento de Servicios Generales. Laalimentación a las griferías externas de artefactos, se realizará pormedio de conexiones de cobre conformadas, recocidas y cromadas de 9 mmde diámetro con una terminación de tuerca loca hembra de 13 mm (1/2unión) y otra fija macho de 13 mm, que se conectará al codo hembraroscado y embutido en la pared, interponiendo una roseta tambiéncromada o de acero inoxidable.

Las tomas para las conexiones de los distintos artefactos desde elnivel de piso terminado serán según el siguiente detalle: Lavatorios alcentro del artefacto. En los artefactos que desaguan a pared, talesdesagües se instalarán en el centro de las conexiones de agua. Lastomas de las distintas conexiones de los artefactos quedaránperfectamente niveladas.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas mencionadas y las restantes que figuran eneste artículo las preparará la Cooperativa y se practicarán enpresencia de la Supervisión poniendo en conocimiento de la misma conuna anticipación de 48 hs. el día y hora en que decida llevarlas a cabo.

La Supervisión exigirá que se practiquen como mínimo las siguientes pruebas tareas:

1) Materiales en el lugar donde se realizarán los trabajos

2) Fondo de piletas de piso.

3) Lechos de asiento para cañerías.

Cañerías de desagüe, ventilación, de provisión de agua fría y caliente, etc., colocadas.

Prueba de funcionamiento de presiones y caudales en duchas y piletas de cocina antes de tapar canaletas de cañerías embutidas.

4) Revestimiento de muros y tabiques y pisos impermeables.

5) Paso de tapón en cañerías de desagüe cloacal de 0,100 m de diámetroo mayor, ya se trate de tirón recto, horizontal, de columna o entrecámaras de inspección.

6) Prueba hidráulica del sistema cloacal.

7) Carga de las cañerías de agua fría y caliente por piso mediantebomba a una presión manométrica equivalente a 1,5 veces la presión deservicio.

8) Inspección general.

9) Cumplimiento de lo ordenado en la Inspección General si hubiere lugar.

Para todas las pruebas e inspecciones se tendrán en cuenta lasinstrucciones que figuran en el “Reglamento de Inspecciones eInstalaciones Sanitarias Domiciliarias e Industriales”.

N° 4 INSTALACIÓN DE GAS

Consideraciones generales

Comprende la apertura de canaletas para las cañerías, con la prolijidad y previsión debidas.

La cooperativa deberá suministrar todos los materiales requeridos parala ejecución de los trabajos, de acuerdo a las especificaciones y a lamarca de los mismos. Se procederá a realizar el tendido de cañería ypiezas de “Epoxi”, incluso llaves de paso, en un todo de acuerdo con ladocumentación correspondiente y según las normas vigentes. Las cañeríaspor el contrapiso o terreno natural irán en tipo “Sintergas”, segúnnormas vigentes en la distribuidora de gas de la zona. Se deberá preverla conexión de todos los artefactos de gas que se indican en planos,con todos los elementos y/o accesorios que resulten necesarios para sucorrecto funcionamiento, máxima seguridad y de acuerdo a las normasvigentes.

Ítem 4:1.- Ejecución de trámites para suministro de gas

Estarán a cargo de la Cooperativa todas las tareas, tramitaciones antela prestadora del servicio correspondiente, personal matriculado ydemás gastos complementarios y necesarios, para la ejecución de lastareas y su puesta en funcionamiento.

Ítem 4:2.- Ejecución de conexión de suministro de gas y nicho en L.M. Incluye medidor, regulador y llaves de paso

La cooperativa deberá realizar los trabajos necesarios para que elpredio cuente con el suministro de gas pertinente abarcando las tareas,trabajos y presentaciones necesarias para el conexionado del suministroal predio para los usos a los cuales se adecue el edificio y segúnnormativa vigente.

La Cooperativa deberá realizar el nicho para recibir el medidor,regulador y llaves de paso correspondientes según normativa vigente.

Ítem 4:3.- Provisión y ejecución de cañería hierro negro con recubrimiento epoxi para instalación de gas

Los trabajos a efectuar incluyen el proyecto y cálculo, la provisión demano de obra, materiales, equipos y dirección técnica necesaria paraejecutar las instalaciones completas, conforme a su fin incluyendoademás aquellos elementos o accesorios que sin estar expresamenteespecificados o indicados en planos, sean necesarios para el correctofuncionamiento de la misma. También correrán por cuenta de laCooperativa todos los gastos que se originen en concepto de transporte,pruebas, ensayos y demás erogaciones necesarias para concluir lostrabajos y las tramitaciones administrativas ante la empresa proveedoradel gas natural que alimentaran las distintas instalaciones. Lacolocación de todos los elementos constitutivos de la instalación debehacerse con la mayor prolijidad y esmero y a total satisfacción de laInspección. Todos los equipos, artefactos y materiales que a juicio dela Inspección no hayan sido correctamente instalados, que presentendaños o deterioros, o que su funcionamiento no sea totalmente normal,serán removidos y vueltos a colocar o reemplazados por otros, nuevos ysin uso anterior. Los trabajos a ejecutar, previa aprobación por elDepartamento de Servicios Generales están destinados al suministro degas de las instalaciones de los distintos locales y comprenden lassiguientes partes internas:

1) Cañerías: Desde la toma de conexión a la salida del medidor hasta los artefactos.

2) Artefactos y toda tarea que funcionalmente forme parte de lainstalación de gas o constituya complemento de ella, pero cuyaprovisión o ejecución, por razones técnicas o de especialidadcorresponda a otro aunque no se incluyan, debe ser realizada, porcuenta y cargo de la Cooperativa.

Documentación complementaria

Se entiende por documentación complementaria a todas lasReglamentaciones pertinentes del empresa distribuidora, las NormasIRAM, y del CIRSOC.

La Cooperativa deberá atenerse a estas Reglamentaciones para la ejecución de los trabajos.

Inspecciones y pruebas

La Cooperativa deberá solicitar por escrito inspecciones ocularesparciales a la Inspección en los períodos en que mejor puedanobservarse los trabajos.

Una vez terminados los mismos y con los artefactos colocados, laCooperativa, en presencia del personal de Inspección, deberá someterlas instalaciones a las siguientes pruebas:

a) De hermeticidad: Inyectando aire a presión en las cañerías y artefactos.

b) De obstrucción: Terminada la prueba de hermeticidad, abiertos losrobinetes de los artefactos y retirados los tapones se comprobará porla falta de salida de aire, las obstrucciones que pudiera haber. Si laspruebas mencionadas dieran resultado satisfactorio y estando lainstalación en condiciones de habilitarse, incluso regulador colocado,la Cooperativa, previa conformidad de la Inspección, comunicará talcircunstancia a la empresa distribuidora presentando la nota depráctica.

Terminación de obra

Las tareas de provisión de gas se considerarán terminadas una vezinspeccionadas, aprobadas la totalidad de las instalaciones por laempresa distribuidora y entregado al Departamento de ServiciosGenerales el Comprobante de aprobación de la Inspección Final de laempresa distribuidora, requisito indispensable para la RecepciónDefinitiva.

Ubicación de las cañerías

Las cañerías se ubicarán embutidas en la mampostería y en muros sujetascon grapas. Estas se colocarán con elementos tales que causen el menorperjuicio a las losas, columnas, vigas o muros donde se ubiquen.

Materiales

Generalidades

El encañado, accesorios, artefactos, reguladores, etc., a colocar enestas tareas, serán nuevos, de los tipos, calidades y dimensionesespecificados en la documentación. No se permitirá ningún cambio dematerial especificado, por otro que no sea de mejor calidad ypreviamente autorizados por escrito. Asimismo no se permitirá la mezclade distintos materiales. Todos los materiales a emplear en lainstalación serán de primera calidad y del tipo aprobado por lasnormativas vigentes.

Muestras

La Cooperativa, previamente a la adquisición, deberá presentar a laInspección, un ejemplar de cada elemento que la misma indique. Deberá,en las mismas condiciones, indicar la marca y tipo de caños yaccesorios de los diferentes materiales a utilizar en la instalación.

Caños

Los caños a emplear en la totalidad de las instalaciones serán dehierro negro con costura, de la mejor calidad y con protecciónanticorrosiva de “Epoxi en polvo” debiendo estar aprobados por lasnormativas vigentes y responderá con certificación a la Norma IRAMcorrespondiente de fabricación del caño y de la aislación epoxi. Loscaños deben estar probados en fábrica con una presión de 5 Kg /cm2.

Accesorios

Todos los cambios de dirección, uniones y derivaciones se efectuaránmediante el uso de accesorios, no permitiéndose en ningún caso curvarlas cañerías. Las piezas llevarán una pestaña de refuerzo en los bordesy serán de la mejor calidad. Las entrerroscas serán con tuerca y lasuniones dobles de asiento cónico. En los ramales los tees serándirectos hacia los tramos de mayor consumo y las derivaciones iránhacia el menor consumo. Todos los accesorios tendrán recubrimiento tipo“Epoxi”. Los accesorios deben estar bajo normativas vigentes yresponderá con certificación a la Norma IRAM correspondiente defabricación del caño y de la aislación epoxi. Las conexiones de losdistintos tramos de cañería de hierro negro con protección epoxi y losdiferentes accesorios se harán con roscado cónico con filetes tallados.Las conexiones se sellarán con litargirio y glicerina, pasta que deberáser preparada en el momento de su empleo. La pasta se aplicará en todoslos casos sobre la rosca “macho” del elemento a unir.

Llaves de paso

Las mismas serán en la cañería interna de cono lubricado para losdistintos artefactos, de bronce, con cierre a “un cuarto de vuelta”,con tope y campana regulable cuando se instale amurada en pared y sincampana cuando se instale a la vista. Se instalará una llave solenoidedel mismo diámetro que la cañería de alimentación, ubicación segúndocumentación.

Fijación de las cañerías

Montantes en plenos

Los caños ventilación de artefactos de chapa galvanizada debenremacharse entre sí o atornillarse con tornillos apropiados yengraparse.

Embutidas en muros

Cuando la Inspección lo considere necesario, la cañería se asegurará ala albañilería con clavos con gancho especiales adecuados al diámetrode la cañería.

No se aceptará embutir cañerías de ventilación de chapa galvanizada en muros

Cañerías aéreas

Las cañerías aéreas se colocarán con fijaciones a 1,50 m de distancia, con un mínimo de 2 grapas para longitudes inferiores.

Protección y aislación de las cañerías

Cumplirán lo indicado según normativa vigente.

Aislación térmica

Las cañerías que corran adosadas a fuentes de calor deberán disponer de una aislación térmica adecuada.

Diámetro de las cañerías

Los diámetros de las cañerías serán los indicados en el plano correspondiente.

La caída máxima de presión admisible en todo el recorrido de lascañerías internas, teniendo en cuenta el máximo consumo de losartefactos, no será mayor de 10 mm de columna de agua.

Artefactos

Los artefactos a gas a instalar deberán estar aprobados por normativavigente, llevando en lugar bien visible el sello y número de matrículacorrespondiente y sus características se especificarán en el resto dela documentación. Los artefactos a proveer serán de primera calidad.

Control e inspección de la instalación

No podrá cubrirse ninguna instalación o parte de ella que no haya sidopreviamente inspeccionada por la Inspección, por la empresadistribuidora y aprobada por ambas.

Cambios de dirección

Se ubicarán únicamente mediante el uso de accesorios, no permitiéndose en ningún caso curvas en cañerías.

Cambios de sección

Se harán mediante tees de reducción. No se utilizarán bujes sino cuplas de reducción.

Empalmes

En los empalmes de diferentes piezas o accesorios se utilizarán roscascon tuercas. En la unión con reguladores se utilizarán uniones doblesde asiento cónico.Colocación de artefactos

La conexión de los artefactos en la cañería interna deberá serefectuada en forma rígida (no flexible) y ser al mismo tiempodesarmable, mediante el empleo de uniones dobles de hierro negro conprotección epoxi de asiento cónico. Se tendrá muy especialmente encuenta que los artefactos queden con sus quemadores perfectamentenivelados. En todos los artefactos la posición “cerrada” de la llave depaso será con la manija en posición vertical y “colgando”. Ademásdeberán cumplirse todas las reglamentaciones vigentes, tantomunicipales como de la empresa distribuidora del servicio.

Tareas complementarias y otros gastos

Es a cargo de la Cooperativa, además de lo especificado en el presente capítulo las siguientes obras incluidas:

a) Aberturas de ventilación de los locales.

b) Pintura de las cañerías que quedan a la vista y de señalización(puertas, locales, etc.). El instalador suministrará los datos para esaseñalización, debiéndose ajustar a las reglamentaciones vigentes.

c) Conductos para ventilaciones: Se ajustarán a las reglamentaciones vigentes.

N° 5 CARPINTERÍAS

Ítem 5:1.- Provisión y colocación de paño fijo con marco de aluminio

Carpinterías de aluminio

Medidas: 1,10 x 2,70 m.

Se utilizarán los perfiles de los sistemas Línea Módena de Aluar,pintados de fábrica (color a designar por la inspección) yterminaciones de bordes curvos o equivalentes en característicastécnicas y prestación. No se admitirán desviaciones “en menos” respectoa la calidad de los perfiles, que deberán responder en un todo almodelo, peso, características, etc. de la línea correspondiente. Podránadmitirse perfiles que refuercen la calidad estructural de los mismos.

Materiales

Todos los materiales serán de primera calidad.

Perfiles de Aluminio: Se utilizará la aleación de aluminio con lasiguiente composición química y propiedades mecánicas: Composiciónquímica: Aleación 6063 según normas IRAM 681. Propiedades mecánicas:Los perfiles extruidos cumplirán con las exigencias de la norma IRAM687 para la aleación indicada 6063 en su estado de entrega (temple).

La cooperativa será responsable del armado de aberturas, colocación, instalación, replanteo, funcionamiento.

Terminaciones

Los perfiles y contravidrios que conforman el sistema serán con bordes curvos.

Juntas y Sellados

Todos los encuentros entre perfiles cortados deberán sellarse consilicona de cura acética de excelente adherencia, apta para efectuaruniones mecánicas, resistente a la intemperie. Las superficies a sellardeben estar limpias, secas, firmes y libres de polvo, grasitud osuciedad.

Burletes

Se emplearán burletes de E.P.D.M. de alta flexibilidad de color negro, de forma y dimensiones según su uso.

Felpas de Hermeticidad

Se emplearán las de base tejida de polipropileno rígido con felpa de filamentos de polipropileno siliconados.

Herrajes y accesorios

Se preverán cantidad, calidad y tipos necesarios para cada tipo deabertura, de acuerdo a lo especificado por la firma diseñadora delsistema de carpintería, entendiéndose que el costo de estos herrajes yaestá incluido en el costo unitario establecido para la cual formanparte integrante.

La responsabilidad por la funcionalidad de tales accesorioscorresponderá exclusivamente a la Cooperativa, quien deberá garantizarla inalterabilidad, duración y aplicación de los mismos.

Elementos de fijación

Todos los elementos de fijación como grapas de amurar, grapasregulables, tornillos, bulones, tuercas, arandelas, brocas, etc.deberán ser provistos por la Cooperativa y son considerados como parteintegrante del presente. Para su construcción se empleará aluminio,acero inoxidable no magnético o acero protegido por una capa de cadmioelectrolítico en un todo de acuerdo con las especificaciones ASTM A165-66 y A 164-65.

Contacto de Aluminio con otros materiales

En ningún caso se pondrá en contacto una superficie de aluminio conotra superficie de hierro sin tratamiento previo. Este consistirá endos manos de pintura al cromato de zinc, previo fosfatizado. Estetratamiento podrá obviarse en caso de utilizar acero inoxidable o acerocadmiado de acuerdo a las especificaciones anteriores.

Ítem 5:2.- y 5:3.- Provisión y colocación de puerta placa de madera con marco de chapa N° 18 en cocina

Se deberán proveer y colocar las carpinterías, puertas para cocina(ancho hoja 0,80 m) y puertas vai-ven (ancho 0,80 cm), que cumplan conlos siguientes requisitos:

Características técnicas:

• Marcos metálicos en chapa n° 18.

• Espesor de la chapa 1,25 mm.

• Plegado con matrices especiales.

• Plegados a control numérico.

• Perfil tipo Americano.

• Bisagras encastradas y soldadas con costura.

• Cabezales soldados mediante costuras en todos sus contornos.

• Soldaduras con aporte metálico.

• 6 Grampas regulables para amurar.

• Doble rienda inferior en chapa n° 18.

• Tapa de cerradura Hermética.

• Tratamiento anticorrosivo por inmersión total.

• Puerta placa de cedro

Herrajes:

Los herrajes serán provistos y colocados por la Cooperativa. Estostrabajos se realizarán una vez concluidos los trabajos de colocación.Los herrajes serán de 1° marca y calidad, no serán aceptados por elDto. de Servicios Generales, cualquier herraje que no esté en óptimascondiciones. Asimismo se deberá supervisar la colocación de los mismos,y la Cooperativa se hará cargo si existiera faltante alguna, luego dela colocación. También será responsable de cuidar los herrajes, hastarecibir la aprobación de los trabajos realizados.

Ítem 5:4.- Provisión y colocación de ventana guillotina auto-compensada para pasa-platos de aluminio

Carpinterías de aluminio

Medidas: 1,00 x 1,00 m.

Se utilizarán los perfiles de los sistemas Línea Módena de Aluar,pintados de fábrica (color a designar por la inspección) yterminaciones de bordes curvos o equivalentes en característicastécnicas y prestación. No se admitirán desviaciones “en menos” respectoa la calidad de los perfiles, que deberán responder en un todo almodelo, peso, características, etc. de la línea correspondiente. Podránadmitirse perfiles que refuercen la calidad estructural de los mismos.

Materiales

Todos los materiales serán de primera calidad.

Perfiles de Aluminio: Se utilizará la aleación de aluminio con lasiguiente composición química y propiedades mecánicas: Composiciónquímica: Aleación 6063 según normas IRAM 681. Propiedades mecánicas:Los perfiles extruidos cumplirán con las exigencias de la norma IRAM687 para la aleación indicada 6063 en su estado de entrega (temple).

La cooperativa será responsable del armado de aberturas, colocación, instalación, replanteo, funcionamiento.

Terminaciones

Los perfiles y contravidrios que conforman el sistema serán con bordes curvos.

Juntas y Sellados

Todos los encuentros entre perfiles cortados deberán sellarse consilicona de cura acética de excelente adherencia, apta para efectuaruniones mecánicas, resistente a la intemperie. Las superficies a sellardeben estar limpias, secas, firmes y libres de polvo, grasitud osuciedad.

Burletes

Se emplearán burletes de E.P.D.M. de alta flexibilidad de color negro, de forma y dimensiones según su uso.

Felpas de Hermeticidad

Se emplearán las de base tejida de polipropileno rígido con felpa de filamentos de polipropileno siliconados.

Herrajes y accesorios

Se preverán cantidad, calidad y tipos necesarios para cada tipo deabertura, de acuerdo a lo especificado por la firma diseñadora delsistema de carpintería, entendiéndose que el costo de estos herrajes yaestá incluido en el costo unitario establecido para la cual formanparte integrante.

La responsabilidad por la funcionalidad de tales accesorioscorresponderá exclusivamente a la Cooperativa, quien deberá garantizarla inalterabilidad, duración y aplicación de los mismos.

Elementos de fijación

Todos los elementos de fijación como grapas de amurar, grapasregulables, tornillos, bulones, tuercas, arandelas, brocas, etc.deberán ser provistos por la Cooperativa y son considerados como parteintegrante del presente. Para su construcción se empleará aluminio,acero inoxidable no magnético o acero protegido por una capa de cadmioelectrolítico en un todo de acuerdo con las especificaciones ASTM A165-66 y A 164-65.

Contacto de Aluminio con otros materiales

En ningún caso se pondrá en contacto una superficie de aluminio conotra superficie de hierro sin tratamiento previo. Este consistirá endos manos de pintura al cromato de zinc, previo fosfatizado. Estetratamiento podrá obviarse en caso de utilizar acero inoxidable o acerocadmiado de acuerdo a las especificaciones anteriores.

N° 6 ALBAÑILERÍA EN BAÑO DE DISCAPACITADOS SECTOR COMEDOR

Generalidades

Los trabajos especificados en esta sección comprenden la provisión delos materiales, realización de tareas, herramientas, enseres y fletespara la ejecución de las carpetas. Los trabajos de carpetas a ejecutarse realizarán sobre todos los contrapisos del área a intervenir, bajolos solados.

La Cooperativa está obligada a alcanzar los niveles necesarios —a finde garantizar— una vez efectuados los solados, las cotas de nivelexistentes en locales continuos.

Las superficies de los contrapisos sobre los que se ejecutaráncarpetas, serán firmes, sin partes flojas, nidos de abeja, etc. ydeberán tener una porosidad tal que permita una total adherencia de lasmismas. Estarán limpias, libres de grasa, polvo, residuos, pinturas,etc. Antes de la ejecución de las carpetas, se aplicará sobre loscontrapisos un puente de adherencia.

Ítem 6:1.- Ejecución de nuevo contrapiso liviano en baño

Se realizarán y nivelarán luego de ejecutar las instalaciones embutidasen el mismo en aquellos casos en que por los trabajos ejecutados seannecesarios. Tendrán los espesores mínimos hasta alcanzar los niveles ycotas requeridas por las exigencias del proyecto.

En los locales sanitarios o húmedos donde estén previstos desagües paraescurrimientos de las aguas sobre el piso, se colocará sobre elcontrapiso una capa de mortero hidráulica con hidrófugo de 3 cm deespesor. La capa se prolongará por las paredes hasta la altura de loszócalos empalmando con el azotado impermeable de las paredes.

Todos los contrapisos tendrán un espesor mínimo de 2 cm sobre lascañerías, cajas, piezas especiales, etc. que eventualmente seanejecutadas sobre las losas.

Se hará un contrapiso con hormigón compuesto por:

¼ parte de cemento

1 parte de cal hidráulica

4 partes de arena mediana

8 partes de cascotes de ladrillos

NOTA: En todos los casos, los trabajos se ejecutarán teniendo especialcuidado de no dañar las cañerías e instalaciones que pudieranencontrarse, y que seguirán en uso; siendo por cuenta y cargo de laCooperativa cualquier reparación que deba efectuarse por roturasocasionadas por estos trabajos.

Ítem 6:2.- Ejecución de nueva carpeta en baño

Sobre los contrapisos y sus respectivas aislaciones se ejecutará lacarpeta de 2 (dos) cm de espesor o el requerido, de tal manera que alcolocar el solado correspondiente, éste sea el mismo a los localesadyacentes, con un mortero Tipo J (3).

En los locales sanitarios, las rejillas de piletas abiertas estaráncomo mínimo 1,5 cm por debajo del nivel inferior del marco de la puertaque lo separa del local vecino.

Nota:

(3) Mortero Tipo J: (1/8) parte de cemento Minetti- (1) cal hidráulica en polvo — tres (3) arena gruesa.

Ítem 6:3.- Provisión y colocación de solado de cerámica

Generalidades

Los trabajos aquí especificados incluirán la provisión completa demateriales, herramientas, equipos y realización de trabajos para laejecución de todos los pisos, solías y zócalos (banquinas).

Antes de iniciar la colocación de los solados, la Cooperativa deberásolicitar al Depto. de Servicios Generales las instrucciones para ladistribución de las piezas dentro de los locales, para proceder deacuerdo a ellas. Queda estrictamente prohibida la utilización de piezascortadas en forma manual. Todas las piezas que requieran corte seránrecortadas mecánicamente. Los solados deberán tener la pendienteadecuada para la correcta evacuación de las aguas hacia las piletas depatio abierta (PPA) en los locales correspondientes. En los localesdonde se deban colocar piletas de patio, desagües, etc. con rejillas otapas, que no coincidan con el tamaño de las placas, se las ubicará encoincidencia con dos juntas y el espacio restante se cubrirá con piezascortadas a máquina.

Ejecución de los trabajos

Todas las piezas de pisos deberán ser colocadas en perfectascondiciones, en piezas enteras, sin defectos o encalladuras yconservarse en estas condiciones, a cuyos efectos la Cooperativaarbitrará los medios de protección necesarios, cubriendo los mismos unavez ejecutados con films de polietileno o rollos de papel corrugadocuidando su mantenimiento hasta la entrega.

Los pisos presentarán superficies regulares dispuestas según laspendientes, alineaciones y niveles que corresponden. Todas las piezasirán dispuestas ortogonalmente a los paramentos de los locales.

En oportunidad de la recepción de los trabajos, el Depto. de ServiciosGenerales podrá rechazar aquellas unidades que no reúnan lascondiciones antedichas, siendo de responsabilidad exclusiva de laCooperativa su reposición parcial o total al solo juicio de dichodepartamento.

Solado

Modelo: Glam Color: Gris Medidas: 30 cm x 60 cm Marca: Ilva

La Cooperativa deberá presentar, previo a su compra y para aprobacióndel Depto. de Servicios Generales, muestra del material a colocar.

Este solado deberá pertenecer todo a la misma partida de fabricación.

Sobre la carpeta bien nivelada y humectada se procederá a la colocacióndel piso con mezcla preparada (adhesivo) tipo Klaukol o similar,mediante llana metálica dentada, siguiendo las instrucciones delfabricante del pegamento. Una vez extendida la capa de adhesivo éstamantendrá sus cualidades durante 15 minutos aproximadamente. Lacolocación de los solados se hará con el debido cuidado de seleccionarlas placas, pintando previamente el reverso de cada placa con unalechada de cemento puro.

La colocación será según indicación del Depto. de Servicios Generales.Al colocarse se asegurará un ancho constante de junta de 1,5 mm que selogrará mediante el uso de separadores de uso comercial. Una vezcolocado el piso, se dejará fraguar 48 hs. antes de pisarlo yempastinarlo.

Las juntas se rellenarán con pastina de la misma constitución que el dela capa superficial de las placas y adecuado color, que deberá serprovista en el momento de su uso.

Estarán incluidos en el precio cotizado la pastina de color similar aldel solado. Se considera incluido en el precio unitario cotizado, laincidencia por corte y desperdicio de piezas.

Una vez fraguada la colocación y las juntas, se limpiará perfectamenteel piso con agua y un agregado de 10% de ácido muriático, enjuagandobien posteriormente y dejando secar para luego ser cubierta paraprotección.

Solías y umbrales

Se colocarán en todos los cambios ambientes o cambios de materiales delos mismos, del tipo y material indicado por el Departamento deServicios Generales.

El ancho definitivo de las solías será el mismo del muro entre los cuales sean colocadas.

El largo será acorde con el ancho definitivo del vano.

Ítem 6:4.- Provisión y colocación de revestimiento

Generalidades

Para la aplicación de los revestimientos, la Cooperativa tendrá en cuenta las siguientes indicaciones:

- No se admitirán llaves de paso y broncería en general que no esténperfectamente aplomados respecto del tipo del revestimiento terminado.La Cooperativa deberá verificar, previamente, la correcta colocación dedichos elementos.

- El Departamento de Servicios Generales podrá exigir la realización demuestras, tanto de colores como de texturas, que la Cooperativaejecutará por su exclusiva cuenta y cargo.

- La colocación será esmerada y efectuada por personal especializado,debiendo presentar los revestimientos superficies planas, parejas y detonalidad uniforme.

- En correspondencia con las partes expuestas de las instalaciones losrecortes deberán ser perfectos, no se admitirán piezas rajadas,deficientes, o defectos provocados por el corte.

- Los encuentros con revoques serán rectos y los cortes se realizarán con cuidado, evitando ondulaciones

- Las juntas de los revestimientos tendrán una perfecta nivelación y verticalidad.

- No se admitirán piezas empalmadas.

- Ninguna pieza de cerámica deberá sonar a hueco una vez colocada.

- Las juntas se sellarán con pastinas al tono de primera marca.

Los trabajos aquí especificados comprenden la provisión de materiales,realización de tareas, herramientas y enseres, fletes y todas lastareas necesarias para la ejecución de los revestimientos en general.

Para la colocación con adhesivos plásticos tipo Klaukol o equivalente,la capa de revoque grueso deberá quedar perfectamente fratasada yaplomada, ya que no existe posibilidad de ajuste con el adhesivo.Deberá tenerse especial cuidado en los recortes de las piezas alrededorde las bocas de luz, griferías, etc. el Depto. de Servicios Generalesordenará la reposición de todos los elementos que no esténperfectamente recortados o que presenten rajaduras o líneas defectuosas.

Las piezas serán de las denominadas de primera clase, debidamente seleccionadas cumplimentando la norma IRAM 12519.

Serán rechazados aquellos lotes que a simple vista presenten algunos ovarios de los defectos que se enumeran: alabeo con respecto a lasuperficie plana, cuarteado en la vista del cerámico, decoloración dela misma, hoyuelos, puntos, manchas, ondulaciones, etc. En cada aristaviva se colocarán guardacantos de acero inoxidable lisos, 10 x 10 x 1,5mm.

Ejecución de los trabajos

La colocación del material se efectuará luego de haberse ejecutadosobre la pared un azotado impermeable y una capa de revoque grueso. Deesta forma la pared queda preparada para recibir la colocación de loscerámicos con mortero Tipo I (1). Si por el contrario se opta por lacolocación con adhesivos plásticos tipo Klaukol o similares, la capagruesa deberá quedar perfectamente fratasada y su espesor deberáajustarse con la capa de asiento que no existirá si se opta por eladhesivo.

La colocación se hará partiendo con elementos enteros desde una de lasaristas de terminación hasta el próximo quiebre de la pared. Encualquier quiebre o arista del paramento a revestir se cortarán laspiezas bien a plomo y produciendo juntas perfectamente paralelas a lalínea de quiebre.

La continuación del paramento se hará con un corte en forma de que enconjunto las dos partes, el de terminación contra la esquina y el decontinuación del quiebre, constituyan una pieza completa.

Los cerámicos se colocarán a junta cerrada horizontal y verticalmenterectas procurando un asiento perfecto de cada pieza, rechazándoseaquellas que suenen a hueco una vez colocadas.

Se tendrá en cuenta en todos los locales revestidos, las siguientes normas:

a) El revestimiento, el revoque superior (si lo hubiere) estarán sobre una misma línea vertical.

b) Para los revestimientos cerámicos no se utilizarán cuartas cañas y/opiezas de acodamiento; los ángulos salientes se protegerán con ángulosde acero inoxidable de 3/4” en toda la altura de revestimientos.

c) Los recortes del revestimiento, alrededor de caños, se cubrirán con arandelas platil.

d) Las columnas o resaltos emergentes de los paramentos llevarán elmismo revestimiento del local, si no hay indicación en contrario.

Una vez terminada la colocación deberá empastinarse todo el conjunto con una pastina al tono.

Deberá tenerse especial cuidado en los recortes de las piezas alrededorde las bocas de luz, canillas, etc., el Depto. de Servicios Generalesordenará la reposición de todos los elementos que no esténperfectamente recortados o que presenten rajaduras o líneas defectuosas.

El Depto. de Servicios Generales indicará el criterio de colocación delmismo y la posición con respecto a éste que deberán observar para supuesta in situ las bocas de luz, artefactos, accesorios, etc., de talforma que todos ellos vayan ubicados en los ejes de juntas.

NOTA:

(1) Mortero Tipo I: (1/4) Cemento Minetti - (1) Cal Hidráulica en polvo - (4) Arena Gruesa

Muestras y ensayos

Con la debida anticipación, la Cooperativa presentará al Depto. deServicios Generales, las muestras de piezas con los colores y lacalidad exigidas, para su aprobación, las cuales quedarán in situ yservirán como elementos testigos o de contraste para todo el resto delos elementos.

El Depto. de Servicios Generales podrá exigir la ejecución de tramos demuestra con el objeto de determinar la ejecución de juntas, colocaciónde protección de aristas y/o resolución de detalles constructivos noprevistos.

Entrega y almacenamiento

Los revestimientos se entregarán in situ, embalados en envases en losque deberán leerse claramente las características del material(dimensiones, color, marca, cantidad de piezas, etc.).

Deberán ser almacenadas de modo tal que se eviten golpes que deteriorenlas piezas, ya que no se admitirá que sean colocadas piezas que noestén en perfectas condiciones, enteras y sin escamaduras.

Modelo: Perla mate Medidas: 20 cm x 20 cm Marca: San Lorenzo

Este solado será de primera calidad, monococción y deberá pertenecer todo a la misma partida de fabricación.

Ítem 6:5.- Ejecución de cielo raso. Placa de roca de yeso blanca de 12,5 mm, tipo Durlock

Generalidades

Los cielo rasos se ejecutarán verificando previamente las diferentesalturas de los mismos, a fin de salvar cualquier inconveniente que sepudiera producir con la adopción de las alturas consignadas. Para laejecución de los cielo rasos se tomarán todas las medidas necesarias, afin de lograr superficies planas, sin alabeos, bombeos o depresiones.Se cuidará especialmente el paralelismo del cielo raso con loscabezales de los marcos, contramarcos y todo otro elemento que estépróximo al mismo. Salvo indicación contraria en la documentacióngráfica, los ángulos serán vivos.

Materiales

Placas de yeso

Placas macizas de roca de yeso bihidratado 1,20 x 2,40 revestido enpapel de celulosa especial sobre ambas caras, espesor 12.5 mm, parajunta tomada, tipo Durlock o equivalentes.

Otros elementos y accesorios

Perfiles estructurales de chapa galvanizada N° 24, de 35 x 34 mm y de 35 x 69 mm para montantes.

Soleras de similares características y dimensiones.

Elementos de anclaje galvanizados:

Tornillos Parker con cabeza Phillips, chatos, fresados, autorroscantes,remaches pop, tornillos T1 y T2, cinta masilla Durlock o equivalente.

Ejecución de los trabajos

Estos trabajos incluyen la provisión de materiales y realización de lostrabajos para la ejecución de cielo rasos suspendidos, con estructurametálica de chapa galvanizada y placas de roca de yeso de 12,5 mm deespesor, respetándose las siguientes indicaciones:

Compuesto por un entramado de perfiles metálicos de soleras y montantesde 35mm y 34 mm respectivamente, a los que se atornillarán las placasDurlock de 12,5 mm de espesor, con tornillos T1 punta mecha para chapa.Los montantes se colocarán separados cada 40 cm. Para sujetar laestructura y reforzarla, se colocarán soleras en sentido transversal aésta, actuando como vigas maestras. Se colocarán cada 1,20 m.Terminándose con una solera perimetral, unida a los muros mediante lacolocación de tarugos Fisher. Estos refuerzos se fijarán a laestructura de techo / losa a través de velas rígidas utilizandomontantes u otro elemento rígido cada 1,00 m de separación entre sí. Secubrirán las juntas y las improntas de los tornillos con una capa finade masilla de secado rápido, sin dejar rebabas. A los efectos de unaperfecta terminación de esta tarea, deberán realizarse todo trabajo queaunque no se encuentre especificado en las presentes, sea necesariopara concluir con los trabajos de acuerdo a su fin.

Buñas

Todos los encuentros de cielo rasos con muros, tendrán buñasperimetrales, materializadas con los perfiles especiales “zeta”, cuyosángulos de encuentro en los vértices se realizaran en inglete, en todoslos casos deberá quedar perfectamente ejecutado, caso contrario elDepto. de Servicios Generales solicitará su remoción y vuelta aejecución.

Entrega y almacenamiento

La Cooperativa deberá prever el almacenaje de las placas y elementos demodo tal que estén absolutamente preservados de la humedad y de golpes,alabeos, torceduras, etc. A tal efecto evitará apilamientos excesivosque puedan deformar las piezas. Estas deberán conservarse en susenvoltorios de provisión y protegidas de la intemperie, hasta procedera su uso.

La Cooperativa será responsable de sustituir todos aquellos paneles oelementos que puedan ser observados por el Depto. de ServiciosGenerales, por presentar deformaciones o alteraciones de su textura.

Requerimientos espaciales

Será responsabilidad de la Cooperativa la coordinación de la colocaciónde ventilaciones, instalación eléctrica u otras y de los cielo rasos,de manera tal que las ventilaciones y las bocas eléctricas nointerfieran los elementos estructurales, no admitiéndose cortes dedichas estructuras para acomodar las referidas instalaciones. Deberánpreverse todos los refuerzos estructurales necesarios para la fijaciónde elementos o partes de las instalaciones, artefactos de iluminación,marcos de puertas y carpinterías, etc.

Masillado y terminaciones

El tomado de juntas entre placas se realizará con cinta de papel decelulosa especial y masilla para placas de roca de yeso lista para usaro masilla para placas de roca de yeso de secado rápido, respetando lospasos y tiempos de secado de la masilla que se esté utilizando. Sedeberá realizar el masillado total de la superficie del cielo raso,utilizando masilla para placas de roca de yeso lista para usar,aplicándola como un enduido.

Ítem 6:6.- Provisión y realización de pintura sobre cielo rasos

Pintura

Generalidades

Los trabajos aquí especificados incluirán en general todos losmateriales, herramientas y la realización de los trabajos necesariospara la pintura completa.

Comprenden la pintura por medios manuales o mecánicos de muros de albañilería revocados según las especificaciones.

Asimismo incluyen todos los trabajos necesarios al fin expuesto, queaunque no estén expresamente indicados, sean imprescindibles para quese cumplan las finalidades.

Si por deficiencia en el material, realización de tareas, o cualquierotra causa no se satisfacen las exigencias de perfecta terminación yacabado fijados por el Depto. de Servicios Generales, la Cooperativatomará las provisiones del caso, dará las manos necesarias además delas especificadas, para lograr un acabado perfecto sin que estoconstituya trabajo adicional.

La preparación de tonos responderá a las especificaciones de coloresindicada por el Depto. de Servicios Generales, sin cuya aprobaciónprevia no podrán iniciarse los trabajos de pintado.

Precauciones a tener en cuenta

La Cooperativa deberá tomar las precauciones necesarias a fin de nomanchar otras estructuras, tales como vidrios, pisos, revestimientos,cielo rasos, panelerías, artefactos eléctricos o sanitarios,estructuras, etc. pues en el caso que esto ocurra, será por su cuentala limpieza o reposiciones a solo juicio del Depto. de ServiciosGenerales.

La Cooperativa tomará todas las precauciones indispensables a fin depreservar los trabajos del polvo y el agua. No se permitirá que secierren las puertas y/o ventanas antes que la pintura haya secadocompletamente.

Previamente a la aplicación de una capa de pintura, se deberá efectuarun recorrido general de las superficies, salvando con masilla, adecuadaa la pintura a usarse, cualquier irregularidad incluyendo la reposiciónde los materiales de terminación o su reparación para cualquier tipo desuperficie o elemento que puedan haberse deteriorado en el curso de lostrabajos.

Antes de dar principio al pintado se deberá efectuar el barrido de loslocales, debiéndose preservar los solados con filmes de polietileno queserá provisto por la Cooperativa.

No se aplicarán pinturas sobre superficies mojadas o sucias de polvo ograsas, debiendo ser raspadas profundamente, pasándoles un cepillo depaja o cerda y luego lijadas.

Como regla no se deberá pintar con temperaturas ambientes por debajo de5 grados centígrados, ni tampoco con superficies expuestas directamenteal sol, teniendo especiales precauciones frente al rocío matutino,nieblas, humedad excesiva, etc.

Materiales

Los materiales a emplear serán de la marca indicada en la presenteespecificación, aceptada por el Depto. de Servicios Generales. Se dejaespecialmente aclarado que en caso de comprobarse incumplimiento de lasnormas contractuales debidas a causas de formulación o fabricación delmaterial el único responsable será la Cooperativa, no pudiendotrasladar la responsabilidad al fabricante, dado que deberá tomar losrecaudos necesarios para asegurarse que el producto que usa responda enun todo a las cláusulas contractuales.

Enduidos, imprimadores, fijadores

En todos los casos serán de la misma marca de las pinturas y del tipocorrespondiente, según el fabricante, para cada uso a fin de garantizarsu compatibilidad.Diluyentes

Serán en todos los casos, los especificados expresamente para cada tipode pintura por sus fabricantes, siendo rechazado cualquier trabajo enque no se haya respetado esta especificación.

Ejecución de los trabajos

Los trabajos serán confiados a personal calificado y especializado enla preparación de pinturas y su aplicación. Las distintas manos aaplicar serán cruzadas a fin de lograr buen aspecto y terminación delacabado, evitando el exceso de material. Se dará la última mano despuésque todos los gremios que intervienen en la construcción hayan dado fina sus trabajos.

Será condición indispensable para la aprobación de los trabajos queéstos tengan un acabado sin huellas de pinceladas o rodillo. De noresponder la pintura a la muestra aprobada se harán repintar lasestructuras a solo juicio del Depto. de Servicios Generales.

Cuando se indique el número de manos a aplicar, se entiende que es atítulo ilustrativo ya que se deberá dar la cantidad de manos querequiera un perfecto acabado a juicio del Depto. de Servicios Generales.

Cielo rasos de yeso

- Látex:

• una mano de fijador al agua, dejando secar 24 horas.

• se efectuarán las reparaciones necesarias con enduido al agua.

• lijado

• dos manos de látex para cielo rasos aplicado a pincel y/o rodillo, dejando secar 10/12 horas entre manos.

Ítem 6:7.- Provisión y colocación de puerta para baño de discapacitados según ley 962

La Cooperativa deberá proveer y colocar una puerta placa para baño dediscapacitados según ley 962. Se deberá proveer y colocar lacarpintería que cumpla con los siguientes requisitos:

Características técnicas

• Marcos metálicos en chapa n° 18.

• Espesor de la chapa 1,25 mm.

• Plegado con matrices especiales.

• Plegados a control numérico.

• Perfil tipo Americano.

• Bisagras encastradas y soldadas con costura.

• Cabezales soldados mediante costuras en todos sus contornos.

• Soldaduras con aporte metálico.

• 6 Grampas regulables para amurar.

• Doble rienda inferior en chapa n° 18.

• Tapa de cerradura Hermética.

• Tratamiento anticorrosivo por inmersión total.

• Puerta placa de cedro

Herrajes

Los herrajes serán provistos y colocados por la Cooperativa. Estostrabajos se realizaran una vez concluidos los trabajos de colocación.Los herrajes serán de 1° marca y calidad, no serán aceptados por elDto. de Servicios Generales, cualquier herraje que no esté en óptimascondiciones. Asimismo se deberá supervisar la colocación de los mismos,y la Cooperativa se hará cargo si existiera faltante alguna, luego dela colocación. También será responsable de cuidar los herrajes, hastarecibir la aprobación de los trabajos realizados.

Ítem 6:8.- Provisión y realización de pintura con esmalte sintético en puerta

Todo elemento metálico, salvo indicación en contrario será pintado con esmalte sintético según el siguiente esquema:

a) Se eliminará totalmente la pintura existente.

c) Una mano del antióxido especificado con un espesor mínimo de 40 micrones.

e) Retoque con masilla al aguarrás en zonas necesarias, teniendo encuenta que se exigirá una superficie perfectamente uniforme en suterminación.

f) La tercera mano se efectuará con 80% esmalte sintético y 20% de solvente adecuado.

g) Una cuarta capa con esmalte sintético puro con un espesor mínimo de 40 micrones.

h) Una quinta capa idéntica a la anterior, que se aplicará cuando sehayan finalizado los trabajos de pintura sobre muros, previo lijado conlija al agua de grano 220/240 si el lapso entre esta mano y la anteriorsuperase las 72 horas.

El acabado deberá responder exactamente a las muestras aprobadas, aunque fuera necesario aumentar el número de manos de esmalte.

Esmalte sintético sobre carpinterías de madera

Se limpiará la superficie, eliminando manchas de cualquier tipo, lijando en seco y aplicando tapaporos a pincel de cerda dura.

Se aplicará una mano de fondo sintético blanco sobre las partes masilladas.

Luego se darán dos manos de esmalte sintético (de 30 micrones cadauna), la primera diluida al 80% y la segunda con esmalte puro, arodillo o soplete. Deberá lijarse suavemente entre mano y mano.

Ítem 6:9.- Pintura al Látex sobre muros

Se dará una mano de fijador diluido con aguarrás en la proporciónnecesaria para que una vez seco, quede mate. Posteriormente se hará unaaplicación de enduido plástico al agua para eliminar lasimperfecciones, en capas delgadas sucesivas. Una vez seco, se lijarácon lija 5/0 en seco; después de un intervalo de 8 horas se quitará enseco el polvo resultante de la operación anterior y se aplicarán lasmanos de pintura al Látex que fuere menester para su correcto acabado.La primera diluida al 50% con agua. Las siguientes se rebajarán segúnla absorción de las superficies.

N° 7 INSTALACIÓN SANITARIA EN BAÑO DE DISCAPACITADOS SECTOR COMEDOR

Ítem 7:1.- al 7:3.-

Generalidades

Alcance de los trabajos

La Cooperativa debe proveer y colocar todos los materiales, equipos,realización de los trabajos y de fábrica necesarias para concluircorrectamente los trabajos de acuerdo a su fin.

Se consideran incluidos en los trabajos las correspondientesconexiones: desde cada local hasta la cañería de descarga principal deledificio.

Especificaciones constructivas

Certificación de normas de fabricación y montaje de elementos de la instalación

La colocación de todos los elementos constitutivos de la instalacióndebe hacerse con la mayor prolijidad y esmero y a total satisfacción dela Supervisión.

Todos los equipos, artefactos y materiales que a juicio de laSupervisión no hayan sido correctamente instalados, que presenten dañoso ralladuras, o que su funcionamiento no sea totalmente normal, seránremovidos y vueltos a colocar o reemplazados por otros, nuevos y sinuso anterior.Instalación de agua

La Cooperativa elegirá los caños y accesorios entre las siguientes marcas: Acqua system, IPS, Decker.

Las llaves de paso serán de “válvula suelta” con campana, cromo “Y”marca FV. Las distribuciones dentro de los locales sanitarios correrána 30 cm del nivel de piso, separadas de las de agua caliente a no menosde 5 cm. Ver en “colocación de artefactos” la ubicación de las tomaspara conexiones de los artefactos y alturas de griferías embutidas enparedes. En ningún caso se aceptarán tees centrales roscadas paraalimentar artefactos, siempre las distribuciones podrán tenerposibilidad de movimiento y la toma de artefactos quedará fija.

Las distribuciones en cualquier material que se materialice, tendrán unenvoltorio doble de papel acanalado que permita su movimiento evitandotensiones en la cañería.

Materiales

Generalidades

Las cañerías, artefactos, accesorios, máquinas y demás a emplear enestas tareas, serán nuevos, de los tipos, calidades y dimensionesespecíficas y en los casos requeridos, fabricados y certificados conNormas IRAM.

Toda vez que en las especificaciones se diga “Equivalente” debe entenderse: “Equivalente” a juicio exclusivo de la Supervisión.

No se permitirá ningún cambio de material especificado, por otro que nosea de mejor calidad, al solo juicio de la Supervisión, la que loaprobará o rechazará por escrito.

Llaves de paso

Las mismas serán del siguiente tipo:

En la cañería de distribución interna dentro de los locales sanitarios,las llaves de paso serán del tipo globo a válvula suelta, de bronce yllevarán campana cromada.

Muestras

La Cooperativa previamente a la adquisición, deberá presentar a laInspección un ejemplar de la grifería de cada artefacto incluso sopapa,soportes, llaves de paso, llave maestra, férula, válvula esclusa, cododesagüe de inodoro alto, válvula de retención, junta elástica, sifón deacceso, reja de piso. Deberá también en las mismas condiciones, indicarla marca y tipo de caños y piezas especiales de los diferentesmateriales a utilizar en las instalaciones de desagüe y de provisión deagua, marcas características de inodoros, lavabos, piletas, etc.

Protección y aislación de las cañerías

Generalidades

Deberán protegerse todas las cañerías que puedan ser atacadas por laacción de los morteros de cal y cemento, la intemperie y/o acciónsolar. También deberán aislarse aquellas que conduzcan agua caliente.

Cañerías embutidas

Cuando las cañerías para provisión de agua se coloquen embutidas enmuros de albañilería, muros y contrapisos de pisos y azoteas, llevaránuna capa doble de papel acanalado y sobre éste un vendaje solapado al100% de un film autoajustable de polietileno.

Colocación de artefactos

En la colocación de los artefactos se exigirá una prolija terminación.A tal efecto deberán tomarse las precauciones necesarias durante lainstalación del encañado de manera que al colocarse la toma de desagüey toma de agua de los artefactos, las mismas queden perfectamenteniveladas y escuadradas. La colocación de artefactos se realizará aentera satisfacción del Departamento de Servicios Generales. Laalimentación a las griferías externas de artefactos, se realizará pormedio de conexiones de cobre conformadas, recocidas y cromadas de 9 mmde diámetro con una terminación de tuerca loca hembra de 13 mm (1/2unión) y otra fija macho de 13 mm, que se conectará al codo hembraroscado y embutido en la pared, interponiendo una roseta tambiéncromada o de acero inoxidable.

La conexión del inodoro a su desagüe, se realizará interponiendo unaconexión de neopreno sin masilla. El inodoro se fijará por medio detornillos de bronce largos para inodoros, de cabeza cromadadesmontables y tarugos plásticos de 8 mm del tipo para ladrillo hueco.

El inodoro una vez conectado y fijado será sellado en todo su perímetro. Los artefactos no tendrán ningún tipo de movimiento.

Las tomas para las conexiones de los distintos artefactos desde elnivel de piso terminado serán según el siguiente detalle: Lavatorios alcentro del artefacto. En los artefactos que desaguan a pared, talesdesagües se instalarán en el centro de las conexiones de agua. Lastomas de las distintas conexiones de los artefactos quedaránperfectamente niveladas.

Materiales

Caños y accesorios de polipropileno con uniones por termofusión, aptospara usar con agua fría y caliente. Los accesorios serán de la mismamarca que los caños. Cuando en algún extremo lleven rosca, éstas seráncon rosca metálica. No será permitido el uso de accesorios embutidosroscados o termofusionados con roscas plásticas para la conexión a losartefactos.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas mencionadas y las restantes que figuran eneste artículo las preparará la Cooperativa y se practicarán enpresencia de la Supervisión poniendo en conocimiento de la misma conuna anticipación de 48 hs. el día y hora en que decida llevarlas a cabo.

La Supervisión exigirá que se practiquen como mínimo las siguientes pruebas/tareas:

1) Materiales en el lugar donde se realizaran los trabajos

2) Fondo de piletas de piso.

3) Lechos de asiento para cañerías.

Cañerías de desagüe, ventilación, de provisión de agua fría y caliente, etc., colocadas.

Prueba de funcionamiento de presiones y caudales antes de tapar canaletas de cañerías embutidas.

4) Revestimiento de muros y tabiques y pisos impermeables.

5) Paso de tapón en cañerías de desagüe cloacal de 0,100 m de diámetroo mayor, ya se trate de tirón recto, horizontal, de columna o entrecámaras de inspección.

6) Prueba hidráulica del sistema cloacal.

7) Carga de las cañerías de agua fría y caliente mediante bomba a unapresión manométrica equivalente a 1,5 veces la presión de servicio.

8) Inspección general.

9) Cumplimiento de lo ordenado en la Inspección General si hubiere lugar.

Instalación cloacal

Desagües primarios y secundarios:

Las cañerías para desagüe cloacal se deberán proveer e instalar enpolipropileno reforzado, con unión deslizante por O’ring de doble labio.

Se emplearán para todas las cañerías que se ejecuten nuevas de desagüeprimario y secundario, horizontales y verticales, caños dePolipropileno reforzado, con unión deslizante por O’ring de doble labiomm de espesor, aprobados y que respondan a las dimensiones ycaracterísticas establecidas en las Normas IRAM 13.325 y 13.326. Lasuniones entre caños de distinto material se efectuará por el sistema deespiga o enchufe, y las superficies a unir deberán limpiarse a efectode eliminar cualquier suciedad y grasitud y se efectuará un suaveesmerilado para facilitar la acción del adhesivo. No se admitirándobleces ni arqueamientos en los caños para efectuar cambios dedirección, debiendo emplearse a sus efectos piezas especialesexclusivamente. Los accesorios y piezas especiales en todos los casosdeberán ser íntegramente fundidos en una sola pieza.

Las cañerías embutidas deberán forrarse con papel a los efectos de garantizar el libre movimiento.

Las rejillas de piso ubicadas en los baños serán de 0,15 x 0,15 mreforzadas, a bastones y atornilladas al marco con dos tornillos decabeza fresada, el marco será del tipo reforzado, también de bronce yespecial para amurar. Los desagües secundarios, incluyendo la PPA0.060, se construirán con el mismo material y marca que las cañerías dedesagües primarios.

Las cañerías se colocarán en contrapiso, teniendo especial cuidado quelas mismas no queden aprisionadas. Para tal fin, se protegerá con doblecapa de papel acanalado y una terminación realizada con un film depolietileno autoajustable solapado no menor a 3 cm. Tal protección secontinuará verticalmente embutida en paredes hasta los 30 cm del nivelde piso terminado.

• Instalación de ventilación:

Los remates de ventilación de las CDV, caños de ventilación subsidiariao de ventilación de distintos sistemas primarios o secundarios, seconstruirán con el mismo material y marca que las cañerías de desagüesprimarios cuando éstas estén protegidas en plenos de mampostería.

Materiales

Generalidades

Las cañerías, artefactos, accesorios, máquinas y demás, serán nuevos,de los tipos, calidades y dimensiones específicas en los planos y enlos casos requeridos, fabricados y certificados con Normas IRAM.

Toda vez que en las especificaciones se diga “Equivalente” debe entenderse: “Equivalente” a juicio exclusivo de la Inspección.

No se permitirá ningún cambio de material especificado, por otro que nosea de mejor calidad, al solo juicio de la Inspección, la que loaprobará o rechazará por escrito.

Desagües primarios

En desagües primarios, para su construcción, se podrá elegir las siguientes opciones:

• En cañerías primarias y secundarias, se podrá usar caños y accesoriosde polipropileno para desagüe domiciliario fabricados bajo Norma IRAM13.476 con junta elástica, debiendo ser los elementos a unir de lamisma marca, éstas podrán ser Amanco, Awaduct o Duratop. En todos loscasos sólo se aceptará material con calidad de fabricación certificadacon sello IRAM de esa norma.

Fijaciones de cañerías de desagüe cloacal y de ventilación

Generalidades

Las cañerías en general se fijarán en el lugar a entera satisfacción dela Supervisión, empleándose para los elementos y tareas de apoyo,sostén y calce, los materiales que se especifican en los artículos quesiguen. Todos los elementos metálicos a instalar recibirán previo a sucolocación, una mano de pintura asfáltica aprobada o anticorrosivosegún corresponda.

Cambios de dirección

Se utilizarán codos y curvas en los cambios de dirección de lascolumnas verticales. Sólo podrán emplearse codos en los desvíos decolumnas de ventilación. En los desvíos ascendentes estas piezasllevarán base de asiento.

En las cañerías horizontales enterradas sólo podrán colocarse ramales y curvas a 45° para cambios exclusivamente de dirección.

Cambios de sección

Los cambios de sección en las cañerías horizontales se efectuaránmediante ramales a 45° o 90° o bien mediante reducciones concéntricasen columnas de descarga y excéntricas en cañerías horizontales. En lascañerías de distribución podrán emplearse bujes de reducción.

Ítem 7:4.- al 7:20.- Artefactos para Baños

• Inodoro Marca: Ferrum Línea: Espacio (para minusválidos)

• Lavatorio para discapacitados Marca Ferrum (para minusválidos)

• PPA 15 x 15 cm

• Conexión cromada para inodoro

Las griferías serán FV o similar

• Grifería automática para lavatorio - FV Pressmatic para minusválidos 361.03.

• Válvula y tapa tecla cromo para descarga de inodoro - FV para minusválidos o similar.

• Grifería de servicio FV o similar.

• Flexibles de conexión

Accesorios para Baños

• Provisión y colocación de barral de acceso rebatible para inodoroMarca: Docla Barral de seguridad 90° pintado termoconvertible blanco(480 x 680 mm) ART: ST507

• Provisión y colocación de acceso fijo reforzado en lavatorio Marca: Docla Barral de acceso fijo reforzado ART: ST501

• Provisión y colocación de acceso fijo reforzado con portarrollo color blanco de 0.70 Marca: Docla

• Provisión y colocación de barral de seguridad pintado termoconvertible blanco. (1000 mm) ART: ST513

• Provisión y colocación de espejo rebatible para discapacitados marca FV

• Provisión y colocación de percha para baño

N° 8 SECTOR ACCESO

TAREAS PRELIMINARES EN ACCESO

DESMONTE, DEMOLICIÓN Y RETIRO

Será por cuenta de la Cooperativa la ejecución de todos los serviciosde demolición y retiro, de todo aquello que sea necesario porexigencias del proyecto. La Cooperativa deberá realizar los serviciosdentro de las normas técnicas de práctica y de acuerdo a lasinstrucciones que le imparta el Departamento de Servicios Generales yse hará directamente responsable por toda infracción efectuada durantey después de la ejecución de los servicios. Los materiales queprovengan del desmonte serán retirados del sitio dentro de las 72 hs. ysin afectar el normal funcionamiento del edificio.

Los muebles, artefactos, carpinterías y equipos son propiedad delMinisterio de Desarrollo Social, por lo tanto los mismos se removerán yse trasladarán al lugar indicado por el Departamento de ServiciosGenerales salvo otra indicación. Se desmontarán o reformarán todas lasinstalaciones y elementos que interfieran en el desarrollo del proyectoy/o de las instalaciones a montar y todo servicio afín que a juicio delDepartamento de Servicios Generales sea necesario. Este ítem incluye lademolición y remoción de pisos, carpetas, revestimientos ycarpinterías. Se demolerán sectores necesarios para la ejecución (oampliación) de vanos en los cuales se ubicarán nuevas carpinterías.

Ítem 8:1.- Demolición de muros

La Cooperativa deberá realizar la demolición de muros interiores paraconformar los nuevos espacios del proyecto detallados en ladocumentación gráfica. Serán demolidos todos los tabiques, murosdivisorios según proyecto. Se desmontarán o reformarán todas lasinstalaciones y elementos que interfieran en el desarrollo del mismo.

Ítem 8:2.- Retiro de carpintería de hall (puerta de dos hojas y ventana)

Se realizará el retiro de la carpintería de hall existente que consisteen puerta de dos hojas y ventana, junto con los marcos etc. y todoelemento perteneciente a la misma. Si la inspección de los trabajosdesigna que alguno de los elementos son propiedad del Ministerio deDesarrollo Social, los mismos se removerán y se trasladarán al depósitoque la misma designe.

Ítem 8:3.- Excavación de base

Ítem 8:4.- Construcción de base de H°A°

Ítem 8:5.- Construcción de columna de H°A°

La Cooperativa comenzará con la rotura del piso, en el sector donde sedeberá realizar la base de fundación de la columna, segúndocumentación. Los escombros deberán ser acarreados y depositados enlos volquetes. Se deberá realizar la excavación para la ejecución de labase de fundación según documentación. Medidas aproximadas deexcavación para una base será de 0,80 x 0,80 x 1,00 m (profundidad) (averificar según cálculo). La tierra extraída de la excavación seráacarreada y depositada en volquetes. En el pozo, se deberá ejecutar unabase de H°A° con h-21, (medidas de bases y diámetros y cuantía dehierros deberán ser calculados por la Cooperativa) que recibirá a lacolumna de H°A° a realizar (a verificar según cálculo por laCooperativa).

Ítem 8:6.- Alquiler y carga de volquetes

La cooperativa deberá solicitar volquetes según la necesidad que elsector a intervenir requiera, no se permitirá el acopio excesivo demateriales para luego retirarlos de una sola vez. En el caso de tenerpocos materiales y que no implique un pedido de volquete porque no sellenaría, se podrá acopiar fuera del lugar de trabajo en el lugardesignado por la supervisión de los trabajos.

En preferencia se retirará los materiales con volquetes los fines desemana, salvo otra directiva que la coordinación de trabajos creaconveniente.

La carga de volquetes se realizará con la precaución necesaria y loselementos de seguridad obligatorios según normativa vigente.

Ítem 8:7.- Retiro de portón de acceso

Se realizará el retiro del portón de acceso existente, junto con losmarcos etc. y todo elemento, preparando el vano para la colocación deuna nueva carpintería de acceso.

Si la inspección de los trabajos designa que alguno de los elementosson propiedad del Ministerio de Desarrollo Social, los mismos seremoverán y se trasladarán al depósito que la misma designe.

N° 9 ALBAÑILERÍA EN ACCESO

Ítem 9:1.- Provisión y colocación de 4 perfiles de IPN 16

La Cooperativa deberá proveer y colocar 4 perfiles de IPN 16 pararefuerzo estructural en sector de acceso y circulación. Los mismosdeberán ser amurados a la mampostería existente y anclados a la columnaa realizar para refuerzo estructural del nuevo vano de paso.

Ítem 9:2.- Rasqueteado de pintura existente en mampostería

La Cooperativa previo a los trabajos de revocado, deberá rasquetear lasuperficie de mampuestos a tratar con cepillo de alambre desprendiendola pintura existente, adherencias, polvo, hongos y musgos para lograruna correcta adherencia del nuevo material a aplicar.

Ítem 9:3.- Picado de canalización para ductos en mampostería y piso

Todas las canalizaciones para pasaje de cañerías eléctricas correránpor cuenta de la Cooperativa. Dichas canalizaciones podrán realizasepor medio de herramientas manuales o eléctricas, pero siempre afectandolo menos posible la integridad del muro y sus revoques.

Ítem 9:4.- Provisión y colocación de cañerías de PVC 1” en piso

La Cooperativa deberá proveer y colocar en piso cañería de PVC 1” según proyecto para pase de instalaciones.

Ítem 9:5.- Provisión y colocación de cañerías de hierro semipesado 1”

Ítem 9:6.- Provisión y colocación de cajas rectangulares hierro

Se deberán proveer y dejar instaladas bocas de electricidad en conjunto con la cañería eléctrica según documentación.

Cañería

Todas las canalizaciones derivadas de la reforma serán realizadas utilizando cañerías con las siguientes características:

Para las instalaciones los caños serán de acero soldados, roscados yesmaltados exteriormente, tanto para su colocación embutida, a la vistao suspendidos sobre cielo rasos, conforme a norma IRAM 2005, 1”.

Todos los extremos de cañería serán cortados en escuadra con respecto asu eje, escariados, roscados no menos de 10 hilos y apretados a fondoen sus uniones o terminaciones en cajas. Las curvas y desviacionesserán realizadas en el lugar mediante máquina dobladora o curvadormanual. Las cañerías que deban ser embutidas se colocarán en línearecta entre cajas con curvas suaves; las cañerías exteriores secolocarán paralelas o en ángulo recto con las líneas del edificio.

Todos los extremos de cañerías serán adecuadamente taponados, a fin deevitar entrada de materiales extraños durante la construcción.

Las canalizaciones por dentro de cielo raso suspendido, embutidas enlosa o engrampadas sobre pared, serán del tipo MOP (RS o RL - IRAM),las suspendidas serán soportadas cada 1,5 m y se proveerán todosaccesorios, cajas de pase, conectores metálicos, anclajes, grampas,perfiles y/o herrajes necesarios para tal motivo.

Las canalizaciones por pared embutidas serán metálicas, se proveerántodos accesorios, cajas de pase, anclajes, conectores metálicosnecesarios para tal motivo.

Las cajas de pase y las correspondientes a bocas de alimentación, sefijarán en forma independiente de las cañerías y mediante el mismosistema.

Accesorios para cañerías

Para la unión de cajas con caños del tipo semipesado o cañosgalvanizados suspendidos por pared o cielo raso, se emplearán tuercas yboquillas de hierro zincado y aluminio fundido respectivamente. Para launión de cajas con caños del tipo semipesado o Flex embutidos en paredo losa, se emplearán conectores metálicos acorde al diámetro quecorresponda.

Para la unión de cajas con caños alojados en contrapisos se utilizaránconectores de hierro zincado o galvanizado. Las uniones entre cajas deAluminio fundido y cañerías serán, en todos los casos, mediante accesosroscados.

Para la unión de cajas con caños del tipo Flex se emplearán conectoresestancos. Los mismos serán de acero galvanizado o fundición modular yprovista de anillo-sello (plástico) de doble cono para evitar error demontaje. Según el lugar de acometida a la caja de pase o terminal seutilizará el modelo que corresponda (recto, a 90°, etc.) evitando asíel esfuerzo mecánico del caño Flex.

Las cañerías se soportarán utilizando únicamente:

- Riel tipo Olmar 44 x 28 zincado.

- Angulo de hierro de 1 1/2” x 1/8” cuando el peso de los racks de caños exija refuerzos en los soportes.

- Varillas roscadas zincadas de 5/16” para vincular soportes de caños con losas.

- Brocas 5/16” para fijar las varillas roscadas a losas.

- Grampas con seguro a tornillo, zincadas para fijación de cañerías a soportes.

- En ningún caso se aceptarán uniones tipo enchufe. Las uniones entre caños siempre y en todos los casos deberán ser roscadas.

El D.S.G. podrá exigir el desarme de las instalaciones que no respetenesta pauta, debiendo la cooperativa responsabilizarse por los atrasosque resulten de estos desarmes.

Los ganchos para centros serán de hierro galvanizado en forma de “V”con extremos roscados y cada uno de ellos con tuerca y contratuerca delmismo material, el diámetro mínimo de la barra será de 6 mm. Todos losaccesorios deberán cumplir con la Norma IRAM 2005.

Ítem 9:7.- Ejecución de tapada de cañerías

Posteriormente a la ejecución de canaletas para pase de cañerías y lacolocación de las mismas, la Cooperativa procederá a realizar la tapadade éstas verificando el correcto amure de las cañerías instaladas.

Ítem 9:8.- Ejecución de revoques impermeables

La cooperativa deberá realizar la ejecución de la aislación hidrófuga vertical sobre la cara interior de los muros.

Previo al azotado hidrófugo la superficie deberá estar limpia de todo elemento ajeno al paramento.

La propuesta comprenderá los trabajos necesarios, incluyendo aquellosque no estén expresamente mencionados y fueran imprescindibles para unacompleta terminación de las aislaciones del Edificio de acuerdo a lasreglas del arte que aseguren el cumplimiento de los fines propuestos,incluyendo cualquier trabajo y/o provisión accesoria o complementariano especificada.

La capa aisladora vertical deberá tener entre 1 y 2 cm de espesor y sercontinua, deberá lograr la estanqueidad requerida. La mezcla deberárealizarse según las reglas del arte y con las siguientes proporciones

1:3 + 10% de aditivo hidrófugo.

Ítem 9:9.- y 9:10.- Revoques gruesos y finos sobre muros

En general, los revoques gruesos tendrán un espesor total mínimo de 1,5cm a 2,5 cm y los revoques finos un espesor máximo de 0.5 cm. Estosrevoques deberán ser llevados hasta el nivel del piso para evitarremiendos al colocar los zócalos.

Antes de su fragüe deberán ser quitados los bulines de nivelación y completados los revoques.

Una vez ejecutados los revoques, deberá procederse a la exhaustivalimpieza de las carpinterías, paredes y pisos adyacentes, procediéndosea retirar todos los residuos.

Los revoques no deberán presentar superficies alabeadas ni fuera deplomo, rebabas u otros defectos cualesquiera. Tendrán aristas rectas.

Antes de comenzar el revocado de un local, la Cooperativa verificará elperfecto aplomado de los marcos, ventanas, etc.; el paralelismo de lasmochetas o aristas y la horizontalidad del cielo raso. También secuidará especialmente la ejecución del revoque a nivel de los zócalos,para que al ser aplicados éstos, se adosen perfectamente a lasuperficie revocada.

Donde existan columnas, vigas o tabiques de hormigón que interrumpanlas paredes de mampostería, se aplicará sobre todo el ancho de lasuperficie de la estructura de hormigón y con un sobreancho de por lomenos 30 cm a cada lado del paramento interrumpido, una hoja de metaldesplegado bien asegurada, y bajo la misma papel.

Todas las instalaciones complementarias de los trabajos deberánejecutarse antes de la aplicación del enlucido; en todos los retoques yremiendos indispensables que deban realizarse, se exigirá el nivel determinación adecuado.

La terminación pretendida del revoque grueso o jaharro será uniforme,continua, prolija y con terminación peinada para la correcta adherenciadel enlucido posterior.

El enlucido se hará luego del fragüe del jaharro previamente aplicado.El Departamento de Servicios Generales hará hincapié sobre laterminación del mismo, el cual no podrá presentar superficies alabeadasni fuera de plomo, rebabas u otros defectos cualesquiera. Tendránaristas rectas. Para este punto los materiales a utilizar serán nuevos,en buen estado de conservación y acopiados en lugares secos. Lasherramientas para la realización de estas tareas serán las adecuadassegún reglas del arte.

Ítem 9:11.- Ejecución de rampa de acceso

La Cooperativa será la encargada de proveer los materiales necesarios ya su vez, de la ejecución de la rampa de acceso. Las dimensiones de lamisma resultarán de la documentación y del relevamiento definitivo delsector a intervenir, en relación a largo ancho y pendiente de la misma.Ítem 9:12.- Ejecución de contrapiso de 0,25 m con cascote de demolición

Los trabajos especificados en esta sección comprenden la provisión delos materiales, trabajos, herramientas y enseres y fletes para laejecución de los contrapisos. Antes de la ejecución del contrapiso seprocederá a limpiar el suelo.

El cascote a utilizar será el que resulte producto de la demolición de contrapisos existentes.

De Hormigón pobre: Se ejecutarán con mortero 1/4:1:3:6 cemento-cal-arena-cascote

Ítem 9:13 - Ejecución de carpeta de nivelación

Para esta tarea se deberá contar con el contrapiso realizadopreviamente en forma continua, nivelado, limpio de escombros. Seprocederá a colar el material previamente mezclado.

La carpeta estará cuidadosamente nivelada y alisada materializada conun mortero de cemento M.C.I. con una dosificación 1:3. +10 % aditivohidrófugo (20% de agua) lista para recibir el revestimiento final.

Ítem 9:14.- Provisión y colocación de piso porcelanato bianco pulido 52 cm x 52 cm

Generalidades

Los trabajos aquí especificados incluirán la provisión completa demateriales, herramientas, equipos y realización de trabajos para laejecución de todos los pisos, solías y zócalos.

Antes de iniciar la colocación de los solados, la Cooperativa deberásolicitar al Departamento de Servicios Generales las instrucciones parala distribución de las piezas dentro de los locales, para proceder deacuerdo a ellas. Queda estrictamente prohibida la utilización de piezascortadas en forma manual. Todas las piezas que requieran corte seránrecortadas mecánicamente. Los solados deberán tener la pendienteadecuada para la correcta evacuación de las aguas.

Ejecución de los trabajos

Todas las piezas de solados deberán ser colocadas en perfectascondiciones, en piezas enteras, sin defectos o encalladuras yconservarse en estas condiciones, a cuyos efectos la Cooperativaarbitrará los medios de protección necesarios, cubriendo los mismos unavez ejecutados con films de polietileno o rollos de papel corrugadocuidando su mantenimiento hasta la entrega.

Los pisos presentarán superficies regulares dispuestas según laspendientes, alineaciones y niveles que corresponden. Todas las piezasde porcelanato llevarán sus cuatro aristas vivas, a 90° y se colocaráncon juntas cerradas al tope y rectas en ambos sentidos, dispuestasortogonalmente a los paramentos de los locales.

En oportunidad de la recepción de los trabajos, el Departamento deServicios Generales podrá rechazar aquellas unidades que no reúnan lascondiciones antedichas, siendo de responsabilidad exclusiva de laCooperativa su reposición parcial o total al solo juicio de dichodepartamento.

Modelo:

Porcelanato Ilva Bianco Pulido 52 x 52 cm

Se incluyen todas las tareas para la provisión y ejecución de pisos deporcelanato. La Cooperativa deberá presentar, previo a su compra y paraaprobación del Departamento de Servicios Generales muestra del materiala colocar.

Este porcelanato deberá pertenecer todo a la misma partida de fabricación.

Sobre la carpeta bien nivelada y humectada se procederá a la colocacióndel piso con mezcla preparada (adhesivo) tipo Klaukol o similar,mediante llana metálica dentada, siguiendo las instrucciones delfabricante del pegamento. Es recomendable para las piezas de grantamaño la técnica de doble encolado, que consiste en aplicar elpegamento tanto en la superficie de colocación como en el reverso delas piezas a colocar. Una vez extendida la capa de adhesivo éstamantendrá sus cualidades durante 15 minutos aproximadamente. Lacolocación de los solados se hará con el debido cuidado de seleccionarlas placas, pintando previamente el reverso de cada placa con unalechada de cemento puro.

La colocación será según indicación del Departamento de ServiciosGenerales. Una vez colocado el piso, se dejará fraguar 48 hs. antes depisarlo y empastinarlo.

Las juntas se rellenarán con pastina de la misma constitución que el dela capa superficial de las placas y adecuado color, que deberá serprovista en el momento de su uso.

Estarán incluidos en el precio cotizado la pastina de color similar aldel porcelanato. Se considera incluido en el precio unitario cotizado,la incidencia por corte y desperdicio de piezas.

Una vez fraguada la colocación y las juntas, se limpiará perfectamenteel piso con agua y un agregado de 10% de ácido muriático, enjuagandobien posteriormente y dejando secar para luego ser cubierta paraprotección.

Solías y Umbrales

Se colocarán en todos los cambios de ambientes o cambios de materialesde los mismos, del tipo y material indicado por el Departamento deServicios Generales.

El ancho definitivo de las solías será el mismo del muro entre loscuales sean colocadas. El largo será acorde con el ancho definitivo delvano.

Zócalos

Generalidades

Los distintos zócalos serán ejecutados con la clase de material y en laforma que en cada caso se indica en la documentación o planilla delocales.

Los zócalos se colocarán perfectamente aplomados y su unión con el pisodebe ser uniforme, no admitiéndose distintas luces entre el piso y elzócalo, ya sea por imperfecciones de uno u otro.

La Cooperativa deberá incluir en los precios toda incidencia referida aselección de las diferentes piezas de los zócalos así comoterminaciones, cortes, pulidos y elementos y piezas necesarios para elmontaje, amure o ajuste de los mismos, estén o no indicados en ladocumentación y/o especificados en el presente pliego.

Ejecución de los trabajos

Zócalo porcelanato

Los zócalos a colocar serán de la misma marca, color, dimensiones y características que el piso a colocar, de 0.10 m de altura.

La terminación será recta y uniforme guardando las alineaciones de lasjuntas. Las juntas verticales del zócalo deberán coincidir con lasjuntas del piso.

Regirán para éstos las mismas normas de colocación que para el piso correspondiente.

Se asentarán sobre la mezcla especificada y las juntas serán tomadascon pastina del mismo color. La Cooperativa deberá prever el espaciopara la colocación.

Ítem 9:15.- Provisión y ejecución de cielo raso en ingreso de placa de roca de yeso

Ítem 9:16.- Provisión y ejecución de cajón en acceso sobre carpinterías de placa de roca de yeso

Armado de la estructura

Se deberá armar una estructura de perfiles de chapa de acero zincadapor inmersión en caliente, fabricados según Norma IRAM IAS U500-243:2004, sobre la cual se fijarán las placas estándar de 12.5 mmde espesor. La estructura del cielo raso se realizará utilizandoperfiles tipo solera de 35 mm y Montante de 34 mm. Los perfilesMontantes se cortarán de acuerdo a las dimensiones del cielo raso,calculando aproximadamente 1 cm menos que la separación entre lasSoleras ya colocadas sobre las paredes. Dentro de las soleras secolocarán los perfiles montantes, cada 40 cm, fijándolos a éstas contornillos de acero tipo T1 punta aguja, con cabeza tanque y ranura encruz. Una vez definida y marcada la altura del futuro cielo raso, sefijará la primera solera sobre la pared del lado mayor del ambiente,repitiendo esta operación sobre la pared opuesta, cuidando mantener elmismo nivel. Para fijar los perfiles se utilizarán fijaciones tipotarugo fischer y tornillos N° 8, colocándolos cada 60 cm. Una vezverificada la nivelación de los perfiles montantes, se colocará sobreellos y transversalmente un perfil montante con una separación máximade 1,20 m, estos perfiles serán las “vigas maestras” de la estructura ydeberán estar suspendidos del techo por medio de las “velas rígidas”(perfiles Montante colocados cada 1,00 m, como máximo). Se deberánrealizar todos los refuerzos necesarios para luego poder colocar losartefactos de iluminación. Estos refuerzos se realizan con perfilessolera fijados a los montantes con tornillos T1. En caso de instalarartefactos de iluminación de dimensiones pequeñas, solamente seránecesario realizar las perforaciones del diámetro necesario, utilizandouna mecha copa.

Emplacado

Una vez armada la estructura, se colocarán las placas estándar de 12,5mm de espesor, utilizando tornillos de acero tipo T2 punta aguja, concabeza trompeta y ranura en cruz, colocándolos con una separación de 25cm o 30 cm en el centro de la placa y de 15 cm en los bordes quecoinciden con el eje de un perfil, a una separación de 10 mm de losmismos.

Masillado y terminaciones

Para asegurar una correcta terminación, se colocará un perfil buñaperimetral en el encuentro entre el cajón y mampostería u otromaterial, fijándolo a las placas Durlock con tornillos T2 o cemento decontacto. Las placas se colocarán en sentido transversal a la trama demontantes, trabándolas entre sí, de manera tal que no queden juntascontinuas a lo largo de todo el cielo raso. Estos perfiles determinación se masillarán aplicando dos manos de masilla para Durlocklista para usar o masilla Durlock de secado rápido, al igual que lasimprontas de los tornillos. El tomado de juntas entre placas serealizará con cinta de papel de celulosa especial y masilla Durlocklista para usar o masilla Durlock de secado rápido, cubriendo tambiénlas improntas de los tornillos y los perfiles buña perimetral,respetando los tiempos de secado de la masilla que se esté utilizando.

N° 10 PINTURA EN ACCESO

Ítem 10:1.- Provisión y ejecución de pintura látex para mampostería

Ítem 10:2.- Provisión y ejecución de pintura látex para cielo raso

Generalidades

Los trabajos aquí especificados incluirán en general todos losmateriales, herramientas y la realización de los trabajos necesariospara la pintura completa.

Comprenden la pintura por medios manuales o mecánicos de muros de albañilería revocados según las especificaciones.

Asimismo incluyen todos los trabajos necesarios al fin expuesto, queaunque no estén expresamente indicados, sean imprescindibles para quese cumplan las finalidades.

Si por deficiencia en el material, realización de tareas, o cualquierotra causa no se satisfacen las exigencias de perfecta terminación yacabado fijados por el Depto. de Servicios Generales, la Cooperativatomará las provisiones del caso, dará las manos necesarias además delas especificadas, para lograr un acabado perfecto sin que estoconstituya trabajo adicional.

La preparación de tonos responderá a las especificaciones de coloresindicada por el Depto. de Servicios Generales, sin cuya aprobaciónprevia no podrán iniciarse los trabajos de pintado.

Precauciones a tener en cuenta

La Cooperativa deberá tomar las precauciones necesarias a fin de nomanchar otras estructuras, tales como vidrios, pisos, revestimientos,cielo rasos, panelerías, artefactos eléctricos o sanitarios,estructuras, etc. pues en el caso que esto ocurra, será por su cuentala limpieza o reposiciones a solo juicio del Depto. de ServiciosGenerales.

La Cooperativa tomará todas las precauciones indispensables a fin depreservar los trabajos del polvo y el agua. No se permitirá que secierren las puertas y/o ventanas antes que la pintura haya secadocompletamente.

Previamente a la aplicación de una capa de pintura, se deberá efectuarun recorrido general de las superficies, salvando con masilla adecuadaa la pintura a usarse, cualquier irregularidad incluyendo la reposiciónde los materiales de terminación o su reparación para cualquier tipo desuperficie o elemento que puedan haberse deteriorado en el curso de lostrabajos.

Antes de dar principio al pintado se deberá efectuar el barrido de loslocales, debiéndose preservar los solados con filmes de polietileno queserá provisto por la Cooperativa.

No se aplicarán pinturas sobre superficies mojadas o sucias de polvo ograsas, debiendo ser raspadas profundamente, pasándoles un cepillo depaja o cerda y luego lijadas.

Como regla no se deberá pintar con temperaturas ambientes por debajo de5 grados centígrados, ni tampoco con superficies expuestas directamenteal sol, teniendo especiales precauciones frente al rocío matutino,nieblas, humedad excesiva, etc.

Materiales

Los materiales a emplear serán de la marca indicada en la presenteespecificación, aceptada por el Depto. de Servicios Generales. Se dejaespecialmente aclarado que en caso de comprobarse incumplimiento de lasnormas contractuales debidas a causas de formulación o fabricación delmaterial el único responsable será la Cooperativa, no pudiendotrasladar la responsabilidad al fabricante, dado que deberá tomar losrecaudos necesarios para asegurarse que el producto que usa responda enun todo a las cláusulas contractuales.

Enduidos, imprimadores, fijadores

En todos los casos serán de la misma marca de las pinturas y del tipocorrespondiente, según el fabricante, para cada uso a fin de garantizarsu compatibilidad.

Diluyentes

Serán en todos los casos, los especificados expresamente para cada tipode pintura por sus fabricantes, siendo rechazado cualquier trabajo enque no se haya respetado esta especificación.

Ejecución de los trabajos

Los trabajos serán confiados a personal calificado y especializado enla preparación de pinturas y su aplicación. Las distintas manos aaplicar serán cruzadas a fin de lograr buen aspecto y terminación delacabado, evitando el exceso de material. Se dará la última mano despuésque todos los gremios que intervienen en la construcción hayan dado fina sus trabajos.

Será condición indispensable para la aprobación de los trabajos queéstos tengan un acabado sin huellas de pinceladas o rodillo. De noresponder la pintura a la muestra aprobada se harán repintar lasestructuras a solo juicio del Depto. de Servicios Generales.

Cuando se indique el número de manos a aplicar, se entiende que es atítulo ilustrativo ya que se deberá dar la cantidad de manos querequiera un perfecto acabado a juicio del Depto. de ServiciosGenerales. Se dará una mano de fijador diluido con aguarrás en laproporción necesaria para que una vez seco, quede mate. Posteriormentese hará una aplicación de enduido plástico al agua para eliminar lasimperfecciones, en capas delgadas sucesivas. Una vez seco, se lijarácon lija 5/0 en seco; después de un intervalo de 8 horas se quitará enseco el polvo resultante de la operación anterior y se aplicarán lasmanos de pintura al Látex que fuere menester para su correcto acabado.La primera diluida al 50% con agua. Las siguientes se rebajarán segúnla absorción de las superficies.

Ítem 2:10.- Pinturas para cielo rasos

Cielo rasos de yeso:

- Látex:

• una mano de fijador al agua, dejando secar 24 horas.

• se efectuarán las reparaciones necesarias con enduido al agua.

• lijado

• dos manos de látex para cielo rasos aplicado a pincel y/o rodillo, dejando secar 10/12 horas entre manos.

N° 11 HERRERÍA EN ACCESO

Ítem 11:1.- Provisión y colocación de baranda acero inoxidable

La Cooperativa deberá proveer y colocar una baranda de acero inoxidablecompuesta en sus parantes por los verticales de diámetro 1 ½” con unaseparación cada 1,50 m con su arandela de terminación en el mismomaterial. La sujeción de éste será por medio de tomillos debidamentecalculados. La baranda superior será en acero inoxidable de diámetro2”. Toda la baranda se entregará debidamente pulida.

SECTOR PASILLO DE CIRCULACIÓN

N° 12 TAREAS PRELIMINARES EN PASILLO DE CIRCULACIÓN

Ítem 12:1.- Demolición y retiro de muros de 0,20 m (sector vigilancia y baño)

La Cooperativa deberá realizar la demolición de muros interiores paraconformar los nuevos espacios del proyecto detallados en ladocumentación gráfica. Serán demolidos todos los tabiques, murosdivisorios según proyecto. Se desmontarán o reformarán todas lasinstalaciones y elementos que interfieran en el desarrollo del mismo.

Ítem 12:2.- Retiro de carpintería (puertas placas)

Las carpinterías son propiedad del Ministerio de Desarrollo Social, lasmismas se removerán y se trasladarán al depósito que éste designe,salvo otra indicación expresa por parte del Dpto. de ServiciosGenerales, que correrá por cuenta y cargo de la cooperativa.

La cooperativa realizará el retiro de las carpinterías de madera y/ometálicas, el mismo debe ser de la manera más propicia para que no sedañen aunque este modo de desmonte requiera más trabajo o esfuerzo.

Estos elementos se acopiarán en un lugar cerrado a resguardo de laintemperie y de todo lo que pueda dañarlas antes y después de larestauración. De manera que se deberá seleccionar un espacio, que seusará como taller, donde se realizará la restauración y se acopiaránantes y después de la restauración a la espera de ser colocados.

Ítem 12:3.- Picado de revoques y retiro de escombros

Se picarán y retirarán la totalidad de los revoques interiores, ya queéstos se encuentran con alto grado de deteriorado, pulverulentos,desprendidos, con alto grado de disgregación, faltantes y reposiciones(parches) efectuados en intervenciones no convenientes.

Se procederá al picado y retiro con cinceles y martillos livianos para no dañar la mampostería de sustrato.

En todos los casos la Inspección indicará los criterios a seguir según cada situación particular.

La remoción se realizará tomando los recaudos necesarios para evitar la alteración o destrucción del entorno inmediato.

Cuando se trate de grampas u otros elementos amurados, se retirarántrabajando con coronas diamantadas de un tamaño proporcional al delelemento. Previamente se cortarán con amoladora y disco de corte losextremos y salientes del elemento en cuestión, en la medida quepudieran interferir con la tarea precitada.

Los tacos de madera embutidos serán astillados con formones,desmenuzándolos. Si tuvieran incluidos elementos de fijación (clavos,tornillos, etc.) éstos serán eliminados ejerciendo movimientos detorsión, empleando las herramientas adecuadas (pinzas, tenazas, etc.).Se evitará arrancarlos, para no arrastrar partes de revoque omampostería

Las instalaciones sobrepuestas que eventualmente puedan quedar enfunciones, serán emprolijadas mediante la colocación de los elementosde sujeción que se requieran. En esta tarea quedarán comprendidos latotalidad de los cableados y cañerías existentes.

Toda destrucción o alteración indebida, que se produzca comoconsecuencia de las tareas de demolición será corregida por laCooperativa bajo su exclusivo cargo.

El producto que resulte del picado y desmonte de los revoquesexistentes será utilizado para la realización del nuevo contrapiso.

La cooperativa deberá reducir el tamaño de los escombros con lafinalidad de acopiarlos mediante maquinaria específica y herramientasmanuales.

Los únicos escombros que podrán quedar en el lugar son los que serándestinados a la reutilización como nivelación, llenado o contrapisos.Ítem 12:4.- Desmonte de pisos existentes

La cooperativa deberá realizar el retiro completo de todos los pisos enel área a intervenir, con la finalidad de reconstituirlos con todas lasnuevas aislaciones e impermeabilizaciones hidrófugas nuevamente.

Queda incluido en este punto, el relleno, apisonado, compactación yposterior nivelación por medios de máquinas o forma manual, segúncorresponda según el volumen de llenado, en el caso que al realizar elretiro de pisos se verifique depresiones de piso o faltante de tierrapor debajo de los mismos a causa del “lavado de tierras” porprecipitaciones de agua u otra causa.

Cabe destacar que por encima de este relleno se realizará un contrapisocarpeta y se colocará solado o cemento alisado por la cual la tierra derelleno se deberá compactar bien para que luego de construido el pisono se produzcan oscilaciones, movimientos o asentamientos del suelo. Lacooperativa deberá preservar los escombros para su reutilización.

Ítem 12:5.- Demolición y retiro de escalera de hormigón

La cooperativa deberá realizar la demolición una escalera de hormigón armado que se encuentra en el sector de pasillo y acceso.

La escalera a demoler está construida a base de hormigón armado contando con armadura de hierro aletado en su interior.

La cooperativa deberá tomar todos los recaudos necesarios con el finque durante la demolición no sea comprometida la estabilidad ycontinuidad de la escalera, evitando así derrumbes o demoliciones nocontroladas.

Se deberá tener especial cuidado ya que la escalera mencionada eslongeva y su estabilidad puede verse afectada durante las tareas dedemolición.

Las tareas detalladas incluyen el montado, alquiler y retiro deandamios, caballetes, puntales, alquileres de herramientas hidráulicasmecánicas, etc.

Ítem 12:6.- Retiro de instalación eléctrica

La Cooperativa deberá retirar toda la instalación eléctrica segúnindicaciones del Departamento de Servicios Generales teniendoprecaución de dejar en funcionamiento la instalación que no deba serretirada para seguir en funcionamiento. La Cooperativa deberá cumplircon todas los elementos de protección y según normativa vigente.

Ítem 12:7.- Retiro de artefactos y griferías de baño

La cooperativa deberá realizar el retiro completo de artefactos y griferías de baño.

Los muebles, artefactos y todo aquel que la inspección de los trabajosdesigne, son propiedad del Ministerio Desarrollo Social, en ese caso,los mismos se removerán y se trasladarán al depósito que éste designe,salvo otra indicación expresa por parte del Dpto. de ServiciosGenerales, que correrá por cuenta y cargo de la cooperativa.

El retiro de los artefactos y griferías existentes se hará en formamanual tratando con cuidado el retiro y traslado de estos elementos.Las herramientas a utilizar serán manuales.

Se deberá tener especial cuidado en el desmonte de los elementos ya quelos mismos serán guardados en depósito para una futura reutilización.N° 13 ALBAÑILERÍA EN PASILLO DE CIRCULACIÓN

Ítem 13:1.- Ejecución de contrapiso de 12 cm con cascote producto de demolición en pasillo de circulación.

Los trabajos especificados en esta sección comprenden la provisión delos materiales, trabajos, herramientas y enseres y fletes para laejecución de los contrapisos. Antes de la ejecución del contrapiso seprocederá a limpiar el suelo. El cascote a utilizar será el que resulteproducto de la demolición de contrapisos existentes.

De Hormigón pobre: Se ejecutarán con mortero 1/4:1:3:6 cemento-cal-arena-cascote

Ítem 13:2.- Ejecución de carpeta en pasillo de circulación

Para esta tarea se deberá contar con el contrapiso realizadopreviamente en forma continua, nivelado, limpio de escombros. Seprocederá a colar el material previamente mezclado.

La carpeta estará cuidadosamente nivelada y alisada materializada conun mortero de cemento M.C.I. con una dosificación 1:3. +10 % aditivohidrófugo (20% de agua) lista para recibir el revestimiento final.

Ítem 13:3.- Provisión y colocación de piso porcelanato Ilva Bianco Pulido 52 x 52

Generalidades

Los trabajos aquí especificados incluirán la provisión completa demateriales, herramientas, equipos y realización de trabajos para laejecución de todos los pisos, solías y zócalos.

Antes de iniciar la colocación de los solados, la Cooperativa deberásolicitar al Departamento de Servicios Generales las instrucciones parala distribución de las piezas dentro de los locales, para proceder deacuerdo a ellas. Queda estrictamente prohibida la utilización de piezascortadas en forma manual. Todas las piezas que requieran corte seránrecortadas mecánicamente. Los solados deberán tener la pendienteadecuada para la correcta evacuación de las aguas.Ejecución de los trabajos

Todas las piezas de solados deberán ser colocadas en perfectascondiciones, en piezas enteras, sin defectos o encalladuras yconservarse en estas condiciones, a cuyos efectos la Cooperativaarbitrará los medios de protección necesarios, cubriendo los mismos unavez ejecutados con films de polietileno o rollos de papel corrugadocuidando su mantenimiento hasta la entrega.

Los pisos presentarán superficies regulares dispuestas según laspendientes, alineaciones y niveles que corresponden. Todas las piezasde porcelanato llevarán sus cuatro aristas vivas, a 90° y se colocaráncon juntas cerradas al tope y rectas en ambos sentidos, dispuestasortogonalmente a los paramentos de los locales.

En oportunidad de la recepción de los trabajos, el Departamento deServicios Generales podrá rechazar aquellas unidades que no reúnan lascondiciones antedichas, siendo de responsabilidad exclusiva de laCooperativa su reposición parcial o total al solo juicio de dichodepartamento.

Modelo:

Porcelanato Ilva Bianco Pulido 52 x 52 cm

Se incluyen todas las tareas para la provisión y ejecución de pisos deporcelanato. La Cooperativa deberá presentar, previo a su compra y paraaprobación del Departamento de Servicios Generales muestra del materiala colocar.

Este porcelanato deberá pertenecer todo a la misma partida de fabricación.

Sobre la carpeta bien nivelada y humectada se procederá a la colocacióndel piso con mezcla preparada (adhesivo) tipo Klaukol o similar,mediante llana metálica dentada, siguiendo las instrucciones delfabricante del pegamento. Es recomendable para las piezas de grantamaño la técnica de doble encolado, que consiste en aplicar elpegamento tanto en la superficie de colocación como en el reverso delas piezas a colocar. Una vez extendida la capa de adhesivo éstamantendrá sus cualidades durante 15 minutos aproximadamente. Lacolocación de los solados se hará con el debido cuidado de seleccionarlas placas, pintando previamente el reverso de cada placa con unalechada de cemento puro.

La colocación será según indicación del Departamento de ServiciosGenerales. Una vez colocado el piso, se dejará fraguar 48 hs. antes depisarlo y empastinarlo.

Las juntas se rellenarán con pastina de la misma constitución que el dela capa superficial de las placas y adecuado color, que deberá serprovista en el momento de su uso.

Estarán incluidos en el precio cotizado la pastina de color similar aldel porcelanato. Se considera incluido en el precio unitario cotizado,la incidencia por corte y desperdicio de piezas.

Una vez fraguada la colocación y las juntas, se limpiará perfectamenteel piso con agua y un agregado de 10% de ácido muriático, enjuagandobien posteriormente y dejando secar para luego ser cubierta paraprotección.

Solías y Umbrales

Se colocarán en todos los cambios de ambientes o cambios de materialesde los mismos, del tipo y material indicado por el Departamento deServicios Generales.

El ancho definitivo de las solías será el mismo del muro entre loscuales sean colocadas. El largo será acorde con el ancho definitivo delvano.

Zócalos

Generalidades

Los distintos zócalos serán ejecutados con la clase de material y en laforma que en cada caso se indica en la documentación o planilla delocales.

Los zócalos se colocarán perfectamente aplomados y su unión con el pisodebe ser uniforme, no admitiéndose distintas luces entre el piso y elzócalo, ya sea por imperfecciones de uno u otro.

La Cooperativa deberá incluir en los precios toda incidencia referida aselección de las diferentes piezas de los zócalos así comoterminaciones, cortes, pulidos y elementos y piezas necesarios para elmontaje, amure o ajuste de los mismos, estén o no indicados en ladocumentación y/o especificados en el presente pliego.

Ejecución de los trabajos

Zócalo porcelanato

Los zócalos a colocar serán de la misma marca, color, dimensiones y características que el piso a colocar, de 0.10 m de altura.

La terminación será recta y uniforme guardando las alineaciones de lasjuntas. Las juntas verticales del zócalo deberán coincidir con lasjuntas del piso.

Regirán para éstos las mismas normas de colocación que para el piso correspondiente.

Se asentarán sobre la mezcla especificada y las juntas serán tomadascon pastina del mismo color. La Cooperativa deberá prever el espaciopara la colocación.

Ítem 13:4.- Provisión y ejecución de cielo raso en pasillo de circulación de placa de roca de yeso

Armado de la estructura

Se deberá armar una estructura de perfiles de chapa de acero zincadapor inmersión en caliente, fabricados según Norma IRAM IAS U500-243:2004, sobre la cual se fijarán las placas estándar de 12.5 mmde espesor. La estructura del cielo raso se realizará utilizandoperfiles tipo solera de 35 mm y Montante de 34 mm. Los perfilesMontantes se cortarán de acuerdo a las dimensiones del cielo raso,calculando aproximadamente 1 cm menos que la separación entre lasSoleras ya colocadas sobre las paredes. Dentro de las soleras secolocarán los perfiles montantes, cada 40 cm, fijándolos a éstas contornillos de acero tipo T1 punta aguja, con cabeza tanque y ranura encruz. Una vez definida y marcada la altura del futuro cielo raso, sefijará la primera solera sobre la pared del lado mayor del ambiente,repitiendo esta operación sobre la pared opuesta, cuidando mantener elmismo nivel. Para fijar los perfiles se utilizarán fijaciones tipotarugo fischer y tornillos N° 8, colocándolos cada 60 cm. Una vezverificada la nivelación de los perfiles montantes, se colocará sobreellos y transversalmente un perfil montante con una separación máximade 1,20 m, estos perfiles serán las “vigas maestras” de la estructura ydeberán estar suspendidos del techo por medio de las “velas rígidas”(perfiles Montante colocados cada 1,00 m como máximo). Se deberánrealizar todos los refuerzos necesarios para luego poder colocar losartefactos de iluminación. Estos refuerzos se realizan con perfilessolera fijados a los montantes con tornillos T1. En caso de instalarartefactos de iluminación de dimensiones pequeñas, solamente seránecesario realizar las perforaciones del diámetro necesario, utilizandouna mecha copa.

Emplacado

Una vez armada la estructura, se colocarán las placas estándar de 12,5mm de espesor, utilizando tornillos de acero tipo T2 punta aguja, concabeza trompeta y ranura en cruz, colocándolos con una separación de 25cm o 30 cm en el centro de la placa y de 15 cm en los bordes quecoinciden con el eje de un perfil, a una separación de 10 mm de losmismos.

Masillado y terminaciones

Para asegurar una correcta terminación, se colocará un perfil buñaperimetral en el encuentro entre el cajón y mampostería u otromaterial, fijándolo a las placas Durlock con tornillos T2 o cemento decontacto. Las placas se colocarán en sentido transversal a la trama demontantes, trabándolas entre sí, de manera tal que no queden juntascontinuas a lo largo de todo el cielo raso. Estos perfiles determinación se masillarán aplicando dos manos de masilla para Durlocklista para usar o masilla Durlock de secado rápido, al igual que lasimprontas de los tornillos. El tomado de juntas entre placas serealizará con cinta de papel de celulosa especial y masilla Durlocklista para usar o masilla Durlock de secado rápido, cubriendo tambiénlas improntas de los tornillos y los perfiles buña perimetral,respetando los tiempos de secado de la masilla que se esté utilizando.

Ítem 13:5.- Revoque grueso

No se procederá a revocar muro alguno, hasta que la mampostería no hayaasentado perfectamente. Antes de aplicar la mezcla deberán realizarselas siguientes tareas:

f) Perfecta limpieza de la pared para dejar viva la superficie de los ladrillos.

g) Abrebado de la pared con agua.

h) Todos los paramentos exteriores serán impermeabilizados previamente.

i) Ejecución de puntos y fajas de guías.

j) Se verificará el perfecto aplomado de los marcos, ventanas, etc., elparalelismo de las mochetas o aristas y la horizontalidad del cieloraso.

En general, los revoques gruesos tendrán un espesor total mínimo de 1,5 cm a 2,5 cm.

Estos revoques deberán ser llevados hasta el nivel del piso para evitar remiendos al colocar los zócalos.

Antes de su fragüe deberán ser quitados los bulines de nivelación y completados los revoques.

Una vez ejecutados los revoques deberá procederse a la exhaustivalimpieza de las carpinterías, paredes, pisos adyacentes, procediéndosea retirar todos los residuos.

Los revoques no deberán presentar superficies alabeadas ni fuera deplomo, rebabas u otros defectos cualesquiera. Tendrán aristas rectas.

Antes de comenzar el revocado de un local, la Cooperativa verificará elperfecto aplomado de los marcos, ventanas, etc.; el paralelismo de lasmochetas o aristas y la horizontalidad del cielo raso.

También se cuidará especialmente la ejecución del revoque a nivel delos zócalos, para que al ser aplicados éstos, se adosen perfectamente ala superficie revocada.

Donde existan columnas, vigas o tabiques de hormigón que interrumpanlas paredes de mampostería, se aplicará sobre todo el ancho de lasuperficie de la estructura de hormigón y con un sobreancho de por lomenos 30 cm a cada lado del paramento interrumpido, una hoja de metaldesplegado bien asegurada, y bajo la misma papel.

Todas las instalaciones complementarias de los trabajos deberánejecutarse antes de la aplicación del enlucido; en todos los retoques yremiendos indispensables que deban realizarse, se exigirá el nivel determinación adecuado.

La terminación pretendida del revoque grueso o jaharro será uniforme,continua, prolija y con terminación peinada para la correcta adherenciadel enlucido posterior.

Ítem 13:6.- Revoque fino sobre muros

En general, los revoques finos tendrán un espesor máximo de 0.5 cm.Estos revoques deberán ser llevados hasta el nivel del piso para evitarremiendos al colocar los zócalos.

Antes de su fragüe deberán ser quitados los bulines de nivelación y completados los revoques.

Una vez ejecutados los revoques, deberá procederse a la exhaustivalimpieza de las carpinterías, paredes y pisos adyacentes, procediéndosea retirar todos los residuos.

Los revoques no deberán presentar superficies alabeadas ni fuera deplomo, rebabas u otros defectos cualesquiera. Tendrán aristas rectas.

Antes de comenzar el revocado de un local, la Cooperativa verificará elperfecto aplomado de los marcos, ventanas, etc.; el paralelismo de lasmochetas o aristas y la horizontalidad del cielo raso. También secuidará especialmente la ejecución del revoque a nivel de los zócalos,para que al ser aplicados éstos, se adosen perfectamente a lasuperficie revocada.

Todas las instalaciones complementarias de los trabajos deberánejecutarse antes de la aplicación del enlucido; en todos los retoques yremiendos indispensables que deban realizarse, se exigirá el nivel determinación adecuado.

El enlucido se hará luego del fragüe del jaharro previamente aplicado.El Departamento de Servicios Generales hará hincapié sobre laterminación del mismo, el cual no podrá presentar superficies alabeadasni fuera de plomo, rebabas u otros defectos cualesquiera. Tendránaristas rectas. Para este punto los materiales a utilizar serán nuevos,en buen estado de conservación y acopiados en lugares secos. Lasherramientas para la realización de estas tareas serán las adecuadassegún reglas del arte.

N° 14 PINTURA EN PASILLO DE CIRCULACIÓN

Ítem 14:1.- Provisión y ejecución de pintura látex para muros

Generalidades

Los trabajos aquí especificados incluirán en general todos losmateriales, herramientas y la realización de los trabajos necesariospara la pintura completa.

Comprenden la pintura por medios manuales o mecánicos de muros de albañilería revocados según las especificaciones.

Asimismo incluyen todos los trabajos necesarios al fin expuesto, queaunque no estén expresamente indicados, sean imprescindibles para quese cumplan las finalidades.

Si por deficiencia en el material, realización de tareas, o cualquierotra causa no se satisfacen las exigencias de perfecta terminación yacabado fijados por el Depto. de Servicios Generales, la Cooperativatomará las provisiones del caso, dará las manos necesarias además delas especificadas, para lograr un acabado perfecto sin que estoconstituya trabajo adicional.

La preparación de tonos responderá a las especificaciones de coloresindicada por el Depto. de Servicios Generales, sin cuya aprobaciónprevia no podrán iniciarse los trabajos de pintado.

Precauciones a tener en cuenta

La Cooperativa deberá tomar las precauciones necesarias a fin de nomanchar otras estructuras, tales como vidrios, pisos, revestimientos,cielo rasos, panelerías, artefactos eléctricos o sanitarios,estructuras, etc. pues en el caso que esto ocurra, será por su cuentala limpieza o reposiciones a solo juicio del Depto. de ServiciosGenerales.

La Cooperativa tomará todas las precauciones indispensables a fin depreservar los trabajos del polvo y el agua. No se permitirá que secierren las puertas y/o ventanas antes que la pintura haya secadocompletamente.

Previamente a la aplicación de una capa de pintura, se deberá efectuarun recorrido general de las superficies, salvando con masilla, adecuadaa la pintura a usarse, cualquier irregularidad incluyendo la reposiciónde los materiales de terminación o su reparación para cualquier tipo desuperficie o elemento que puedan haberse deteriorado en el curso de lostrabajos.

Antes de dar principio al pintado se deberá efectuar el barrido de loslocales, debiéndose preservar los solados con filmes de polietileno queserá provisto por la Cooperativa.

No se aplicarán pinturas sobre superficies mojadas o sucias de polvo ograsas, debiendo ser raspadas profundamente, pasándoles un cepillo depaja o cerda y luego lijadas.

Como regla no se deberá pintar con temperaturas ambientes por debajo de5 grados centígrados, ni tampoco con superficies expuestas directamenteal sol, teniendo especiales precauciones frente al rocío matutino,nieblas, humedad excesiva, etc.

Materiales

Los materiales a emplear serán de la marca indicada en la presenteespecificación, aceptada por el Depto. de Servicios Generales. Se dejaespecialmente aclarado que en caso de comprobarse incumplimiento de lasnormas contractuales debidas a causas de formulación o fabricación delmaterial el único responsable será la Cooperativa, no pudiendotrasladar la responsabilidad al fabricante, dado que deberá tomar losrecaudos necesarios para asegurarse que el producto que usa responda enun todo a las cláusulas contractuales.

Enduidos, imprimadores, fijadores

En todos los casos serán de la misma marca de las pinturas y del tipocorrespondiente, según el fabricante, para cada uso a fin de garantizarsu compatibilidad.

Diluyentes

Serán en todos los casos, los especificados expresamente para cada tipode pintura por sus fabricantes, siendo rechazado cualquier trabajo enque no se haya respetado esta especificación.

Ejecución de los trabajos

Los trabajos serán confiados a personal calificado y especializado enla preparación de pinturas y su aplicación. Las distintas manos aaplicar serán cruzadas a fin de lograr buen aspecto y terminación delacabado, evitando el exceso de material. Se dará la última mano despuésque todos los gremios que intervienen en la construcción hayan dado fina sus trabajos.

Será condición indispensable para la aprobación de los trabajos queéstos tengan un acabado sin huellas de pinceladas o rodillo. De noresponder la pintura a la muestra aprobada se harán repintar lasestructuras a solo juicio del Depto. de Servicios Generales.

Cuando se indique el número de manos a aplicar, se entiende que es atítulo ilustrativo ya que se deberá dar la cantidad de manos querequiera un perfecto acabado a juicio del Depto. de ServiciosGenerales. Se dará una mano de fijador diluido con aguarrás en laproporción necesaria para que una vez seco, quede mate. Posteriormentese hará una aplicación de enduido plástico al agua para eliminar lasimperfecciones, en capas delgadas sucesivas. Una vez seco, se lijarácon lija 5/0 en seco; después de un intervalo de 8 horas se quitará enseco el polvo resultante de la operación anterior y se aplicarán lasmanos de pintura al Látex que fuere menester para su correcto acabado.La primera diluida al 50% con agua. Las siguientes se rebajarán segúnla absorción de las superficies.

Ítem 14:2.- Provisión y ejecución de pintura látex para cielo raso

Cielo rasos de yeso:

- Látex:

• una mano de fijador al agua, dejando secar 24 horas.

• se efectuarán las reparaciones necesarias con enduido al agua.

• lijado

• dos manos de látex para cielo rasos aplicado a pincel y/o rodillo, dejando secar 10/12 horas entre manos.

Ítem 14:3.- Provisión y ejecución de pintura sintética de escalera y baranda metálica

Esmalte sintético en carpinterías metálicas.

Todo elemento metálico, salvo indicación en contrario será pintado con esmalte sintético según el siguiente esquema:

a) Se eliminará totalmente la pintura existente.

b) Una mano del antióxido especificado con un espesor mínimo de 40 micrones.

c) Retoque con masilla al aguarrás en zonas necesarias, teniendo encuenta que se exigirá una superficie perfectamente uniforme en suterminación.

d) La tercera mano se efectuará con 80% esmalte sintético y 20% de solvente adecuado.

e) Una cuarta capa con esmalte sintético puro con un espesor mínimo de 40 micrones.

f) Una sexta capa idéntica a la anterior, que se aplicará cuando sehayan finalizado los trabajos de pintura sobre muros, previo lijado conlija al agua de grano 220/240 si el lapso entre esta mano y la anteriorsuperase las 72 horas.

El acabado deberá responder exactamente a las muestras aprobadas, aunque fuera necesario aumentar el número de manos de esmalte.

N° 15 HERRERÍA EN PASILLO DE CIRCULACIÓN

Ítem 15:1.- Provisión y colocación de escalera metálica

Ítem 15:2.- Provisión y colocación de baranda en escalera

La estructura de la escalera se hará con perfil doble T 16. Los escalones serán con planchuela T y la pedada con malla romboidal

Los caños verticales de la baranda será de caño circular de 1” y elpasamanos será de 1 ½”. Estará soldada en todo su recorrido y amuradaen el descanso inferior y superior al piso existente y a la losa. Eldescanso intermedio se fijará por medio de tornillos y planchuelas alparamento. Se entregará con dos manos de antióxido y luego del secadose procederá a aplicar esmalte sintético color a elección.

N° 16 VARIOS

Ítem 16:1.- Varios

Limpieza periódica

La Cooperativa deberá organizar su trabajo de modo que los residuosprovenientes de todas las tareas correspondientes, sean retiradosinmediatamente del área de los trabajos, para evitar perturbaciones enla marcha de los mismos. Estará terminantemente prohibido arrojarresiduos desde el recinto al exterior. Los residuos deberán bajarse pormedios mecánicos o embolsarse y bajarse con cuidado por las escaleras opor los medios mecánicos de elevación fuera del horario de trabajo delpersonal del edificio. Se deberá tomar el mayor cuidado para proteger ylimpiar todas las carpinterías, removiendo el material de colocaciónexcedente y los residuos provenientes de la ejecución de trabajos dealbañilería, revoques y revestimientos. Asimismo se efectuará lalimpieza, rasqueteo y barrido de materiales sueltos e incrustaciones encontrapisos, carpetas y capas aisladoras. Las protecciones que debanefectuarse para evitar daños en pisos, escaleras, mesadas, artefactos,etc. serán retiradas al efectuar la limpieza final.

Se entiende por limpieza periódica que al final de la jornada laborallos locales que fueron tratados quedarán en condiciones de limpiezapara las tareas siguientes.

Limpieza final

a) La cooperativa deberá entregar el sitio en perfectas condiciones de habitabilidad.

b) Deberá procederse al retiro de cada máquina utilizada durante laconstrucción y el acarreo de los desmontes y limpieza, hasta el destinoque el Depto. de Servicios Generales disponga.

c) Todos los trabajos se realizarán por cuenta de la Cooperativa, quientambién proveerá las herramientas y materiales que se consideren parala correcta ejecución de las citadas tareas.

d) La Cooperativa será responsable por las roturas de vidrios o por lapérdida de cualquier elemento, artefacto o accesorio, que se produjeradurante la realización de los trabajos como asimismo por toda falta y/onegligencia que a juicio del Depto. de Servicios Generales se hubieraincurrido.

Al completar los trabajos inherentes a su contrato, la Cooperativaretirará todos sus desperdicios y desechos del lugar de los trabajos yel entorno de la misma. Asimismo retirará todas sus herramientas,maquinarias, equipos, andamios, puntales, enseres y material sobrante,dejando los trabajos “a escoba” o su equivalente.

Seguros y Responsabilidad Civil

Dentro del TERCER (3°) día hábil administrativo previo al comienzo delos trabajos, el adjudicatario deberá presentar ante el Departamento deServicios Generales una Póliza de Seguros por Accidentes Personales porla suma asegurada de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-), en el que seincluya la totalidad de los “efectores” sociales involucrados en lastareas contratadas, con cláusula de no repetición ante el Ministerio deDesarrollo Social de la Nación; y la Responsabilidad Civilextracontractual sobre las actividades de la Cooperativa, incluirán alMinisterio de Desarrollo Social de la Nación como asegurado adicionalespecificando la ubicación del riesgo, el monto total será de PESOS UNMILLÓN ($ 1.000.000), desde el inicio de los trabajos hasta larecepción Definitiva establecida en el Artículo N° 9 del presentePliego.

Anexo B



HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Decreto 911/96

Apruébase el Reglamento para la industria de la Construcción.

Bs. As., 5/8/96

Ver Antecedentes Normativos

VISTO las Leyes Nº 19.587, 22.250 y 24.557, y

CONSIDERANDO:

Que existe interés en los sectores sindical yempresarial, en actualizar la reglamentación de la Ley de Seguridad eHigiene en el Trabajo Nº 19.587, adecuando sus disposiciones a la Leysobre Riesgos del Trabajo Nº 24.557 a fin de aplicarla a las relacionesde trabajo regidas por la Ley Nº 22.250.

Que el mentado interés se plasmó en el acuerdoarribado en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,entre los representantes de la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LAREPUBLICA ARGENTINA (U.O.C.R.A.), por el sector sindical, y la UNIONARGENTINA DE LA CONSTRUCCION (U.A.C.) y la CAMARA ARGENTINA DE LACONSTRUCCION (C.A.C.), por el sector empresarial.

Que en la industria de la construcción debencontemplarse situaciones especiales, en razón de modalidades decontratación específicas, la existencia de plantas móviles, laactuación en ámbitos geográficos dispersos, el desarrollo deactividades en lugares privados y del dominio público y la ejecución deobras en terrenos propios o de terceros, entre otros.

Que dentro de las particularidades de la industriade la construcción, se destaca la coexistencia dentro de una mismaobra, de personal dependiente del comitente, y de uno o máscontratistas o subcontratistas, lo que genera situaciones especialesrespecto a la determinación de la responsabilidad en el cumplimiento delas normas de seguridad e higiene en el trabajo.

Que, los procesos operativos de la industria de laconstrucción implican importantes cambios cualitativos y cuantitativos,tanto en los planteles del personal obrero y de conducción, como asítambién en la entrada y salida de diversos contratistas ysubcontratistas, lo que complica la determinación de lasresponsabilidades emergentes.

Que la industria de que se trata genera riesgos específicos cuya variedad y secuencia, exige un tratamiento diferenciado.

Que los trabajadores de la industria de laconstrucción poseen una elevada movilidad y rotación, lo que determinóla creación de un régimen especial instituido por la Ley Nº 22.250.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el Reglamento deHigiene y Seguridad para la industria de la construcción que, comoANEXO, forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º — A partir del dictado del presenteno serán de aplicación a la industria de la construcción lasdisposiciones del Decreto Nº 351 de fecha 5 de febrero de 1979, laResolución del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1.069 defecha 23 de diciembre de 1991 y toda otra norma que se oponga alpresente.

Art. 3º — Facúltase a la SUPERINTENDENCIA DERIESGOS DEL TRABAJO a otorgar plazos, modificar valores,condicionamientos y requisitos establecidos en el anexo, que se apruebapor el presente Decreto, mediante resolución fundada, y a dictar normascomplementarias.

(Artículo sustituido por art. 4° del Decreto N° 1057/2003 B.O. 13/11/2003).

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a laDirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — JorgeA. Rodríguez. — José A. Caro Figueroa.

ANEXO

CAPITULO 1

DISPOSICIONES GENERALES

AMBITO DE APLICACION

ARTICULO 1º — La presente reglamentación será deaplicación en todo el ámbito del territorio de la República Argentinadonde desarrollen su actividad los trabajadores definidos en elartículo 3º, incisos c) y d) del presente, en relación de dependenciaen empresas constructoras, tanto en el área física de obras enconstrucción como en los sectores, funciones y dependencias conexas,tales como obradores, depósitos, talleres, servicios auxiliares yoficinas técnicas y administrativas.

ALCANCE

ARTICULO 2º — A los efectos de este Decreto, seincluye en el concepto de obra de construcción a todo trabajo deingeniería y arquitectura realizado sobre inmuebles, propios o deterceros, públicos o privados, comprendiendo excavaciones,demoliciones, construcciones, remodelaciones, mejoras,refuncionalizaciones, grandes mantenimientos, montajes e instalacionesde equipos y toda otra tarea que se derive de, o se vincule a, laactividad principal de las empresas constructoras.

SUJETOS OBLIGADOS

ARTICULO 3º — Los empleadores y los trabajadorescomprendidos en el ámbito definido en el artículo 1º están sometidos alcumplimiento de todas las obligaciones y responsabilidades emergentesde la Ley Nº 19.587 y esta reglamentación.

A tales efectos, se encuentran encuadrados en este régimen:

a) El empleador que tenga como actividad laconstrucción de obras, así como la elaboración de elementos, o queefectúe trabajos exclusivamente para dichas obras en instalaciones yotras dependencias de carácter transitorio establecidas para ese fin,bien sea como contratistas o subcontratistas.

b) El empleador de las industrias o de lasactividades complementarias o subsidiarias de la industria de laconstrucción propiamente dicha, sólo en relación al personal quecontrate exclusivamente para ejecutar trabajos en las obras mencionadasen el inciso a).

c) El trabajador dependiente de los referidosempleadores que, cualquiera fuere la modalidad o denominación que seaplique a su contratación o la forma de su remuneración, desempeñe sustareas en forma permanente, temporaria, eventual o a plazo fijo en lasobras o en los lugares definidos en los incisos a) y b). Asimismo, eltrabajador que se desempeña en talleres, en depósitos o en parques, enoperación de vehículos de transporte, en lugares y actividades conexasa la actividad principal de la construcción.

d) Todo otro trabajador encuadrado en el régimen de la Ley Nº 22.250.

ARTICULO 4º — El Comitente será solidariamenteresponsable, juntamente con el o los Contratistas, del cumplimiento delas normas del presente Decreto.

ARTICULO 5º — El Comitente de toda obra deconstrucción, definida en el artículo 2º del presente, deberá incluiren el respectivo contrato la obligatoriedad del Contratista deacreditar, antes de la iniciación de la misma, la contratación delseguro que cubra los riesgos de trabajo del personal afectado a lamisma en los términos de la Ley Nº 24.557 o, en su caso, de laexistencia de autoseguro y notificar oportunamente a laSUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) el eventualincumplimiento de dicho requisito.

ARTICULO 6º — En los casos de obras dondedesarrollen actividades simultáneamente dos o más contratistas osubcontratistas, la coordinación de las actividades de Higiene ySeguridad y de Medicina del Trabajo estará bajo la responsabilidad delcontratista principal, si lo hubiere, o del Comitente, si existierapluralidad de contratistas. En los instrumentos de dicha coordinacióndeberá contar la obligación de todos los responsables respecto alcumplimiento de la normativa específica y de los planes demejoramiento, si los hubiere.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

ARTICULO 7º — El empleador es el principal y directoresponsable, sin perjuicio de los distintos niveles jerárquicos y deautoridad de cada empresa y de los restantes obligados definidos en lanormativa de aplicación, del cumplimiento de los requisitos y deberesconsignados en el presente decreto. Estarán a su cargo las acciones yla provisión de los recursos materiales y humanos para el cumplimientode los siguientes objetivos:

a) Creación y mantenimiento de Condiciones y MedioAmbiente de Trabajo que aseguren la protección física y mental y elbienestar de los trabajadores.

b) Reducción de la siniestralidad laboral a travésde la prevención de los riesgos derivados del trabajo y de lacapacitación específica.

ARTICULO 8º — Los empleadores deberán instrumentarlas acciones necesarias y suficientes para que la prevención, lahigiene y la seguridad sean actividades integradas a las tareas quecada trabajador desarrolle en la empresa, contratando la asignación delas mismas y de los principios que las sustentan a cada puesto detrabajo y en cada línea de mando, según corresponda, en forma explícita.

ARTICULO 9º — Los empleadores deberán adecuar lasinstalaciones de las obras que se encuentren en construcción y losrestantes ámbitos de trabajo de sus empresas a lo establecido en la LeyNº 19.587 y esta reglamentación, en los plazos y condiciones que a talefecto establecerá la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT).

ARTICULO 10. — Los empleadores deberán capacitar asus trabajadores en materia de Higiene y Seguridad y en la prevenciónde enfermedades y accidentes del trabajo, de acuerdo a lascaracterísticas y riesgos propios, generales y específicos de lastareas que cada uno de ellos desempeña.

La capacitación del personal se efectuará por mediode clases, cursos y otras acciones eficaces y se completarán conmaterial didáctico gráfico y escrito, medios audiovisuales, avisos yletreros informativos.

ARTICULO 11. — Los programas de capacitación laboral deben incluir a todos los sectores de la empresa, en sus distintos niveles:

a) Nivel superior: dirección, gerencia y jefatura.

b) Nivel intermedio: supervisores, encargados y capataces.

c) Nivel operativo: trabajadores de producción y administrativos.

La capacitación debe ser programada y desarrolladacon intervención de los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicinadel Trabajo.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

ARTICULO 12. — El trabajador tiene los siguientes derechos y obligaciones:

a) Gozar de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo que garanticen la preservación de su salud y su seguridad.

b) Someterse a los exámenes periódicos de salud establecidos en las normas de aplicación.

c) Recibir información completa y fehaciente sobrelos resultados de sus exámenes de salud, conforme a las reglas querigen la ética médica.

d) Someterse a los procesos terapéuticos prescriptospara el tratamiento de enfermedades y lesiones del trabajo y susconsecuencias.

e) Cumplir con las normas de prevención establecidas legalmente y en los planes y programas de prevención.

f) Asistir a los cursos de capacitación que se dicten durante las horas de trabajo.

g) Usar los equipos de protección personal o colectiva y observar las medidas de prevención.

h) Utilizar en forma correcta los materiales,máquinas, herramientas, dispositivos y cualquier otro medio o elementocon que se desarrolle su actividad laboral.

i) Observar las indicaciones de los carteles yavisos que indiquen medidas de protección y colaborar en el cuidado delos mismos.

j) Colaborar en la organización de programas de formación y educación en materia de salud y seguridad.

k) Informar al empleador todo hecho o circunstancia riesgosa inherente a sus puestos de trabajo.

CAPITULO 2

PRESTACIONES DE MEDICINA Y DE HIGIENE Y SEGURIDAD.

SERVICIOS

ARTICULO 13. — A los efectos del cumplimiento delartículo 5º, inciso a) de la Ley 19.587, las prestaciones en materia demedicina y de Higiene y Seguridad en el Trabajo deberán ser realizadaspor los Servicios de Medicina del Trabajo y de Higiene y Seguridad enel Trabajo. Dichos servicios estarán bajo la responsabilidad degraduados universitarios, de acuerdo al detalle que se fija en estareglamentación.

Los objetivos fundamentales de los servicios serán,en sus respectivas áreas, la prevención de todo daño que pudierecausarse a la vida y a la salud de los trabajadores por las condicionesde su trabajo y la creación de las condiciones para que la Higiene ySeguridad sea una responsabilidad del conjunto de la organización.

ARTICULO 14. — A los fines de la aplicación delpresente Decreto se define como "cantidad de trabajadores equivalentes"a la cantidad que resulte de sumar el número de trabajadores dedicadosa tareas de producción, más el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del númerode trabajadores asignados a tareas administrativas.

CAPITULO 3

PRESTACIONES DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

ARTICULO 15. — El servicio de prestación de Higieney Seguridad en el Trabajo tiene como misión fundamental implementar lapolítica fijada por el establecimiento en la materia, tendiente adeterminar, promover y mantener adecuadas condiciones ambientales enlos lugares de trabajo y el más alto nivel de seguridad compatible conla naturaleza de las tareas.

ARTICULO 16. — Las prestaciones de Higiene y Seguridad deberán estar dirigidas por graduados universitarios, a saber:

a) Ingenieros Laborales,

b) Licenciados en Higiene y Seguridad en el Trabajo,

c) Ingenieros; Químicos y Arquitectos con cursos deposgrado en Higiene y Seguridad en el Trabajo de no menos deCUATROCIENTAS (400) horas de duración, autorizados por los organismosoficiales con competencia desarrollados en Universidades estatales oprivadas,

d) Los graduados universitarios que a la fecha deldictado de la presente reglamentación posean incumbencias profesionaleshabilitantes para el ejercicio de dicha función, o

e) Los Técnicos en Higiene y Seguridad reconocidos por la Resolución M.T.S.S. N° 313 de fecha 11 de mayo de 1983.

El ejercicio de la dirección de las prestaciones deHigiene y Seguridad será incompatible con el desempeño de cualquierotra actividad o función en la misma obra en construcción.

(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1830/2005 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo B.O. 26/9/2005)

ARTICULO 17. — Estará a cargo del empleador laobligación de disponer la asignación de la cantidad dehoras-profesionales mensuales que, en función del número detrabajadores, de la categoría de la actividad y del grado decumplimiento de las normas específicas de este reglamento, correspondana cada establecimiento. Las pautas para su determinación seránestablecidas por la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT).

El empleador deberá prever la asignación de Técnicosen Higiene y Seguridad, con título habilitante reconocido por laautoridad competente, en función de las necesidades de cadaestablecimiento, como auxiliares de los responsables citados en elartículo 16.

ARTICULO 18. — Los profesionales que dirijan lasprestaciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo, serán responsablesde las obligaciones fijadas por la Ley y esta reglamentación en lo quehace a su misión y funciones específicas, sin perjuicio de obligacionespropias del empleador y restantes responsables definidos en losartículos 3º, 4º, 5º y 6º.

ARTICULO 19. — Se define como:

a) Prestación de Higiene y Seguridad en el TrabajoInterno: es el servicio integrado a la estructura de la empresa,dirigido por los graduados universitarios enumerados en el artículo 16,con capacidad operativa suficiente en personal, instalaciones y mediospara atender las misiones y funciones que la presente reglamentaciónles asigne. Este servicio podrá limitarse a una obra determinada y asus dependencias y servicios auxiliares o extender su área deresponsabilidad a todos los ámbitos de trabajo de una misma empresa.

b) Prestación de Higiene y Seguridad en el TrabajoExterno: es el servicio que asume la responsabilidad establecida por laLey Nº 19.587 y esta reglamentación, para prestar servicios a lasempresas, con capacidad operativa suficiente en personal, instalacionesy medios.

CAPITULO 4

LEGAJO TECNICO DE HIGIENE Y SEGURIDAD

ARTICULO 20. — El Legajo Técnico estará constituidopor la documentación generada por la Prestación de Higiene y Seguridadpara el control efectivo de los riesgos emergentes en el desarrollo dela obra. Contendrá información suficiente, de acuerdo a lascaracterísticas, volumen y condiciones bajo las cuales se desarrollaránlos trabajos, para determinar los riesgos más significativos en cadaetapa de los mismos.

Además, deberá actualizarse incorporando lasmodificaciones que se introduzcan en la programación de las tareas quesignifiquen alteraciones en el nivel o características de los riesgospara la seguridad del personal.

Deberá estar rubricado por el Responsable de Higiene y Seguridad y será exhibido a la autoridad competente, a su requerimiento.

CAPITULO 5

SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA DE OBRA

TRANSPORTE DEL PERSONAL

ARTICULO 21. — Los vehículos utilizados para el transporte deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) serán cubiertos.

b) dispondrán de asientos fijos.

c) serán acondicionados e higienizados adecuadamente.

d) no transportarán simultáneamente, en un mismohabitáculo, trabajadores y materiales o equipos, salvo que existanseparaciones adecuadas para uno u otro fin.

e) cumplirán con lo establecido en el capítulo "Vehículos y Maquinarias de Obra" del presente Decreto reglamentario.

f) dispondrán de escaleras para ascenso y descenso de los trabajadores.

VIVIENDAS PARA EL PERSONAL

ARTICULO 22. — El empleador proveerá alojamientoadecuado para aquellos trabajadores que se encuentren alejados de susviviendas permanentes a una distancia que no les permita regresardiariamente a ellas. Dichas instalaciones y equipamiento deberánsatisfacer las siguientes condiciones:

a) Los dormitorios alojarán un máximo de dostrabajadores por unidad. Podrán ser modulares o mampuestos, con unaaltura mínima de DOS CON SESENTA METROS (2,60m.) y una superficiemínima de SEIS METROS CUADRADOS (6m2) para dormitorio individual y de NUEVE METROS CUADRADOS (9m2) para dormitorio doble.

b) Las terminaciones de pisos, paredes y techos,deben estar resueltos con materiales que permitan una fácil limpieza ydesinfección.

c) Dispondrán de extintores de incendio en cantidady calidad adecuadas a los posibles riesgos de incendio y a lascaracterísticas constructivas del alojamiento.

d) La limpieza diaria del alojamiento y la desinfección general del mismo estará a cargo del empleador.

e) Contarán con iluminación natural y artificial adecuada.

f) El área de ventilación tendrá una superficiemínima equivalente a una octava parte de la del dormitorio. Seasegurará que en los locales se produzcan cuatro renovaciones de airepor hora.

g) Todas las aberturas al exterior deberán cerrar de modo tal de evitar filtraciones de aire y agua.

h) Deberán construirse y equiparse tomando adecuadas precauciones de confort, en función de la zona geográfica de ubicación.

i) Las habitaciones contarán con el amoblamientoadecuado e individual, con su ropa de cama y aseo, que asegure el buendescanso e higienización de sus ocupantes.

j) La ropa de cama que hubiere utilizado algún trabajador afectado de enfermedad infecto contagiosa deberá incinerarse.

k) Se efectuarán tareas de control y lucha contra roedores y vectores, así como de enfermedades transmisibles.

INSTALACIONES SANITARIAS

ARTICULO 23. — Todos los ámbitos de trabajo: frentesde obra, talleres, oficinas, campamentos y otras instalaciones, deberándisponer de servicios sanitarios adecuados e independientes para cadasexo, en cantidad suficiente y proporcionales al número de personas quetrabajen en ellos.

ARTICULO 24. — Los servicios sanitarios deben contar con la siguiente proporción de artefactos cada QUINCE (15) trabajadores:

a) UN (1) inodoro a la turca.

b) UN (1) mingitorio.

c) DOS (2) lavabos.

d) CINCO (5) duchas con agua caliente y fría.

En el caso de obras extendidas, la provisión mínima será de un retrete y lavabo con agua fría en cada uno de sus frentes.

ARTICULO 25. — Cuando la obra posea alojamientotemporario y todos los trabajadores vivan en la misma, no será exigiblela inclusión de duchas en los servicios sanitarios de obra (frentes deobra y servicios auxiliares), admitiéndose que las mismas formen partedel grupo sanitario de los alojamientos. No obstante, si lostrabajadores estuvieran expuestos a sustancias tóxicas o irritantespara la piel y las mucosas, se deberán instalar duchadores de agua fría.

ARTICULO 26. — Características de los servicios sanitarios:

a) Caudal de agua suficiente, acorde a la cantidad de artefactos y de trabajadores.

b) Pisos lisos, antideslizantes y con desagüe adecuado.

c) Paredes, techos y pisos de material de fácil limpieza y desinfección.

d) Puertas con herrajes que permitan el cierreinterior y que aseguren el cierre del vano en las tres cuartas partesde su altura.

e) Iluminación y ventilación adecuadas.

f) Limpieza diaria, desinfección periódica yrestantes medidas que impidan la proliferación de enfermedadesinfecto-contagiosas y transmisibles por vía dérmica.

ARTICULO 27. — Cuando los frentes de obra seanmóviles debe proveerse obligatoriamente, servicios sanitarios de tipodesplazable, provistos de desinfectantes y cuyas características determinación cumplan con lo establecido en el artículo anterior.

VESTUARIOS

ARTICULO 28. — Cuando el personal no viva al pie deobra, se instalarán vestuarios dimensionados gradualmente, de acuerdo ala cantidad de trabajadores. Los vestuarios deben ser utilizadosúnicamente para los fines previstos y mantenerse en adecuadascondiciones de higiene y desinfección.

ARTICULO 29. — Los vestuarios deben equiparse conarmarios individuales incombustibles para cada uno de los trabajadoresde la obra. Los trabajadores afectados a tareas en cuyos procesos seutilicen sustancias tóxicas, irritantes o agresivas en cualquiera desus formas o se las manipule de cualquier manera, dispondrán dearmarios individuales dobles, destinándose uno a la ropa y equipo detrabajo y el otro a la vestimenta de calle. El diseño y materiales deconstrucción de los armarios deberán permitir la conservación de suhigiene y su fácil limpieza.

COMEDOR

ARTICULO 30. — El Contratista deberá proveer localesadecuados para comer, provistos de mesas y bancos, acordes al númerototal de personal en obra por turno y a la disposición geográfica de laobra, los que se mantendrán en condiciones de higiene y desinfecciónque garanticen la salud de los trabajadores.

COCINA

ARTICULO 31. — En caso de existir cocina en la obra,ésta deberá cumplir las medidas de higiene y limpieza que garanticen lacalidad de la comida de los trabajadores. Las cocinas deberán estarequipadas con mesada, bacha con agua fría y caliente, campana deextracción de humos y heladeras.

ARTICULO 32. — Los trabajadores a cargo de lapreparación de alimentos deben contar con el apto otorgado por elServicio de Medicina del Trabajo a través de exámenes periódicos. Seles proveerá de delantal, gorro, guantes y barbijo cuando asícorresponda.

DESECHOS CLOACALES U ORGANICOS

ARTICULO 33. — La evacuación y disposición dedesechos cloacales y aguas servidas debe efectuarse a redes decolección con bocas de registro y restantes instalaciones apropiadas aese fin, debiendo evitarse:

a) la contaminación del suelo.

b) la contaminación de las fuentes de abastecimientos de agua.

c) el contacto directo con las excretas.

Cuando el número de personas no justifique lainstalación de una planta de tratamiento, la disposición final se podrárealizar a pozo absorbente, previo pasaje por cámara séptica.

ARTICULO 34. — El tratamiento de los residuos sólidos hasta su disposición final debe respetar las tres etapas:

a) almacenamiento en el lugar donde se produjo el residuo.

b) recolección y transporte.

c) eliminación y disposición final.

ARTICULO 35. — Se deben proveer recipientesadecuados, con tapa, resistentes a la corrosión, fáciles de llenar,vaciar y tapar, ubicándose los mismos en lugares accesibles, despejadosy de fácil limpieza. Los desperdicios de origen orgánico que puedanestar en estado de descomposición deben ser dispuestos en bolsas uotros envases de material plástico.

ARTICULO 36. — La recolección se debe realizar porlo menos una vez al día y en horario regular, sin perjuicio de unamayor exigencia específicamente establecida en el presente Reglamento,debiendo los trabajadores que efectúen la tarea estar protegidos conequipamiento apropiado. La operación se efectuará tomando precaucionesque impidan derramamientos, procediéndose posteriormente al lavado ydesinfectado de los equipos utilizados.

AGUA DE USO Y CONSUMO HUMANO

ARTICULO 37. — Se entiende por agua para uso yconsumo humano la que se emplea para beber, higienizarse y prepararalimentos. Debe cumplir con los requisitos establecidos para el aguapotable por las autoridades competentes. En caso de que el aguasuministrada provenga de perforaciones o de otro origen que no ofrezcasuficientes garantías de calidad, deberán efectuarse análisisfísico-químicos y bacteriológicos al comienzo de la actividad,bacteriológicos en forma semestral y físico-químicos en forma anual.

ARTICULO 38. — Se debe asegurar en forma permanenteel suministro de agua potable a todos los trabajadores, cualquiera seael lugar de sus tareas, en condiciones, ubicación y temperaturaadecuados.

ARTICULO 39. — Los tanques de reserva y bombeo debenestar construidos con materiales no tóxicos adecuados a la función,contando con válvulas de limpieza y se les efectuará vaciado ehigienización periódica y tratamiento bactericida.

ARTICULO 40. — Cuando el agua no pueda sersuministrada por red, deberá conservarse en depósitos cerradosprovistos de grifos ubicados en cada frente de obra, los que serán dematerial inoxidable no tóxico, de cierre hermético y de fácil limpieza.

ARTICULO 41. — El agua para uso industrial debe ser claramente identificada para evitar su ingesta.

CAPITULO 6

NORMAS GENERALES APLICABLES EN OBRA

CONDICIONES GENERALES DEL AMBITO DE TRABAJO

ARTICULO 42. — Las condiciones generales del ámbitodonde se desarrollen las tareas deberán ser adecuadas según suubicación geográfica y características climáticas existentes en elmismo, como así también según la naturaleza y duración de los trabajos.

Cuando existan factores meteorológicos o de otroorigen, tales como lluvias, vientos, derrumbes, etc., de magnitud quecomprometan la seguridad de los trabajadores, se dispondrá lainterrupción de las tareas mientras subsistan dichas condiciones.

MANIPULACION DE MATERIALES

ARTICULO 43. — Los trabajadores encargados demanipular cargas o materiales, deben recibir capacitación sobre el modode levantarlas y transportarlas para no comprometer su salud yseguridad. El responsable de la tarea verificará la aplicación de lasmedidas preventivas.

ARTICULO 44. — Cuando se manipulen productos deaplicación en caliente, los tanques, cubas, marmitas, calderas y otrosrecipientes que se utilicen para calentar o transportar alquitrán,brea, asfalto y otras sustancias vituminosas deberán:

a) ser resistentes a la temperatura prevista.

b) poseer cierres que eviten derrames.

c) estar diseñados con aptitud para sofocar el fuego que se pueda producir dentro de dichos recipientes.

d) cumplir con lo establecido en el capítulocorrespondiente a: instalaciones de presión, protección contra incendioy riesgos eléctricos.

ALMACENAMIENTO DE MATERIALES

ARTICULO 45. — En el almacenamiento de materiales deben cumplirse las siguientes condiciones:

a) Las áreas afectadas serán adecuadas a lascaracterísticas de los materiales y en las mismas deberán observarselimpieza y orden, de manera que se proteja la seguridad de lostrabajadores.

b) Contarán con vías de circulación apropiadas.

c) Los materiales a almacenar se dispondrán de modo tal de evitar su deslizamiento o caída.

d) Las operaciones de retiro de materiales de las estibas no deben comprometer la estabilidad de las mismas.

e) Cuando se estiben materiales en hileras, se debedejar una circulación entre ellas cuyo ancho dependerá de lascaracterísticas del material, fijándose un mínimo de SESENTACENTIMETROS (60 cm.).

f) Cuando se almacenen materiales en bolsas, deben trabarse en forma tal de evitar su deslizamiento o caída.

g) Los ladrillos, tejas, bloques, etc., debenapilarse sobre una base sólida y nivelada, sean un piso plano o tarima.Cuando supere UN METRO (1 m.) de altura, deben escalonarse haciaadentro trabándose las "camadas" entre sí.

h) Las barras de hierro deben sujetarse firmemente para evitar que rueden o se desmoronen.

i) Cuando se almacene material suelto como tierra, grava, arena, etc. no se deberá afectar el tránsito del personal.

j) Los caños que se estiben deben afirmarse mediante cuñas o puntales.

k) Cuando materiales pulvurulentos sueltos debanalmacenarse en silos, tolvas o recipientes análogos, éstos cumplirán loestablecido en el capítulo "Silos y Tolvas".

l) Se debe proveer medios adecuados y seguros para acceder sobre las estibas.

ORDEN Y LIMPIEZA EN LA OBRA

ARTICULO 46. — Será obligatorio el mantenimiento ycontrol del orden y limpieza en toda obra, debiendo disponerse losmateriales, herramientas, desechos, etc., de modo que no obstruyan loslugares de trabajo y de paso.

Deben eliminarse o protegerse todos aquelloselementos punzo-cortantes como hierros, clavos, etc., que signifiquenriesgo para la seguridad de los trabajadores.

CIRCULACION

ARTICULO 47. — En la programación de la obra, debentenerse en cuenta circulaciones peatonales y vehiculares en lo que hacea su trazado y delimitación.

Será obligatorio proveer medios seguros de acceso ysalidas en todos y cada uno de los lugares de trabajo. Los trabajadoresdeben utilizar estos medios obligatoriamente en todos los casos.

ARTICULO 48. — Para el caso de obra lineal y paraaquellos lugares de trabajo a los que se acceda a través de predios deterceros, se analizará cada situación en particular, tendiendo acumplimentar lo establecido en el artículo anterior.

CALEFACCION, ILUMINACION Y VENTILACION

ARTICULO 49. — Cuando en los lugares de trabajo existan calefactores los mismos deben cumplir los siguientes requisitos:

a) no serán de llama abierta.

b) los calefactores por combustión deben apoyarsesobre superficies o asientos incombustibles que cubran un espaciosuficiente a su alrededor y mantenerse alejados de materialescombustibles.

c) los calefactores por combustión utilizados que seusen en lugares cerrados deben contar con dispositivos para evacuar losgases al exterior, aislados térmicamente cuando estén en contacto conmateriales combustibles, aun tratándose de instalaciones provisorias.

PROTECCION CONTRA CAIDA DE OBJETOS Y MATERIALES

ARTICULO 50. — Cuando por encima de un plano detrabajo se estén desarrollando tareas con riesgos de caída de objetos omateriales, será obligatorio proteger a los trabajadores adoptandomedidas de seguridad adecuadas a cada situación. La determinación delas mismas será competencia del responsable de Higiene y Seguridad,estando la verificación de su correcta aplicación a cargo delresponsable de la tarea.

ARTICULO 51. — El transporte y traslado de losmateriales y demás insumos de obra, tanto vertical como horizontal, sehará observando adecuadas medidas de seguridad.

PROTECCION CONTRA LA CAIDA DE PERSONAS

ARTICULO 52. — El riesgo de caída de personas se debe prevenir como sigue:

a) Las aberturas en el piso se deben proteger por medio de:

— cubiertas sólidas que permitan transitar sobreellas y, en su caso, que soporten el paso de vehículos. No constituiránun obstáculo para la circulación, debiendo sujetarse con dispositivoseficaces que impidan cualquier desplazamiento accidental. El espacioentre las barras de las cubiertas construidas en forma de reja nosuperará los CINCO CENTIMETROS (5 cm.).

— barandas de suficiente estabilidad y resistenciaen todos los lados expuestos, cuando no sea posible el uso decubiertas. Dichas barandas serán de UN METRO (1 m.) de altura, contravesaños intermedios y zócalos de QUINCE CENTIMETROS (15 cm.) dealtura.

— cualquier otro medio eficaz.

b) Aberturas en las paredes al exterior con desnivel:

— las aberturas en las paredes que presenten riesgode caída de personas deben estar protegidas por barandas, travesaños yzócalos, según los descripto en el ítem a).

— cuando existan aberturas en las paredes dedimensiones reducidas y se encuentren por encima del nivel del piso aUN METRO (1m.) de altura como máximo, se admitirá el uso de travesañoscruzados como elementos de protección.

c) Cuando los parámetros no hayan sido construidos yno se utilicen barandas, travesaños y zócalos como protección contra lacaída de personas, se instalarán redes protectoras por debajo del planode trabajo. Estas deben cubrir todas las posibles trayectorias decaídas. Estas redes salvavidas tendrán una resistencia adecuada enfunción de las cargas a soportar y serán de un material cuyascaracterísticas resistan las agresiones ambientales del lugar donde seinstalen. Deberán estar provista de medios seguros de anclaje a puntode amarre fijo.

Se colocarán como máximo a TRES METROS (3 m.) por debajo del plano de trabajo, medido en su flecha máxima.

d) Es obligatoria la identificación y señalizaciónde todos los lugares que en obra presenten riesgo de caída de personasy la instalación de adecuadas protecciones.

PROTECCION CONTRA LA CAIDA DE PERSONAS AL AGUA

ARTICULO 53. — Cuando exista riesgo de caída alagua, será obligatorio proveer a los trabajadores de chalecossalvavidas y demás elementos de protección personal que para el caso seconsideren apropiados. Se preverá la existencia de medios desalvamento, en su caso, tales como redes, botes con personal a bordo yboyas salvavidas.

TRABAJO CON RIESGO DE CAIDA A DISTINTO NIVEL

ARTICULO 54. — Se entenderá por trabajo con riesgode caída a distinto nivel a aquellas tareas que involucren circular otrabajar a un nivel cuya diferencia de cota sea igual o mayor a DOSMETROS (2 m.) con respecto del plano horizontal inferior más próximo.

ARTICULO 55. — Es obligatoria la instalación de lasprotecciones establecidas en el artículo 52, como así también lasupervisión directa por parte del responsable de Higiene y Seguridad,de todos aquellos trabajos que, aun habiéndose adoptado todas lasmedidas de seguridad correspondientes, presenten un elevado riesgo deaccidente para los trabajadores.

ARTICULO 56. — Todas las medidas anteriormentecitadas se adoptarán sin perjuicio de la obligatoriedad por parte delempleador de la provisión de elementos de protección personal acorde alriesgo y de acuerdo a lo estipulado en el Capítulo "Equipos y elementosde protección personal".

ARTICULO 57. — Cuando la tarea sea de corta duracióny no presente un elevado riesgo a juicio del responsable de Higiene ySeguridad, las medidas de seguridad colectivas anteriormente citadas noserán de aplicación obligatoria. En estos casos, los cinturones deseguridad anclados en puntos fijos y la permanencia en el lugar detrabajo de dos trabajadores y la directa supervisión del responsable dela tarea, serán las mínimas medidas de seguridad obligatorias a tomar.

TRABAJOS EN POZOS DE ASCENSORES, CAJAS DE ESCALERAS Y PLENOS

ARTICULO 58. — Durante la instalación o el cambio deascensores, o cualquier otro trabajo efectuado en una caja o pozo, seráobligatorio instalar una cubierta a un piso por encima de aquél dondese efectúa el trabajo, para proteger a los trabajadores contra la caídade objetos. Dicha cubierta protegerá toda abertura y tendrá adecuadaresistencia mecánica.

ARTICULO 59. — Será obligatorio instalar una redprotectora o elemento de similares características acorde a loestablecido en el capítulo "Lugares de trabajo", ítem "Proteccióncontra la caída de personas", así como la provisión de equipos yelementos de protección personal acorde al riesgo y de acuerdo a loestipulado en el capítulo correspondiente.

ARTICULO 60. — Si existiere un ascensor contiguo,será obligatorio colocar una separación eficaz para impedir cualquiercontacto accidental con dicho ascensor y su contrapeso.

TRABAJOS EN LA VIA PUBLICA

ARTICULO 61. — Todas las tareas que se realicen enla vía pública, respetarán las medidas de seguridad estipuladas en esteReglamento en sus distintos capítulos.

Deberán señalizarse, vallarse o cercarse las áreasde trabajo para evitar que se vea afectada la seguridad de lostrabajadores por el tránsito de peatones y vehículos.

Para ello, se utilizarán los medios indicados en el capítulo "Señalización" de esta Reglamentación.

ARTICULO 62. — Antes de comenzar las tareas, elresponsable de las mismas deberá verificar que las señalizaciones,vallados y cercos existentes en obra se encuentren en buenascondiciones de uso y en los lugares preestablecidos. En caso de que elriesgo lo justifique, se asignarán señaleros, a quienes se les proveeráde los elementos de protección personal descriptos en el capítulocorrespondiente en lo concerniente a señales reflexivas.

ARTICULO 63. — Cuando se realicen trabajosnocturnos, será obligatorio entregar a todos los trabajadores elementosreflectivos de alta visibilidad, de acuerdo a lo establecido en elcapítulo de Equipos y Elementos de Protección Personal. Se proveeráademás, de elementos de iluminación.

ARTICULO 64. — En la realización de trabajoscercanos a líneas de servicios de infraestructura (electricidad, gas,etc.) se deberán tomar medidas que garanticen la seguridad de lostrabajadores. Cuando dichos trabajos impliquen un alto riesgo(gasoducto de alta presión, líneas de alta y media tensión aérea osubterránea, etc.) será obligatoria la supervisión de los trabajos enforma directa por parte del responsable de la tarea, observando lasindicaciones específicas del Servicio de Higiene y Seguridad.

ARTICULO 65. — Cuando existan factores tales comolluvias, viento, derrumbes u otros, que comprometan la seguridad de lostrabajadores, se interrumpirán las tareas mientras subsistan dichascondiciones.

SEÑALIZACION EN LA CONSTRUCCION

ARTICULO 66. — El responsable de Higiene y Seguridadindicará los sitios a señalar y las características de la señalizacióna colocar, según las particularidades de la obra.

Estos sistemas de señalización (carteles, vallas,balizas, cadenas, sirenas, tarjetas, etc.), se mantendrán, modificarány adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riesgosemergentes, de acuerdo a normas nacionales o internacionalesreconocidas.

ARTICULO 67. — Todas las herramientas, equipos ymaquinarias deberán contar con señalamiento adecuado a los riesgos quegenere su utilización, para prevenir la ocurrencia de accidentes.

ARTICULO 68. — Las señales visuales seránconfeccionadas en forma tal que sean fácilmente visibles a distancia yen las condiciones que se pretenden sean observadas.

Se utilizarán leyendas en idioma español,pictogramas, ideogramas, etc., que no ofrezcan dudas en suinterpretación y usando colores contrastantes con el fondo.

ARTICULO 69. — La señalización de los lugares deacceso, caminos de obra, salidas y rutas de escape deberán adecuarse alavance de la obra.

ARTICULO 70. — Los trabajadores ocupados en laconstrucción de carreteras en uso deben estar provistos de equipos dealta visibilidad de acuerdo a lo establecido en el Capítulo de "Equiposy elementos de protección personal" y protegidos de la circulaciónvehicular mediante vallados, señales, luces, vigías u otras medidaseficaces.

ARTICULO 71. — Cuando vehículos y máquinas de obradeban trabajar maniobrando con ocupación parcial o total de la víapública habilitada al tránsito, además de instalar señalesfonoluminosas se deben asignar señaleros en la medida de lo necesario.

ARTICULO 72. — Las partes de máquinas, equipos yotros elementos de obra, así como los edificios pertenecientes a laobra en forma permanente o transitoria, cuyos colores no hayan sidoestablecidos, se pintarán de cualquier color que sea suficientementecontrastante con los de seguridad y no provoque confusiones.

Las partes móviles de máquinas y equipos de obraserán señalizadas de manera tal que se advierta fácilmente cuál es laparte en movimiento y cuál la que permanece en reposo.

ARTICULO 73. — Las cañerías por las que circulenfluidos se pintarán con los colores establecidos en la Norma IRAMcorrespondiente.

INSTALACIONES ELECTRICAS

ARTICULO 74. — Niveles de tensión:

A los efectos de la presente reglamentación se consideran los siguientes niveles de tensión:

a) Muy baja tensión de seguridad (MBTS). En losambientes secos y húmedos se considerará como tensión de seguridadhasta VEINTICUATRO (24) voltios respecto a tierra. En los mojados oimpregnados de líquidos conductores, la misma será determinada en cadacaso por el responsable de Higiene y Seguridad, no debiéndose superaren ningún caso la MBTS.

b) Baja tensión (BT): tensión de hasta MIL (1000) voltios (valor eficaz) entre fases (Norma IRAM 2001).

c) Media tensión (MT): corresponde a tensiones porencima de MIL (1000) voltios y hasta TREINTA Y TRES MIL (33.000)voltios inclusive.

d) Alta tensión (AT): corresponde a tensiones por encima de TREINTA Y TRES MIL (33.000) voltios.

ARTICULO 75. — Distancias de Seguridad:

Para prevenir descargas disruptivas en trabajosefectuados en la proximidad de partes no aisladas de instalacioneseléctricas en servicio, las separaciones mínimas, medidas entrecualquier punto con tensión y la parte más próxima del cuerpo deloperario o de las herramienta no aisladas por él utilizadas en lasituación más desfavorable que pudiera producirse, serán las siguientes:

TABLA Nº 1

Nivel de Tensión

Distancia mínima

hasta 24 v

sin restricción

más de 24 v hasta 1 kv.

0,8 m. (1)

más de 1 kv hasta 33 kv.

0,8 m.

más de 33 kv. hasta 66 kv.

0,9 m. (2)

más de 66 kv. hasta 132 kv.

1,5 m.

más de 132 kv. hasta 150 kv.

1,65 m.

más de 150 kv. hasta 220 kv.

2,1 m.

más de 220 kv. hasta 330 kv.

2,9 m.

más de 330 kv. hasta 500 kv.

3,6 m.


(1) Estas distancias pueden reducirse a SESENTACENTIMETROS (60 cm.) por colocación sobre los objetos con tensión depantallas aislantes de adecuado nivel de aislación y cuando no existanrejas metálicas conectadas a tierra que se interpongan entre elelemento con tensión y los operarios.

(2) Para trabajos a distancia. No se tendrá en cuenta para trabajos a potencial.

ARTICULO 76. — El personal que realice trabajos eninstalaciones eléctricas deberá ser adecuadamente capacitado por laempresa sobre los riesgos a que estará expuesto y en el uso dematerial, herramientas y equipos de seguridad. Del mismo modo recibiráinstrucciones sobre cómo socorrer a un accidentado por descargaeléctrica, primeros auxilios, lucha contra el fuego y evacuación delocales incendiados.

ARTICULO 77. — Trabajos con tensión:

Se definen tres métodos:

a) A contacto: usado en instalaciones de BT,consisten en separar al operario de las partes en tensión y de las atensión de tierra, con elementos y herramientas aislados.

b) A distancia: consiste en la aplicación detécnicas, elementos y disposiciones de seguridad, tendientes a alejaral operario de los puntos con tensión empleando equipos adecuados.

c) A potencial: usado para líneas de transmisión demás de TREINTA Y TRES (33) kilovoltios nominales. Consiste en aislar aloperario del potencial de tierra y ponerlo al mismo potencial delconductor.

ARTICULO 78. — Trabajos y Maniobras en Instalaciones de Baja Tensión:

a) Antes de iniciar cualquier tipo de trabajo en BTse procederá a identificar el conductor o instalación sobre lo que sedeberá trabajar.

b) Toda instalación será considerada bajo tensión,mientras no se compruebe lo contrario con aparatos, detectores overificadores, destinados al efecto.

c) No se emplearán escaleras metálicas, metros,aceiteras y otros elementos de materiales conductores en instalacionescon tensión.

d) Siempre que sea posible, deberá dejarse sin tensión la parte de la instalación sobre la que se vaya a trabajar.

ARTICULO 79. — Trabajos sin tensión:

a) En los puntos de alimentación de la instalación, el responsable del trabajo deberá:

I. Seccionar la parte de la instalación donde sevaya a trabajar, separándola de cualquier posible alimentación,mediante la apertura de los aparatos de seccionamientos más próximos ala zona de trabajo.

II. Bloquear en posición de apertura los aparatos deseccionamiento indicados en 1). Colocar en el mando de dichos aparatosun rótulo de advertencia, bien visible, con la inscripción "ProhibidoManiobrar" y el nombre del Responsable del Trabajo que ordenará sucolocación para el caso que no sea posible inmovilizar físicamente losaparatos de seccionamiento. El bloqueo de un aparato de corte o deseccionamiento en posición de apertura, no autoriza por sí mismo atrabajar sobre él.

Para hacerlo deberá consignarse la instalación, como se detalla.

III. Consignación de una instalación, línea o aparato. Se denomina así el conjunto de operaciones destinadas a:

— Separar mediante corte visible la instalación, línea o aparato, de toda fuente de tensión.

— Verificar la ausencia de tensión con los elementos adecuados.

— Efectuar puestas a tierra y en cortocircuitosnecesarias, en todos los puntos de acceso por si pudiera llegar tensióna la instalación, como consecuencia de una maniobra errónea o falla desistema.

IV. Colocar la señalización necesaria y delimitar la zona de trabajo.

— Descargar la instalación.

b) En el lugar de trabajo:

El responsable de la tarea deberá a su vez repetirlos puntos a apartados 1, 2, 3 y 4 como se ha indicado, verificandotensión en el neutro y el o los conductores, en el caso de línea aérea.Verificará los cortocircuitos a tierra, todas las partes de lainstalación que accidentalmente pudieran verse energizadas y delimitarála zona de trabajo, si fuera necesario.

c) Reposición del servicio: Después de finalizadoslos trabajos, se repondrá el servicio cuando el responsable de la tareacompruebe personalmente que:

I. Todas las puestas a tierra y en cortocircuito por él colocadas han sido retiradas.

II. Se han retirado herramientas, materialessobrantes, elementos de señalización y se levantó el bloqueo deaparatos de seccionamiento.

III. El personal se haya alejado de la zona depeligro y que ha sido instruido en el sentido que la zona ya no estámás protegida.

IV. Se ha efectuado la prueba de resistencia de aislación.

d) Reenergización: Una vez efectuados los trabajos ycomprobaciones indicados, el responsable de la tarea procederá adesbloquear los aparatos de seccionamiento que se habían hecho abrir.Retirará los carteles señalizadores.

ARTICULO 80. — Trabajos y maniobras en instalaciones de Media Tensión y Alta tensión.

a) Todo trabajo o maniobra en Media tensión o Altatensión deberá estar expresamente autorizado por el responsable de latarea, quien dará las instrucciones referentes a disposiciones deseguridad y formas operativas.

b) Toda instalación de Media tensión o de Altatensión siempre será considerada como instalación con tensión hastatanto se compruebe lo contrario con detectores apropiados y se leconecte a tierra.

c) Cada equipo de trabajo deberá contar con elmaterial de seguridad necesario para el tipo de tarea a efectuar, yademás los equipos de salvataje y un botiquín de primeros auxilios parael caso de accidentes. Todo el material de seguridad deberá verificarsevisualmente antes de cada trabajo, sin perjuicio de las inspeccionesperiódicas que realice el responsable de Higiene y Seguridad en elTrabajo. No debe ser utilizado ningún elemento defectuoso.

ARTICULO 81. — Ejecución de trabajos sin tensión:

a) En los puntos de alimentación:

I. Se abrirán con cortes visibles todas las fuentesde tensión, mediante interruptores y seccionadores que aseguren laimposibilidad de su cierre intempestivo. Cuando el corte no sea visibleen el interruptor, deberán abrirse los seccionadores a ambos lados delmismo, asegurándose que todas las cuchillas queden totalmente abiertas.

II. Se enclavarán o bloquearán los aparatos de corte o seccionamiento.

En los lugares donde ello se lleve a cabo, se colocarán carteles de señalización fácilmente visibles.

III. Se verificará la ausencia de tensión condetectores apropiados, sobre cada una de las partes de la línea,instalación o aparatos, que se vaya a consignar.

IV. Se pondrán a tierra y en cortocircuito, conelementos apropiados, todos los puntos de alimentación de lainstalación. si la puesta a tierra se hiciera por seccionadores detierra, deberán asegurarse que las cuchillas de dichos aparatos seencuentren, todas, en las correspondiente posición de cerrado.

b) En el lugar de trabajo:

I. Se verificará la ausencia de tensión.

II. Se descargará la instalación.

III. Se pondrán a tierra y en cortocircuito todoslos conductores y parte de la instalación que accidentalmente pudieranverse energizadas. Estas operaciones se efectuarán también en laslíneas aéreas en construcción o separados de toda fuente de energía.

IV. Se delimitará la zona protegida.

c) Reposición del servicio:

Se restablecerá el servicio solamente cuando setenga la seguridad de que no queda nadie trabajando en la instalación.Las operaciones que conducen la puesta en servicio de lasinstalaciones, una vez finalizado el trabajo, se harán en el siguienteorden:

I. En el lugar de trabajo:

— Se retirarán las puestas a tierra y el material de protección complementario.

— El responsable de la tarea después del últimoreconocimiento, hará realizar una prueba de rigidez dieléctrica con unatensión de prueba en corriente continua que, como mínimo, tendrá elvalor expresado por la fórmula:

U prueba = (2 x U fase) + 1.000 v. (Normas IRAM, NEC, VDE, o UE).

— Posteriormente, y de obtenerse resultados satisfactorios, se dará aviso que el trabajo ha concluido.

II. En los puntos de alimentación:

— Una vez recibida la comunicación de que se ha terminado el trabajo, se retirará el material de señalización.

ARTICULO 82. — Ejecución de trabajos con tensión:

Los mismos se deberán efectuar:

a) Con métodos de trabajos específicos, siguiendolas normas técnicas que se establecen en las instrucciones para estostipos de trabajos.

b) Con material, equipo de trabajo y herramientas que satisfagan las normas de seguridad.

c) Con autorización especial del profesionaldesignado por la empresa, quien detallará expresamente el procedimientoa seguir en el trabajo, en lo atinente a la seguridad.

d) Bajo el control constante del responsable de la tarea.

ARTICULO 83. — Ejecución de trabajos en proximidad de instalaciones de Media Tensión y Alta Tensión en servicio:

En caso de efectuarse trabajos en las proximidadesinmediatas de conductores o aparatos de media tensión o alta tensión,energizados y no protegidos, los mismos se realizarán atendiendo lasinstrucciones que, para cada caso en particular, de el responsable dela tarea, quien se ocupará que sean constantemente mantenidas lasmedidas de seguridad por él fijadas y la observación de las distanciasmínimas de seguridad establecidas en Tabla Nº 1 prevista en el artículo75 del presente.

ARTICULO 84. — Disposiciones complementarias referentes a las canalizaciones eléctricas.

Líneas aéreas:

a) En los trabajos de líneas aéreas de diferentestensiones se considerará, a efectos de las medidas de seguridad aobservar, la tensión más elevada que soporten. Esto también será válidoen el caso de que algunas de tales líneas sea telefónica.

b) En las líneas de dos o más circuitos, no serealizarán trabajos en uno de ellos estando los otros con tensión, sipara su ejecución es necesario mover los conductores de forma quepuedan entrar en contacto o acercarse excesivamente.

c) En los trabajos a efectuar en los postes seusarán, además del casco protector con barbijo, trepadores y cinturonesde seguridad. Las escaleras utilizadas en estos trabajos estaránconstruidas con materiales aislantes.

d) Cuando en estos trabajos se empleen vehículosdotados de cabrestantes o grúas, se deberá evitar el contacto con laslíneas en tensión y la excesiva cercanía que pueda provocar unadescarga disruptiva a través del aire.

e) Se suspenderá el trabajo cuando exista inminencia de tormentas.

f) La transmisión de órdenes de energización o cortedebe ser efectuada a través de medios de comunicación persona a personay la repetición de la orden será hecha en forma completa e indudablepor quien la tenga que ejecutar, lo que se concretará sólo después dehaber recibido la contraseña previamente acordada.

Canalizaciones subterráneas:

a) Todos los trabajos cumplirán con lasdisposiciones concernientes a trabajos y maniobras en baja tensión omedia tensión y alta tensión, según sea el nivel de tensión de lainstalación.

b) Para interrumpir la continuidad del circuito deuna red a tierra en servicio se colocará previamente un puenteconductor a tierra en el lugar de corte y la persona que realice estetrabajo estará correctamente aislada.

c) En la apertura de zanjas o excavaciones parareparación de cables subterráneos se colocarán previamente barreras uobstáculos, así como la señalización que corresponda.

d) En previsión de atmósferas peligrosas, cuando nopuedan ventilarse desde el exterior o en caso de riesgo de incendio enla instalación subterránea, el operario que deba entrar en ella llevarámáscara protectora y cinturón de seguridad con cable de vida, que otrotrabajador sujetará desde el exterior.

e) En las redes generales de puesta a tierra de lasinstalaciones eléctricas se suspenderá el trabajo al probar las líneasy en caso de tormenta.

ARTICULO 85. — Trabajos y maniobras en dispositivos y locales eléctricos.

Celdas y locales para instalaciones:

a) No se deberán abrir o retirar las rejas o puertasde protección de celdas en una instalación de media tensión y altatensión antes de dejar sin tensión los conductores y aparatos sobre losque se va a trabajar.

Dichas rejas o puertas deberán estar colocadas ycerradas antes de dar tensión a dichos elementos de la celda. Lospuntos de las celdas que queden con tensión deberán estarconvenientemente señalizados y protegidos por pantallas de separación.

b) Las herramientas a utilizar en estos locales serán aisladas y no deberán usarse metros ni aceiteras metálicas.

Aparatos de corte y seccionamiento:

a) Los seccionadores se abrirán después de haberseextraído o abierto el interruptor correspondiente, y antes deintroducir o cerrar un interruptor, deberán cerrarse los seccionadoresen correspondencia con éste.

b) Los elementos de protección del personal queefectúe maniobras incluyen guantes aislantes, pértigas de maniobraaisladas y alfombras aislantes. Será obligatorio el uso de dos de ellossimultáneamente, recomendándose ambos a la vez. Las características delos elementos corresponderán a la tensión de servicio.

c) Los aparatos de corte con mando no manual,deberán poseer un enclavamiento o bloqueo que evite su funcionamientointempestivo.

Está prohibido anular los bloqueos o enclavamientos y todo desperfecto en los mismos deberá ser reparado en forma inmediata.

d) El bloqueo mínimo, obligatorio, estará dado porun cartel bien visible con la leyenda "Prohibido Maniobrar" y el nombredel responsable de la tarea, colocado en el lugar de operación delinterruptor y seccionadores.

Transformadores:

a) Para sacar de servicio un transformador se abriráel interruptor correspondiente a la carga conectada, o bien se abriránprimero las salidas del secundario y luego los aparatos de corte delprimario. A continuación se procederá a descargar la instalación.

b) El secundario de un transformador de intensidad(TI) nunca deberá quedar abierto. En caso de levantarle las conexionesdeberán cortocircuitarse los bornes libres.

c) No deberán acercarse llamas o fuentes calóricasriesgosas a transformadores refrigerados por aceite. El manipuleo deaceite deberá siempre hacerse con el máximo de cuidado para evitarderrames o incendios. Para estos casos deberán tenerse a mano elementosde lucha contra el fuego, en cantidad y tipo adecuados.

d) En caso de transformadores situados en elinterior de edificios y otros lugares donde su explosión o combustiónpudiera causar daños materiales o a personas, se deberán emplear comoaislantes fluidos de alto punto de inflamación o bien transformadorescon aislación seca, estando prohibido el uso de sustancias tóxicas ocontaminantes.

e) En caso de poseer protección fija contraincendios, deberá asegurarse que la misma durante las operaciones demantenimiento, no funcionará intempestivamente y que su accionamientopueda hacerse en forma manual.

f) Para sistemas de transmisión o distribuciónprevistos con neutro a tierra, el neutro deberá unirse rígidamente atierra por lo menos en uno de los transformadores o máquinas degeneración.

g) La desconexión del neutro de un transformador dedistribución se hará después de eliminar la carga del secundario y deabrir los aparatos de corte del primario. Esta desconexión sólo sepermitirá para verificaciones de niveles de aislación o reemplazo deltransformador.

Aparatos de control remoto:

Antes de comenzar a trabajar sobre un aparato, todoslos órganos de control remoto, que comandan su funcionamiento, deberánbloquearse en posición de "abierto". Deberán abrirse las válvulas deescape al ambiente de los depósitos de aire comprimido pertenecientes acomandos neumáticos y se colocará la señalización correspondiente acada uno de los mandos.

Condensadores estáticos:

a) En los puntos de alimentación: los condensadoresdeberán ponerse a tierra y en cortocircuito con elementos apropiados,después que hayan sido desconectados de su alimentación.

b) En el lugar de trabajo: deberá esperarse eltiempo necesario para que se descarguen los condensadores y luego seles pondrá a tierra.

Alternadores menores:

En los alternadores, dínamos y motores eléctricos, antes de manipular en el interior de los mismos deberá comprobarse:

a) Que la máquina no esté en funcionamiento.

b) Que los bornes de salida estén en cortocircuito y puestos a tierra.

c) Que esté bloqueada la protección contra incendios.

d) Que estén retirados los fusibles de la alimentación del rotor, cuando éste se mantenga en tensión permanente.

e) Que la atmósfera no sea inflamable ni explosiva.

Salas de baterías:

a) Cuando puedan originarse riesgos, queda prohibidotrabajar con tensión, fumar y utilizar fuentes calóricas así como todomanipuleo de materiales inflamables o explosivos dentro de los localesde contención.

b) Todas las manipulaciones de electrólitos deberán hacerse con vestimenta y elementos de protección apropiados.

c) No se debe ingerir alimentos o bebidas en estos locales.

Electricidad estática:

En los locales donde sea imposible evitar lageneración y acumulación de carga electrostática se adoptarán medidasde protección con el objeto de impedir la formación de camposeléctricos que al descargarse produzcan chispas capaces de originarincendios, explosiones u ocasionar accidentes a las personas, porefectos secundarios. Las medidas de protección tendientes a facilitarla eliminación de la electricidad estática, estarán basadas encualquiera de los siguientes métodos o combinación de ellos:

a) Humidificación del medio ambiente.

b) Aumento de la conductibilidad eléctrica (de volumen, de superficie o ambas) de los cuerpos aislantes.

c) Descarga a tierra de las cargas generadas, pormedio de puesta a tierra a interconexión de todas las partesconductoras susceptibles de tomar potenciales, en forma directa oindirecta.

Las medidas de prevención deberán extremarse en loslocales con riesgo de incendios o explosiones, en los cuales los pisosserán antiestáticos y antichispazos. El personal usará vestimentaconfeccionada con telas exentas de fibras sintéticas, para evitar lageneración y acumulación de cargas eléctricas y los zapatos serán deltipo antiestático. Previo al acceso a estos locales, el personal tomarácontacto con barras descargadoras conectadas a tierra colocadas deexprofeso, a los efectos de eliminar las cargas eléctricas que hayanacumulado. Cuando se manipulen líquidos gases o polvo, se deberá teneren cuenta el valor de su conductibilidad eléctrica, debiéndose tenerespecial cuidado en caso de que los productos posean baja conductividad.

ARTICULO 86. — Toda instalación deberá proyectarsecomo instalación permanente, siguiendo las disposiciones de laASOCIACION ARGENTINA DE ELECTROTECNICA, utilizando materiales que seseleccionarán de acuerdo a la tensión, a las condiciones particularesdel medio ambiente y que respondan a las normas de validezinternacional.

La instalación eléctrica exterior se realizará pormedio de un tendido aéreo o subterráneo, teniendo en cuenta lasdisposiciones de seguridad en zonas transitadas, mientras que lainterior, estará empotrada o suspendida, y a no menos de DOS CONCUARENTA METROS (2,40 m.) de altura.

Para el tendido aéreo se utilizarán postes deresistencia adecuada para resistir la tracción ejercida de un solo ladode la línea, con un empotramiento firme y probado.

Cuando las líneas aéreas crucen vías de tránsito, laaltura mínima será de OCHO METROS (8 m.) y tendrán una malla deprotección a lo largo del ancho del paso.

La totalidad de la instalación eléctrica deberátener dispositivos de protección por puesta a tierra de sus masasactivas. Además se deberán utilizar dispositivos de corte automático.

Antes de iniciar cualquier trabajo en lainstalación, la línea deberá ser desenergizada y controlada, sinperjuicio de tomarse medidas, como si la misma estuviera en tensión.

Será obligatorio el uso de guantes aislantes paramanipular los cables de baja tensión, aunque su aislación se encuentreen perfectas condiciones.

Se prohibe el uso de conductores desnudos si éstosno están protegidos con cubiertas o mallas. Si dichas proteccionesfueran metálicas deberán ser puestas a tierra en forma segura.

En los lugares de almacenamiento de explosivos oinflamables, al igual que en los locales húmedos o mojados, o consustancias corrosivas, las medidas de seguridad adoptadas deberánrespetar lo estipulado en el Reglamento de la ASOCIACION ELECTROTECNICAARGENTINA.

Cuando se realicen voladuras próximas a una línea deAlta tensión, o cuando se trabaje con equipos móviles en la proximidadde líneas de media tensión, las mismas deberán desenergizarse.

Todos los equipos y herramientas deberán estardotados de interruptores que corten la alimentación automáticamente.Sus partes metálicas accesibles tendrán puestas a tierra.

Deben señalizarse las áreas donde se usen cablessubterráneos y se deberán proteger adecuadamente los empalmes entrecables subterráneos y líneas aéreas.

Toda operación con Alta, Media y Baja tensión,deberá ser realizada exclusivamente por personal especializado conresponsabilidad en la tarea. Los transformadores de tensión se ubicaránen áreas exentas de circulación. Se proveerá la existencia de unvallado alrededor de la misma que se señalizará adecuadamente.

ARTICULO 87. — Mantenimiento de las instalaciones.

Las instalaciones eléctricas deberán ser revisadasperiódicamente y mantenidas en buen estado, conservándose lascaracterísticas originales de cada uno de sus componentes. Todas lasanormalidades, constatadas o potenciales, detectadas en el materialeléctrico y sus accesorios deben ser corregidos mediante su remplazo oreparación por personal competente.

La reparación debe asegurar el restablecimiento total de las características originales del elemento fallado.

La actuación, sin causa conocida, de losdispositivos de protección contra cortocircuitos, sobrecargas,contactos directos o indirectos, deberá ser motivo de una detalladarevisión de la instalación, antes de restablecer el servicio.

PREVENSION Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS

ARTICULO 88. — La prevención y protección contraincendio en las obras, comprende el conjunto de condiciones que se debeobservar en los lugares de trabajo y todo otro lugar, vehículo omaquinaria, donde exista riesgo de fuego.

El responsable de Higiene y Seguridad definirá latipología y cantidad mínima de elementos de protección y de extinciónde incendios y deberá inspeccionarlos con la periodicidad que aseguresu eficaz funcionamiento.

ARTICULO 89. — Los objetivos a cumplir son:

a) Impedir la iniciación del fuego, su propagación y los efectos de los productos de la combustión.

b) Asegurar la evacuación de las personas.

c) Capacitar al personal en la prevención y extinción del incendio.

d) Prever las instalaciones de detección y extinción.

e) Facilitar el acceso y la acción de los bomberos.

ARTICULO 90. — El responsable de Higiene y Seguridaddebe inspeccionar, al menos una vez al mes, las instalaciones, losequipos y materiales de prevención y extinción de incendios, paraasegurar su correcto funcionamiento.

ARTICULO 91. — Los equipos e instalaciones deextinción de incendios deben mantenerse libres de obstáculos y seraccesibles en todo momento. Deben estar señalizados y su ubicación serátal que resulten fácilmente visibles.

ARTICULO 92. — Deben aislarse térmicamente los tubosde evacuación de humos y las chimeneas cuando atraviesen paredes,techos o tejados combustibles, aun tratándose de instalacionestemporarias.

ARTICULO 93. — Se colocarán avisos visibles queindiquen los números de teléfonos y direcciones de los puestos de ayudamás próximos (bomberos, asistencia médica y otros) junto a los aparatostelefónicos y áreas de salida.

DEPOSITO DE INFLAMABLES

ARTICULO 94. — En los depósitos de combustiblessólidos, minerales, líquidos y gaseosos debe cumplirse con loestablecido en la Ley Nº 13.660 y su reglamentación, además decumplimentar con los artículos siguientes.

ARTICULO 95. — Los líquidos inflamables se debenalmacenar, transportar, manipular y emplear de acuerdo con lassiguientes disposiciones:

a) Deben almacenarse separadamente del resto de losmateriales en lugares con acceso restringido y preferentemente a niveldel piso.

b) Los edificios y construcciones destinadas alalmacenamiento de líquidos inflamables deben ser ventilados. Tendráncubierta para evitar la radiación solar directa, se ubicarán en la cotamás baja del terreno.

c) Los lugares destinados al almacenamiento delíquidos inflamables a granel deben estar rodeados de un muro oterraplén estanco al agua o por una zanja, de manera que en caso deescape del líquido almacenado, este puede ser retenido en su totalidadpor la zanja o terraplén.

d) Los depósitos de inflamables deberán poseer instalación eléctrica antiexplosiva e instalación de extintores.

ARTICULO 96. — En todos los lugares en que sedepositen, acumulen o manipulen explosivos o materiales combustibles einflamables, queda terminantemente prohibido fumar, encender o llevarfósforos, encendedores de cigarrillos o todo otro artefacto queproduzca llama. Se contará con dispositivos que permitan eliminar losriesgos de la electricidad estática.

ARTICULO 97. — Las sustancias propensas acalentamiento espontáneo, deben almacenarse conforme a suscaracterísticas particulares para evitar su ignición.

EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL

ARTICULO 98. — Los equipos y elementos de protecciónpersonal serán entregados a los trabajadores y utilizadosobligatoriamente por éstos, mientras se agoten todas las instanciascientíficas y técnicas tendientes a la aislación o eliminación de losriesgos que originaron su utilización. Los trabajadores deberán habersido previamente capacitados y entrenados en el uso y conservación dedichos equipos y elementos.

ARTICULO 99. — Los trabajadores deberán utilizar losequipos y elementos de protección personal, de acuerdo al tipo de tareaque deban realizar, y a los riesgos emergentes de la misma. Se prohibela utilización de elementos y accesorios (bufandas, pulseras, cadenas,corbatas, etc.) que puedan significar un riesgo adicional en laejecución de las tareas. En su caso, el cabello deberá usarse recogidoo cubierto.

ARTICULO 100. — Todo fabricante, importador ovendedor de equipos y elementos de protección personal seráresponsable, en caso de comprobarse, al haberse producido un accidenteo enfermedad, que el mismo se deba a deficiencia del equipo o elementosutilizados.

ARTICULO 101. — La necesidad de la utilización deequipos y elementos de protección personal, condiciones de su uso yvida útil, se determinará con la participación del responsable deHigiene y Seguridad en lo que se refiere a su área de competencia.

ARTICULO 102. — Los equipos y elementos deprotección personal serán de uso individual y no intercambiable cuandorazones de higiene y practicidad así lo aconsejen. Los equipos yelementos de protección personal deberán ser destruidos al término desu vida útil.

ARTICULO 103. — La vestimenta utilizada por los trabajadores:

a) Será de tela flexible, de fácil limpieza y desinfección y adecuada a las condiciones del puesto de trabajo.

b) Ajustará bien el cuerpo del trabajador sin perjuicio de su comodidad y facilidad de movimiento.

c) Las mangas serán cortas o, en su defecto, ajustarán adecuadamente.

ARTICULO 104. — Cuando sea necesaria la ejecución detareas bajo la lluvia, se suministrará ropa y calzado adecuados a lascircunstancias. Si las condiciones climáticas imperantes o la ubicacióngeográfica de la obra lo requiere, se proveerá de equipo de proteccióncontra el frío.

ARTICULO 105. — En casos especiales que lojustifique, se proveerá de vestimenta de tela incombustible oresistente a sustancias agresivas. Según los requerimientos específicosde las tareas, se dotará a los trabajadores de delantales, mandiles,petos, chalecos, fajas, cinturones anchos y otros elementos deprotección.

ARTICULO 106. — Sin perjuicio de lo establecido enlos artículos anteriores, las características de la ropa a proveer alos trabajadores se determinará previamente a la iniciación de lastareas.

ARTICULO 107. — Se deberá proveer casco de seguridada todo trabajador que desarrolle sus tareas en obras de construcción oen dependencias cuya actividad suponga riesgos específicos deaccidentes. Los cascos podrán ser de ala completa alrededor, o convisera únicamente en el frente, fabricados con material de resistenciaadecuada a los riesgos inherentes a la tarea a realizar.

ARTICULO 108. — Los medios de protección ocularserán seleccionados atendiendo las características de las tareas adesarrollar y en función de los siguientes riesgos:

a) Radiaciones nocivas.

b) Proyección o exposición de material particulado sólido, proyección de líquidos y vapores, gases o aerosoles.

La protección de la vista se efectuará con el empleode pantallas, anteojos de seguridad y otros elementos que cumplan conlo establecido en los ítems siguientes:

a) Las pantallas contra la proyección de objetosdeben ser de material transparente, libre de estrías, rayas odeformaciones, o de malla metálica fina; provistas con un visor dematerial inastillable. Las utilizadas contra la acción del calor seránde materiales aislantes, reflectantes y resistentes a la temperaturaque deba soportar.

b) Las lentes para los anteojos de seguridad debenser resistentes al riesgo, transparentes, ópticamente neutras, libresde burbujas, ondulaciones u otros defectos y las incoloras transmitiránno menos del OCHENTA Y NUEVE POR CIENTO (89 %) de las radiacionesincidentes.

c) Sus armazones serán livianos, indeformables al calor, incombustibles, de diseño anatómico y de probada resistencia.

d) Para el caso de tener que proteger la vista deelementos gaseosos o líquidos, el protector ocular deberá apoyar sobrela piel a efectos de evitar el ingreso de dichos contaminantes a lavista.

e) Si el trabajador necesitase cristalescorrectores, se le proporcionarán anteojos protectores con la adecuadagraduación óptica u otros que puedan ser superpuestos a los graduadosdel propio interesado.

f) Cuando se trabaje con vapores, gases o aerosoles,los protectores deberán ser completamente cerrados y bien ajustados alrostro, con materiales de bordes flexibles. En los casos de partículasgruesas, serán como los anteriores, permitiendo la ventilaciónindirecta.

ARTICULO 109. — Cuando las medidas de ingeniería nologren eliminar o reducir el nivel sonoro a los niveles máximosestipulados en el capítulo correspondiente; será obligatorio proveer deelementos de protección auditiva acorde al nivel y características delruido. La curva de atenuación de los mismos deberá estar certificadaante organismo oficial.

ARTICULO 110. — La protección de los miembrossuperiores se efectuará mediante guantes, manoplas, mitones yprotectores de brazo acorde a la tarea a realizar. Cualquiera de losprotectores utilizados deberá permitir la adecuada movilidad de lasextremidades.

Sin perjuicio del uso de los elementos de protecciónpersonal anteriormente citados, cuando el trabajador deba manipularsustancias nocivas que puedan afectar la piel, se le deberá proveer decremas protectoras adecuadas.

ARTICULO 111. — Para la protección de los miembrosinferiores se proveerá a los trabajadores de calzados de seguridad(zapatos, botines o botas, conforme los riesgos a proteger) y polainascuando la tarea que realice así lo justifique.

Cuando exista riesgo capaz de determinar traumatismodirecto de los pies, el calzado de seguridad llevará puntera conrefuerzo de acero. Si el riesgo es determinado por productos químicos olíquidos corrosivos, el calzado será confeccionado con elementosadecuados especialmente la plataforma, y cuando se efectúen tareas demanipulación de elementos calientes se proveerá al calzado lacorrespondiente aislación térmica.

ARTICULO 112. — En todo trabajo con riesgo de caídaa distinto nivel será obligatorio, a partir de una diferencia de nivelde DOS CON CINCUENTA METROS (2,50 m.), el uso de cinturones deseguridad provistos de anillas por donde pasará el cabo de vida, lasque no podrán estar sujetas por medio de remaches. Los cinturones deseguridad se revisarán siempre antes de su uso, desechando los quepresenten cortes, grietas o demás modificaciones que comprometan suresistencia, calculada para el peso del cuerpo humano en caída librecon recorrido de CINCO METROS (5 m.).

Se verificará cuidadosamente el sistema de anclaje,su resistencia y la longitud de los cabos salvavidas será la más cortaposible conforme con la tarea que se ha de ejecutar.

ARTICULO 113. — Sin perjuicio de lo establecido enel artículo 1º de este capítulo, todo trabajador afectado a tareasrealizadas en ambientes con gases, vapores, humo, nieblas, polvos,fibras, aerosoles, deberá utilizar obligatoriamente un equipo deprotección respiratoria.

ARTICULO 114. — Todo trabajador afectado a tareas enque la contaminación ambiental no pueda ser evitada o exista déficit deoxígeno (teniendo en cuenta el porcentual aceptado en el Capítulo deVentilación), empleará obligatoriamente equipos respiradores coninyección de aire a presión.

El abastecimiento de aire se hará a presión,temperatura y humedad adecuadas a la tarea a desarrollar. El flujotambién se considerará de acuerdo a las tareas, debiendo estar libre decontaminantes.

Se verificará antes del uso todo el circuito, desde la fuente de abastecimiento del aire hasta el equipo.

ARTICULO 115. — Cuando exista riesgo de exposición asustancias irritantes, tóxicas o infectantes, estará prohibidointroducir, preparar o ingerir alimentos, bebidas y fumar.

CAPITULO 7

NORMAS HIGIENICO-AMBIENTALES EN OBRA.

TRABAJOS EN AMBIENTES HIPERBARICOS

ARTICULO 116. — En todos aquellos casos en que seefectúen trabajos en condiciones hiperbáricas (cajones de airecomprimido), se debe cumplir con lo establecido en los reglamentosdictados por la Prefectura Naval Argentina. Sin perjuicio de ello,dichos trabajos deberán ejecutarse bajo la supervisión del responsablede Higiene y Seguridad y de un médico capacitado con curso deespecialización en Medicina Hiperbárica.

CONTAMINACION AMBIENTAL

ARTICULO 117. — En todo lugar de trabajo en el quese efectúen operaciones y procesos que produzcan la contaminación delambiente con gases, vapores, polvos, fibras, aerosoles o emanaciones decualquier tipo, líquidos y sólidos, radiaciones, el responsable deHigiene y Seguridad debe disponer las medidas de prevención y controlpara evitar que los mismos puedan afectar la salud del trabajador. Encaso de no ser factible, se entregarán elementos de protección personaladecuada y de uso obligatorio a todos los trabajadores expuestos.

ARTICULO 118. — Para la determinación de lasconcentraciones máximas permisibles en los ambientes de trabajo, seestará a lo dispuesto por la Resolución MTSS Nº 444 de fecha 21 de mayode 1991.

ARTICULO 119. — En los casos de elevadapeligrosidad, el Responsable de Higiene y Seguridad determinará lasmedidas precautorias que deben aplicarse para garantizar la seguridadde los trabajadores.

VENTILACION

ARTICULO 120. — En los locales o espacios confinadosde las obras, la ventilación debe contribuir a mantener condicionesambientales que no perjudiquen la salud de los trabajadores,entendiéndose por locales o espacios confinados aquellos lugares que noreciben ventilación natural.

ARTICULO 121. — La ventilación mínima en los lugaresde trabajo, determinada en función del número máximo de personas porturno, debe ser la establecida en la tabla siguiente:

TABLA Nº 2

Ventilación mínima requerida en función del Nº máximo de ocupantes por turno

Volumen del local (en metros cúbicos por persona)

Caudal de aire necesario (en metros cúbicos por hora por persona)

3691215

6543312318


ARTICULO 122. — Cuando existan sistemas deextracción, los locales poseerán entradas de aire con capacidad yubicación adecuadas para reemplazar el aire extraído.

ARTICULO 123. — Los equipos de captación ytratamiento de contaminantes, deben estar instalados de modo que noproduzcan contaminación ambiental durante las operaciones de descarga olimpieza. Si estuviesen instalados en el interior del local de trabajo,estas operaciones, en la medida que dañen la salud del trabajador, serealizarán únicamente en horas en que no se efectúen tareas ordinariasen el mismo.

ARTICULO 124. — En los casos en que se requiera eluso de electroventiladores, fijos o desplazables, éstos deben estarprotegidos mecánica y eléctricamente. Los niveles de ruidos yvibraciones son los que se contemplan y permiten en el Capítulocorrespondiente.

ARTICULO 125. — Para autorizar la realización de trabajos en áreas o espacios confinados, se debe verificar previamente:

— Concentración de oxígeno, como mínimo, DIECIOCHO CON CINCO DECIMOS POR CIENTO (18,5 %).

— Ausencia de contaminantes y mezclas inflamables explosivas.

— Que estén bloqueados todos los accesos de energíaexternos, las entradas de hombres y aquellos que puedan alterar lascondiciones de seguridad establecidas.

TRABAJOS CON RADIACIONES IONIZANTES Y NO IONIZANTES

ARTICULO 126. — En todo ámbito de obra donde seinstalen y funcionen equipos generadores de rayos X, se debe cumplircon la Ley Nº 17.557, con el Decreto Reglamentario Nº 6.320 de fecha 3de octubre de 1968 y su modificatorio, con el Decreto Nº 1.648 de fecha13 de octubre de 1970, y con las Resoluciones que surjan del MINISTERIODE SALUD Y ACCION SOCIAL y del ENTE NACIONAL REGULADOR NUCLEAR.

RUIDOS Y VIBRACIONES

ARTICULO 127. — Ningún trabajador podrá serexpuesto, sin la utilización de protección auditiva adecuada, a unadosis de nivel sonoro continuo equivalente superior a NOVENTA (90)decibeles (A), sin perjuicio de la adecuación de dicho nivel a lascondiciones psicofísicas de cada trabajador que determinen losServicios Médicos del Trabajo.

ARTICULO 128. — Cuando el nivel sonoro continuoequivalente supere en el ámbito de trabajo los valores admisibles, seprocederá a reducirlo adoptando las correcciones que se enuncian acontinuación, en el orden que se detallan:

— Procedimientos de ingeniería, ya sea en la fuente, en las vías de transmisión o en el recinto receptor.

— Protección auditiva del trabajador, para el caso en que sean inviables soluciones encuadradas en el apartado precedente.

— De no ser suficientes las correcciones indicadas precedentemente, se procederá a la reducción del tiempo de exposición.

ARTICULO 129. — Cuando se usen protectores auditivosy a efectos de computar el nivel sonoro continuo equivalenteresultante, al nivel sonoro medido en el lugar de trabajo se le restarála atenuación debida al protector utilizado. La atenuación de dichosequipos deberá ser certificada por organismos oficiales.

ARTICULO 130. — Todo trabajador expuesto a una dosissuperior a OCHENTA Y CINCO (85) decibeles (A) de nivel sonoro continuoequivalente, deberá ser sometido a exámenes audiométricos.

Cuando se detecte un aumento persistente del umbralauditivo, los afectados deberán utilizar protectores auditivos en formaininterrumpida.

ARTICULO 131. — Los trabajadores expuestos a fuentesque generan infrasonidos o ultrasonidos que superen los valores límitespermisibles, deberán ser sometidos a controles médicos periódicos. Paradeterminar los valores límite admisibles de infrasonidos o deultrasonidos, se tomarán como referencia los siguientes valores:

a) Infrasonidos: Según Tabla Nº 4 del ANEXO V del Decreto Nº 351 de fecha 5 de febrero de 1979.

b) Ultrasonidos: Según Tabla Nº 5 del ANEXO V del Decreto Nº 351 de fecha 5 de febrero de 1979.

ARTICULO 132. — Todas las máquinas, equipos einstalaciones nuevas deberán tener incorporados los dispositivos quegaranticen una adecuada atenuación de los ruidos que produzcan, siendoésta una responsabilidad del fabricante, importador o vendedor. Enaquellos casos que no pudiera lograrse un adecuado control de losmismos, se indicarán los niveles que produce el equipo en condicionesnormales. Se indicará entre las características de venta de los mismoslos niveles sonoros que genera el equipo en las distintas condicionesde uso.

A partir del 1º de enero de 1998 no se podráncomercializar máquinas o equipos que no cumplan lo estipulado en elpresente artículo.

ILUMINACION

ARTICULO 133. — La iluminación en los lugares de trabajo debe cumplir las siguientes condiciones:

a) La composición espectral de la luz debe seradecuada a la tarea a realizar, de modo que permita observar yreproducir los colores en medida aceptable.

b) El efecto estroboscópico debe ser evitado.

c) La iluminación debe ser adecuada a la tarea aefectuar, teniendo en cuenta el mínimo tamaño a percibir, la reflexiónde los elementos, el contraste y el movimiento.

d) Las fuentes de iluminación no deben producirdeslumbramiento, directo o reflejado, para lo que se distribuirán yorientarán convenientemente las luminarias y superficies reflectantesexistentes en el lugar.

e) La uniformidad de la iluminación, así como las sombras y contraste, deben ser adecuados a la tarea que se realice.

ARTICULO 134. — Cuando las tareas a ejecutar norequieran la precisa percepción de los colores, sino sólo una visiónadecuada de volúmenes, será admisible utilizar fuentes luminosasmonocromáticas o de espectro limitado.

ARTICULO 135. — Valores de iluminancias:

Intensidad mínima de iluminación sobre el plano de trabajo:

a) TAREAS QUE EXIGEN MAXIMO ESFUERZO VISUAL

 

Trabajos de precisión máxima que requieren:

1.500 lux

Fínisima distinción de detalles.

 

Condiciones de contraste malas.

 

Largos espacios de tiempo, y tales como montajes extrafinos, inspección de colores y otros.

 

b) TAREAS QUE EXIGEN GRAN ESFUERZO VISUAL

 

Trabajos de precisión que requieren:

700 lux

Fina distinción de detalles.

 

Grado mediano de contraste.

 

Largos espacios de tiempo, tales como trabajo a granvelocidad, acabado fino, pintura extrafina, lectura e interpretación deplanos.

 

c) TAREAS QUE EXIGEN BASTANTE ESFUERZO VISUAL

 

Trabajos prolongados que requieren:

400 lux

Fina distinción de detalles.

 

Grado moderado de contraste.

 

Largos espacios de tiempo, tales como trabajocorrido de banco de taller y montaje, trabajo en maquinarias,inspección y montaje.

 

d) TAREAS QUE EXIGEN ESFUERZO VISUAL CORRIENTE

 

Trabajos que requieren:

200 lux

Distinción moderada de detalles.

 

Grado normal de contraste.

 

Espacios de tiempo intermitentes, tales como trabajo en máquinas automáticas, mecánica automotriz, doblado de hierros.

 

e) TAREAS QUE EXIGEN POCO ESFUERZO VISUAL

 

Tales como sala de calderas, depósito de materiales, cuartos de aseo, escaleras.

 

f) TAREAS QUE NO EXIGEN ESFUERZO VISUAL

50 lux

Tales como tránsito por vestíbulos y pasillos, carga y descarga de elementos no peligrosos.

 

g) ILUMINACION DE SENDEROS PEATONALES

 

Los senderos peatonales establecidos de uso continuodeben ser iluminados con una intensidad a nivel de piso de TREINTA (30)lux de valor medio y como mínimo de QUINCE (15) lux.


Esta tabla no incluye tareas muy especiales que requieran niveles de iluminación superiores a los detallados en el punto a).

Estos serán determinados por la autoridad de aplicación a solicitud de partes.

Nota: Los valores de iluminación indicados deben serconsiderados a los fines de cálculo, con la depreciación luminosa deenvejecimiento luminaria y lámpara y a la pérdida por suciedad delartefacto.

ILUMINACION DE EMERGENCIA

ARTICULO 136. — Se deberán adoptar las siguientes medidas y procedimientos:

a) En las obras en construcción, así como en loslocales que sirvan en forma temporaria para dicha actividad donde no sereciba luz natural o se realicen tareas en horarios nocturnos, debeinstalarse un sistema de iluminación de emergencia en todos sus mediosy vías de escape.

b) Este sistema debe garantizar una evacuaciónrápida y segura de los trabajadores utilizando las áreas de circulacióny medios de escape (corredores, escaleras y rampas), de modo defacilitar las maniobras o intervenciones de auxilio ante una falla delalumbrado normal o siniestro.

c) En los casos particulares no enunciados (túneles,excavaciones, etc.) el proyecto correspondiente se debe ajustar a loindicado en las normas técnicas internacionalmente reconocidas.

d) El tiempo de servicio del alumbrado yseñalización de escape (autonomía de las luminarias de emergencia) noserá en ningún caso inferior a UNA HORA TREINTA MINUTOS (1 hora 30minutos).

e) El alumbrado necesario de la ruta de escape deberser medido sobre el solado y en centro de circulación. En ningún casola iluminación horizontal debe ser inferior a CINCO (5) lux y mayor queel CINCO POR CIENTO (5 %) de la iluminación media general.

f) Las luminarias utilizadas para lograr loestablecido no deben producir deslumbramiento que pueda ser causa deproblemas de adaptación visual. A tal fin, se prohiben luminariasbasadas en faros o proyectores en toda ruta de escape. En todos loscasos, las luminarias deben satisfacer las normas internacionalmentereconocidas.

g) Para una adecuada circulación a través de lasrutas de escape, la relación uniformidad E/max. E/min. no debe sermayor de 40:1 a lo largo de la línea central de dichas rutas.

h) A los fines de asegurar un adecuado alumbrado de escape, las luminarias se deben ubicar en las siguientes posiciones:

I. Cerca de cada salida.

II. Cerca de cada salida de emergencia.

III. En todo sitio donde sea necesario enfatizar la posición de un peligro potencial, como los siguientes:

— Cambio de nivel de piso.

— Cerca de cada intersección de pasillos y corredores.

— Cerca de cada caja de escalera de modo tal que cada escalón reciba luz en forma directa.

— Fuera y próximo a cada salida de emergencia.

Cuando sea necesario, se agregarán luminariasadicionales de forma de asegurar que el alumbrado a lo largo de la rutade escape satisfaga el requerimiento de iluminancia mínima yuniformidad de iluminancia descripto anteriormente.

i) Los sistemas y equipos afectados a la extinciónde incendio, instalados a lo largo de la ruta de escape, deben estarpermanentemente iluminados a los fines de permitir una rápidalocalización de los mismos durante una emergencia.

j) En los ascensores y montacargas por los quemovilicen personas se debe instalar una luminaria de emergencia,preferentemente del tipo autónoma.

Todo local destinado a usos sanitarios o vestuarios debe incluir una luminaria de emergencia.

k) Las salidas, salidas de emergencia, dirección ysentido de las rutas de escape serán identificadas mediante señales queincluyan leyendas y pictografías. Dichas señales deben confeccionarsesegún lo descripto por los Institutos de Normalización reconocidosinternacionalmente.

l) Toda salida y salida de emergencia debepermanecer señalizada e iluminada durante todo el tiempo en que la obrase halle ocupada.

El alumbrado de dichas señales debe obtenerse pormedio de señalizados autónomos o no autónomos con alumbrado deemergencia permanente. Las señales a incorporar a lo largo de las rutasde escape a los fines de indicar la correcta dirección y sentido decirculación hacia las salidas de emergencia deben permanecer tambiéncorrectamente iluminadas durante todo el tiempo en que la obra se halleocupada.

Ante la falla del alumbrado normal, el alumbrado dedichas señales se debe obtener por proximidad de luminaria deemergencia, con una distancia no mayor de UNO CON CINCUENTA METROS(1,50 m), o directamente por medio de señalizados autónomos o noautónomos.

m) En las obras que no presenten ningún riesgo deexplosión, se admitirán sistemas de alumbrado de emergencia portátiles,siempre y cuando éstos sean de origen eléctrico y bajo las siguientescondiciones:

— Que cada local considerado posea una o más salidas directas hacia el exterior, sin escaleras pasillos o corredores.

— Que toda persona que se halle en el interior notenga que recorrer una distancia mayor de TREINTA METROS (30m) parallegar al exterior.

n) La fuente a utilizar, si se trata de un sistema central, debe obtenerse a través de:

Baterías estacionarias y correspondiente cargador-rectificador adecuadamente diseñado según el tipo de batería elegida.

Motores térmico-generador (grupo electrógeno), o de similar seguridad operativa.

El período de recarga de las baterías, una vezcumplido el tiempo mínimo de servicio, no será mayor a VEINTICUATRO(24) horas. Las baterías de acumuladores deben ser exclusivamente deltipo estacionario, con una expectativa de vida útil suficiente deacuerdo al servicio a cumplir.

o) La fuente a utilizar, si se trata de luminariasautónomas (aquellas que contienen las baterías, cargador-rectificador,lámpara), deben ser baterías recargables herméticas y exentas demantenimiento. El período de recarga de las baterías, una vez cumplidoel tiempo mínimo de servicio no será mayor de VEINTICUATRO (24) horas.Se prohíbe el uso de pilas secas en todas sus versiones. La expectativade vida útil será suficiente según el servicio a cumplir.

p) Los métodos y procedimientos aplicables para elcumplimiento de la presente en cuanto a proyecto y ejecución delalumbrado de emergencia deben satisfacer lo indicado por los Institutosde normalización internacionalmente reconocidos.

CARGA TERMICA

ARTICULO 137. —

Definiciones:

Carga Térmica Ambiental: Es el calor impuesto al hombre por el ambiente.

Carga Térmica: Es la suma de la carga térmica ambiental y el calor generado en los procesos metabólicos.

Condiciones Higrotérmicas: Son las determinadas por la temperatura, humedad, velocidad del aire y radiación térmica.

Las condiciones y características de los procesosdeberán estar concebidos de manera que la carga térmica se mantengadentro de valores que no afecten la salud del trabajador, teniendo enconsideración la Carga Térmica Ambiental, las condiciones higrotérmicasy restantes aspectos relacionados. A tal efecto se proveeránprotecciones ambientales adecuadas a las características y duración delos trabajos.

Evaluación de la carga térmica: a efectos de conocerla exposición de los trabajadores sometidos a carga térmica, se debecalcular el Indice de Temperatura Globo Bulbo Húmedo (TGBH).

Se partirá de las siguientes ecuaciones:

1. Para lugares interiores y exteriores sin carga solar.

TGBH = 0,7 TBH + 0,3 TG

2. Para lugares exteriores con carga solar

TGBH = 0,7 TBH + 0,2 TG + 0,1 TBS

Las situaciones no cubiertas en el presente Reglamento, serán resueltas por autoridad competente.

Los valores límites del TGBH son aplicables aaquellos trabajadores vestidos, aclimatados al calor, físicamente aptosy con buen estado de nutrición. Esos valores deben modificarse enfunción de las variantes expuestas a continuación. Los valores de tabladeben sumarse algebráicamente al valor obtenido del TGBH, según elsiguiente criterio:

Factores

Modificación del TGBH (ºC)

Una persona no aclimatada no físicamente aptaAnte un incremento de la velocidad del aire:superior a 90 m/min. y temperatura del aire inferior a 35º CRopa:- pantalón corto, semidesnudo- ropa impermeable que interfiere la evaporación

- 2+ 2+ 2- 2



Factores

Modificación del TGBH (ºC)

- gabardinas- traje completoObesidad o persona mayorMujeresLa modificación para un aumento de la velocidad del aire no es apropiada con ropa impermeableLímites permisibles para la carga térmica:Valores dados en ºC - TGBH

- 4- 5-1 a -2- 1



Régimende trabajo y descanso

Tipo de trabajo

Liviano-230W

Moderado230-400 W

Pesado+ 400 W

Trabajo continuo75 % trabajo y 25 % descanso, c/hora50 % trabajo y 50 % descanso, c/hora25 % trabajo y 75 % descanso, c/hora

30,030,631,432,2

26,728,029,431,1

25,025,927,930,0


CAPITULO 8

NORMAS DE PREVENCION EN LAS DISTINTAS ETAPAS DE OBRA.

TRABAJOS DE DEMOLICION

ARTICULO 138. — Medidas preliminares:

Antes de iniciar una demolición se deberá obligatoriamente:

a) Formular un programa definido para la ejecucióndel trabajo, que contemple en cada etapa las medidas de prevencióncorrespondiente.

b) Afianzar las partes inestables de la construcción.

c) Examinar, previa y periódicamente, las construcciones que pudieran verse afectadas por los trabajos.

d) Se interrumpirá el suministro de los servicios deenergía eléctrica, agua, gas, vapor, etc. De ser necesarios algunos deestos suministros para las tareas, los mismos deben efectuarseadoptando las medidas de prevención necesarias de acuerdo a los riesgosemergentes.

ARTICULO 139. — El Responsable de Higiene ySeguridad establecerá las condiciones, zonas de exclusión y restantesprecauciones a adoptar de acuerdo a las características, métodos detrabajo y equipos utilizados. El responsable de la tarea, queparticipará en la determinación de dichas medidas, deberá verificar suestricta observancia. El acceso a la zona de seguridad deberá estarreservado exclusivamente al personal afectado a la demolición.

ARTICULO 140. — En los trabajos de demolición se deberán adoptar las siguientes precauciones mínimas:

a) En caso de demolición por tracción todos lostrabajadores deberán encontrarse a una distancia por seguridad fijadapor el responsable de Higiene y Seguridad.

b) En caso de demolición por golpe (peso oscilante obolsa de derribo o martinete), se deberá mantener una zona de seguridadalrededor de los puntos de choque, acorde a la proyección probable delos materiales demolidos y a las oscilaciones de la pesa o martillo.

c) Cuando se realicen demoliciones con explosivos, se respetará lo establecido en el capítulo correspondiente.

d) Cuando la demolición se efectúe en altura, seráobligatorio utilizar andamios de las características descriptas en elcapítulo correspondiente, separados de la construcción a demoler,autoportantes o anclados a estructura resistente. Si por razonestérmicas, resultase impracticable la colocación de andamios, elresponsable habilitado arbitrará los medios necesarios para evitar elriesgo de caída para los trabajadores.

e) Cuando se utilicen equipos tales como palasmecánicas, palas de derribo, cuchara de mandíbula u otras máquinassimilares, se mantendrá una zona de seguridad alrededor de las áreas detrabajo, que será establecida por el Responsable de Higiene y Seguridad.

f) El acceso a la zona de seguridad deberá estar reservado exclusivamente al personal afectado a las tareas de demolición.

g) Se realizarán los apuntalamientos necesarios para evitar el derrumbe de los muros linderos.

TRABAJOS CON EXPLOSIVOS

ARTICULO 141. — En toda obra de construcción en laque se usen, manipulen o almacenen explosivos, se debe cumplimentar conlo exigido en la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429 y en elDecreto Nº 302 de fecha 8 de febrero de 1983, en todo lo concerniente apólvora y explosivos y sus modificaciones, normas cuyo cumplimientoserá supervisado por el Responsable de Higiene y Seguridad.

EXCAVACIONES Y TRABAJOS SUBTERRANEOS

ARTICULO 142. — Previo a una excavación, movimientode suelo o trabajo subterráneo, se realizará un reconocimiento dellugar, determinándose las medidas de seguridad necesarias a tomar encada área de trabajo. Además, previo al inicio de cada jornada, severificarán las condiciones de seguridad por parte del responsablehabilitado y se documentará fehacientemente.

ARTICULO 143. — Se adoptarán medidas de prevenciónespecialmente en lo que hace al derribo de árboles y al corte deplantas, así como también en lo atinente a la presencia de insectos oanimales existentes en el área.

Cuando se proceda a tareas de quemado, éstas serealizarán bajo la supervisión del responsable de la tarea tomándosetodas las precauciones necesarias. Dicha tarea será realizada porpersonal especializado o adiestrado en control de incendios.

ARTICULO 144. — Cuando las tareas demanden laconstrucción de ataguías o terraplenes, éstos deberán ser calculadossegún la presión máxima probable o el empuje máximo de sólidos olíquidos a que se verán sometidos.

ARTICULO 145. — Tanto las zanjas, excavaciones, comolos túneles y galerías subterráneas deberán ser señalizados por mediosapropiados de día y de noche, de acuerdo a lo establecido en elcapítulo "Señalización".

ARTICULO 146. — Cuando las obras subterráneas esténprovistas de iluminación artificial, será obligatoria la existencia deiluminación de emergencia, de acuerdo al capítulo correspondiente.

EXCAVACIONES

ARTICULO 147. — Todo lugar con riesgo de caída seráprotegido, respetando lo establecido en el capítulo "Lugares deTrabajo", ítem "Protección contra la caída de personas y objetos".

ARTICULO 148. — Deberá tenerse en cuenta laresistencia del suelo en los bordes de la excavación, cuando éstos seutilicen para acomodar materiales, desplazar cargas o efectuarcualquier tipo de instalación, debiendo el responsable de Higiene ySeguridad, establecer las medidas adecuadas para evitar la caída delmaterial, equipo, herramientas, etc., a la excavación, que se aplicaránbajo la directa supervisión del responsable de la tarea.

ARTICULO 149. — Cuando exista riesgo dedesprendimiento, las paredes de la excavación serán protegidas mediantetablestacas, entibado u otro medio eficaz, teniendo en cuenta quemientras exista personal trabajando, la distancia entre el fondo de laexcavación y el borde inferior del encofrado no sobrepasa nunca UNO CONVEINTE METROS (1,20 m).

ARTICULO 150. — Sin perjuicio de otras medidas de seguridad, se observarán las siguientes precauciones:

a) Cuando el terreno se encuentre helado, laentibación o medio utilizado como contención, no será retirado hastatanto haya desaparecido la anormalidad.

b) Cuando la profundidad exceda de UN METRO (1m.) seinstalarán escaleras que cumplan estrictamente lo establecido en elcapítulo "Escaleras y sus protecciones".

c) Las plantas o plataformas dispuestas sobrecodales del blindaje se afianzarán con ménsulas y otros mediosapropiados y no deberán apoyarse en los mismos.

d) No se permitirá la permanencia de trabajadores enel fondo de pozos y zanjas cuando se utilicen para la profundizaciónmedios mecánicos de excavación, a menos que éstos se encuentren a unadistancia como mínimo igual a DOS (2) veces el largo del brazo de lamáquina.

e) Cuando haya que instalar un equipo de izado, sesepararán por medios eficaces, las escaleras de uso de los trabajadoresde los cables del aparato de izado.

TUNELES Y GALERIAS SUBTERRANEAS

ARTICULO 151. — Todo el trabajo en construcción detúneles y galerías subterráneas será planificado y programado con lanecesaria anticipación, incluyendo las normas de procedimientos,requisitos de capacitación relativos a riesgos de accidentes y medidaspreventivas que correspondan en cada caso.

ARTICULO 152. — Se dispondrá de por lo menos DOS (2)sistemas de comunicación independientes que conectarán el frente detrabajo con el exterior de manera eficaz y permanente.

ARTICULO 153. — Luego de producida una voladura yantes de autorizar el ingreso de los trabajadores, el encargado de latarea, asistido por el responsable de Higiene y Seguridad, debeverificar en el interior del túnel o galería el nivel de riesgo y elgrado de contaminación ambiental.

SUBMURACION

ARTICULO 154. — Estos trabajos deben seradecuadamente programados y su ejecución se efectuará por tramos,verificando previamente si afectan a edificios linderos y adoptando lasprecauciones necesarias para evitar accidentes y proteger a lostrabajadores.

ARTICULO 155. — Antes de efctuar recalces en losmuros, éstos deberán ser apuntalados sólidamente. Además, los pilares otramos de recalce que se ejecuten simultáneamente distarán entre piesderechos no menos que el espesor del muro a recalzar.

TRABAJOS CON PILOTES Y TABLESTACAS

ARTICULO 156. — El responsable de la tarea definiráel área de seguridad, la que deberá ser convenientemente señalizada deacuerdo al capítulo correspondiente. La misma tendrá vigencia durantetodo el tiempo en que se desarrolle la tarea.

ARTICULO 157. — Previo al inicio de los trabajos elresponsable de Higiene y Seguridad elaborará un programa que contemplelos riesgos emergentes y consignará las medidas de prevención en cadauna de sus fases.

ARTICULO 158. — Antes de utilizar equipos parahincar pilotes y tablestacas el responsable de la tarea deberáverificar las protecciones de sus partes móviles, dispositivos deseguridad, la base de sustentación y la superficie donde ésta apoye.También verificará que toda parte móvil esté protegida para evitaraccidentes a los trabajadores.

ARTICULO 159. — Cuando los martinetes no sean operados, los martillos deben ser descendidos y apoyados al pie de las guías.

ARTICULO 160. — Los conductos de vapor o airecomprimido no deben someterse a presiones mayores a las establecidaspor el fabricante. Los acoplamientos de los mismos poseerándispositivos de seguridad que eviten el libre movimiento de lasmangueras en caso de desconexión accidental.

ARTICULO 161. — Cuando se realicen tareas a nivel delos cabezales de pilotes se instalarán plataformas de trabajo yescaleras de acceso a las mismas, las que responderán a lo establecidoen los capítulos correspondientes.

ARTICULO 162. — Cuando se realicen tareas de hincadoo extracción de pilotes o tablestacas al borde del agua o con riesgo decaída a ella, se proveerá de equipos de protección personal ycolectivos de acuerdo a lo establecido en los capítulos "Lugares deTrabajo" ítem "Protección contra la caída del agua y equipos yelementos de protección personal". Para los empalmes de pilotes en elagua se utilizarán plataformas flotantes con barandas, travesaños yzócalos.

ARTICULO 163. — Cuando se trabaje dentro de celdas,cajones, tanques o recintos inmersos en general, se instalarán mediosde escape eficaces, acordes al número de trabajadores afectados, alriesgo y a las condiciones generales de las tareas.

ARTICULO 164. — Cuando se realicen trabajos depilotaje o tablestacado en el agua, las embarcaciones que se utilicendeberán cumplir con los requisitos que establezcan la presentereglamentación y el organismo competente.

ARTICULO 165. — Debe controlarse regularmente laacción del agua sobre la superficie de apoyo o asiento de lastablestacas o pilotes y el estado de los tensores que los activen paraevitar posibles desplazamientos imprevistos de éstos.

ARTICULO 166. — En todos los casos los trabajadoresafectados a estas tareas deberán estar adecuadamente adiestrados ycapacitados en los riesgos emergentes. Además, estarán provistos de loselementos de protección personal conforme a lo establecido en elcapítulo correspondiente.

TRABAJOS CON HORMIGON

ARTICULO 167. — Los materiales utilizados en losencofrados deben ser de buena calidad, estar exentos de defectosvisibles y tener la resistencia adecuada a los esfuerzos que debansoportar. Asimismo, los apuntalamientos de acero no deben usarse encombinación con apuntalamientos de madera ajustable. No deberá usarsemadera no estacionada suficientemente.

ARTICULO 168. — Todas las operaciones, así como elestado del equipamiento serán supervisados por el responsable de latarea. Se verificará en todos los casos, después de montar laestructura básica, que todas y cada una de las partes componentes seencuentren en condiciones de seguridad hasta el momento de su remocióno sustitución por la estructura permanente.

ARTICULO 169. — Durante el período constructivo nodeben acumularse sobre las estructuras: cargas, materiales, equipos queresulten peligrosos para la estabilidad de aquéllas. La mismadisposición tiene validez para las estructuras recientementedesencofradas y descimbradas.

ARTICULO 170. — En el caso de utilizarapuntalamiento de madera empalmados, éstos deberán estar distribuidos ycada puntal no deberá poseer más de un empalme. Los empalmes deben serreforzados para impedir la deformación.

ARTICULO 171. — Durante la soldadura de la armadura, deben prevenirse los riesgos de incendio de los encofrados combustibles.

ARTICULO 172. — Previo al ingreso a la obra deaquellas sustancias utilizadas como aditivos, auxiliares o similares,se verificará que los envases vengan rotulados con especificación de:

— Forma de uso.

— Riesgos derivados de su manipulación.

— Indicación de primeros auxilios ante situaciones de emergencia.

ARTICULO 173. — Los baldes y recipientes en general,que transporten hormigón en forma aérea no deberán tener partessalientes donde pueda acumularse el hormigón y caer del mismo. Elmovimiento de los baldes se dirigirá por medio de señales previamenteconvenidas.

ARTICULO 174. — Está totalmente prohibido trasladar personas en los baldes transportadores de hormigón.

ARTICULO 175. — La remoción de apuntalamientos,cimbras, elementos de sostén y equipamiento sólo podrá realizarsecuando la Jefatura de Obra haya dado las instrucciones necesarias parael comienzo de los trabajos, los que deben ser programados ysupervisados por el responsable de la tarea.

ARTICULO 176. — Durante las operaciones depretensado de cables de acero, que se efectuará bajo la directasupervisión del responsable de la tarea, se prohibe la permanencia detrabajadores sobre el equipo de pretensado, debiendo estar protegidosmediante pantallas u otro medio eficaz. El responsable de Higiene ySeguridad definirá el área de riesgo y de acceso restringido.

TUBERIAS Y BOMBAS PARA EL TRANSPORTE DE HORMIGON

ARTICULO 177. — Los andamios o estructuras quesostengan una tubería para hormigón bombeado deben ser calculados enfunción del peso de la tubería llena de hormigón y de los trabajadoresque puedan encontrarse encima del andamio con un coeficiente deseguridad igual a 4.

ARTICULO 178. — Las tuberías para el transporte de hormigón bombeado deben estar:

a) sólidamente amarradas en sus extremos y codos.

b) provistas de válvulas de escape de aire cerca de su parte superior.

c) firmemente fijadas a la tobera de la bomba mediante un dispositivo eficaz de seguridad.

ARTICULO 179. — Cuando se proceda a limpiar tuberíaspara el transporte de hormigón bombeado, sus elementos componentes nodeben ser acoplados ni desmontados mientras dure la purga de la misma,debiendo establecerse una distancia de seguridad.

ARTICULO 180. — Se debe verificar el estado de losequipos mecánicos e instrumentos de bombeo al comienzo de cada turno detrabajo.

TRABAJOS CON PINTURAS

ARTICULO 181. — Previo al ingreso, manipulación,preparación y aplicación de productos constitutivos de pintura,diluyentes, removedores, revestimientos, resinas, acelerantes,retardadores, catalizadores, etc., el responsable de Higiene ySeguridad deberá dar las indicaciones específicas, de acuerdo a losriesgos que dichos productos signifiquen para la salud del trabajador.

ARTICULO 182. — Solamente intervendrán trabajadorescon adecuada capacitación en este tipo de tareas y, en particular,sobre contaminación físico-química y riesgo de incendio, provistos deelementos de protección apropiados al riesgo, bajo la directasupervisión del responsable de la tarea.

Asimismo deberá observarse lo establecido en el capítulo "Contaminación ambiental".

ARTICULO 183. — Los edificios, locales,contenedores, armarios y otros donde se almacenen pinturas, pigmentos ysus diluyentes deben: - ser de construcción no propagante de llama(resistencia al fuego mínima F-90).

— mantenerse bien ventilados de manera tal que lasconcentraciones de gases y vapores estén por debajo de los máximospermisibles y no presenten riesgos de explosión o incendio.

— estar protegidos de la radiación solar directa y de fuentes de calor radiante.

— contar con sistema de extinción de clase adecuada.

— disponer de instalaciones eléctricas estancas o antiexplosivas, de acuerdo al riesgo.

— contar con techo flotante o expulsable en caso de existir elevado riesgo de explosión.

PREPARACION DE SUPERFICIES DE APLICACION

ARTICULO 184. — Cuando se utilicen como decapante y medio de preparación:

a) Materiales y equipos que puedan desprenderpartículas: se debe proveer a los trabajadores afectados a estastareas, de elementos de protección personal.

b) Arenado, granallado u otros se verificará que:

I. Se limite el área a arenar al mínimo indispensable para evitar la dispersión de partículas.

II. El operador use casco o capucha con inyección deaire y mirilla, vestimenta ajustada en cuellos, muñecas y tobillos yguantes.

III. El aire inyectado se provea a baja presiónlibre de contaminantes y convenientemente filtrado y desodorizado. Enzonas cálidas se proveerá de medios adecuados para refrigerar el aireinyectado.

CAPITULO 9

NORMAS DE PREVENCION EN LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE OBRA.

SILOS Y TOLVAS

ARTICULO 185. — Los silos y tolvas deben estarmontados sobre bases apropiadas a su uso y resistir las cargas quetengan que soportar.

Los apoyos deberán estar protegidos contra impactos accidentales en área de circulación vehicular.

Asimismo, se debe indicar un lugar visible, próximoa las tolvas del ancho y alto máximo para los vehículos que circulen enoperaciones de carga y descarga de materiales.

ARTICULO 186. — Los silos y tolvas para materialpulvurulento deben estar provistos de sistemas que eviten la difusiónde polvo en la carga y descarga.

ARTICULO 187. — Durante la construcción, reparaciónu operación de silos y tolvas que presenten riesgo de caída depersonas, u objetos, se deben implementar protecciones colectivas oindividuales eficientes para proteger la seguridad de los trabajadores.

ARTICULO 188. — Para desarrollar tareas dentro de silos, se debe verificar previamente:

a) La presencia de contenido necesario de oxígeno yla ausencia de contaminantes que comprometan la salud de las personas uorigine riesgo de incendio o explosión.

b) Que la abertura de descarga esté protegida y que se haya interrumpido el llenado.

c) Que el personal esté debidamente informado de los riesgos emergentes.

d) Que los trabajadores puedan ser auxiliados porotras personas en caso de necesidad, las que permanecerán en elexterior del recinto observando permanentemente el desarrollo de latarea.

e) Que cuando exista riesgo de incendio o explosión el trabajador use elementos antichispas.

MAQUINAS PARA TRABAJAR LA MADERA

ARTICULO 189. — El personal que desarrolle tareas enel área de carpintería deberá estar adecuadamente capacitado en losriesgos inherentes a dichas tareas y en el uso de los elementos deprotección que deben utilizar.

ARTICULO 190 — Las máquinas y restantes equipos detrabajo en madera deberán estar dotados de las protecciones quegaranticen la seguridad de los trabajadores. Estarán provistas demecanismos de accionamiento al alcance del operario en posición normalde trabajo, y contarán con sistema de parada de emergencia de fácilacceso y visualización.

Mientras las máquinas no estén en funcionamiento se deberán cubrir los sectores de corte.

ARTICULO 191 — Todas las máquinas de localizaciónpermanente que operen en lugares cerrados deben poseer sistema deaspiración forzada localizada.

ARTICULO 192 — Toda operación de reparación,limpieza o mantenimiento se debe efectuar siempre con la máquinadetenida, y los respectivos sistemas de seguridad colocados, queimpidan la operabilidad de la misma.

ARTICULO 193 — La sierra circular debe estarprovista de resguardos que cubran la parte expuesta de corte de lasierra, por encima de la mesa, tanto cuando la sierra gire en vacíocomo cuando esté trabajando.

Estos resguardos deberán ser fácilmente regulables,protegiendo al trabajador contra todo contacto accidental con la hojaen movimiento, proyecciones de astillas, rotura total o parcial de lahoja. Además se debe proteger la parte inferior de la sierra.

Las piezas de madera de pequeñas dimensiones se deben guiar y sujetar con abrazaderas o empujar con algún elemento auxiliar.

ARTICULO 194 — La sierra de cinta o sinfín debetener la hoja completamente recubierta hasta la proximidad del punto decorte, mediante dispositivo regulable.

Las ruedas superior e inferior deben estar resguardadas integralmente, para evitar el contacto accidental.

ARTICULO 195 — La máquina cepilladora debe poseer resguardo de puente que cubra la ranura de trabajo en todo su largo y ancho.

HERRAMIENTAS DE ACCIONAMIENTO MANUAL Y MECANICAS PORTATILES

ARTICULO 196 — Las herramientas de mano deben serseguras y adecuadas a la operación a realizar y no presentar defectosni desgastes que dificulten su correcta utilización. Deben contar conprotecciones adecuadas, las que no serán modificadas ni retiradascuando ello signifique aumentar el riesgo.

ARTICULO 197 — Las herramientas deben serdepositadas, antes y después de su utilización en lugares apropiadosque eviten riegos de accidentes por caída de las mismas. En sutransporte se observarán similares precauciones.

ARTICULO 198 — Toda falla o desperfecto que seanotado en una herramienta o equipo portátil, ya sea manual, poraccionamiento eléctrico, neumático, activado por explosivos u otrasfuentes de energía, debe ser informado de inmediato al responsable delsector y sacada de servicio. Las reparaciones en todos los casos seránefectuadas por personal competente.

ARTICULO 199 — Los trabajadores deberán seradecuadamente capacitados en relación a los riesgos inherentes al usode las herramientas que utilicen y también de los correspondienteselementos de protección.

ARTICULO 200 — Las herramientas portátilesaccionadas por energía interna deben estar protegidas, por evitarcontactos y proyecciones peligrosas.

Sus elementos cortantes, punzantes o lacerantes,deben estar dotados de resguardos tales que no entorpezcan lasoperaciones a realizar y eviten accidentes.

Las herramientas accionadas por gatillo, deben poseer seguros, a efectos de impedir el accionamiento accidental del mismo.

ARTICULO 201 — En las herramientas neumáticas ehidráulicas, las válvulas deben cerrar automáticamente al dejar de serpresionadas. Las mangueras y sus acoplamientos deben estar firmementefijados entre sí y deben estar provistos de cadena, retén o traba deseguridad u otros elementos que eviten el desprendimiento accidental.

ARTICULO 202 — En ambientes que presenten riesgos deexplosiones e incendio, el responsable de Higiene y Seguridad debedeterminar las características que deben tener las herramientas aemplearse en el área, en consulta con el responsable de la tarea,debiendo éste verificar la correcta utilización de las mismas.

ARTICULO 203 — En áreas de riesgo con materialesinflamables o en presencia de polvos cuyas concentraciones superen loslímites de inflamabilidad o explosividad, sólo deben utilizarseherramientas que no provoquen chispas.

HERRAMIENTAS NEUMATICAS

ARTICULO 204 — Las instalaciones y equipos quesuministren aire comprimido a las herramientas, deben cumplir con loestablecido en el capítulo de "Instalaciones sometidas a presión".Todos los componentes del sistema de alimentación deben soportar lapresión de trabajo y adaptarse al servicio a que se destina el equipo.

ARTICULO 205 — Las herramientas de percusión debencontar con grapas o retenes para impedir que los troqueles o brocassalgan despedidos accidentalmente de la máquina.

ARTICULO 206 — Las herramientas neumáticas debenposeer un sistema de acople rápido con seguro y las mangueras debenestar sujetas por abrazaderas apropiadas.

ARTICULO 207 — Se debe verificar que la velocidad derotación de las amoladoras y discos de amolar no superen lasestablecidas en las especificaciones técnicas de sus componentes.

HERRAMIENTAS ELECTRICAS

ARTICULO 208 — Las herramientas eléctricas, cablesde alimentación y demás accesorios deben contar con protección mecánicay condiciones dieléctricas que garanticen la seguridad de lostrabajadores de acuerdo a lo establecido en el capítulo deElectricidad. Deben contar además con dispositivos que corten laalimentación en forma automática, ante el cese de la acción deloperador.

El responsable de la tarea debe verificar, previo asu uso, que dichas herramientas cumplan con lo establecido en elcapítulo "Electricidad".

ARTICULO 209 — Cuando se utilicen aparatos defijación accionados por explosivos deberán observarse los siguientesprocedimientos:

a) Programar los trabajos con precisa indicación decada una de las acciones, equipos a utilizar, personal afectado,elementos de seguridad y protección, y todo otro aspecto que garanticela salud de los trabajadores.

b) Participación obligada del responsable de Higieney Seguridad en la selección y la verificación, previo a su uso, de losequipos, y herramientas, cartuchos y elementos de seguridad adecuados.

c) Adiestramiento específico de los trabajadores encada una de las operaciones, con especial énfasis en las precaucionesvinculadas a la seguridad.

ESCALERAS Y SUS PROTECCIONES

ARTICULO 210 — Las escaleras móviles se debenutilizar solamente para ascenso y descenso, hacia y desde los puestosde trabajo, quedando totalmente prohibido el uso de las mismas comopuntos de apoyo para realizar las tareas. Tanto en el ascenso como enel descenso el trabajador se asirá con ambas manos.

Todos aquellos elementos o materiales que deban sertransportados y que comprometan la seguridad del trabajador, deben serizados por medios eficaces.

ARTICULO 211 — Las escaleras estarán construidas conmateriales y diseño adecuados a la función a que se destinarán, enforma tal que el uso de las mismas garanticen la seguridad de losoperarios.

Previo a su uso se verificará su estado deconservación y limpieza para evitar accidentes por deformación, rotura,corrosión o deslizamiento.

ARTICULO 212 — Toda escalera fija que se eleve a unaaltura superior a los 6 m debe estar provista de uno o varios rellanosintermedios dispuestos de manera tal que la distancia entre losrellanos consecutivos no exceda de TRES METROS (3 m.). Los rellanosdeben ser de construcción, estabilidad y dimensiones adecuadas al uso ytener barandas colocadas a UN (1) metro por encima del piso.

ARTICULO 213 — Las escaleras de madera no se debenpintar, salvo con recubrimiento transparente para evitar que quedenocultos sus posibles defectos. Las escalera metálicas deben estarprotegidas adecuadamente contra la corrosión.

ESCALERAS DE MANO

ARTICULO 214 — Las escaleras de mano deben cumplir las siguientes condiciones:

a) Los espacios entre los peldaños deben ser iguales y de TREINTA CENTIMETROS (30 cm.) como máximo.

b) Toda escalera de mano de una hoja usada comomedio de circulación debe sobrepasar en UN METRO (1 m.) el lugar másalto al que deba acceder o prolongarse por uno de los largueros hastala altura indicada para que sirva de pasamanos a la llegada.

c) Se deben apoyar sobre un plano firme y nivelado,impidiendo que se desplacen sus puntos de apoyo superiores e inferioresmediante abrazaderas de sujeción u otro método similar.

ESCALERAS DE DOS HOJAS

ARTICULO 215 — Las escaleras de dos hojas deben cumplir las siguientes condiciones:

a) No deben sobrepasar los SEIS METROS (6 m.) de longitud.

b) Deben asegurar estabilidad y rigidez.

c) La abertura entre las hojas debe estar limitadapor un sistema eficaz asegurando que, estando la escalera abierta, lospeldaños se encuentren en posición horizontal.

d) Los largueros deben unirse por la parte superiormediante bisagras u otros medios con adecuada resistencia a losesfuerzos a soportar.

ESCALERAS EXTENSIBLES

ARTICULO 216 — Las escaleras extensibles deben estarequipadas con dispositivos de enclavamiento y correderas mediante lascuales se pueden alargar, acortar o enclavar en cualquier posición,asegurando estabilidad y rigidez. La superposición de ambos tramos serácomo mínimo de UN METRO (1 m.).

ARTICULO 217 — Los cables, cuerdas o cabos de lasescaleras extensibles deben estar correctamente amarrados y contar conmecanismos o dispositivos de seguridad que eviten su desplazamientolongitudinal accidental.

Los peldaños de los tramos superpuestos deben coincidir formando escalones dobles.

ESCALERAS FIJAS VERTICALES

ARTICULO 218 — Deben satisfacer los siguientes requisitos:

a) La distancia mínima entre los dos largueros debe ser de CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS (45 cm.).

b) El espacio mínimo libre detrás de los peldaños debe ser de QUINCE CENTIMETROS (15 cm.).

c) No debe haber obstrucción alguna en un espacio libre mínimo de SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (75 cm.) delante de la escalera.

d) Deben estar fijadas sólidamente mediante sistema eficaz.

e) Deben ofrecer suficientes condiciones de seguridad.

f) Cuando formen ángulos de menos de TREINTA GRADOS(30) con la vertical deben estar provistas, a la altura del rellanosuperior, de un asidero seguro, prolongando uno de los largueros en nomenos de UN METRO (1 m.), u otro medio eficaz.

ESCALERAS ESTRUCTURALES TEMPORARIAS

ARTICULO 219 — Estas escaleras deben cumplir las siguientes condiciones:

a) Deben soportar sin peligro las cargas previstas.

b) Tener un ancho libre de SESENTA CENTIMETROS (60 cm.) como mínimo.

c) Cuando tengan más de un metro (1 m.) de alturadeben estar provistas en los lados abiertos de barandas, de unpasamanos, o cuerda apropiada que cumpla ese fin, de DOS (2) pasamanossi su ancho excede UNO CON VEINTE METROS (1,20 m).

d) Deben tener una alzada máxima de VEINTE CENTIMETROS (20 cm.) y una pedada mínima de VEINTICINCO CENTIMETROS (25 cm.).

e) Si forman ángulos de menos de TREINTA GRADOS (30) con la vertical, el asidero indicado en el punto 6) del artículo anterior.

ESCALERAS TELESCOPICAS MECANICAS

ARTICULO 220 — Las escaleras telescópicas mecánicasdeben estar equipadas con una plataforma de trabajo con barandas yzócalos, o con una jaula o malla de alambre de acero resistente. Cuandoestén montadas sobre elementos móviles, su desplazamiento se efectuarácuando no haya ninguna persona sobre ella.

ANDAMIOS

ARTICULO 221 — Los andamios como conjunto y cada unode sus elementos componentes deberán estar diseñados y construidos demanera que garanticen la seguridad de los trabajadores. El montaje debeser efectuado por personal competente bajo la supervisión delresponsable de la tarea. Los montantes y travesaños deben serdesmontados luego de retirarse las plataformas.

Todos los andamios que superen los SEIS METROS (6m.) de altura, a excepción de los colgantes o suspendidos, deben serdimensionados en base a cálculos.

ARTICULO 222 — A tal efecto deberán satisfacer, entre otras, las siguientes condiciones:

a) Rigidez.

b) Resistencia.

c) Estabilidad.

d) Ser apropiados para la tarea a realizar.

e) Estar dotados los dispositivos de seguridad correspondientes.

f) Asegurar inmovilidad lateral y vertical.

ARTICULO 223 — Las plataformas situadas a más de DOSMETROS (2 m.) de altura respecto del plano horizontal inferior máspróximo, contarán en todo su perímetro que dé al vacío, con una barandasuperior ubicada a UN METRO (1 m.) de altura, una baranda intermedia aCINCUENTA CENTIMETROS (50 cm.) de altura, y un zócalo en contacto conla plataforma. Las barandas y zócalos de madera se fijarán del ladointerior de los montantes.

ARTICULO 224 — La plataforma debe tener un anchototal de SESENTA CENTIMETROS (60 cm.) como mínimo y un ancho libre deobstáculos de TREINTA CENTIMETROS (30 cm.) como mínimo, no presentarándiscontinuidades que signifiquen riego para la seguridad de lostrabajadores.

La continuidad de una plataforma se obtendrá portablones empalmados a tope, unidos entre sí mediante un sistema eficaz,o sobrepuestos entre sí CINCUENTA CENTIMETROS (50 cm.) como mínimo. Losempalmes y superposiciones deben realizarse obligatoriamente sobre losapoyos.

ARTICULO 225 — Los tablones que conformen laplataforma deben estar trabados y amarrados sólidamente a la estructuradel andamio, sin utilizar clavos y de modo tal que no puedan separarsetransversalmente, ni de sus puntos de apoyo, ni deslizarseaccidentalmente. Ningún tablón que forme parte de una plataforma debesobrepasar su soporte extremo en más de VEINTE CENTIMETROS (20 cm.).

ARTICULO 226 — Las plataformas situadas a más de DOSMETROS (2 m.) de altura respecto del plano horizontal inferior máspróximo, con riesgo de caída, deben cumplir con el capítulo Lugares deTrabajo, ítem Protección contra la caída de personas.

ARTICULO 227 — El espacio máximo entre muro yplataforma debe ser de VEINTE CENTIMETROS (20 cm.). Si esta distanciafuera mayor será obligatorio colocar una baranda que tenga lascaracterísticas ya mencionadas a una altura de SETENTA CENTIMETROS (70cm.).

ARTICULO 228 — Los montantes de los andamios deben cumplir las siguientes condiciones:

— Ser verticales o estar ligeramente inclinados hacia el edifico.

— Estar colocados a una distancia máxima de TRES METROS (3 m.) entre sí.

— Cuando la distancia entre DOS (2) montantes contiguos supere los TRES METROS (3 m.), deben avalarse mediante cálculo técnico.

— Estar sólidamente empotrados en el suelo o bien sustentados sobre calces apropiados que eviten el deslizamiento accidental.

— La prolongación de los montantes debe ser hecha demodo que la unión garantice una resistencia por lo menos igual a la desus partes.

ANDAMIOS COLGANTES

ARTICULO 229 — Cuando las plataformas de trabajoestén suspendidas de un equipo de izar, deben contar con un sistemaeficaz para enclavar sus movimientos verticales.

ARTICULO 230 — Para la suspensión de los andamioscolgantes se respetará lo establecido en los ítems relativos a Cables,Cadenas, eslingas, cuerdas y ganchos de la presente norma legal.

ARTICULO 231 — El responsable de la tarea será elencargado de verificar, previo a su utilización que el andamio y suselementos componentes se encuentren en buenas condiciones de seguridadde acuerdo al uso y a la carga máxima a soportar.

ARTICULO 232 — Los trabajadores deben llevar puestoscinturones de seguridad con cables salvavidas amarrados a un punto fijoque sea independiente de la plataforma y del sistema de suspensión.

ANDAMIOS DE MADERA

ARTICULO 233 — Debe verificarse que la maderautilizada posea, por calidad y sección de los montantes, la suficienteresistencia para la función asignada, no debiendo pintarse. Se deberánzunchar los extremos de los tablones que constituyan plataformas.

ANDAMIOS METALICOS TUBULARES

ARTICULO 234 — El material utilizado para el armadode este tipo de andamios será: tubo de caño negro, con costura de aceronormalizado IRAM F-20 o equivalente, u otro material de característicaigual o superior. Si se utilizaran andamios de materiales alternativosal descripto, éstos deben ser aprobados por el responsable de la tarea.

ARTICULO 235 — Los elementos constitutivos de estosandamios deben estar rígidamente unidos entre sí, mediante accesoriosespecíficamente diseñados para este tipo de estructura. Estas piezas deunión serán de acero estampado o material de similar resistencia, ydeberán ajustarse perfectamente a los elementos a unir.

ARTICULO 236 — En el montaje de las plataformas detrabajo deberán respetarse las especificaciones indicadas por elfabricante. Cuando las plataformas de los andamios metálicos sean demadera, deberán sujetarse según lo indicado para andamios enDisposiciones Generales.

ARTICULO 237 — Los andamios metálicos deben estarreforzados en sentido diagonal y a intervalos adecuados en sentidolongitudinal y transversal.

ARTICULO 238 — El sistema de anclaje debe cumplir las siguientes condiciones:

— Los tubos de fijación a estructura resistentedeben estar afianzados al andamio en los puntos de intersección entremontantes y largueros.

— Cuando sean andamios independientes y esté comprometida su estabilidad deben ser vinculados a una estructura fija.

— Estarán anclados al edificio uno de cada dosmontantes en cada hilera de largueros alternativamente y en todo loscasos el primero y el último montante del andamio.

SILLETAS

ARTICULO 239 — Las silletas deberán estar provistasde asientos de aproximadamente SESENTA CENTIMETROS (60 cm.) de largopor TREINTA CENTIMETROS (30 cm.) de ancho y contar con topes eficacespara evitar que el trabajador se golpee contra el muro.

ARTICULO 240 — Deberán cumplir las siguientes condiciones:

a) Como sistema de sujeción se deben utilizarmateriales de resistencia adecuada a la carga a soportar, respetando lonormado en Andamios Colgantes.

b) La eslinga o soga o cuerda debe ser pasante porlo menos por cuatro agujeros o puntos fijos de la tabla de asiento dela silleta y será de un solo tramo.

ARTICULO 241 — Todos los trabajadores deben utilizarcinturones de seguridad anclados a cualquier punto fijo independientede la silleta y su estructura de soporte.

CABALLETES

ARTICULO 242 — Los caballetes podrán ser:

a) Rígidos

I. sus dimensiones no serán inferiores a SETENTACENTIMETROS (70 cm.) de largo, la altura no excederá de DOS METROS (2m.) y las aberturas en los pies en "V" deben guardar una relaciónequivalente a la mitad de la altura.

b) Regulables

I. Su largo no será inferior a SETENTA CENTIMETROS(70 cm.). Cuando la altura supere los DOS METROS (2 m.) sus pies debenestar arriostrados.

Se prohíbe la utilización de estructuras apoyadas sobre caballetes.

PASARELAS Y RAMPAS

ARTICULO 243 — Las pasarelas y rampas debencalcularse en función de las cargas máximas a soportar y tendrán unapendiente máxima de 1:4.

ARTICULO 244 — Toda pasarela o rampa, cuando tengaalguna de sus partes a más de DOS METROS (2 m.) de altura, deberácontar con una plataforma de tablones en contacto de un ancho mínimo deSESENTA CENTIMETROS (60 cm.). Dispondrá, además de barandas y zócaloscuyas características serán las descriptas en el capítulo Lugares deTrabajo (ítem Protección contra la caída de personas).

ARTICULO 245 — Si la inclinación hace necesario eluso de apoyos suplementarios para los pies, se deben utilizar listonesa manera de peldaños colocados a intervalos máximos de CINCUENTACENTIMETROS (50 cm.) adaptados a la inclinación y que abarquen todo elancho de la pasarela o rampa.

VEHICULOS Y MAQUINARIA AUTOMOTRIZ

ARTICULO 246 — El personal afectado a operacionescon maquinarias y vehículos automotores deberá ser adecuadamentecapacitado y adiestrado en relación a las tareas específicas a que seadestinado y a los riegos emergentes de las mismas.

ARTICULO 247 — Estas maquinarias y vehículosautomotores deberán estar provistos de mecanismos y dispositivos deseguridad necesarios para:

a) evitar la caída o retorno brusco de laplataforma, cuchara, cubeta, receptáculo o vehículo, a causa de averíade la máquina, mecanismo elevador o transportador o por la rotura delos cables, cadenas, etc. utilizados.

b) evitar la caída de personas y de los materialesfuera de los citados receptáculos y vehículos o por los huecosexistentes en la caja.

c) evitar la puesta en marcha fortuita y las velocidades excesivas peligrosas.

ARTICULO 248 — Previo a su uso deberá verificarseque los vehículos y maquinaria automotriz y todos sus componentescumplan con las normas de seguridad en un todo de acuerdo con elpresente capítulo.

Deberán mantenerse en perfecto estado de utilización:

a) el sistema electromecánico, sistema de frenos y dirección, luces frontales, traseras y bocinas;

b) los dispositivos de seguridad tales como: señalesde dirección, limpiaparabrisas, descongeladores y desempañantes deparabrisas y de luneta trasera, extinguidores de incendio, sistema dealarma para neumáticos, espejos retrovisores, luces de marcha atrás,señal de marcha atrás audible para camiones y vehículos que la posean,superficies antideslizantes en paragolpes, pisos y peldaños, cinturónde seguridad, marcas reflectantes, etc.

ARTICULO 249 — Deberán llevar un rótulo visible conindicación de carga máxima admisible que soportan, según lo normado enel Capítulo de Señalización.

En ningún caso transportarán personas, a menos que estén adaptados para tal fin.

ARTICULO 250 — Todos estos vehículos estaránprovistos de frenos que puedan inmovilizarlos aun cuando se hallencargados al máximo de su capacidad, en cualquier condición de trabajo yen máxima pendiente admitida. Dichos frenos serán bloqueados cuando elvehículo se encuentre detenido. Además el vehículo deberá estarprovisto de calzas para sus ruedas, las que deberán utilizase cuandosea necesario y siempre y cuando el vehículo se encuentre detenido enpendiente.

ARTICULO 251 — Los vehículos y maquinariasautomotriz estarán provistos de asiento para el conductor, que deberánreunir condiciones ergonométricas, y de medios seguros para ascender ydescender.

Todos aquellos vehículos en los que no se puedadisponer de cabinas cerradas, estarán provistas de pórticos deseguridad de resistencia suficiente en caso de vuelco y protegidos delas caídas de altura con barandas y zócalos en su contorno al vacío.

ARTICULO 252 — Los accesos a las cabinas y puestosde los operadores, ya sean escaleras, rampas, pasarelas, etc.,cumplirán con las características especificadas en el Capítulo deAndamios. Deberán limpiarse de aceite, grasa, barro o cualquier otrasustancia resbaladiza.

ARTICULO 253 — Los tubos de escape estaráninstalados de manera que los gases y humos nocivos no se acumulenalrededor del conductor ni de los pasajeros, y estarán provistos deparachispas en buenas condiciones.

ARTICULO 254 — Durante la operación o desplazamientode un vehículo no se permitirá que una persona vaya de pie, o sentadasobre el techo, remolque, barras de enganche, guardabarros, estribos ocarga del vehículo. También está prohibido que las personas asciendan,desciendan o pasen de un vehículo a otro estando estos en movimiento.

ARTICULO 255 — El mecanismo de enganche de losvehículos de tracción evitará que el trabajador tenga que colocarseentre el vehículo que se engancha y el contiguo, si uno de ellos estáen movimiento. Impedirá que los vehículos que se enganchen puedanchocar entre sí, tendrán una resistencia tal que permita remolcar lacarga más pesada en las condiciones más desfavorables y estaránprovistos de mecanismos de enclavamiento.

Los pasadores estarán diseñados de forma que nopuedan salirse accidentalmente de su sitio. Se utilizarán, en caso deser necesario, cadenas de enganche.

ARTICULO 256 — En caso que un vehículo sea apto paratransportar personas, no se permite en él transporte de líquidosinflamables, material explosivo y/o sustancias y/o tóxicas.

ARTICULO 257 — Todos los vehículos y maquinariasllevarán obligatoriamente cinturón de seguridad combinado inercial(cintura y banderola), y éstos serán utilizados en forma permanente porsus usuarios.

ARTICULO 258 — Los conductores no estarán expuestosa un nivel sonoro superior a los valores establecidos en estereglamento. Si estos valores fueran excedidos, se tomarán las medidaspertinentes para disminuirlos.

ARTICULO 259 — Cualquier trabajo que se realicedebajo de un vehículo o maquinaria, se efectuará mientras éste seencuentre detenido y debidamente calzado y soportado con elementosfijos si es elevado para tal fin.

CAMIONES Y MAQUINARIAS DE TRANSPORTE

ARTICULO 260 — La carga que se transporte en loscamiones no deberá sobrepasar su capacidad, ni el peso estipulado, nise deberá cargar por encima de los costados. En el caso de tener quetransportar un bulto unitario que haga imposible cumplir con estanorma, se recurrirá a la señalización de alto grado de visibilidad.

ARTICULO 261 — Los camiones volcadores deben tenerobligatoriamente una visera o protector de cabina. No obstante, cuandoun camión se cargue por medio de otro equipo (grúa, pala cargadora,etc.), el conductor debe asegurarse que la carga no pueda alcanzar lacabina o el asiento.

HORMIGONERAS

ARTICULO 262 — Todos los engranajes, cadenas, rodillos y trnsmisiones estarán resguardados para evitar contactos accidentales.

ARTICULO 263 — Será obligatorio la protecciónmediante barandas laterales para impedir que los trabajadores pasen pordebajo del cubo cuando éste esté en lo alto. También se deberánproteger mediante rejillas las tolvas en que se pudiera caer unapersona.

El equipo deberá contar con un mecanismo de enclavamiento que evite el accionamiento del tambor cuando se proceda a su limpieza.

ARTICULO 264 — Antes de abandonar su puesto detrabajo, el conductor dejará la cubeta apoyada en el suelo, a menos quela misma se encuentre sólidamente inmovilizada en posición elevada pormedio del dispositivo complementario de seguridad. Asimismo, seasegurará que la máquina no pueda ser accionada en forma accidental.

APARATOS ELEVADORES

ARTICULO 265 — El personal afectado a tareas queutilicen aparatos elevadores deben ser adecuadamente adiestrados ycapacitados en los riesgos de las tareas específicas a las que ha sidoasignado.

ARTICULO 266 — Las grúas y aparatos y dispositivosequivalentes fijos o móviles deben disponer de todos los datos técnicosdel equipo (tablas, ábacos y curvas) que permitan el cálculo de cargasmáximas admisibles para distintas condiciones de uso, redactadas enidioma castellano y en sistema métrico decimal, grabadas en lugarvisible y en la placa de origen.

ARTICULO 267 — El montaje y desmontaje de grúas yaparatos de izar se debe hacer bajo la supervisión directa de personalcompetente debiendo ser examinados periódicamente, por personalcompetente, todos los elementos del armazón, del mecanismo y de losaccesorios de fijación de las grúas, cabrestantes, tornos y restantesdispositivos de elevación.

ARTICULO 268 — Las maniobras con aparatos elevadoresdeben efectuarse mediante un código de señales preestablecidos u otrosistema de comunicaciones efectivo. Asimismo, el área de desplazamientodebe estar señalizada, quedando prohibida la circulación de personasmientras se ejecuta la tarea y que los trabajadores sean transportadoscon la carga.

ARTICULO 269 — Los elementos de los aparatoselevadores se deben construir y montar con los coeficientes deseguridad siguientes:

TRES (3) para ganchos empleados en los aparatos accionados a mano.

CUATRO (4) para ganchos empleados en los aparatos accionados con fuerza motriz.

CINCO (5) para aquellos que se empleen en el izado o transporte de materiales peligrosos.

CUATRO (4) para las partes estructurales.

SEIS (6) para los cables izadores.

OCHO (8) para transporte de personas.

ARTICULO 270 — En el caso de las cubetas basculantesdeben estar provistas de un dispositivo que impida de manera efectivasu vuelco accidental.

ARTICULO 271 — Aquellas cargas suspendidas que porsus características sean recibidas por los trabajadores para suposicionamiento deben ser guiadas mediante accesorios (cuerdas u otros)que eviten el desplazamiento accidental o contacto directo. Laelevación de materiales sueltos debe hacerse con precauciones yprocedimientos que impidan la caída de aquellos. No deben dejarse losaparatos elevadores con cargas suspendidas.

ARTICULO 272 — Las entradas del material a losdistintos niveles donde éste se eleve, deben estar dispuestas de formatal que los trabajadores no deban asomarse al vacío para efectuar lasoperaciones de carga y descarga.

ARTICULO 273 — Los aparatos elevadores accionadosmanualmente deberán contar con dispositivos que corten automáticamentela fuerza motriz cuando se sobrepase la altura, el desplazamiento o lacarga máxima.

CABINAS

ARTICULO 274 — Deben tener una resistencia tal yestar instaladas de forma que ofrezcan una protección adecuada aloperador contra las caídas y la proyección de objetos, eldesplazamiento de la carga y el vuelco del vehículo. Deben ofrecer aloperador un campo visual apropiado. Los parabrisas y ventanas deben serde material inastillable de seguridad.

ARTICULO 275 — Deben estar bien aireadas y enrazonables condiciones, evitándose la acumulación de humos y gases ensu interior, teniendo en el caso de zonas frías un sistema decalefacción. Su diseño debe permitir que el operador pueda abandonarlarápidamente en caso de emergencia.

ARTICULO 276 — Los accesos a las cabinas y puestosde los operadores, ya sean pasarelas, rampas, escaleras, etc., debencumplir con las características ya especificadas en el capítuloEscalera y sus protecciones.

GRUAS

ARTICULO 277 — Las grúas y equipos equivalentesdeben poseer como mínimo en servicio los dispositivos y enclavamientosoriginales más aquellos que se agreguen a fin de posibilitar ladetención de todos los movimientos en forma segura y el accionamientode los límites de carrera de izado y traslación.

ARTICULO 278 — Cuando la grúa requiera el uso deestabilizadores de apoyo, no se debe operar con cargas hasta que losmismos estén posicionados sobre bases firmes que eviten el vuelco de lagrúa. Igual criterio de precaución se debe aplicar cuando el equipoesté ubicado sobre neumáticos, en cuyo caso será necesario que esténcalzados para evitar desplazamientos accidentales.

ARTICULO 279 — Los armazones de los carros y losextremos del puente en las grúas móviles deben estar provistos de topeso ménsulas de seguridad para limitar la caída del carro o puente en elcaso de rotura de una rueda o eje.

ARTICULO 280 — Cuando las grúas se accionen desde elpiso de los locales se debe disponer de pasillos a lo largo de surecorrido, de un ancho mínimo de NOVENTA CENTIMETROS (90 cm), sindesniveles bruscos, para el desplazamiento del operador.

ARTICULO 281 — Los puentes grúas deben disponer depasillos y plataformas de un ancho no inferior a SESENTA CENTIMETROS(60 cm.) a lo largo de todo el puente, provistos de baranda y pisosantideslizantes, que garanticen la seguridad del trabajador.

AUTOELEVADORES Y EQUIPOS SIMILARES

ARTICULO 282 — No se debe circular conautoelevadores en superficies con obstáculos o desniveles quecomprometan su estabilidad. Tampoco se debe cargar ni descargarmanualmente un autoelevador mientras se encuentre realizandomovimientos, ni transportar cargas suspendidas y oscilantes o personas.

MONTACARGAS

ARTICULO 283 — Los huecos no usados de losmontacargas se deben proteger por medio de mallas, rejas o tabiques, demodo tal que imposibilite el acceso y la caída de personas y objetos.El montaje y desmontaje de montacargas debe ser efectuado por personalcon adecuada capacitación, provisto de cinturones y restantes elementosde seguridad, bajo la supervisión del responsable de la tarea.

ARTICULO 284 — Los puntos de acceso a losmontacargas deben estar provistos de puertas resistentes u otrasprotecciones análogas. La protección del recinto debe tener una alturamínima de 2 m. por encima del suelo, rellano o cualquier otro lugar enel que se haya previsto su acceso.

ARTICULO 285 — La estructura y sus soportes debentener suficiente resistencia para sostener la carga máxima prevista yel peso muerto del montacarga, con un coeficiente de seguridad de CINCO(5) como mínimo. Deben preverse una cubierta fijada en forma segura alos laterales del conducto del nivel más alto al que acceda elmontacargas.

ARTICULO 286 — Las torres de los montacargas exteriores deben levantarse sobre bases firmes y convenientemente arriostradas.

ASCENSORES Y MONTACARGAS QUE TRANSPORTAN PERSONAS

ARTICULO 287 — La construcción y mantenimiento delos elevadores y montacargas para el personal deben reunir las máximascondiciones de seguridad, de acuerdo al artículo siguiente, noexcediéndose en ningún caso las cargas máximas admisibles por elfabricante. Hasta que dichos equipos no reúnan esas condiciones seimpedirá el acceso a los mismos, por medios eficaces, del personal noafectado a su instalación.

ARTICULO 288 — Deberán satisfacer las siguientes condiciones de seguridad:

a) Todas las puertas exteriores, tanto de operaciónautomática como manual, deben contar con cerraduras electromecánicascuyo accionamiento será el siguiente:

I. la traba mecánica impedirá la apertura de la puerta cuando el ascensor o montacargas no esté en ese piso.

II. la traba eléctrica provocará la detención instantánea en caso de apertura de puerta.

b) Todas las puertas interiores o de cabina, tantode operación automática como manual, debe poseer un contacto eléctricoque provoque la detención instantánea del ascensor o montacarga en casode que la puerta se abra más de VEINTICINCO MILIMETROS (25 mm.).

c) Para casos de emergencia, todas las instalacionescon puertas automáticas deben contar con un mecanismo de aperturamanual operable desde el exterior mediante una llave especial.

d) Deben contar con interruptores de límite decarrera que impidan que continúen su viaje después de los pisosextremos. Estos límites los harán detener instantáneamente a unadistancia del piso tal que los pasajeros puedan abrir las puertasmanualmente y descender.

e) Deben tener sistemas que provoquen su detencióninmediata y trabado contra las guías en caso de que la cabina tomevelocidad descendente excesiva, equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) más de su velocidad normal, debido a fallas en el motor, corte decables de tracción u otras causas. Estos sistemas de detencióninstantánea deben poseer interruptores eléctricos, que corten la fuerzamotriz antes de proceder al frenado mecánico descripto.

f) Debe indicarse en forma destacada y fácilmentelegible la cantidad de pasajeros que pueda transportar y la cargamáxima admisible respectivamente.

g) Debe impedirse que los conductores eléctricos ajenos al funcionamiento pasen por dentro del hueco.

h) Los ascensores de puertas automáticas deben estar provistos de medios de intercomunicación.

i) La sala de máquinas debe estar libre de objetos almacenados y disponer de medios de extinción por riesgo de incendio.

CABLES, CADENAS, CUERDAS Y GANCHOS

ARTICULO 289 — Los anillos, cuerdas, ganchos,cables, manguitos, eslabones giratorios, poleas y demás elementosutilizados para izar o bajar materiales o como medios de suspensión,deben ser ensayados:

a) Antes de iniciar una obra.

b) Cuando se los destine a otro uso.

c) Cuando se produjera algún tipo de incidente (sobrecarga, parada súbita, etc.) que pueda alterar la integridad del elemento.

d) Con la periodicidad que indique el responsable deHigiene y Seguridad. Esta tarea debe ser realizada por personalcompetente y autorizada por el responsable a cargo del montaje.

ARTICULO 290 — En su caso, deben tener identificadala carga máxima admisible que soporten, ya sea a través de cifras yletras, de un código particular, de planillas, etc. Dicha carga debeser estrictamente respetada en cada operación.

ARTICULO 291 — Todos los elementos consideradosdeben almacenarse agrupados y clasificados según su carga máxima deutilización en lugar seco, limpio, cerrado y bien ventilado, evitandoel contacto con sustancias corrosivas, ácidos, álcalis, temperaturasaltas o tan bajas que le produzcan congelamiento. Dichos elementos sedeben almacenar colgados.

ARTICULO 292 — Todo elemento defectuoso debe serreemplazado, no admitiéndose sobre él ningún tipo de tratamiento,reparación o modificación. Ninguno de los elementos mencionados debeentrar en contacto con aristas vivas, arcos eléctricos o cualquier otroelemento que pueda perjudicar su integridad.

CABLES METALICOS DE USO GENERAL

ARTICULO 293 — Los cables metálicos de uso general deberán cumplir las siguientes condiciones:

a) Serán de acero, con una resistencia mínima deseguridad a la tracción de CIENTO CUARENTA KILOGRAMOS (140 kg.) pormilímetro cuadrado. En ningún caso el coeficiente será inferior a TRESCON CINCO (3,5) veces la carga máxima admisible.

b) Deben ser de una sola pieza, no aceptándose uniones longitudinales.

c) No tendrán fallas visibles, nudos o cocas, quebraduras, etc., ni estarán deshilachados.

d) Las terminales y sujetadores de los cables queconstituyen la gaza así como el apriete de bridas y abrazaderas debenser examinados antes de su uso.

e) Los cables deben ser lubricados periódicamente,de acuerdo al uso y a las condiciones ambientales del lugar donde selos utiliza o donde se los almacena. El lubricante usado no debecontener ácidos y álcalis.

f) Los cables que presenten desgaste, corrosión, alargamiento e hilos rotos deben ser desechados.

g) Diariamente deben ser verificados visualmente por el operador bajo la supervisión del responsable de la tarea.

h) El diámetro de las poleas o de los carreteles enlos que se enrolle un cable no debe ser inferior al fijado en larecomendación escrita del fabricante de dicho cable o en las normaspertinentes.

i) Todo terminal de cable debe estar constituido porelementos que tengan una resistencia superior a la del cable en UNA CONCINCO (1, 5) veces la resistencia del mismo.

CABLES METALICOS DE USO ESPECIFICO

ARTICULO 294 — Todo cable que se utilice en carrilesaéreos, funiculares, ascensores y montacargas se deben considerar deuso específico y ajustarse a factores de seguridad en función de lavelocidad de desplazamiento y condiciones de utilización.

CUERDAS

ARTICULO 295 — Se deben reemplazar todas aquellascuerdas de fibra que presenten desgaste por frotamiento,deshilachamiento, aplastamiento, decoloración o cualquier otro signo dedeterioro.0 Debe hacerse una revisión visual antes de cada uso bajo lasupervisión del responsable de la tarea.

ARTICULO 296 — En el almacenamiento de las cuerdasde fibra se deben respetar las normas generales de almacenamientodescriptas, debiendo además tenerse en cuenta que no deben estar encontacto con superficies ásperas, tierra, grada o arena y que debenprotegerse de los roedores.

ARTICULO 297 — Las cuerdas de fibras deberán pasarúnicamente por poleas que tengan una garganta de un ancho igual aldiámetro de la cuerda y que no presenten aristas vivas, superficiesásperas o partes salientes.

ARTICULO 298 — Las cuerdas de fibras naturales no deben utilizarse cuando estén húmedas o mojadas.

ARTICULO 299 — No se permite el uso de fibrasnaturales de tipo sisal. Las de manila deberán satisfacer uncoeficiente de seguridad igual a NUEVE (9).

ARTICULO 300 — Será obligación de los fabricantesconsignar claramente los factores de seguridad a utilizar, las tablasde resistencia y la vida media de estos elementos, en los catálogos decomercialización. En todos los casos, deberán cumplir con las normas decalidad nacionales e internacionales, de los institutos denormatización reconocidos.

ARTICULO 301 — Será obligatorio usar la tabla de laresistencia a la tracción y pesos provista por el fabricante. En casode ausencia de ésta y hasta un año de promulgación después de laentrada en vigencia del presente decreto, se usará la que integra estereglamento.

CADENAS

ARTICULO 302 — Sólo pueden utilizarse cadenas que seencuentren en su condición original y que la deformación máxima decualquiera de sus eslabones no presente alargamientos superiores alCINCO POR CIENTO (5 %) de su longitud inicial. Asimismo, no debe usarseninguna cadena que presente algún eslabón con un desgaste mayor alQUINCE POR CIENTO (15 %) de su diámetro inicial.

ARTICULO 303 — Se deben construir de acero forjado yse seleccionará para un esfuerzo calculado con un coeficiente deseguridad mayor o igual a CINCO (5) para la carga máxima admisible.

ARTICULO 304 — Los anillos, ganchos, argollas de losextremos o cualquier otro elemento que participe directamente delesfuerzo del conjunto, deben ser del mismo material que la cadena a laque van fijados.

ARTICULO 305 — Las poleas o ejes de arrollamiento deben ser apropiados al tipo de cadena a utilizar.

ESLINGAS

ARTICULO 306 — Deben estar construidas con cadenas,cables, cuerdas de fibra o fajas de resistencia adecuada para soportarlos esfuerzos a los que serán sometidos. Se prohibe el uso de eslingascuyos elementos no cumplan con lo normado en el rubro cables, cadenas,cuerdas y ganchos.

ARTICULO 307 — Las capacidades de carga nominalvarían con cada configuración de empleo de la eslinga y con el ángulode apertura, respecto de la vertical. El fabricante debe emitir tablascon los respectivos valores. El fabricante debe proveer informacióntécnica detallada de los ensayos realizados sobre las eslingas de sufabricación.

ARTICULO 308 — Los anillos, ganchos, eslabonesgiratorios y eslabones terminales, montados en las cadenas de izadodeben ser de material de por lo menos igual a la resistencia que lacadena.

ARTICULO 309 — Cuando las eslingas sean cables, deben mantenerse limpias y lubricadas.

ARTICULO 310 — Cuando se usen DOS (2) o más eslingascolgadas de un mismo gancho o soporte, debe verificarse que cada una deellas, esté tomada en forma individual del referido elemento, noadmitiéndose que se tome una eslinga a otra.

ARTICULO 311 — En la operación, las eslingas debenser protegidas en aquellos puntos donde la carga presente ángulosvivos. Los trabajadores deben mantener sus manos y dedos alejados tantode las eslingas como de la carga.

GANCHOS, ANILLOS, GRILLETES Y ACCESORIOS

ARTICULO 312 — Cuando estos accesorios se utilicenen eslingas, deben tener una resistencia mínima de UNA CON CINCO (1,5)veces la resistencia de la eslinga, excepto en aquellos casos en losque el conjunto (todos los elementos que constituyen la eslingacompleta) cuente con certificación técnica.

ARTICULO 313 — Los ganchos deben ser de aceroforjado y poseerán un pestillo de seguridad que evite la caídaaccidental de las cargas. La parte de los ganchos que entre en contactocon cables, cuerdas y cadenas no debe tener aristas vivas.

ARTICULO 314 — Deben ser desechados todos aquellosganchos que se hallen abiertos más del QUINCE POR CIENTO (15 %) de ladistancia original de la garganta, medido en el lugar de menordimensión, o que estén doblados más de DIEZ GRADOS (10) fuera del planopropio del gancho.

ARTICULO 315 — Los grilletes utilizados para lasuspensión de motones deben tener pasadores sujetos con contratuercas ychavetas pasantes sobre el bulón del grillete.

PASTECAS O MOTONES

ARTICULO 316 — El diámetro de las poleas o roldanasque constituyen los motones debe ser como mínimo igual a VEINTE (20)veces el diámetro del cable a utilizar.

Es obligatorio el reemplazo de toda polea cuya garganta estuviera deteriorada.

ARTICULO 317 — El responsable de la maniobra deberevisar el motón y lubricar su eje antes de ser utilizado. Se prohibeel uso de todo motón cuyo desgaste pueda comprometer el deslizamientode la polea sobre su eje, así como también aquellos cuyas deformacionesde caja permita que el cable se encaje entre ésta y la polea.

ARTICULO 318 — No se deben utilizar cables metálicos en motones concebidos para utilizar cuerdas de fibra.

ESLINGA DE FAJA DE TEJIDO DE FIBRAS SINTETICAS

ARTICULO 319 — Debe poseer las siguientescaracterísticas y condiciones que deben ser detalladas en lasespecificaciones técnicas por el fabricante:

a) Resistencia suficiente a los esfuerzos que especifica su fabricante.

b) Espesor y ancho uniforme.

c) Tener orillos de fábrica.

d) No presentar deshilachados ni estar cortados de una faja más ancha.

e) La faja debe estar confeccionada con hilo de igual material.

f) La costura, por acoplamiento de los extremos dela faja y formación de ojales, debe tener una resistencia superior a latensión de rotura de la eslinga.

g) El coeficiente de seguridad mínimo para las fajas de fibras sintéticas es igual a CINCO (5).

ARTICULO 320 — Los herrajes deben satisfacer los siguientes requisitos:

a) Tener capacidad suficiente para resistir el doble de la carga nominal de la faja sin mostrar deformación permanente.

b) Resistencia de tensión de rotura por lo menos igual a la de la eslinga.

c) Estar libre de todo ángulo vivo que pueda dañar el tejido.

ARTICULO 321 — Cada eslinga deberá ser marcada o codificada de manera que pueda ser identificada por:

— Nombre o marca registrada del fabricante.

— Capacidad de carga nominal para el tipo de uso.

— Tipo de material del que está construida.

ARTICULO 322 — Una vez determinado el valor de lacarga a mover, se seleccionará la eslinga en función de laconfiguración de la lingada, carga y medio ambiente de trabajo.

ARTICULO 323 — Cuando una eslinga esté preparadapara ser empleada como lazo, debe ser el largo suficiente para que elherraje que oficie de ojo del lazo caiga en zona de faja.

ARTICULO 324 — En las operaciones con eslingas se debe observar lo siguiente:

— No deben ser arrastradas por el piso, ni sobre superficie abrasiva alguna.

— No serán retorcidas ni anudadas de modo alguno.

— No se extraerán por tracción si están aprisionadas por la carga.

— No serán dejadas caer de altura.

— No se depositarán en lugares que les provoquen agresiones mecánicas o químicas.

— No se usarán en ambientes ácidos.

— No se emplearán en ambientes cáusticos cuando sean de polyester o polipropileno.

— No se usarán en ambientes cuya temperatura sea mayor a los OCHENTA GRADOS CENTIGRADOS (80 C), cuando sean de polipropileno.

— No se emplearán en atmósferas cáusticas, cuando tengan herrajes de aluminio.

ARTICULO 325 — En general, deben ser inspeccionadaspor el responsable de la tarea antes de cada uso. La frecuencia de estainspección dependerá de la frecuencia de uso de la eslinga y laseveridad de las condiciones de trabajo.

Toda reparación debe ser efectuada por su fabricanteo personal especializado, el que debe extender un certificado por lacarga nominal, luego de ser reparada. Se prohiben las reparacionesprovisorias.

ESLINGAS DE FAJA METALICA

ARTICULO 326 — Las eslingas de faja deben ser deacero carbono o de acero inoxidable y todos sus componentes debensatisfacer las condiciones de capacidad, resistencia y seguridadadecuadas a las funciones a que sean destinadas. Deberán poseermarcaciones permanentes conteniendo los siguientes datos:

— Marca y nombre del fabricante.

— Capacidad nominal para su uso como eslinga simple que enlace la carga y como eslinga engachable en ambos extremos.

ARTICULO 327 — Estas eslingas deben ser ensayadasantes de su primer uso y después de cada reparación, con un coeficientede seguridad igual a CINCO (5). Se inspeccionarán con la periodicidadindicada por el responsable de Higiene y Seguridad, debiéndose desecharlas que presenten anomalías que signifique riesgo para la seguridad delos trabajadores, en especial las siguientes:

— Soldadura quebrada o defectos metálicos en los ojales.

— Alambres cortados en cualquier lugar de la malla.

— Reducción del diámetro de los alambres superioresal VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) por abrasión o al QUINCE POR CIENTO(15 %) por corrosión.

— Falta de flexibilidad por distorsión del tejido de la malla.

— Deformación o deterioros en la ranura del ojal dela hembra, de modo que ésta supere en un QUINCE POR CIENTO (15 %) supropia dimensión original.

— Deterioro metálico de los extremos que hagan que su ancho se vea disminuido en más de un DIEZ POR CIENTO (10 %).

— Cualquier desgaste o deterioro de los extremos quehaga que la sección metálica remanente alrededor de los ojales estéreducida en más de un QUINCE POR CIENTO (15 %) de la sección original.

— Toda deformación del extremo que presente una distorsión o alabeo.

Luego de cada reparación y antes de su nuevo uso, estas eslingas deben ser sometidas a un ensayo de carga.

ARTICULO 328 — El personal afectado a tareas queutilicen eslingas de faja metálica deberá ser adecuadamente adiestradoen las respectivas operaciones y capacitado en relación a los riesgosespecíficos de esa actividad y del uso de estos accesorios. Elresponsable de Higiene y Seguridad intervendrá en la determinación delos métodos de trabajo y de los requerimientos de características,capacidad, almacenamiento y manipulación de las fajas.

ARTICULO 329 — Las eslingas deben utilizarse dentrode las temperaturas límites indicadas por el fabricante para protegersu integridad. En su ausencia, el responsable de Higiene y Seguridadindicará los valores a respetar.

TRANSPORTADORES

ARTICULO 330 — Todos los elementos de lostransportadores deben tener la suficiente resistencia para soportar enforma segura las cargas que hayan de ser transportadas. Deben estarprotegidos todos los elementos móviles o fijos que puedan presentarriesgos. Estarán provistos de dispositivos que permitan detenerlos encasos de peligro y que eviten que puedan seguir funcionando sincontrol. Debe evitarse la acumulación de carga electrostática.

ARTICULO 331 — Los pisos y pasillos a lo largo delos transportadores se deben conservar libres de obstáculos, seránantideslizantes y dispondrán de drenajes para evitar la acumulación delíquidos. Estos sistemas deben estar dotados de protecciones eficacesmediante elementos tales como: barandas, zócalos, techos, pasarelas,etc., que impidan el riesgo de caída de materiales o contactosaccidentales de los trabajadores que operen en el área.

ARTICULO 332 — Cuando se efectúe el paso de personassobre transportadores, deben instalarse pasarelas elevadas. Si eltransportador se encuentra a nivel del piso, elevado o en fosas, sedebe proteger con barandillas y zócalos.

ARTICULO 333 — Cuando un transportador, no estécompletamente cerrado y pase por lugares de trabajo o de tránsito sedebe instalar protecciones adecuadas para recoger cualquier materialque pueda caer del mismo.

ARTICULO 334 — Los transportadores que funcionendentro de sistemas cerrados deben poseer en sus bocas de inspecciónresguardos apropiados que impidan el contacto accidental con partes enmovimiento.

ARTICULO 335 — Cuando los transportadores esténprovistos de tolvas de carga se debe cumplir con lo establecido en elCapítulo Lugares de Trabajo, Item Protección contra la caída depersonas.

ARTICULO 336 — Todo tipo de manipulación,reparación, engrase, etc., en un transportador debe ser efectuadomientras la máquina esté detenida, previéndose además un método odispositivo que impida su puesta en marcha accidental mientras seefectúen dichas tareas.

ARTICULO 337 — En los transportadores de cangillonesel punto de carga debe estar dispuesto en forma que se evite el riesgode aprisionamiento y no se deben retirar con las manos deltransportador con la máquina en marcha.

ARTICULO 338 — En los transportadores de cinta sedeben instalar resguardos de forma tal que sea evitada toda posibilidadde introducir las manos en los puntos de contacto de la correa y lostambores cuando éste se halle en movimiento.

ARTICULO 339 — Los transportadores de hélice o detornillo deben estar protegidos en su totalidad de manera de impedir elcontacto accidental de los trabajadores con los órganos móviles.

SOLDADURA Y CORTE A GAS

ARTICULO 340 — En las tareas de corte o soldadura seutilizarán equipos que reúnan las condiciones de protección y seguridadde los trabajadores, verificándose que los respectivos localessatisfagan las exigencias ambientales establecidas en el Capítulocorrespondiente.

ARTICULO 341 — El personal afectado a las tareasdeberá estar debidamente adiestrado y capacitado en relación a losriesgos específicos de las mismas. Se le proveerá equipos de protecciónadecuados a dichos riesgos determinados por el responsable de Higiene ySeguridad y su uso será supervisado por el responsable de la tarea.

El personal que circule en las proximidades de lospuestos de soldadura deberá ser protegido de las radiaciones mediantepantallas o medios afines.

ARTICULO 342 — Cuando el trabajador ingrese a unespacio confinado a través de una boca de hombre u otra aberturapequeña, se le proveerá cinturón de seguridad y cable de vida, paraefectuar rescate de emergencia, debiendo ser asistido desde el exteriordurante el lapso que dure la tarea. Los cilindros de gas comprimidopermanecerán en el exterior mientras se realice la misma. Cuando seinterrumpan los trabajos se retirarán los sopletes del interior dellugar.

ARTICULO 343 — En las obras en que se realicen lostrabajos de soldadura y corte de recipientes que hayan contenidosustancias explosivas o inflamables, se los limpiará medianteprocedimiento de inertización y desgasificación. Si el contenido delrecipiente es desconocido se adoptarán recauciones como si se tratarade sustancias explosivas o infamables.

GENERADORES DE ACETILENO

ARTICULO 344 — La instalación, uso y mantenimientode generadores de acetileno cumplirá lo reglamentado en el Capítulo deInstalaciones a Presión.

CARBURO DE CALCIO

ARTICULO 345 — En la manipulación y almacenamientodel carburo de calcio deberá observarse precauciones eficientes paraevitar riesgos de incendios.

Los recipientes que lo contengan deben serherméticos, claramente individualizados y, ubicados en área protegidadel agua, elemento que no deberá utilizarse en caso de incendio.

Para abrir dichos recipientes deben utilizarse herramientas y procedimientos que no produzcan chispas.

ARTICULO 346 — Los recipientes que contengan carburode calcio deben colocarse a un nivel superior con respecto al piso, enlocales secos y bien ventilados.

Los locales donde se los almacenen tendrán avisosfácilmente visibles que indiquen la prohibición de usar agua en caso deincendio, así como la de fumar o hacer fuego.

ARTICULO 347 — La instalación de iluminaciónartificial en los locales donde se almacenan este material debe estarconcebida para evitar el riesgo de explosión. No podrán utilizarse endichos locales aparatos cuyo funcionamiento genere chispas noprotegidas.

ARTICULO 348 — Los recipientes vacíos deben ser destruidos, prohibiéndose su re-uso para cualquier fin.

CILINDROS DE GASES A PRESION

ARTICULO 349 — El almacenamiento, manipulación ytransporte de cilindros con gases a presión, cumplirá con loreglamentado en el Capítulo Aparatos y Equipos sometidos a presión.

REGULADORES

ARTICULO 350 — Se utilizarán reguladores de presión diseñados sólo y especialmente para el gas en uso.

ARTICULO 351 — Todos los reguladores, sean poroxígeno o para otros gases a presión, deben ir equipados con manómetrosde alta presión (para verificar el contenido) y de baja presión (pararegular el trabajo).

ARTICULO 352 — Los manómetros para alta presióndeben disponer de tapas de purga de seguridad que eviten la rotura delvidrio en caso de explosión interna.

ARTICULO 353 — Todo manómetro para gases oxidantes(oxígeno y otros) debe llevar expresamente indicada la prohibición deusar aceite o grasa lubricante.

ARTICULO 354 — Cuando se acoplen los reguladores alos cilindros no deberán forzarse las conexiones ni las roscas, y unavez instalados debe verificarse que no haya fugas.

MANGUERAS

ARTICULO 355 — Las mangueras empleadas para oxígenoy el gas combustible deben ser adecuadas al fluido a conducir y a supresión máxima de trabajo, de colores diferentes y cumplir con lossiguientes requisitos:

— No haber sido usadas para conducir aire comprimido.

— Estar protegidas mecánicamente contra el paso de vehículos y agresiones similares.

— No deben tener revestimientos exteriores metálicos.

— Contar con dispositivos que eviten el retroceso de llamas.

— Contar con válvulas de bloqueo.

— No haber sido objeto de reparaciones.

— Las conexiones deben estar hechas utilizando abrazadera de metal, de cremallera o similar.

BOQUILLAS Y SOPLETES

ARTICULO 356 — Deben conservarse limpios y con ellos sólo se efectuarán trabajos para los cuales han sido diseñados.

ARTICULO 357 — Debe utilizarse el encendedorespecífico o una llama piloto para encender los sopletes evitando laaproximación de la mano a la boquilla del mismo.

ARTICULO 358 — Para apagar un soplete se cerrará primero la válvula de acetileno.

GENERADORES DE VAPOR

ARTICULO 359 — El personal afectado su operación,vigilancia y mantenimiento deberá estar adecuadamente instruido yadiestrado en las tareas específicas a que ha sido asignado ycapacitado en los riesgos emergentes de dichas tareas. Se le proveeráadecuados elementos de protección y seguridad habilitados según lasnormas en vigor.

ARTICULO 360 — Se prohibe que en el área donde seencuentre ubicado el generador se almacenen sustancias combustibles,como así todo producto o elemento ajeno al funcionamiento del mismo.

COMPRESORES

ARTICULO 361 — Todas las máquinas compresoras deaire, líquidos u otros productos deben poseer en placas legibles lassiguientes indicaciones: nombre del fabricante, año de fabricación,presión de prueba y de trabajo, número de revoluciones del motor ypotencia del mismo.

Dichos equipos estarán dotados de manómetrosprotegidos contra estallido y de dispositivos automáticos de seguridadque impidan que se sobrepase la presión máxima admisible de trabajo.Los órganos móviles (manchones, poleas, correas o partes que presentenriesgo de accidente) deben ser adecuadamente resguardados.

CILINDROS DE GASES A PRESION

ARTICULO 362 — Los cilindros y otros envases que contengan gases a presión deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Contar con certificado habilitante.

b) Indicar claramente el contenido del cilindro enel cabezal y capuchón con letras y códigos de acuerdo a las NormasTécnicas internacionalmente reconocidas.

c) Estar provistos de válvulas, manómetros, reguladores y dispositivos de descarga.

ALMACENAJE

ARTICULO 363 — El almacenamiento, manipulación ytransporte debe efectuarse observando las estrictas medidas deseguridad indicadas por el personal de Higiene y Seguridad y bajo lasupervisión del responsable de la tarea.

Se observarán rigurosamente las Combinacionespermitidas y las Combinaciones Prohibidas y se utilizarán los coloresconvencionales para la identificación de los envases.

Seguridad ARSEG

ALMACENAMIENTO DE GASES COMPRIMIDOS -

COMBINACIONES PERMITIDAS Y PROHIBIDAS

Nombre y fórmula

Oxígeno

Oxido nitroso

Hidrógeno

Acetileno

Etileno

Argón (A)Acetileno (C2H2)AireBióxido de Carbono (CO2)Etileno (C2H4)Helio (He)Hidrógeno (H2)Nitrógeno (N2)Oxido nitroso (N2O)Oxígeno (O2)Propano (C1H)Ciclopropano(C1H6)02-001 Mezclas02-He MezclasN2O-CO2 MezclasN2-He Mezclas02-A Mezclas (Menos del 5 % O2)O2-A Mezclas (Más del 5 % O2)

SINOSISINOSINOSISI-NONOSISISISISISI

SINOSISINOSINOSI-SINONOSISISISISISI

SISINOSISISI-SINONOSISINONONOSISINO

SI-NOSISISISISINONOSISINONONOSISINO

SISINOSI-SISISINONOSISINONONOSISINO


ARTICULO 364 — Los cilindros deben protegerse de lasvariaciones de temperatura y de descargas eléctricas y ubicarse enlocales adecuadamente ventilados.

Además, debe evitarse toda posibilidad de golpes,separando los cilindros vacíos de los llenos y también los de distintostipos de gases.

UTILIZACION DE GASES COMPRIMIDOS

ARTICULO 365 — Está prohibido usar equiposreductores, válvulas, mangueras, etc. en un gas distinto al que se ledestinó inicialmente.

ARTICULO 366 — Las conexiones a los cilindros debenestar firmemente ajustadas mediante abrazaderas apropiadas para evitarfugas. Como sistema de detección de pérdidas o fugas debe utilizarseagua jabonosa u otro procedimiento seguro.

ARTICULO 367 — Se prohibe acoplar o conformarbaterías de cilindro en obra. Estos sistemas deben ser provistos por elfabricante del equipo.

DEPOSITOS DE AIRE COMPRIMIDO

ARTICULO 368 — Losa equipos de aire comprimido debenestar equipados con válvula de seguridad, manómetro y grifo de purga.También, con válvula de retención entre el depósito y el compresor.

Deben contar con una abertura adecuada instalada de modo que sea accesible a los efectos de la inspección y limpieza.

ARTICULO 369 — Deben ser inspeccionados y probados aintervalos no mayores de un año por parte del fabricante, la firmainstaladora o profesional competente.

CONDUCTOS DE VAPOR Y DE GAS

ARTICULO 370 — Para las tuberías y conductos devapor y gases a presión deben adoptarse medidas preventivas deaccidentes como las que siguen:

a) Deberán señalizarse, destacando la ubicación de las válvulas de apertura y cierre de los conductos de vapor y gas.

b) Se adoptarán procedimientos especialesdebidamente autorizados para tareas de conexión o desconexión detuberías mientras exista presión en ellas.

c) Se aislarán de manera apropiada las tuberías queconduzcan fluidos calientes a presión y pasen a través de paredes,tabiques, pisos u otros sitios construidos de material combustible y enlos puntos en que los trabajadores puedan entrar en contacto con ellos.

d) Se evacuarán los fluidos que escapen de lasválvulas de seguridad y de otras similares, de modo que no impliquenriesgo para los trabajadores.

DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD

ARTICULO 371 — Todos los dispositivos de seguridadse ensayarán y mantendrán en perfectas condiciones de funcionamiento.La periodicidad de los ensayos estará acorde con las indicaciones delfabricante o la impuesta por los organismos competentes.

MAQUINAS Y EQUIPOS DE TRANSFORMACION DE ENERGIA

ARTICULO 372 — Su diseño, instalación y reparacióndeben cumplir las condiciones de seguridad, de modo que no seanpeligrosos para sus operadores, ni para el personal que deba estar enlas cercanías.

ARTICULO 373 — Cada máquina o equipo será motivo deun análisis de riesgo a cargo del responsable de Higiene y Seguridad aefectos de determinar si, además de los comandos generales propios delequipo o máquina, se requiere de algún dispositivo auxiliar para parode emergencia.

ARTICULO 374 — Sólo serán operados por personalcalificado debidamente y que haya recibido la capacitación previaespecífica para esa tarea, bajo la directa supervisión del responsablede la tarea.

ARTICULO 375 — Contarán con resguardos yprotecciones apropiados que permitan efectuar el control defuncionamiento de rutina, sin necesidad de retirar las mismas. Si poralgún motivo fuera necesario retirar esos resguardos, se contará condispositivos que corten o impidan el accionamiento de la máquina oequipo (trabas, candados, micro contactos, etc.), además de letreros uotras advertencias que señalen la prohibición de operar dichos equipos.

MOTORES DE COMBUSTION INTERNA

SISTEMA DE ARRANQUE Y PARADA

ARTICULO 376 — Los comandos de los sistemas dearranque y parada deben contar con dispositivos que eviten suaccionamiento accidental.

ARTICULO 377 — Los acumuladores de energía obaterías deben estar instalados alejados de fuentes de calor intenso yde lugares de producción de chispas o arcos eléctricos, debiendoadoptarse medidas preventivas del riesgo de la proyección deelectrólito en caso de rotura o explosión.

Antecedentes Normativos

- Artículo 3° sustituido por art. 1º del Decreto Nº 144/2001 B.O. 13/02/2001.e. 17/03/2015 N° 18435/15 v. 17/03/2015

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
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