Disposición 170/2015

Informe Sobre Tarifas - Actualizacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior Y Transporte
Informe Sobre Tarifas - Actualizacion

Apruebase la actualizacion del informe sobre tarifas indicativas del transporte automotor de cereales, oleaginosas, afines, productos, subproductos y derivados, correspondiente a la actualizacion de costos por el periodo comprendido entre julio de 2014 a febrero de 2015.

Id norma: 245317 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33097

Fecha boletin: 27/03/2015 Fecha sancion: 19/03/2015 Numero de norma 170/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Transporte Automotor Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

Disposición 170/2015

Bs. As., 19/3/2015

VISTO el Expediente N° S02:21838/2015 del Registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Disposición N° 36 de fecha 22 de marzo de 2012 de laSUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE,entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA YSERVICIOS, se declaró de interés regulatorio el transporte automotor decarga de granos por carretera de jurisdicción nacional.

Que como consecuencia de lo expuesto en el considerando anterior,resultó necesario establecer una tarifa indicativa para el transporteautomotor de cargas de cereales, oleaginosas y afines, que permita alsector la posibilidad de generar las inversiones necesarias para larenovación de la flota y sostenimiento de la actividad en el tiempo.

Que mediante la Disposición N° 37 de fecha 26 de marzo de 2012 de laSUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPORTE,entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA YSERVICIOS, se aprobó la publicación del Informe sobre tarifasindicativas del transporte automotor de cereales, oleaginosas, afines,productos, subproductos y derivados.

Que a través del artículo 2° de la Disposición N° 36/2012 de laSUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR se facultó a dicha Subsecretaría,a establecer, ya sea trimestralmente o en plazos menores si fuerenecesario, una tarifa indicativa con un piso de menos un cinco (5%) porciento y un tope incremental máximo del quince (15%) por ciento, parael sector de transporte automotor de carga de granos por carretera dejurisdicción nacional, haciéndola compatible con el resto de lasactividades de la cadena de comercialización de granos.

Que por su parte, el último párrafo del artículo 2° de la disposiciónseñalada en el considerando precedente establece que la FEDERACION DETRANSPORTISTAS ARGENTINOS (FETRA), podrá elevar propuestas de valortarifario para ser consideradas por la autoridad de aplicación, comoasí también otras Entidades.

Que mediante la Disposición N° 477 de fecha 17 de diciembre de 2012 dela SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARÍA DE TRANSPORTEdel MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se aprobaron las TarifasIndicativas del transporte automotor de cereales, oleaginosas, afines,productos, subproductos y derivados, a solicitud de diversas Entidadesque operan en el sector.

Que, asimismo, por Disposición N° 253 de fecha 18 de abril de 2013 dela SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARÍA DE TRANSPORTEdel MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se aprobó la actualización delInforme sobre Tarifas Indicativas del transporte automotor de cereales,oleaginosas, afines, productos, subproductos y derivados,correspondiente a la actualización de costos por el período comprendidoentre septiembre de 2012 y marzo de 2013.

Que, asimismo, mediante la Disposición de la SUBSECRETARÍA DETRANSPORTE AUTOMOTOR N° 8 de fecha 15 de enero de 2014 se aprobaron lastarifas indicativas por el período comprendido entre marzo y octubre de2013.

Que mediante la Disposición N° 137 de fecha 27 de febrero de 2014 de laSUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE deeste Ministerio se aprobó la actualización de costos de las tarifasreferidas para el período comprendido entre octubre de 2013 a febrerode 2014.

Que la Disposición N° 970 de fecha 16 de septiembre de 2014 de laSUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE deeste Ministerio aprobó la actualización del Informe sobre tarifasindicativas del transporte automotor de cereales, oleaginosas, afines,productos, subproductos y derivados, correspondiente a la actualizaciónde costos por el período comprendido entre febrero de 2014 y julio de2014.

Que durante el mes de febrero de 2015 comparecieron la FEDERACION DETRANSPORTISTAS ARGENTINOS (FETRA), la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADESEMPRESARIALES DEL AUTOTRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS (FADEEAC) y laCONFEDERACION ARGENTINA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS (CATAC),mediante las actuaciones citadas en el Visto, a fin de señalar laevolución de los distintos componentes del costo, desde julio de 2014 afebrero de 2015, de acuerdo a lo que les fuera solicitado y según losdatos recopilados por cada entidad, los que fueron analizados yevaluados técnicamente.

Que con sustento en los antecedentes agregados en las actuacionescitadas en el Visto, resulta necesario readecuar las tarifasindicativas del transporte automotor de cereales, oleaginosas, afines,productos, subproductos y derivados, previstas en la Disposición N°37/2012 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR y establecer unnuevo esquema de tarifas indicativas.

Que el Decreto N° 306 de fecha 2 de marzo de 2010 estableció comoautoridad de aplicación del transporte automotor de cargas dejurisdicción nacional e internacional, a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTEAUTOMOTOR de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DELINTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribucionesconferidas por el Decreto N° 34 de fecha 26 de enero de 2009, por elDecreto N° 306/2010, por la Disposición N° 36/2012 de la SUBSECRETARÍADE TRANSPORTE AUTOMOTOR y la Disposición N° 37/2012 de la SUBSECRETARÍADE TRANSPORTE AUTOMOTOR.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

DISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébase la actualización del Informe sobre tarifasindicativas del transporte automotor de cereales, oleaginosas, afines,productos, subproductos y derivados, correspondiente a la actualizaciónde costos por el período comprendido entre julio de 2014 a febrero de2015, que como ANEXO, forma parte integrante de la presente disposición.

ARTICULO 2° — La presente disposición entrará en vigencia a partir desu publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — EDGARDO COLOMBINI, Subsecretario deTransporte Automotor.

ANEXO

e. 27/03/2015 N° 20723/15 v. 27/03/2015

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