Disposición 24/2015

Estructura Organizativa - Asignacion De Secciones Y Oficinas

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Estructura Organizativa - Asignacion De Secciones Y Oficinas

Subdireccion general de operaciones aduaneras del interior. estructura organizativa. s/asignacion de secciones y oficinas.

Id norma: 245636 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33103

Fecha boletin: 08/04/2015 Fecha sancion: 07/04/2015 Numero de norma 24/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Subdireccion General De Operaciones Aduaneras Del Interior Ver Disposiciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Disposición 24/2015

Asunto: SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR.Estructura organizativa. S/Asignación de Secciones y Oficinas.

Bs. As., 7/4/2015

VISTO la Disposición N° 13 (AFIP) del 9 de enero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición citada en el VISTO se han introducidoadecuaciones en la estructura organizativa de la Dirección General deAduanas.

Que dichas modificaciones han impactado en la estructura de laSubdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, alredimensionar algunas unidades estructurales, a la vez que se hanactualizado la denominación y competencias correspondientes a lasSecciones y Oficinas pertenecientes a las Aduanas del Interior, con elobjeto de orientar la gestión aduanera para la atención de los nuevosdesafíos que presenta el comercio internacional.

Que asimismo, se ha dispuesto facultar a la Subdirección General deOperaciones Aduaneras del Interior a establecer la dependenciajerárquica de los cupos de Jefatura de Sección y Oficina asignados enel Anexo C, así como también a adecuar, conjuntamente con laSubdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, ladenominación, acción y tareas aprobadas por los Anexos BS y BO, a finde dotar a las estructuras orgánicas de las Aduanas de la suficienteflexibilidad y facilitar su adaptación a las particularidades de cadazona geográfica, modalidad de gestión y volumen de operaciones.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 67 dela Disposición N° 13 (AFIP) del 9 de enero de 2015, la suscripta seencuentra facultada para dictar la presente medida.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

DISPONE:

ARTICULO 1° — Aprobar el ANEXO I “DENOMINACIÓN Y DEPENDENCIA JERÁRQUICADE SECCIONES Y OFICINAS”, que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Determinar que de la División Operativa San Lorenzo,existente en el Departamento Aduana de San Lorenzo, dependerán DOS (2)unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas “InspecciónOperativa Norte” e “Inspección Operativa Sur”.

ARTICULO 3° — Determinar que de la División Operativa San Lorenzo,dependerá la unidad orgánica con nivel de Sección denominada“Inspección Técnica Operativa Las Parejas”.

ARTICULO 4° — Determinar que de la Sección Inspección Operativa Norte,existente en la División Operativa San Lorenzo, dependerán CUATRO (4)unidades orgánicas con nivel de Oficina denominadas “Unidad de ControlOperativo A”, “Unidad de Control Operativo B”, “Unidad de ControlOperativo C” y “Operatoria en Planta de Exportadores”.

ARTICULO 5° — Determinar que de la División Operativa Paso de losLibres, existente en el Departamento Aduana de Paso de los Libres,dependerá la unidad orgánica con nivel de Sección denominada,“Inspección Técnica Operativa Alvear”.

ARTICULO 6° — Determinar que de la Sección Inspección Operativa,existente en la División Operativa Mendoza del Departamento Aduana deMendoza, dependerán CUATRO (4) unidades orgánicas con nivel de Oficinadenominadas “Unidad de Control Operativo A”, “Unidad de ControlOperativo B”, “Unidad de Control Operativo C” y “Depósitos Fiscales”.

ARTICULO 7° — Determinar que de la Sección Inspección TécnicaOperativa, existente en la División Operativa Cristo Redentor delDepartamento Aduana de Mendoza, dependerá la unidad orgánica con nivelde Oficina denominada “Turismo y Tránsito Vecinal Fronterizo”.

ARTICULO 8° — Determinar que de División Aduana de Clorinda, dependeránDOS (2) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas “InspecciónTécnica Operativa Pilcomayo” e “Inspección Técnica Operativa DepósitoFiscal”.

ARTICULO 9° — Determinar que de la Sección Inspección Operativa,existente en la División Aduana de Clorinda, dependerán DOS (2)unidades orgánicas con nivel de Oficina denominadas “Unidad de ControlOperativo A” y “Unidad de Control Operativo B”.

ARTICULO 10. — Determinar que de División Aduana de Rosario, dependeránDOS (2) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas “InspecciónOperativa Norte” e “Inspección Operativa Sur”.

ARTICULO 11. — Determinar que de la Sección Inspección Operativa Sur,existente en la División Aduana de Rosario, dependerá UNA (1) unidadorgánica con nivel de Oficina denominada “Unidad de Control OperativoA”.

ARTICULO 12. — Determinar que de la Sección Inspección Operativa Norte,existente en la División Aduana de Rosario, dependerán DOS (2) unidadesorgánicas con nivel de Oficina denominadas “Unidad de Control OperativoB”, “Unidad de Control Operativo C” y “Depósitos Fiscales”.

ARTICULO 13. — Determinar que de la Sección Inspección Operativa,existente en la División Aduana de Ushuaia, dependerán DOS (2) unidadesorgánicas con nivel de Oficina denominadas “Unidad de Control OperativoA” y “Unidad de Control Operativo B”.

ARTICULO 14. — Determinar que de la Sección Inspección Operativa,existente en la División Aduana de Río Grande, dependerán DOS (2)unidades orgánicas con nivel de Oficina denominadas “Unidad de ControlOperativo A” y “Unidad de Control Operativo B”.

ARTICULO 15. — Determinar que de la Sección Inspección Operativa,existente en la División Aduana de Bahía Blanca, dependerán DOS (2)unidades orgánicas con nivel de Oficina denominadas “Unidad de ControlOperativo A” y “Unidad de Control Operativo B”.

ARTICULO 16. — Determinar que de la Sección Inspección Operativa,existente en la División Aduana de Pocitos, dependerán DOS (2) unidadesorgánicas con nivel de Oficina denominadas “Unidad de Control OperativoA” y “Unidad de Control Operativo B”.

ARTICULO 17. — Determinar que de la División Aduana de Córdoba,dependerán DOS (2) unidades de orgánicas con nivel de Seccióndenominadas “Inspección Operativa Norte” e “Inspección Operativa Sur”.

ARTICULO 18. — Determinar que de la Sección Inspección Operativa Sur,existente en la División Aduana de Córdoba, dependerán las unidadesorgánicas con nivel de Oficina denominadas “Inspección TécnicoOperativa” y “Depósitos Fiscales”.

ARTICULO 19. — Determinar que de la Sección Inspección Operativa,existente en la División Aduana de General Deheza, dependerá la unidadorgánica con nivel de Oficina denominada “Inspección Técnico Operativa”.

ARTICULO 20. — Determinar que las unidades orgánicas con nivel deOficinas denominadas “Administrativas” dependerán de las DivisionesAduana o Departamentos Aduana, según el caso.

ARTICULO 21. — Determinar que las unidades orgánicas con nivel deOficinas denominadas “Encomiendas Postales Internacionales” dependeránde las Secciones “Inspección Ex-Ante”, respectivamente.

ARTICULO 22. — Determinar que las unidades orgánicas con nivel deOficinas denominadas “Mercaderías de Secuestros y Rezagos” dependeránde las Secciones “Sumarios”, con excepción de la Aduana de Tinogastaque dependerá de División Aduana.

ARTICULO 23. — Determinar que las unidades orgánicas con nivel deOficina denominadas “Tránsitos”, “Depósitos Fiscales”, “Entrada ySalidas de Vehículos Área Aduanera Especial”, “Turismo y TránsitoVecinal Fronterizo”, “Operatoria en Planta de Exportadores”,“Inspección Técnico Operativa” y “Unidades de Control Operativo”dependerán de las Secciones “Inspección Operativa”, respectivamente.

ARTICULO 24. — Determinar que las unidades orgánicas con nivel deSección denominadas “Económica Financiera” y “Sumarios” dependerán delas Divisiones Aduana o Departamentos Aduana, según el caso.

ARTICULO 25. — Facultar a los Administradores de Aduana a determinarlos puntos operativos que le corresponden a cada Aduana que cuente conDOS (2) o más unidades orgánicas denominadas “Inspección TécnicaOperativa” y/o DOS (2) o más unidades orgánicas denominadas “Operatoriaen Planta de Exportadores” y “Unidad de Control Operativo”.

ARTICULO 26. — Regístrese, dese a la Dirección Nacional del RegistroOficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DirecciónGeneral de Aduanas. Cumplido, archívese. — Ing. MARIA CRISTINA M.MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de OperacionesAduaneras del Interior.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 29/2015de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior B.O.07/05/2015 se determina que la presente Disposición tendrá vigencia apartir del día 11 de mayo de 2015)

e. 08/04/2015 N° 24378/15 v. 08/04/2015

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica