Resolución 322/2015

Primer Concurso De Periodismo Multimedia ‘Trata De Personas Y Explotacion Sexual: Otras Miradas

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Primer Concurso De Periodismo Multimedia ‘Trata De Personas Y Explotacion Sexual: Otras Miradas

Apruebase la convocatoria al “primer concurso de periodismo multimedia ‘trata de personas y explotacion sexual: otras miradas’”

Id norma: 245972 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33109

Fecha boletin: 16/04/2015 Fecha sancion: 06/03/2015 Numero de norma 322/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 322/2015

Bs. As., 6/3/2015

VISTO la Actuación N° S04:0098599/2014 del registro de este Ministerio,las Leyes Nros. 26364 de PREVENCION Y SANCIÓN DE LA TRATA DE PERSONAS YASISTENCIA A SUS VICTIMAS y 26.485 de PROTECCION INTEGRAL DE LASMUJERES, el Decreto N° 936 del 5 de julio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.364 tiene por objeto la implementación de las medidasdestinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir yproteger a sus víctimas, determinándose en su artículo 4° que existeexplotación —entre otros supuestos— cuando se promoviere, facilitare,desarrollare o se obtuviere provecho de cualquier forma del comerciosexual.

Que, por su parte, la Ley Nº 26.485 tiene por objeto promover ygarantizar, entre otros extremos, la remoción de patronessocioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género ylas relaciones de poder sobre las mujeres, estableciendo asimismo queen el concepto de violencia contra la mujer quedan especialmentecomprendidas la prostitución forzada, la explotación, la esclavitud, elacoso, el abuso sexual y la trata de mujeres.

Que por el Decreto N° 936/11 se prohibieron los avisos que promuevan laoferta sexual o hagan explícita referencia a la solicitud de personasdestinadas al comercio sexual, por cualquier medio, con la finalidad deprevenir el delito de trata de personas con fines de explotación sexual.

Que por el artículo 2° del citado Decreto se creó en el ámbito de esteMinisterio la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DE AVISOS DE OFERTADE COMERCIO SEXUAL, para velar por el cumplimiento de ambas Leyes.

Que entre las formas en que se manifiestan los distintos tipos deviolencia contra las mujeres, la Ley N° 26.485 incluye a la violenciamediática, definida ésta como la “…publicación o difusión de mensajes eimágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo decomunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotaciónde mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre,humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también lautilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenespornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patronessocioculturales reproductores de la desigualdad o generadores deviolencia contra las mujeres”.

Que a fin de procurar la observancia de estas normas y de lasprescripciones de los tratados y convenciones internacionales suscritospor la REPUBLICA ARGENTINA que refieren a las problemáticas de ladiscriminación y la violencia contra las mujeres, una de las políticaspúblicas albergadas y promovidas por la gestión emprendida desde esteMinisterio en materia de trata de personas y protección integral de lasmujeres, es la del monitoreo de las Imágenes y mensajes que estimulen ofomenten la explotación sexual desde la OFICINA DE MONITOREO DEPUBLICACION DE AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, con el objeto depropiciar una vida libre de violencia para las mujeres y promover untrato igualitario con sus pares varones.

Que entre las acciones de la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DEAVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, el Anexo II de la Resolución M.J.y D.H. N° 2227 del 11 de noviembre de 2013 establece en el punto décimola de “Informar, difundir, concientizar, sensibilizar y capacitar a lapoblación...”.

Que para dar cumplimiento a las misiones que les son propias, lamencionada Oficina propone la realización del “PRIMER CONCURSO DEPERIODISMO MULTIMEDIA ‘TRATA DE PERSONAS Y EXPLOTACION SEXUAL: OTRASMIRADAS’”, destinado a estudiantes de carreras de grado de ComunicaciónSocial, Periodismo, Fotografía, Diseño Gráfico y Diseño Audiovisual, yasea en instituciones públicas o privadas, a los fines de promover laproducción de artículos, crónicas, informes y piezas audiovisualessobre la problemática planteada, desde una perspectiva de género yderechos humanos, tal como se detalla en el ANEXO I de la Convocatoria.

Que por su parte la DIRECCION NACIONAL DEL SISTEMA ARGENTINO DEINFORMACION JURIDICA, a través de la DIRECCION DE NOTICIAS INFOJUS, entanto medio de comunicación que busca tender un puente entre lasociedad y la justicia, cooperará en el ámbito de su competencia y conlos alcances que fije la presente Resolución.

Que de este modo se busca estimular, ya desde la etapa de formación,buenas prácticas periodísticas y comunicacionales, tendientes a evitarsesgos de género que impidan una cabal comprensión de todas las aristasinvolucradas en esta problemática, así como fomentar el conocimiento ycompromiso con las problemáticas de la explotación sexual, la trata depersonas y la violencia contra las mujeres, en tanto prácticas quemenoscaban los derechos humanos de las personas afectadas.

Que el procedimiento de selección de los trabajos ganadores para cadacategoría propuesta quedará a cargo de un “jurado ad hoc”, el queactuará en forma posterior a la preselección de los trabajos, todo elloacorde a los criterios propuestos en el ANEXO I de la presente.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio permanente de asesoramiento jurídico de esta cartera ministerial.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas alsuscripto por el artículo 4°, incisos b), apartado 9 y 22 inciso 24) dela Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la convocatoria al “PRIMER CONCURSO DEPERIODISMO MULTIMEDIA ‘TRATA DE PERSONAS Y EXPLOTACION SEXUAL: OTRASMIRADAS’”, cuyos lineamientos generales se indican en el ANEXO I.

ARTICULO 2° — Difúndase lo dispuesto en la presente Resolución, entrelos estudiantes de las carreras de Comunicación Social, Periodismo,Fotografía, Diseño Gráfico y Diseño Audiovisual pertenecientes aUniversidades Nacionales Públicas y Privadas e Institutos de formaciónterciaria de la REPUBLICA ARGENTINA, que estén interesados/as en dichaconvocatoria, en las siguientes categorías:

a) Prensa Gráfica: el/la concursante deberá presentar nota, artículoy/o crónica periodística, que explique y/o analice un acontecimiento oproceso noticioso de actualidad e interés público vinculado a latemática del presente concurso cuya extensión mínima será de DOS MILQUINIENTOS (2.500) caracteres.

b) Audiovisual: el/la concursante deberá presentar un informe especial,nota o crónica periodística multimedia que se destaque por la eficaciainformativa y estética en la utilización de imágenes como lenguajeesencial del relato, sobre hechos de valor periodístico vinculados a latemática del presente concurso, cuya extensión máxima será de CINCO (5)minutos.

c) Fotografía: el/la concursante deberá presentar material fotográficoperteneciente al género fotoperiodismo en relación a la temática delpresente concurso.

d) Diseño Gráfico: el/la concursante deberá presentar una propuesta deidentidad institucional y/o campañas gráficas de prevención, vinculadasa la temática del presente concurso, formato chupete en vía pública,cuyas medidas serán: 1,48m. x 1,10m.

ARTICULO 3° — El procedimiento de selección de los trabajos ganadorespara cada categoría propuesta quedará a cargo de un “jurado ad hoc”, elcual actuara posterior a la preselección de los trabajos, todo elloacorde a los criterios propuestos en el ANEXO I de la presente.

ARTICULO 4° — Asígnase a la OFICINA DE MONITOREO DE PUBLICACION DEAVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, las funciones técnicoadministrativas pertinentes para la coordinación de la presenteconvocatoria, y facúltasela a emitir las disposiciones aclaratorias,ampliatorias y/o complementarias de la presente Resolución y del ANEXOI que la integra.

ARTICULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presentemedida así como los premios propuestos para cada categoría, seránatendidos con los créditos vigentes asignados a esta Jurisdicción.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. JULIO ALAK, Ministro de Justicia yDerechos Humanos.

ANEXO I

LINEAMIENTOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA: “PRIMER CONCURSO DEPERIODISMO MULTIMEDIA ‘TRATA DE PERSONAS Y EXPLOTACION SEXUAL: OTRASMIRADAS’”.

El MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS invita a estudiantes delas carreras de Comunicación Social, Periodismo, Fotografía, DiseñoGráfico y Diseño Audiovisual pertenecientes a Universidades NacionalesPúblicas y Privadas e Institutos de formación terciaria de la REPUBLICAARGENTINA, que estén interesados/as en dicha convocatoria.

I. CONVOCATORIA

La Convocatoria está destinada a promover el interés en el abordajecomunicacional de la problemática de la explotación sexual y de latrata de personas con estos fines, desde una perspectiva de género yderechos humanos.

Para ello, se invita a los/las estudiantes a realizar abordajesmediáticos que permitan deconstruir representaciones sociales queestigmaticen, discriminen o coloquen en posición de subordinación amujeres, niñas y personas pertenecientes a los colectivos LGBTTIQ y,como contrapunto, generar la circulación de un nuevo paradigma deabordaje no estigmatizante, que colabore en la lucha por la igualdad degénero y en la prevención de la violencia de género, incluidas laexplotación sexual y la trata de personas, como modo de asegurar elacceso, ejercicio y goce de derechos para todas y todos.

II. CATEGORIAS

La convocatoria está abierta a CUATRO (4) categorías:

a) Prensa Gráfica: el/la concursante deberá presentar nota, artículoy/o crónica periodística, que explique y/o analice un acontecimiento oproceso noticioso de actualidad e interés público vinculado a latemática del presente concurso cuya extensión mínima será DOS MILQUINIENTOS (2.500) caracteres.

b) Audiovisual: el/la concursante deberá presentar un informe especial,nota o crónica periodística multimedia que se destaque por la eficaciainformativa y estética en la utilización de imágenes como lenguajeesencial del relato, sobre hechos de valor periodístico vinculados a latemática del presente concurso, cuya extensión máxima será de CINCO (5)minutos.

c) Fotografía: el/la concursante deberá presentar material fotográficoperteneciente al género fotoperiodismo en relación a la temática delpresente concurso.

d) Diseño Gráfico: el/la concursante deberá presentar una propuesta deidentidad institucional y/o campañas gráficas de prevención, vinculadasa la temática del presente concurso, formato chupete en vía pública,cuyas medidas serán 1,48m. x 1,10m.

III. TEMAS Y SUBTEMAS

Los trabajos propuestos para participar de la presente convocatoriadeberán plasmar en una crónica o en material multimedia, un análisisy/o reflexión sobre la problemática de la explotación sexual y la tratade personas desde una perspectiva de género y derechos humanos,abordando los siguientes tópicos:

Tema: Explotación sexual y trata de personas: tramas, identidades y discursos mediáticos.

Subtemas:

a) La explotación sexual y la trata de personas como expresiones extremas de la violencia de género.

b) Violencia simbólica y mediática en torno al comercio sexual: los cuerpos como objeto.

c) Territorios de violencia: la calle y los volantes de oferta sexual, la prensa y los discursos mediáticos.

d) Las representaciones de las personas afectadas por los delitos deexplotación sexual y trata de personas, en los discursos mediáticos.

e) Travestis y transexuales en las tramas de la explotación sexual y la trata de personas.

f) Buenas prácticas en los relatos periodísticos sobre la temática:abordajes alternativos con perspectiva de género y derechos humanos.

g) Frivolización mediática de la prostitución como naturalización de la explotación sexual.

h) Prácticas culturales prostituyentes: el rol de quienes pagan por sexo.

i) Mensajes e imágenes que fomentan la construcción de estereotipos degénero en relación a la explotación sexual y la trata de personas.

j) Doble moral de los medios de comunicación: denuncias de trata en suseditoriales y avisos de oferta sexual en los clasificados.

IV. PLAZOS

La convocatoria al presente concurso se lanzará el día 8 de marzo delcorriente año ante Secretarios/as Académicos/as y/o Directores/as delas carreras de Comunicación Social, Periodismo y Publicidad,Funcionarios/as del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ymiembros del jurado.

La inscripción y el envío de los trabajos respectivos podrá efectuarsedesde el 8 de marzo de 2015 hasta el 5 de julio de 2015 inclusive, alemail: monitoreoofertasexual@jus.gov.ar.

Por último, el acto de cierre del concurso se realizará el 23 de setiembre del 2015.

V. DESTINATARIOS

Podrán presentarse a esta convocatoria estudiantes de carreras de gradode Comunicación Social, Periodismo, Fotografía, Diseño Gráfico y DiseñoAudiovisual, correspondientes a instituciones públicas o privadas quese encuentren interesados/as en la temática de explotación sexual y/otrata de personas.

VI. REQUISITOS FORMALES

Los trabajos propuestos deberán presentarse de conformidad a loprevisto en los párrafos I, II, III, IV, V y VII del presente ANEXOmediante correo electrónico a concursomultimedia@jus.gov.ar. Asimismo,los trabajos deberán ser acompañados por:

a) Formulario de inscripción.

b) Copia en formato digital del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte correspondiente,

c) Copia en formato digital del Certificado de alumno/a regular.

En todos los casos se deberá constituir un domicilio postal y unadirección de correo electrónico a los efectos de notificar todas lasresoluciones atinentes al desarrollo de la Convocatoria.

VII. INSCRIPCION

El envío de los trabajos propuestos junto con la ficha de inscripción yla documentación anexa solicitada podrá efectuarse a partir del 8 demarzo de 2015 y hasta el 5 de julio de 2015, al siguiente correoelectrónico: concursomultimedia@jus.gov.ar; siendo la respuesta almismo la constancia de inscripción.

VIII. DECLARACION JURADA

El formulario de inscripción a la convocatoria reviste el carácter dedeclaración jurada e implica por parte de los/las concursantes elconocimiento del presente reglamento y su aceptación expresa, como asítambién las siguientes declaraciones:

1) La respuesta de recepción del trabajo presentado para el concurso reviste el carácter de constancia de inscripción.

2) La aceptación de los lineamientos dispuestos en la Convocatoria y elformal compromiso de facilitar cualquier documentación que en el futuropudiera requerirse relacionada con la Convocatoria y con esteReglamento.

3) Que son ciertas las constancias de DNI y certificado de alumno/a regular.

4) Que el trabajo presentado es de carácter original e inédito, nosiendo reproducción de otros ya presentados en convocatorias similareso afines.

5) Que no se ha recibido subsidios, premios, reconocimientos,subvenciones, ayudas u otras retribuciones patrimoniales por el mismotrabajo presentado ante este Concurso.

IX. JURADO

1. El jurado estará integrado por especialistas y referentes en latemática de explotación sexual y/o trata de personas, violencia degénero, perspectiva de género, diversidad sexual, periodismo yfotografía, siendo los mismos:

• Carlos Martín Ale: Dirección de Noticias Infojus.

• Mariana Carbajal: periodista Página 12. Integrante de la Red Par, TV. Pública.

• María Florencia Alcaraz: periodista Dirección de Noticias Infojus, integrante RED Par.

• Cinthia Ottaviano: Defensora del Público.

• Lohana Berkins: Coordinadora de ALITT (Asociación de Lucha por la Identidad Travesti y Transexual) activista.

• Silvia Chejter: Socióloga, Docente e investigadora Facultad de Ciencias Sociales e Instituto Gino Germani.

• Myriam Pelazas: Directora del Observatorio de la Discriminación en radio y televisión.

• Sandra Chaher: Directora de Comunicar Igualdad, Docente universitaria, integrante de RED Par.

• Silvina Molina, periodista TELAM, integrante Red internacional de periodista con visión de género, Argentina.

2. Obligaciones del Jurado:

a) Cumplir todas las disposiciones de este Reglamento.

b) Presentar en tiempo oportuno y en debida forma, la evaluación de lostrabajos seleccionados así como la nómina de ganadores/as del presenteconcurso. Tendrán CUARENTA Y CINCO (45) días a partir del momento deenvío del mail, con la posibilidad de prorrogarlo por DIEZ (10) díasmás.

X. Procedimiento de Selección:

1. La selección de los trabajos presentados se realizará en dos etapas,la primera de ellas estará a cargo de la OFICINA DE MONITOREO DEPUBLICACION DE AVISOS DE OFERTA DE COMERCIO SEXUAL, quien analizará laadmisión y “pre-selección” de los proyectos. La segunda etapa de“selección” de los CUATRO (4) trabajos ganadores entre las categoríaspropuestas, estará a cargo del Jurado mencionado en el apartado IX.1,siendo la decisión de éste inapelable por parte de los concursantes.

2. Pre-selección: El personal designado de las dependencias precitadasconstatará que los trabajos presentados cumplan con los siguientescriterios:

a) Adecuación de la propuesta a los requisitos establecidos en el presente Anexo.

b) Creatividad, originalidad y claridad de las propuestas presentadas.

c) Pertinencia de la propuesta presentada al tema, subtema y objetivo del presente concurso.

d) Utilización de lenguaje no sexista.

e) Reflejo del tema y subtemas seleccionados desde una perspectiva de género y derechos humanos.

f) Utilización de información pública disponible sobre el tema.

g) Comprensión y conocimiento del tema.

XI. PREMIOS

Los premios entregados a cada una de las categorías serán: CUATRO (4)dispositivos tecnológicos (tabletas) Samsung Galaxy Tab 4 10.1; WIFI SMT-530, UNO (1) por cada categoría.

La compra de los premios propuestos estará a cargo del MINISTERIO DEJUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, siguiendo criterios formales establecidospara dicha compra.

XII. INCUMPLIMIENTO

En los casos de incumplimiento de los requisitos establecidos por esteANEXO, los concursantes serán descalificados, no pudiendo participardel concurso.

XIII. CAUSALES DE CANCELACION

a) Incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente ANEXO.

b) Toda aquella circunstancia o incumplimiento que por su importancia ogravedad resulte determinante para decidir la descalificación.

XIV. PUBLICACION Y DERECHOS DE EXHIBICION

La titularidad de todos los derechos y exhibición de las obras queresulten ganadoras corresponderá, sin limitación temporal alguna parael territorio argentino, al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,por lo que la utilización, difusión, publicación, etc. de las obras,que efectué no generara contraprestación alguna a favor de los autores,todo ello sin perjuicio de los derechos que le asistan en virtud de laLey N° 11.723.

e. 16/04/2015 N° 26052/15 v. 16/04/2015

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
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