Resolución 433/2015

Vigencia De Las Licencias - Prorroganse

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Industria
Vigencia De Las Licencias - Prorroganse

Prorroganse por el termino de seis (6) meses los plazos previstos en el articulo 10 de la resolucion n° 323 de fecha 27 de octubre de 2014 de la secretaria de industria del ministerio de industria, en relacion a la vigencia de las licencias para configuracion de modelo correspondientes a vehiculos de las categorias m3 y o.

Id norma: 245975 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33109

Fecha boletin: 16/04/2015 Fecha sancion: 10/04/2015 Numero de norma 433/2015

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MINISTERIO DE INDUSTRIA

SECRETARÍA DE INDUSTRIA

Resolución 433/2015

Bs. As., 10/4/2015

VISTO el Expediente N° S01:0285018/2014 del Registro del MINISTERIO DEINDUSTRIA, la Ley N° 24.449, el Decreto N° 779 de fecha 20 de noviembrede 1995, las Resoluciones Nros. 838 de fecha 11 de noviembre de 1999 dela ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entoncesMINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS SERVICIOS PÚBLICOS, y 323 de fecha 27 deoctubre de 2014 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DEINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.449 ha establecido un régimen general que regula eluso de la vía pública aplicándose, sus principios, a la circulación depersonas, animales y vehículos terrestres en la vía pública, y a lasactividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas,las concesiones viales, la estructura vial y el medio ambiente, encuanto fueren causa del tránsito.

Que el Decreto N° 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, reglamentariode la Ley N° 24.449, designó a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del exMINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, actualmente en laórbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, como Autoridad Competente en todolo referente a la fiscalización de las disposiciones reglamentarias delos Artículos 28 al 32 de la citada ley.

Que la Resolución N° 838 de fecha 11 de noviembre de 1999 de la exSECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entonces MINISTERIO DEECONOMÍA Y OBRAS SERVICIOS PÚBLICOS, establece los requisitosnecesarios que deben contener las solicitudes para el otorgamiento dela Licencia para Configuración de Modelo.

Que la Resolución N° 323 de fecha 27 de octubre de 2014 de laSECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, en su Artículo 10,estableció un cronograma de caducidad de las Licencias paraConfiguración de Modelo emitidas a la fecha de entrada en vigencia dela misma.

Que resulta necesario readecuar dicho cronograma para el casoespecífico de las industrias de carrocerías, remolques y semirremolques.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que les compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidaspor los Artículos 2° y 28 de la Ley N° 24.449, y el Artículo 28 delAnexo 1 del Decreto N° 779/95.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Prorróganse por el término de SEIS (6) meses los plazosprevistos en el Artículo 10 de la Resolución N° 323 de fecha 27 deoctubre de 2014 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DEINDUSTRIA, en relación a la vigencia de las Licencias paraConfiguración de Modelo correspondientes a vehículos de las categoríasM3 y O.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Lic. JAVIER RANDO, Secretario deIndustria, Ministerio de Industria.

e. 16/04/2015 N° 26224/15 v. 16/04/2015

Texto Actualizado

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE INDUSTRIA

SECRETARÍA DE INDUSTRIA

Resolución 433/2015

Bs. As., 10/4/2015

Ver Antecedentes Normativos.

VISTO el Expediente N° S01:0285018/2014 del Registro del MINISTERIO DEINDUSTRIA, la Ley N° 24.449, el Decreto N° 779 de fecha 20 de noviembrede 1995, las Resoluciones Nros. 838 de fecha 11 de noviembre de 1999 dela ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entoncesMINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS SERVICIOS PÚBLICOS, y 323 de fecha 27 deoctubre de 2014 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DEINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.449 ha establecido un régimen general que regula eluso de la vía pública aplicándose, sus principios, a la circulación depersonas, animales y vehículos terrestres en la vía pública, y a lasactividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas,las concesiones viales, la estructura vial y el medio ambiente, encuanto fueren causa del tránsito.

Que el Decreto N° 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, reglamentariode la Ley N° 24.449, designó a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del exMINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, actualmente en laórbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, como Autoridad Competente en todolo referente a la fiscalización de las disposiciones reglamentarias delos Artículos 28 al 32 de la citada ley.

Que la Resolución N° 838 de fecha 11 de noviembre de 1999 de la exSECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entonces MINISTERIO DEECONOMÍA Y OBRAS SERVICIOS PÚBLICOS, establece los requisitosnecesarios que deben contener las solicitudes para el otorgamiento dela Licencia para Configuración de Modelo.

Que la Resolución N° 323 de fecha 27 de octubre de 2014 de laSECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, en su Artículo 10,estableció un cronograma de caducidad de las Licencias paraConfiguración de Modelo emitidas a la fecha de entrada en vigencia dela misma.

Que resulta necesario readecuar dicho cronograma para el casoespecífico de las industrias de carrocerías, remolques y semirremolques.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEINDUSTRIA ha tomado la intervención que les compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidaspor los Artículos 2° y 28 de la Ley N° 24.449, y el Artículo 28 delAnexo 1 del Decreto N° 779/95.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — (Artículo derogado porart. 2° de la ResoluciónN° 9/2015 del Ministerio deProducción B.O. 04/01/2016. Vigencia: a partir de su publicación en elBoletín Oficial)

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Lic. JAVIER RANDO, Secretario deIndustria, Ministerio de Industria.

e. 16/04/2015 N° 26224/15 v. 16/04/2015

Antecedentes Normativos:

- Artículo 1° sustituido por art. 1°de la ResoluciónN° 1227/2015 de la Secretaría deIndustria B.O. 3/12/2015. Vigencia: a partir del día de su publicaciónen el Boletín Oficial.

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