Resolución 4/2015

Resolucion N° 01/2015 - Rectificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Educacion
Resolucion N° 01/2015 - Rectificacion

Establecer que corresponde rectificar el inciso b) del articulo 2° a partir de julio de 2015, de la resolucion n° 01/2015.

Id norma: 246076 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33112

Fecha boletin: 20/04/2015 Fecha sancion: 14/04/2015 Numero de norma 4/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Gremial De Enseñanza Privada Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA

Resolución 4/2015

Bs. As., 14/4/2015

VISTO las facultades otorgadas por el artículo 31 de la Ley 13.047 al Consejo Gremial de Enseñanza Privada, y

CONSIDERANDO:

Que es competencia de este Consejo Gremial el tratamiento de lascuestiones relativas al sueldo del personal docente que se desempeña enestablecimientos educativos de gestión privada conforme lo establecidopor el Estatuto del Personal dependiente de Establecimientos deEnseñanza Privada.

Que se hace necesario proceder a rectificar la carga horaria quecorresponde a b) Personal Administrativo, por hora semanal de 60minutos (Artículo 2° A partir de Julio de 2015 inciso b) de laResolución N° 01/2015) toda vez que en el mismo se deslizara un errormaterial al consignar la hora semanal de 60 minutos) en lugar de b)Personal Administrativo, por 48 hs semanales, como correspondíaconforme se aprobara por dicho acto resolutivo.

Que por sesión de fecha 14 de abril de 2015, se aprobó por mayoría eldictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley13.047 en sus Artículos 18 inciso b) y 31.

Por ello, en uso de facultades propias.

EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA

Reunido en sesión ordinaria

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establecer que corresponde rectificar el inciso b) delArtículo 2° A partir de julio de 2015, de la Resolución N° 01/2015, elque quedará redactado de la siguiente manera:

b) Personal Administrativo, por 48 hs semanales $ 8.533,00.

ARTÍCULO 2° — Desglosar la presente Resolución para su registro yarchivo remitiendo copia al Ministerio de Trabajo, a la AdministraciónNacional de la Seguridad Social, a la Administración Federal deIngresos Públicos y a los Ministerios de Educación Provinciales, de laCiudad Autónoma de Buenos Aires y a parte interesada.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

APROBADA EN SESIÓN DE FECHA 14 de abril de 2015.

Dra. ERICA V. COVALSCHI, Presidente, Consejo Gremial de EnseñanzaPrivada. — Prof. JOSÉ LUIS AIZZA, Miembro del C.G.E.P. — Dr. JAVIER A.FEDIUK, Miembro del C.G.E.P. — Dr. HORACIO FERRARI, Miembro delC.G.E.P. — Prof. JORGE LUIS KALINGER, Miembro del C.G.E.P. — Prof.ENRIQUE MARTIN, Miembro del C.G.E.P. — Dr. PABLO OLOCCO, Miembro delC.G.E.P. — Dra. ELENA OTAOLA, Miembro del C.G.E.P. — Prof. EDGARDORODRIGUEZ, Miembro del C.G.E.P. — Dra. SILVIA SQUIRE, Miembro delC.G.E.P.

e. 20/04/2015 N° 27223/15 v. 20/04/2015

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