Resolución 5/2015

Porcentaje De Becas Por Estudio - Fijase

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Educacion
Porcentaje De Becas Por Estudio - Fijase

Fijar para el año 2015 en el diez (10) por ciento el porcentaje de becas por estudio por grado y por curso para los establecimientos educativos reconocidos para la enseñanza oficial y que perciban aporte estatal. el porcentaje fijado en el parrafo anterior podra alcanzarse mediante la concesion del beneficio en forma parcial y/o total, y se entendera cumplido cuando la sumatoria de los porcentajes otorgados en los distintos grados y cursos equivalga al diez (10) por ciento del total de los alumnos del instituto.

Id norma: 246077 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33112

Fecha boletin: 20/04/2015 Fecha sancion: 14/04/2015 Numero de norma 5/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Gremial De Enseñanza Privada Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA

Resolución 5/2015

Bs. As., 14/4/2015

Visto lo determinado por el artículo 26 de la Ley 13.047, y

CONSIDERANDO:

Que para los establecimientos educativos comprendidos en el Artículo 2°inciso a) de la Ley 13.047, corresponde fijar anualmente el número debecas de estudio, por grado y por curso que acordará cadaestablecimiento reconocido por enseñanza oficial que perciba aporteestatal.

Que en sesión de fecha 14 de Abril de 2015, se aprobó por mayoría eldictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley13.047.

Por ello, en uso de atribuciones que le son propias,

EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA

Reunido en sesión ordinaria

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fijar para el año 2015 en el diez (10) por ciento elporcentaje de becas por estudio por grado y por curso para losestablecimientos educativos reconocidos para la enseñanza oficial y queperciban aporte estatal.

El porcentaje fijado en el párrafo anterior podrá alcanzarse mediantela concesión del beneficio en forma parcial y/o total, y se entenderácumplido cuando la sumatoria de los porcentajes otorgados en losdistintos grados y cursos equivalga al diez (10) por ciento del totalde los alumnos del instituto.

ARTÍCULO 2° — Desglosar la presente Resolución para su registro yarchivo. Remitir copia autenticada por Presidencia, a los Ministeriosde Educación Provinciales, y a las Direcciones Provinciales deEducación Pública de Gestión Privada y de la Ciudad Autónoma de BuenosAires. Notifíquese a la Secretaria de Comercio Interior; a laAdministración Federal de Ingresos Públicos, a sus efectos.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese. Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

APROBADA EN SESION DE FECHA 14 de abril de 2015.

Dra. ERICA V. COVALSCHI, Presidente, Consejo Gremial de EnseñanzaPrivada. — Prof. JOSÉ LUIS AIZZA, Miembro del C.G.E.P. — Dr. JAVIER A.FEDIUK, Miembro del C.G.E.P. — Dr. HORACIO FERRARI, Miembro delC.G.E.P. — Prof. JORGE LUIS KALINGER, Miembro del C.G.E.P. — Prof.ENRIQUE MARTIN, Miembro del C.G.E.P. — Dr. PABLO OLOCCO, Miembro delC.G.E.P. — Dra. ELENA OTAOLA, Miembro del C.G.E.P. — Prof. EDGARDORODRIGUEZ, Miembro del C.G.E.P. — Dra. SILVIA SQUIRE, Miembro delC.G.E.P.

e. 20/04/2015 N° 27238/15 v. 20/04/2015

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