Resolución 3/2015

Especie Merluza Austral - Captura Maxima Permisible

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Consejo Federal Pesquero
Especie Merluza Austral - Captura Maxima Permisible

Establecer la captura maxima permisible para el año 2015 de la especie merluza austral (merluccius australis) en cinco mil (5.000) toneladas.

Id norma: 246377 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33119

Fecha boletin: 29/04/2015 Fecha sancion: 09/04/2015 Numero de norma 3/2015

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

CONSEJO FEDERAL PESQUERO

Resolución 3/2015

Bs. As., 9/4/2015

VISTO lo dispuesto por el inciso c) del artículo 9° de la Ley N°24.922, la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 7 de fecha 11 dejulio de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a los fines de la conservación, protección y administración de losrecursos vivos marinos debe establecerse anualmente la Captura MáximaPermisible (CMP) para las distintas especies de conformidad con loestablecido en los artículos 9° inciso c) y 18 de la Ley N° 24.922, afin de evitar excesos de explotación y asegurar su conservación a largoplazo.

Que mediante la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 7 de fecha11 de julio de 2014, se estableció la CMP de merluza austral(Merluccius australis) para el año 2014 en CINCO MIL (5.000) toneladas.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO(INIDEP) ha remitido la Nota DNI N° 45/2015, de fecha 6 de abril de2015, con una recomendación de Captura Biológicamente Aceptable de laespecie merluza austral (Merluccius australis) para el corriente año,similar a la establecida para el período 2014, según fuera recomendadooportunamente en el Informe Técnico Oficial N° 13/2014 “Primerejercicio de la evaluación de la abundancia de la merluza austral(Merluccius australis) del Océano Atlántico Sudoccidental. Período1986-2013”.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de lapresente de conformidad con el artículo 9°, incisos c) y f), y artículo18 de la Ley N° 24.922 y el artículo 9° del Decreto N° 748 de fecha 14de julio de 1999.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Establecer la Captura Máxima Permisible para el año 2015de la especie merluza austral (Merluccius australis) en CINCO MIL(5.000) toneladas.

ARTICULO 2° — La presente resolución podrá ser revisada por el CONSEJOFEDERAL PESQUERO y, de ser necesario, complementada o modificada, apartir de la información y las recomendaciones del INSTITUTO NACIONALDE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.

ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de la fecha.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección del RegistroOficial y archívese. — Dr. NÉSTOR MIGUEL BUSTAMANTE, Subsecretario dePesca y Acuicultura, Presidente del Consejo Federal Pesquero. — JUANCARLOS BOUZAS, Representante, Provincia de Chubut, Consejo FederalPesquero. — Dr. GUSTAVO MARTÍN CONTRERAS, Representante, Provincia deRío Negro, Consejo Federal Pesquero. — Lic. NICOLÁS GUTMAN,Representante Suplente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida eIslas del Atlántico Sur, Consejo Federal Pesquero. — OSCAR A.FORTUNATO, Representante, Provincia de Buenos Aires, Consejo FederalPesquero. — Lic. MARÍA SILVIA GIANGIOBBE, Representante Suplente de laSecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Consejo FederalPesquero. — PEDRO DE CARLI, Representante, Provincia de Santa Cruz,Consejo Federal Pesquero. — Dra. VERÓNICA NATALIA OJEDA, Representantedel Poder Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero. — Sr. CARLOSALFREDO CANTU, Representante del Poder Ejecutivo Nacional, ConsejoFederal Pesquero. — Mtro. REINA Y. J. SOTILLO, Representante Titular,Min. de Relaciones Exteriores y Culto, Consejo Federal Pesquero.

e. 29/04/2015 N° 30289/15 v. 29/04/2015

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