Resolución 279/2015

Estructura Organizativa - Aprobacion Y Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Estructura Organizativa - Aprobacion Y Modificacion

Apruebase, en el ambito de la oficina nacional de tecnologias de informacion, dependiente de la subsecretaria de tecnologias de gestion de la secretaria de gabinete de la jefatura de gabinete de ministros, la coordinacion de software publico. sustituyese el anexo iv —acciones— aprobado por el articulo 2° de la resolucion de la jefatura de gabinete de ministros n° 265 de fecha 24 de abril de 2013 y su modificatoria. sustituyese el anexo iv —acciones— aprobado por el articulo 4° de la resolucion de la jefatura de gabinete de ministros n° 85 de fecha 5 de marzo de 2012.

Id norma: 246546 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33122

Fecha boletin: 05/05/2015 Fecha sancion: 28/04/2015 Numero de norma 279/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Jefatura De Gabinete De Ministros Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 4 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 279/2015

Bs. As., 28/4/2015

VISTO el Expediente N° 0020833/2015 del Registro de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 296 de fecha 27 de febrero de2015, las Resoluciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 85de fecha 5 de marzo de 2012 y 265 de fecha 24 de abril de 2013 y sumodificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 296 de fecha 27 de febrero de 2015 transfirió laOFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ámbito de la SUBSECRETARÍA DETECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE a la órbita de laSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA,ambas pertenecientes a esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por las resoluciones citadas en el Visto, se realizaron diversas modificaciones a la organización de la Jurisdicción.

Que en esta instancia, resulta menester realizar diversas adecuacionesen el ámbito de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍADE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA y en laSUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE,ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a efectos de optimizarel cumplimiento de las competencias asignadas a las mencionadas áreas.

Que, asimismo, resulta oportuno transferir la Coordinación deEvaluación y Monitoreo del ámbito de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN YEMPLEO PÚBLICO al ámbito de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DEGESTIÓN.

Que han tomado la intervención de su competencia la OFICINA NACIONAL DEINNOVACIÓN DE GESTIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICOde la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS yla DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SECRETARÍADE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1545 de fecha 31 de agostode 1994.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase, en el ámbito de la OFICINA NACIONAL DETECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DETECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS, la Coordinación de Software Público, cuyasAcciones se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo, queforma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Transfiérese la Coordinación de Sistemas de Información,dependiente de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN, al ámbito dela Dirección de Desarrollo de Sistemas de la Subsecretaría.

ARTÍCULO 3° — Transfiérense la Coordinación de Calidad y Procesos y laCoordinación de Arquitectura del ámbito de la Dirección de Sistemas deInformación y Transparencia, dependiente de la OFICINA NACIONAL DECONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA YEVALUACIÓN PRESUPUESTARIA, a la órbita de la Dirección de Desarrollo deSistemas, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN dela SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 4° — Incorpórase al ámbito de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍASDE GESTIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS, la Dirección de Desarrollo de Sistemas, cuyasAcciones se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo.

ARTÍCULO 5° — Apruébase la estructura organizativa de la OFICINANACIONAL DE CONTRATACIONES, dependiente de la SECRETARÍA DECOORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURADE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el Organigrama y Accionesque como Anexos I y II, forman parte integrante de esta medida.

ARTÍCULO 6° — Transfiérense la Coordinación de Administración deSistemas Electrónicos y la Coordinación de Atención e Información alPúblico, de la órbita de la Dirección de Planificación y Gestión alámbito de la Dirección de Sistemas de Información y Transparencia,ambas dependientes de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de laSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIAde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 7° — Sustitúyese el Anexo IV —Acciones— aprobado por elartículo 2° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°265 de fecha 24 de abril de 2013 y su modificatoria, en la partepertinente a la Coordinación de Administración de Sistemas Electrónicosy la Coordinación de Atención e Información al Público, de conformidadcon las acciones que se detallan en la Planilla Anexa al presenteartículo, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 8° — Transfiérese la Coordinación de Evaluación y Monitoreo dela órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependientede la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS alámbito de la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente dela citada Subsecretaría.

ARTÍCULO 9° — Sustitúyese el Anexo IV —Acciones— aprobado por elartículo 4° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°85 de fecha 5 de marzo de 2012, en la parte pertinente a laCoordinación de Evaluación y Monitoreo, de conformidad con las accionesque se detallan en Planilla Anexa al presente artículo, que forma parteintegrante de la presente medida.

ARTÍCULO 10. — El gasto que demande el cumplimiento de la presentemedida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes delPresupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONALDEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ANIBAL DOMINGO FERNANDEZ, Jefede Gabinete de Ministros.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN

OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

COORDINACIÓN DE SOFTWARE PÚBLICO

ACCIONES:

1. Evaluar el software disponible en los organismos de laAdministración Pública Nacional y promover la implementación deaquellos que cumplan con los estándares propuestos.

2. Proponer las actualizaciones de los estándares sobre tecnologías enlo referente a la utilización de Software Público y brindar asistenciaa los organismos nacionales, provinciales y municipales, que así lorequieran.

3. Asesorar al Director Nacional de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍASDE INFORMACIÓN en la formulación de la normativa de licenciamiento desoftware público.

4. Brindar asesoramiento técnico para la implementación de proyectos deincorporación de software en el ámbito de la Administración PúblicaNacional, en los demás poderes del Estado Nacional, en las provincias yen los municipios que así lo requieran.

5. Generar y mantener un portal con información actualizada sobresoftware público disponible para su implementación en el ámbito de laAdministración Pública Nacional.

6. Impulsar la celebración de convenios con los organismos y entidadesdel Sector Público para la ampliación del Registro Nacional de SoftwarePúblico.

7. Implementar acciones de difusión del modelo argentino de software público.

8. Administrar y mantener actualizado el Registro Nacional de Software público.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4°

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN

DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE SISTEMAS

ACCIONES:

1. Establecer la definición técnica de las herramientas de los sistemasdesarrollados y a desarrollar por la Jurisdicción, como así también elhardware y software que se requirieren.

2. Proponer el diseño, desarrollo, administración y operación de lossistemas electrónicos que se desarrollen o se adquieran en laJurisdicción.

3. Brindar asesoramiento en el uso de sistemas electrónicos a losorganismos y entes del sector público nacional que así lo requirieren.

4. Establecer las condiciones de funcionamiento y de organización yadministrar los sistemas informáticos de la Jurisdicción y de toda otraaplicación informática de apoyo a la gestión de la organización.

5. Dirigir la selección, instalación, utilización y mantenimiento delos equipos informáticos, sistemas, programas e interfaces, asegurandola calidad de servicio para todos los usuarios de los sistemas de laJurisdicción y brindando soporte técnico y asesoramiento.

6. Diseñar e implementar los programas informáticos y telefónicos para la atención vía mesas de ayuda.

7. Promover la utilización de estándares de diseño, programación y documentación en el ciclo de vida de las aplicaciones.

8. Fomentar e implementar las buenas prácticas de desarrollo.

9. Formular las recomendaciones para el desarrollo del software en laAdministración Pública Nacional, fomentando las buenas prácticas dedesarrollo y la mejora continua de los sistemas y procesos.

10. Diagnosticar y supervisar el diseño, análisis, evaluación,implementación, seguimiento y control de los sistemas de información,para la informatización de los distintos programas, proyectos yactividades de la Jurisdicción.

ANEXO I

ANEXO II

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA

ACCIONES:

1. Generar mecanismos que provean información al ciudadano, sobre lascontrataciones públicas, de manera actualizada y de fácilaccesibilidad, promoviendo la transparencia de los actos de gobierno enesta materia.

2. Establecer la definición técnica de las herramientas de los sistemasque sirvan de soporte a la gestión de las contrataciones públicas, comoasí también el hardware y software requerido para un correctofuncionamiento de la Oficina.

3. Administrar y operar los sistemas que sirvan de soporte a la gestión de las contrataciones públicas.

4. Brindar asesoramiento en todo lo relativo al sistema de contrataciones públicas al sector Público y Privado.

5. Establecer las condiciones de funcionamiento y de organización,administrar e implementar los sistemas que sirvan de soporte a lagestión de las contrataciones públicas, entre ellos, el sistemaelectrónico de contrataciones, el de acuerdos marco, el portal enInternet, el de Información de Proveedores y Oferentes, el deIdentificación de Bienes y Servicios, el de información detransparencia, el registro de proveedores inhabilitados y sancionados yde toda otra aplicación de apoyo a la gestión de la OFICINA NACIONAL DECONTRATACIONES.

6. Dirigir la selección, instalación, utilización y mantenimiento delos equipos informáticos, sistemas, programas e interfaces, asegurandola calidad de servicio para todos los usuarios de los sistemas de laOFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y brindando asesoramiento.

7. Coordinar los programas informáticos y telefónicos para la atención a los usuarios vía mesas de ayuda.

DIRECCIÓN DE ELABORACIÓN E INTERPRETACIÓN NORMATIVA

ACCIONES:

1. Elaborar los proyectos de normativa de aplicación en laAdministración Pública Nacional en materia de Contrataciones del ESTADONACIONAL.

2. Asesorar a las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional en materia de Contrataciones del ESTADO NACIONAL.

3. Elaborar Manuales de Procedimientos referentes a la tramitación de las contrataciones en orden a la normativa vigente.

4. Emitir dictámenes y elaborar las interpretaciones con alcancegeneral y obligatorio para el sector público nacional, de las normaslegales o reglamentarias que rijan las compras y contrataciones de lasjurisdicciones y entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

5. Integrar las Comisiones de Compras Gubernamentales del MERCOSUR, del ALCA y de la UNASUR.

6. Efectuar el control de cumplimiento de las obligaciones establecidasen la normativa respecto de las unidades operativas de compras y de losproveedores.

7. Instruir el procedimiento de aplicación de sanciones a proveedores.

DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN

ACCIONES:

1. Asistir en la elaboración y mantenimiento del modelo conceptual delSistema de Contrataciones, realizando la investigación de sitios ysistemas de similares características a los desarrollados en la OFICINANACIONAL DE CONTRATACIONES.

2. Formular el plan estratégico de adquisiciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y efectuar su seguimiento.

3. Formular y evaluar las políticas que deba emitir la OFICINA NACIONALDE CONTRATACIONES respecto de la gestión del sistema de contratacionespúblicas.

4. Administrar los acuerdos marco en todas sus fases operacionales.

5. Asesorar a las entidades públicas en la planificación y gestión desus procesos de contrataciones, realizando el seguimiento de sus planesanuales de compras.

6. Entender en la ejecución de las actividades requeridas para laimplementación de los procesos especiales de contratación previstos enla normativa vigente, tales como compras sustentables, combustibles,seguros, pasajes, automotores, entre otros.

7. Requerir, suministrar y procesar información de y hacia losorganismos y actores vinculados con las contrataciones públicas,elaborando informes y estadísticas.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 7°

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA

COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS ELECTRÓNICOS

ACCIONES:

1. Proponer la definición técnica de las herramientas de los sistemasque sirvan de soporte a la gestión de las contrataciones públicas, comoasí también el hardware y software requerido para un correctofuncionamiento de la Oficina.

2. Ejecutar la administración y operación de los sistemas que sirvan de soporte a la gestión de las contrataciones públicas.

3. Asistir a la Dirección en la implementación y administración de lossistemas que sirvan de soporte a la gestión de las contratacionespúblicas, entre ellos, el sistema electrónico de contrataciones, el deacuerdos marco, el portal en Internet, el de Información de Proveedoresy Oferentes, el de Identificación de Bienes y Servicios, el deinformación de transparencia, el registro de proveedores inhabilitadosy sancionados y de toda otra aplicación de apoyo a la gestión de laOFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

4. Ejecutar la selección, instalación, utilización y mantenimiento delos equipos informáticos, sistemas, programas e interfaces, asegurandola calidad de servicio para todos los usuarios de los sistemas de laOFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

COORDINACIÓN DE ATENCIÓN E INFORMACIÓN AL PÚBLICO

ACCIONES:

1. Proponer mecanismos que provean información al ciudadano sobre lascontrataciones del Estado, de manera actualizada y de fácilaccesibilidad, promoviendo la transparencia de los actos de gobierno enesta materia.

2. Elaborar los contenidos de noticias del Portal de la Oficina Nacional de Contrataciones.

3. Brindar asesoramiento en todo lo relativo al sistema de contrataciones públicas al sector Público y Privado.

4. Diseñar e implementar los programas electrónicos para la atención a los usuarios vía mesas de ayuda.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 9°

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN

COORDINACIÓN DE EVALUACIÓN Y MONITOREO

ACCIONES:

1. Actuar como nexo en el Programa de Evaluación de Políticas Públicas,como así también, en el desarrollo de las actividades de evaluación ymonitoreo de las políticas públicas en el ámbito de la AdministraciónPública Nacional.

2. Asistir a las autoridades superiores en la promoción de lasactividades de coordinación intra e inter jurisdiccional en materia deevaluación y seguimiento de la gestión pública.

3. Desarrollar herramientas de gestión que permitan gestionar ysistematizar la información de evaluación y monitoreo para asistir alas funciones competentes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

4. Coordinar con las áreas competentes en la materia de planificaciónestratégica y operativa, las acciones correspondientes a laimplementación de los sistemas de información y monitoreo.

e. 05/05/2015 N° 31286/15 v. 05/05/2015

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica