Acordada 13/2015

Sistema De Gestion Lex100 - Aprobacion Modalidades De Gestion Administrativa

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Corte Suprema De Justicia De La Nacion
Sistema De Gestion Lex100 - Aprobacion Modalidades De Gestion Administrativa

Aprobar a partir del momento de la implementacion del sistema de gestion lex100 en el fuero de la seguridad social las modalidades de gestion administrativa que utiliza en la actualidad.

Id norma: 246570 Tipo norma: Acordada Numero boletin: 33123

Fecha boletin: 06/05/2015 Fecha sancion: 29/04/2015 Numero de norma 13/2015

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Acordada 13/2015

Expediente Nº 7630/11

En Buenos Aires, a los 29 días del mes de abril del año 2015, reunidosen la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros quesuscriben la presente,

CONSIDERARON:

I) Que dentro del proceso de cambio y modernización en la prestacióndel servicio de justicia, que en el marco del Plan de FortalecimientoInstitucional del Poder Judicial de la Nación se viene desarrollando,la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de las facultades quele otorga la Constitución Nacional y en razón de la sanción de lasleyes n° 26.685 y 26.856, ha dictado las siguientes acordadas: 31/2011,3/2012, 8/2012, 29/2012, 14/2013, 15/2013, 24/2013, 35/2013, 36/2013,38/2013, 43/2013, 2/2014, 6/2014, 11/2014 y 3/2015 que reglamentandistintos aspectos vinculados al uso de tecnologías electrónicas ydigitales y su gradual implementación en el ámbito del Poder Judicialde la Nación, a partir de la implantación del Sistema de GestiónJudicial, Lex100.

II) Que a raíz de la incorporación del fuero Federal de la SeguridadSocial al sistema de gestión judicial Lex 100 y en virtud de susparticulares características, corresponde receptar las modalidades degestión administrativa que utilizan en la actualidad.

III) Que con el fin de agilizar la gestión y brindar mayor celeridad alproceso, se ha desarrollado un mecanismo por el cual los juzgados deprimera instancia al conceder la elevación de causas, automáticamenteefectúen la asignación a la Sala de Cámara correspondiente y se genereuna nueva carátula.

IV) Que el fuero implementa un sistema por el cual la constitución deldomicilio electrónico que realiza el abogado tiene efecto en latotalidad de los expedientes en que interviene en ese fuero, sinnecesidad de su validación en cada causa.

V) Que corresponde receptar dicha funcionalidad en el sistema de gestión, Lex 100, con carácter obligatorio.

VI) Que el fuero de la Seguridad Social permite a los litigantes elingreso web de causas de manera voluntaria. A partir de suincorporación al sistema de gestión Lex100, se entiende convenientemantener el citado sistema y, atento al correcto funcionamiento,establecerlo con carácter obligatorio.

Por ello,

ACORDARON:

Aprobar a partir del momento de la implementación del sistema degestión Lex100 en el fuero de la Seguridad social las modalidades degestión administrativa que utiliza en la actualidad, a saber:

1°) Un mecanismo que permita a los juzgados una vez concedido elrecurso efectuar la elevación directa y asignación automática a la Salade Cámara correspondiente, imprimiendo nueva carátula para la causa.

2°) Otorgar carácter universal al domicilio electrónico, a partir del1er. día hábil de septiembre, para lo cual la sola inscripción delletrado en el sistema de notificaciones electrónicas, implicará paraeste la constitución del domicilio con carácter obligatorio en latotalidad de los expedientes en trámite o que en el futuro se inicienen el fuero de la Seguridad Social. El sistema automáticamente lohabilitará para que se libren notificaciones electrónicas sin lanecesidad de su validación en cada expediente.

3°) Replicar en el sistema Lex100 el Sistema de Ingreso de causas web impartiéndole el carácter de obligatorio.

Todo lo cual dispusieron, ordenando que se comunique, publique en lapágina web del Tribunal, en el Boletín Oficial, en el CIJ y se registreen el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.

RICARDO LUIS LORENZETTI, Presidente de la Corte Suprema de Justicia dela Nación. — ELENA I. HIGHTON DE NOLASCO, Ministro de la Corte Supremade Justicia de la Nación. — JUAN CARLOS MAQUEDA, Ministro de la CorteSuprema de Justicia de la Nación.

e. 06/05/2015 N° 31868/15 v. 06/05/2015

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