Disposición 19/2015

Contratacion Directa - Autorizacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Contratacion Directa - Autorizacion

Autorizase la contratacion directa por la causal de urgencia para la ejecucion de la obra “ampliacion de 40 plazas unidad residencial complejo penitenciario federal ii - entrepisos - marcos paz - provincia de buenos aires”, bajo el regimen previsto en la ley 13.054.

Id norma: 246760 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33127

Fecha boletin: 12/05/2015 Fecha sancion: 04/05/2015 Numero de norma 19/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Obras Y Mantenimiento Penitenciario Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO

Disposición 19/2015

Bs. As., 4/5/2015

VISTO el Expediente N° S04:0019786/2015 del registro de esteMinisterio, la Ley N° 13.064, el Decreto N° 979 del 18 de junio de2008, modificado por su similar N° 903 del 10 de junio de 2014 y laResolución M.J. y D.H. N° 2532 del 11 de diciembre de 2013, modificadapor su similar N° 1380 del 28 de agosto de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación S04: 0022324/2015 el titular del Juzgado Federalen lo Criminal y Correccional N° 2, Secretaría 8 del DepartamentoJudicial de Morón, Provincia de Buenos Aires, notificó lo resuelto enel marco de la causa FSM N° 8237/2014 caratulada “S/ Habeas Corpus” encuanto hace saber lo oficiado al Jefe del Complejo PenitenciarioFederal N° II el que deberá hacer cesar con carácter de muy urgente losalojos en el sector denominado “reten” de la Unidad Residencial N° IIIde dicho Complejo.

Que a su vez la judicatura pone de resalto que en la actualidad hay1646 personas alojadas en el Complejo Penitenciario Federal II, lo quese contrapone con lo ordenado por dicha instancia y que fueraratificado por la Excelentísima Cámara de Casación Penal, debiendo demodo urgente hacer saber el modo y plazo en que se dará solución a laproblemática que se presenta en dicho establecimiento.

Que en idéntico sentido, el 9 de abril del corriente año, el titulardel Juzgado Federal referido, reitera lo resuelto en cuanto a lacapacidad de alojamiento fijada para el Complejo Penitenciario FederalII en 1472 internos, lo cual a su vez informa que dicha capacidadresulta ratificada por las Cámaras de San Martín como de la CasaciónPenal.

Que en este marco, el Juzgado Federal ha evidenciado una cantidad depersonas privadas de libertad superior a aquel número, resultando dichacircunstancia anómala y requiere se arbitren medidas tendientes a suremediación, informando que tales medidas serán monitoreadas por lajudicatura para que con ello se cumpla con las condiciones básicas dehabitabilidad.

Que en otro orden de ideas, reviste igual importancia lo informado porel Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal mediante laactuación S04:0027194/2015 por la cual se pone de resalto lapreocupante situación por la que atraviesan los establecimientosdependientes de la Dirección Nacional a su cargo, solicitando laintervención de este Ministerio a fin de instrumentar medidas urgentestendientes a paliar la situación de crisis ante el exponencial aumentode la población penitenciaria.

Que asimismo el informe alerta acerca de la inminencia de alcanzar ellímite de capacidad de alojamiento, con una tendencia en aumento lo quetendrá directo impacto en las condiciones cualitativas de habitabilidadde las personas privadas de libertad y que de persistir la situacióndescripta provocará un desborde incontrolado con riesgos concretos parapreservar la vida y salud de los alojados y del personal.

Que en este marco y teniendo en cuenta la proyección de ingreso deinternos se dificultará asegurar adecuadas condiciones de alojamiento alas personas que sean detenidas e incorporadas al sistema de aquí enadelante.

Que en atención a la gravedad de la situación y la premura con que sedebe brindar la solución a la situación actual, resulta necesariorecurrir a un procedimiento de contratación que permita dar respuesta ala acuciante situación planteada en el Complejo Penitenciario FederalN° II, Marcos Paz, Provincia de Buenos Aires.

Que el artículo 9°, inciso c) de la Ley N° 13.064, contempla laposibilidad de utilizar el mecanismo de contratación directa en la obrapública, “Cuando los trabajos de urgencia reconocida o circunstanciasimprevistas demandaren una pronta ejecución que no dé lugar a lostrámites de la licitación pública...”.

Que la presente obra permite ser contratada en forma directa toda vez que se presentan los extremos allí descriptos.

Que el costo estimado de los trabajos asciende a la suma de PESOSQUINCE MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCOCON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 15.183.555,49), calculado al mes deabril de 2015.

Que obra en autos la constancia del área pertinente, de la afectación preventiva para el presente gasto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la competencia para el dictado del presente acto surge de lodispuesto por la Resolución M.J. y D.H. N° 2532/13 modificada por susimilar 1380/14, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la leyN° 13.064 y el artículo 2 del decreto N° 979/08, modificado por susimilar N° 903/14.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Autorizase la Contratación Directa por la causal deurgencia para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN DE 40 PLAZAS UNIDADRESIDENCIAL COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL II - ENTREPISOS - MARCOS PAZ- PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, bajo el régimen previsto en la Ley 13.054.

ARTICULO 2° — Apruébanse el Pliego de Cláusulas Generales a fojas 5/44,el Pliego de Cláusulas Especiales, Anexos y Formularios varios yProyecto de Contrato obrantes a fojas 261/305, el Pliego deEspecificaciones Técnicas de fojas 90/147, los Anexos Técnicos de fojas148/173 y los Planos obrantes a fojas 174/175, para la ejecución de laobra individualizada en el artículo 1°, que forman parte integrante dela presente.

ARTICULO 3° — Apruébase el presupuesto para la presente obra calculadoal mes de abril de 2015 cuyo monto asciende a la suma de PESOS QUINCEMILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO CONCUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 15.183.555,49).

ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente seimputará con cargo a las partidas específicas del Presupuesto Generalde Gastos para el Ejercicio 2015.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Ing. H. FRANCISCO UCHA, DirectorNacional de Obras y Mantenimiento Penitenciario, Ministerio de Justiciay Derechos Humanos.

e. 12/05/2015 N° 33661/15 v. 12/05/2015

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