Disposición 98/2015

Federacion De Obreros Y Empleados De La Industria Del Papel, Carton Y Quimicos - Otros

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Federacion De Obreros Y Empleados De La Industria Del Papel, Carton Y Quimicos - Otros

Declarase homologado el acuerdo celebrado entre la federacion de obreros y empleados de la industria del papel, carton y quimicos, el sindicato de obreros y empleados de papel misionero s.a.i.f.c. (s.o.e.p.m.) y la empresa papel misionero sociedad anonima, industrial, forestal y comercial, que luce a fojas ¾ del expediente n° 1.650.367/14, ratificado a foja 56, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva n° 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 247431 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33139

Fecha boletin: 29/05/2015 Fecha sancion: 20/03/2015 Numero de norma 98/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Subdireccion Nacional De Relaciones Del Trabajo Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONESDEL TRABAJO

Disposición 98/2015

Bs. As., 20/3/2015

VISTO el Expediente N° 1.650.367/14 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente N° 1.650.367/14 obra el Acuerdocelebrado entre la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIADEL PAPEL, CARTÓN Y QUÍMICOS, el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DEPAPEL MISIONERO S.A.I.F.C. (S.O.E.P.M.) y la empresa PAPEL MISIONEROSOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, FORESTAL Y COMERCIAL, ratificado a foja56, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N°14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienenmodificaciones salariales, conforme surge de los términos y condicionesallí pactados.

Que cabe tener presente que las partes precitadas son firmantes delConvenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1241/11 “E”.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con laactividad principal de la parte empleadora signataria y larepresentatividad de la entidad sindical firmante, emergente de supersonería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N°14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción conla normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con ladocumentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos elmentado Acuerdo.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando elAcuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional deRegulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia deefectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin dedar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744(t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente actoadministrativo de homologación, de conformidad con los antecedentesmencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°2096/14.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre laFEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTÓN YQUÍMICOS, el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE PAPEL MISIONEROS.A.I.F.C. (S.O.E.P.M.) y la empresa PAPEL MISIONERO SOCIEDAD ANÓNIMA,INDUSTRIAL, FORESTAL Y COMERCIAL, que luce a fojas 3/4 del ExpedienteN° 1.650.367/14, ratificado a foja 56, conforme a lo dispuesto en laLey de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Disposición en la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección deNegociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registreel Acuerdo obrante a fojas 3/4 del Expediente N° 1.650.367/14.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a laDirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar laprocedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y TopeIndemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 dela Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente,procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el ConvenioColectivo de Trabajo de Empresa N° 1241/11 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito del Acuerdo y de esta Disposición, las partes deberánproceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N°14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Lic. ADRIAN CANETO, SubdirectorNacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo ySeguridad Social.

Expediente N° 1.650.367/14

Buenos Aires, 25 de Marzo de 2015

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 98/15 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 y 56 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 341/15. — VALERIA ANDREAVALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 05 días del mes de Agostode 2014, los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivode Trabajo, Don Blas Alari, José Ramón Luque y Carlos Lamarque enrepresentación de la Federación de la Industria del Papel del Cartón yQuímicos, los Sres. Luis Ricardo Cardozo, DNI 16.955.974, Oscar MongesDNI 12.311.468, Manuel Antonio Apodaca DNI 13.144.878 y Victor AlfonsoSalvador DNI 20.506.233, en su carácter de Secretario General, DelegadoGremial, Secretario Adjunto y Secretario Gremial del Sindicato deObreros y Empleados de Papel Misionero (S.O.E.P.M.) respectivamente,por una parte, y por la otra parte, la empresa Papel Misionero SAIFC,representada en este acto el Dr. Eduardo Luft DNI 17.135.344, en sucarácter de Gerente de Relaciones Institucionales y Asuntos Legales, ymanifiestan que en revisión conjunta y voluntaria de las partes de lossalarios establecidos en el convenio, han acordado introducirmodificaciones al mencionado convenio, aplicables a todo el personalincluido en el mismo:

1) Modificar los valores de las bandas salariales vigentes al 30 deJunio de 2014, incrementando los Jornales horarios en un 30% (treintapor ciento) distribuidos de la siguiente manera: Un 17% (diecisiete) apartir del 1° de Julio de 2014 y un 13% (trece) a partir del 1° deNoviembre de 2014; valores no acumulativos tomando como base de cálculolos salarios a Junio 2014, quedando conformadas las nuevas escalassalariales por base profesional (Art. 29) de la siguiente manera:


2) Establecer una nueva revisión de escalas salariales a partir del 1°de Julio de 2015 en el marco del convenio.

Sin más, previa lectura y ratificación de lo acordado las partes firmancuatro ejemplares de un solo tenor y a un mismo fin, pudiendocualquiera de las partes solicitar la correspondiente homologación porante el Ministerio de Trabajo de la Nación dentro del marco delConvenio Colectivo de Trabajo vigente en los términos de la ley N°14.250.

Expediente 1.650.367/14

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 27 de NOVIEMBRE de 2014,siendo las 15:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL, ante la Secretaria de Conciliación del Depto. deRelaciones Laborales N° 3 Lic. Daniela Pessi, en representación de laparte sindical por la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIADEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS lo hacen el Sr. José Ramón LUQUE; por elSINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE PAPEL MISIONERO (S.O.E.P.M.), lohacen los Sres. Víctor Alfonso SALVADOR y Manuel Antonio APODACA; porla Comisión Interna, el Sr. Oscar MONGES y por la otra parte, enrepresentación de la EMPRESA PAPEL MISIONERO SAIFC, el Dr. DanielCOMPAGNUCCI en carácter de miembro paritario, con demás datosacreditados en esta Secretaría.

Declarado abierto el acto por la Funcionaria Actuante, el SINDICATO DEOBREROS Y EMPLEADOS DE PAPEL MISIONERO (S.O.E.P.M.) designa comomiembros paritarios a los Sres. Víctor Alfonso SALVADOR (DNI N°20.506.233); Manuel Antonio APODACA (DNI N° 13.144.878) y Oscar MONGES(DNI N° 12.311.468), para constituir la Comisión Negociadora.

Acto seguido, se concede la palabra a los comparecientes, quienes, enforma conjunta, MANIFIESTAN: Que vienen por este acto a ratificar entodos y cada uno de sus términos el Acuerdo de fecha 05 de agosto de2014, que luce a fs. 3/4 del presente expediente, firmado en el ámbitoprivado. Solicitando a esta Autoridad Administrativa disponga suhomologación.

No siendo para más, a las 15:40 horas se cerró el acto, firmando laspartes de conformidad, previo lectura de ratificación de lo expuesto,por ante mí funcionaria actuante que para constancia certifico.

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