Resolución 163/2015

Resolucion Sedronar N° 60/2015 - Rectificase

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Presidencia De La Nacion
Resolucion Sedronar N° 60/2015 - Rectificase

Rectificase el penultimo parrafo del punto 6 del anexo i de la resolucion sedronar n° 60/2015.

Id norma: 247479 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33140

Fecha boletin: 01/06/2015 Fecha sancion: 12/05/2015 Numero de norma 163/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Sec.Prog.Para Prev.Drog. Y Lucha C/Narco.Pres.Nac. Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO

Resolución 163/2015

Bs. As., 12/5/2015

VISTO el Expediente N° 436/2015 del Registro de esta Secretaría deEstado, y la Resolución SEDRONAR N° 60 de fecha 5 de marzo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución citada en el VISTO se aprobó el Sistema de INGRESOESTIMULO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE DISPOSITIVOSPREVENTIVO-ASISTENCIALES TERRITORIALES DE SEDRONAR.

Que por un error material involuntario se consignó en forma incorrectael valor de la Unidad Estímulo en el ANEXO I de dicha Resolución.

Que por lo expuesto corresponde rectificar el monto consignado para launidad estímulo indicada en el punto 6 del ANEXO I de la ResoluciónSEDRONAR N° 60/2015, sin que ello implique modificación alguna delresto del ANEXO ni de su fecha de vigencia.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades emergentes delos Decretos N° 2013/2013 y 48/2014 y de la Resolución SEDRONAR N°60/2015.

Por ello,

EL SECRETARIO DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN YLA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFIC DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Rectifícase el penúltimo párrafo del punto 6 del ANEXO Ide la Resolución SEDRONAR N° 60/2015 que quedará redactado de lasiguiente manera:

“El valor de cada Unidad Estímulo es de $ 2,50 (PESOS DOS CONCINCUENTA). A las personas comprendidas en la CATEGORIA A, cualquierasea su GRADO, y cuyos lugares de residencia (Domicilios Reales) seencuentren en las Provincias de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut,Santa Cruz y Tierra del Fuego, se les abonará un 50% (CINCUENTA PORCIENTO) más del valor Unidad Estímulo general. -Se denomina ‘zonadesfavorable’ atento al despoblamiento de sus grandes extensiones, lasdistancias que se debe que recorrer entre una localidad y otra, y larigurosidad del clima; todo ello repercute en los costos de losproductos esenciales, el traslado y la comunicación, entre otrosaspectos.”

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese. — JUAN CARLOS MOLINA,Secretario de Estado, SE.DRO.NAR., Presidencia de la Nación.

e. 01/06/2015 N° 104645/15 v. 01/06/2015

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