Resolución 1837/2015

Resolucion Cnc N° 2777/14 - Ampliar Los Terminos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Nacional De Comunicaciones
Resolucion Cnc N° 2777/14 - Ampliar Los Terminos

Ampliar los terminos del articulo 2° de la resolucion cnc n° 2777 de fecha 24 de julio de 2014. “articulo 2°.- disponer que la inscripcion acordada en el articulo precedente solo habilita la oferta y prestacion de servicios internacionales de importacion y exportacion, bajo la modalidad pactada, cobertura con medios propios en forma parcial en la ciudad autonoma de buenos aires (en los codigos postales: c1270abp, c1242aau, c1233aba, c1424bsd, c1159abo, c1147aau, c1405dju, c1406etn, c1213abf, c1414cep, c1427cea, c1417cqo, c1408blb, c1419hdh, c1431bxj, c1424zad, c1430bkn, c1429aau, c1428aaf, c1426cpk, c1425aaw, c1120aaf, y c1147aau) y en provincia de buenos aires (en el codigo postal b1802eze —aeropuerto internacional ministro pistarini—), y mediante convenios celebrados con “hamaltex international corporation”, “vimage group, llc” y “argenfreight marketing enterprises, inc”, en forma total en el condado de miami-dade, estado de florida, estados unidos de norteame- rica.” instruir a la gerencia de servicios postales para que por la via de estilo proceda a la emision de un nuevo certificado de inscripcion, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1° de la presente.

Id norma: 247784 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33145

Fecha boletin: 08/06/2015 Fecha sancion: 19/05/2015 Numero de norma 1837/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Nacional De Comunicaciones Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 1837/2015

19/5/2015

Ampliar los términos del Artículo 2° de la Resolución CNC N° 2777 defecha 24 de julio de 2014, el que quedará redactado de la siguientemanera:

“ARTÍCULO 2°.- Disponer que la inscripción acordada en el artículoprecedente sólo habilita la oferta y prestación de SERVICIOSINTERNACIONALES DE IMPORTACIÓN y EXPORTACIÓN, bajo la modalidadpactada, cobertura con medios propios en forma parcial en la CIUDADAUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (en los códigos postales: C1270ABP, C1242AAU,C1233ABA, C1424BSD, C1159ABO, C1147AAU, C1405DJU, C1406ETN, C1213ABF,C1414CEP, C1427CEA, C1417CQO, C1408BLB, C1419HDH, C1431BXJ, C1424ZAD,C1430BKN, C1429AAU, C1428AAF, C1426CPK, C1425AAW, C1120AAF, y C1147AAU)y en Provincia de BUENOS AIRES (en el código postal B1802EZE—Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini—), y mediante convenioscelebrados con “HAMALTEX INTERNATIONAL CORPORATION”, “VIMAGE GROUP,LLC” y “ARGENFREIGHT MARKETING ENTERPRISES, INC”, en forma total en elcondado de MIAMI-DADE, ESTADO DE FLORIDA, ESTADOS UNIDOS DENORTEAMÉRICA.” Instruir a la GERENCIA DE SERVICIOS POSTALES para quepor la vía de estilo proceda a la emisión de un nuevo certificado deinscripción, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 1° de lapresente.

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor, Comisión Nacional deComunicaciones. — Ing. NICOLÁS KARAVASKI, Subinterventor, ComisiónNacional de Comunicaciones.

e. 08/06/2015 N° 106841/15 v. 08/06/2015

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