Resolución 540/2015

Apuaye - Empresa Distribuidora De Electricidad De Mendoza Sa

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Apuaye - Empresa Distribuidora De Electricidad De Mendoza Sa

Fijase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, segun los terminos del articulo 245 de la ley de contrato de trabajo n° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la resolucion de la secretaria de trabajo n° 2545 del 29 de diciembre de 2014 y registrado bajo el n° 9/15 suscripto entre la asociacion de profesionales universitarios del agua y la energia electrica, por la parte sindical y la empresa distribuidora de electricidad de mendoza sociedada anonima, por la parte empleadora.

Id norma: 248674 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33160

Fecha boletin: 29/06/2015 Fecha sancion: 27/04/2015 Numero de norma 540/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 540/2015

Bs. As., 27/04/2015

VISTO el Expediente N° 1.623.828/14 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de laSECRETARÍA DE TRABAJO N° 2545 del 29 de diciembre de 2014 y laDisposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 37del 2 de marzo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 72/74 del Expediente N° 1.623.828/14 obra el acuerdosuscripto entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUAY LA ENERGÍA ELÉCTRICA, por la sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DEELECTRIDAD DE MENDOZA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en elmarco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1251/11 “E”,conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250(t.o. 2004).

Que el acuerdo precitado ha sido oportunamente homologado por laResolución S.T. N° 2545/14 y registrado bajo el N° 9/15, conforme surgede fojas 89/91 y 94, respectivamente.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulacionesdel Trabajo N° 37 de fecha 2 de marzo de 2015, cuya copia fiel obra afojas 104/107, se emplazó a las partes para que presenten las escalassalariales con vigencia a partir del 1° de enero de 2014,correspondientes al Acuerdo N° 9/15.

Que en respuesta a ello, a fojas 1 del Expediente N° 304.065/15,agregado a fojas 116 del principal, obra la presentación de la parteempleadora correspondiente al Acuerdo N° 9/15, mediante la cual secumplimenta lo requerido.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976)y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de lasremuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioresultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de lasremuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexosconsiderados.

Que a fojas 117/119, obra el informe técnico elaborado por la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría,por el que se indican las constancias y se explicitan los criteriosadoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objetode la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos secomparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas enel segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N°20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 defechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cualsurge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de laLey de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de laSECRETARÍA DE TRABAJO N° 2545 del 29 de diciembre de 2014 y registradobajo el N° 9/15 suscripto entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALESUNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGÍA ELÉCTRICA, por la parte sindical yla EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE MENDOZA SOCIEDADA ANÓNIMA,por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, formaparte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la DirecciónNacional de Relaciones del trabajo, a fin de que registre el importepromedio de las remuneraciones fijado por este acto y del topeindemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente N° 1.623.828/14

Expediente N° 1.623.828/14

Buenos Aires, 29 de Abril de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 540/15 se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 262/15 T. — VALERIAANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

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