Resolución 130/2015

Unidad Ejecutora De Proyectos (Uepro) - Establecese

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Industria
Unidad Ejecutora De Proyectos (Uepro) - Establecese

Establecese que la actual unidad ejecutora de proyectos (uepro), creada por la resolucion n° 75 de fecha 13 de febrero de 1997 de la ex secretaria de industria, comercio y mineria del entonces ministerio de economia y obras y servicios publicos, con dependencia directa de la unidad secretario de la actual secretaria de industria del ministerio de industria, sera la encargada de ejecutar las tareas conferidas a la unidad de implementacion del proyecto (ucp), como “organismo ejecutor” del convenio de donacion del fondo fiduciario para proyectos de defensa de la capa de ozono para el “proyecto de reduccion de hidroclorofluorocarbonos (hcfc) bajo el protocolo de montreal” (donacion n° tf014897), a fin de coordinar y gestionar la implementacion de dicho proyecto, hasta su finalizacion.

Id norma: 248816 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33163

Fecha boletin: 02/07/2015 Fecha sancion: 19/06/2015 Numero de norma 130/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Industria Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 4 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE INDUSTRIA

Resolución 130/2015

Bs. As., 19/06/2015

VISTO el Expediente N° S01:0047041/2015 del Registro del MINISTERIO DEINDUSTRIA, el Decreto N° 2.192 de fecha 19 de noviembre de 2014, lasResoluciones Nros. 75 de fecha 13 de febrero de 1997 de la exSECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entonces MINISTERIO DEECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, 44 de fecha 19 de febrero de2003 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entoncesMINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN y 62 de fecha 3 de mayo de 2005 de la exSECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA delentonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 2.192 de fecha 19 de noviembre de2014 se aprobó el Modelo de Convenio de Donación del FONDO FIDUCIARIOPARA PROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO para el “Proyecto deReducción de Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) bajo el Protocolo deMontreal” (Donación N° TF014897) a suscribirse entre la REPÚBLICAARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF)por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN NOVECIENTOSCATORCE MIL SEISCIENTOS DOCE (U$S 1.914.612).

Que por el Artículo 3° del mencionado decreto se designa al MINISTERIODE INDUSTRIA, a través de la Unidad de Implementación del Proyecto(UCP), como “Organismo Ejecutor” del Convenio de Donación del FONDOFIDUCIARIO PARA PROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO para el“Proyecto de Reducción de Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) bajo elProtocolo de Montreal” (Donación N° TF014897), quedando facultado paracelebrar los actos y contratos necesarios para la correctaimplementación del citado Proyecto.

Que el Proyecto de Reducción de Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) tienecomo objetivo la reconversión industrial para la reducción desustancias controladas que agotan la capa de ozono, de acuerdo con lasobligaciones del país bajo el Protocolo de Montreal, procurandomaximizar la reducción de las emisiones directas de gas de efectoinvernadero y los beneficios indirectos derivados relacionados con lamayor eficiencia energética y, asimismo, contribuirá a eliminar elconsumo de clorofluorocarburos (CFC) residual en el mantenimiento deenfriadores.

Que por medio de la Resolución N° 75 de fecha 13 de febrero de 1997 dela ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entoncesMINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, se creó la UNIDADEJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO) en el ámbito de dicha Secretaría, condependencia directa de la UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE),encargada de administrar la ejecución del Proyecto de Reducción deSustancias que Agotan la Capa de Ozono.

Que conforme el Artículo 3° de la mencionada resolución, la UNIDADEJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO) estará a cargo de un Coordinador, el queserá responsable de la administración del Proyecto.

Que por medio de la Resolución N° 44 de fecha 19 de febrero de 2003 dela ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entoncesMINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN se transfirió la UNIDAD EJECUTORA DEPROYECTOS (UEPRO) al ámbito de dicha Secretaría, con dependenciadirecta del señor Secretario, quien tendrá a su cargo la CoordinaciónGeneral y supervisión del referido Proyecto.

Que por medio de la Resolución N° 62 de fecha 3 de mayo de 2005 de laex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESAdel entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN se transfirió laUNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO) al ámbito de la UNIDAD SECRETARIOde dicha Secretaría, con dependencia directa del señor Secretario.

Que los fondos provenientes del Protocolo de Montreal recibidos através del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) parala reconversión industrial asociada a gases que afectan la capa deozono se ejecutan dentro de la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO)desde el año 1997.

Que el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), a travésdel “Documento de Evaluación del Proyecto - PAD 436” de fecha 6 dejunio de 2013, evaluó que la Unidad de Coordinación del Proyecto (UCP)—actual UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO)— debería ser la encargadade coordinar y gestionar la implementación de los componentes delProyecto de Reducción de Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) y de sussubproyectos, de acuerdo con las regulaciones nacionales, las políticasespecíficas del sector y según lo que estipule el Manual Operativo.

Que la Dirección de General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 3° del Decreto N° 2.192/14.

Por ello,

LA MINISTRA DE INDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establécese que la actual UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS(UEPRO), creada por la Resolución N° 75 de fecha 13 de febrero de 1997de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entoncesMINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, con dependenciadirecta de la UNIDAD SECRETARIO de la actual SECRETARÍA DE INDUSTRIAdel MINISTERIO DE INDUSTRIA, será la encargada de ejecutar las tareasconferidas a la Unidad de Implementación del Proyecto (UCP), como“Organismo Ejecutor” del Convenio de Donación del FONDO FIDUCIARIO PARAPROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO para el “Proyecto de Reducciónde Hidroclorofluorocarbonos (HCFC) bajo el Protocolo de Montreal”(Donación N° TF014897), a fin de coordinar y gestionar laimplementación de dicho Proyecto, hasta su finalización.

ARTÍCULO 2° — Otórgase a la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO) las siguientes funciones:

a) Formular las actividades a realizarse que se solventarán a través dela solicitud de fondos que se acordará con el BANCO INTERNACIONAL DERECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF).

b) Definir y llevar a cabo los planes y acciones apropiados para cumplir con los objetivos del Proyecto.

c) Realizar el seguimiento de los plazos y objetivos de todos losestudios, planes y acciones del Proyecto, y de aquellos que laSECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA le requiera, parareconocer y evaluar las características productivas de los sectores delas cuales puedan obtenerse mejoras en los procesos, que minimicen elimpacto al ozono y mitiguen el calentamiento global.

d) Elaborar y suscribir los convenios necesarios para la ejecución del Proyecto.

e) Ejecutar las acciones de difusión necesarias.

f) Administrar los fondos del Proyecto, asegurando que se utilicen coneficiencia y eficacia para los fines que fueron asignados.

g) Gestionar los desembolsos de los fondos.

h) Organizar y mantener registros financieros y contables de las transacciones efectuadas con los recursos del Proyecto.

i) Preparar los estados financieros y otros informes requeridos por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF).

j) Proceder a la apertura y administración de cuentas bancarias para la operatoria normal del Proyecto.

k) Preparar las solicitudes de desembolso y las respectivas justificaciones de los gastos elegibles al Proyecto.

l) Implementar sistemas de archivo de la documentación de respaldo delos gastos elegibles, a efectos de su verificación por el personal delBANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) y por auditoresexternos.

m) Realizar los informes de situación que le sean solicitados.

ARTÍCULO 3° — Otórgase al Coordinador de la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO) las siguientes funciones:

a) Celebrar los actos administrativos y contratos para llevar a cabolas adquisiciones necesarias para la ejecución del Proyecto, según lasprevisiones establecidas en el Convenio de Donación del FONDOFIDUCIARIO PARA PROYECTOS DE DEFENSA DE LA CAPA DE OZONO para el“Proyecto de Reducción de Hidroclorofluorocarbonos (HDFC) bajo elProtocolo de Montreal (Donación N° TF014897), el Manual Operativo delProyecto y el Decreto N° 2.192 de fecha 19 de noviembre de 2014.

b) Suministrar información al BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN YFOMENTO (BIRF), según se requiera para el buen desenvolvimiento delProyecto.

c) Articular acciones con las autoridades políticas y con organismos internacionales para una mejor gestión del Proyecto.

d) Efectuar el seguimiento y la evaluación de la ejecución del Proyecto y de sus subproyectos.

e) Participar en las misiones de supervisión y seguimiento realizadaspor el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF).

f) Administrar los fondos del préstamo para la ejecución del Programa.

g) Requerir la efectivización de los desembolsos y gestión de fondosante el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) yliberar pagos, sobre las cuentas del Programa, en forma conjunta oindistinta con otra firma autorizada.

h) Definir los lineamientos generales de los temas de estudio, planesde acción, mecanismos administrativos y financieros para la selección yejecución de los proyectos a financiar en el marco del Proyecto ysupervisar su ejecución.

i) Suscribir convenios de cooperación, asistencia técnica o del tipoque fuere necesario para la mejor ejecución del Programa, coninstituciones públicas y privadas y organismos internacionales.

j) Realizar los cronogramas de trabajo y determinar la asignación detareas a los consultores de la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO).

k) Reportar y mantener informado al señor Secretario de Industria sobre la gestión del Programa.

l) Verificar el registro y archivo de toda la documentación de la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO).

ARTÍCULO 4° — Establécese que el desempeño de las nuevas funciones delCoordinador de la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO) tendrá carácterad honórem.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Lic. DÉBORA GIORGI, Ministra deIndustria.

e. 02/07/2015 N° 115261/15 v. 02/07/2015

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica