Decisión 23/2014

Cooperacion En El Mercosur

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Cooperacion En El Mercosur

Consolidar las normas de cooperacion internacional en el mercosur y aprobar el texto que consta como anexo y forma parte de la presente decision.

Id norma: 250224 Tipo norma: Decisión Numero boletin: 33188

Fecha boletin: 07/08/2015 Fecha sancion: 16/12/2014 Numero de norma 23/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Del Mercado Comun Ver Decisiones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MERCOSUR/CMC/DEC. N° 23/14

COOPERACIÓN EN EL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto.

CONSIDERANDO:

Que la cooperación internacional es una herramienta que contribuye al fortalecimiento y desarrollo del proceso de integración.

Que es conveniente contar con una norma que reúna y actualice lanormativa en materia de cooperación internacional en el MERCOSUR.

La importancia que el MERCOSUR le asigna a la cooperación internacionaly la intención de jerarquizar el tratamiento de la misma.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

DECIDE:

Art. 1 - Consolidar las normas de cooperación internacional en elMERCOSUR y aprobar el texto que consta como Anexo y forma parte de lapresente Decisión.

Art. 2 - Delegar en el Grupo Mercado Común la facultad de aprobar losprogramas de Cooperación Internacional de apoyo al Mercado Común delSur (MERCOSUR), así como la facultad de suscribir convenios en el marcode la negociación de Programas de Cooperación Técnica de conformidadcon lo establecido en el art. 14, numeral VII del Protocolo de OuroPreto.

Art. 3 - El Grupo Mercado Común deberá informar semestralmente a esteConsejo, la nómina de convenios suscriptos en el marco de lanegociación de programas de cooperación técnica.

Art. 4 - Facultar al GMC a efectuar los ajustes, actualizaciones omodificaciones al Anexo de esta norma que fueran necesarios en elfuturo.

Art. 5 - Derogar aquellas normas cuya materia haya sido reemplazada o que se opongan a lo establecido en la presente Decisión.

Art. 6 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamientojurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de laorganización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XLVII CMC - Paraná, 16/XII/14.

ANEXO

POLÍTICA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DEL MERCOSUR

TÍTULO I

DE LOS OBJETIVOS, PRINCIPIOS Y MODALIDADES DE LA POLÍTICA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DEL MERCOSUR

Art. 1 - La cooperación internacional en el MERCOSUR es una herramientatransversal cuyos objetivos generales son: fortalecer las capacidadesde cada uno de los miembros del bloque; profundizar la integraciónregional; reducir las asimetrías entre los países del bloque;intercambiar de manera horizontal conocimientos y experiencias, buenasprácticas, políticas públicas tanto al interior del bloque como conotras instancias de integración regional y extrarregional existentes.

Art. 2 - La cooperación del MERCOSUR se rige por los siguientes principios generales:

a. Adecuación con las prioridades de cooperación del bloque.

b. Solidaridad, entendida como la consecución de los objetivos de desarrollo de todos los participantes.

c. Respeto a la soberanía y no injerencia en los asuntos internos delos países; ninguna iniciativa o proyecto de cooperación puede avanzaren modo alguno sobre las potestades soberanas de los Estados.

d. Horizontalidad: los países intervinientes establecerán sus vínculos de cooperación como socios en el desarrollo.

e. No condicionalidad: La cooperación estará libre de condicionamientos de políticas de cualquier índole.

f. Consenso: la cooperación en el MERCOSUR debe ser negociada,planificada y ejecutada de común acuerdo entre los socios cooperantes.

g. Equidad: La cooperación debe distribuir sus beneficios de formaequitativa entre todos los participantes. Este criterio también debeser aplicado en la distribución de costos, que deben ser asumidos deforma proporcional a las posibilidades reales de cada socio.

h. Beneficio mutuo: La cooperación internacional del MERCOSUR debebuscar en todas sus instancias resultados favorables para las partesintervinientes.

i. Naturaleza complementaria de la cooperación con los objetivos y políticas del MERCOSUR

j. Respeto de las particularidades culturales, históricas einstitucionales de los socios en la identificación y la formulación delos programas y proyectos de cooperación

k. Protagonismo de los actores locales en todas las etapas de losprogramas y proyectos de cooperación. Se debe promover la utilizaciónde saberes, instituciones y consultores técnicos del bloque

l. Optimización de la asignación de recursos para aumentar el alcancede los resultados de los proyectos de cooperación, estableciendomecanismos que prioricen asociaciones con instituciones y especialistasregionales que permitan una mayor sustentabilidad.

m. Acceso a la información: la información de los proyectos tanto entérminos de diseño, como de ejecución y valorización de impacto, debeestar disponible para todos los participantes del mismo.

n. Gestión centrada en el cumplimiento de los resultados objetivamenteverificables establecidos por las partes para cada proyecto.

Art. 3.- La cooperación internacional del MERCOSUR se desarrolla a través de las siguientes modalidades:

1. Cooperación INTRA - MERCOSUR

Se implementa a través de la asociación entre dos o más Estados Partes,a fin de realizar proyectos y/o programas de cooperación que tengancomo objetivo: a) contribuir a la consolidación del proceso deintegración del bloque a través del fortalecimiento de los órganos delMERCOSUR; y/o b) fortalecer las capacidades técnicas e institucionalesde los Estados Partes, buscando reducir asimetrías al interior delbloque.

Todo proyecto y/o programa de cooperación inscripto bajo esta modalidaddebe perseguir dichos objetivos evitando superposiciones con lasiniciativas de cooperación bilateral existentes entre los EstadosPartes.

2. Cooperación EXTRA-MERCOSUR:

Se desarrolla a través de la asociación y el aporte de terceros países;procesos de integración; Organismos Internacionales; o asociacionesregionales, con el fin de realizar programas y/o proyectos decooperación internacional que tengan como objetivo: a) abordarcualquiera de los objetivos que motivan a la cooperación INTRA-MERCOSUR (cooperación dirigida al MERCOSUR); o b) apoyar el desarrollode terceros países o procesos de integración (cooperación provenientedel MERCOSUR).

Los proyectos que se desarrollen bajo la modalidad EXTRA-MERCOSURdeberán estar amparados en Acuerdos Marco suscriptos entre las partes,a través del GMC.

Art. 4.- Las modalidades de cooperación internacional del MERCOSUR,mencionadas en el Art. 3, podrán ser ejecutadas a través de programasy/o proyectos de cooperación triangular.

TÍTULO II

DE LA INSTITUCIONALIDAD DE LA COOPERACIÓN EN EL MERCOSUR

CAPÍTULO 1

Del Grupo de Cooperación Internacional

Art. 5 - El Grupo de Cooperación Internacional (GCI), órgano auxiliardel Grupo Mercado Común (GMC), es el único órgano del bloque concompetencia para entender en materia de cooperación internacional tantointra como extra bloque.

Art. 6 - El GCI velará por el cumplimiento de las directrices de laPolítica de Cooperación Internacional del Título I; asegurando que losprogramas y proyectos de cooperación sean elaborados y ejecutados deconformidad con los principios y objetivos de esta Política. El GCItiene competencia para proponer actualizaciones a dicha Política.

Art. 7 - El GCI es el único órgano facultado para la interlocución conlos demás órganos de la estructura institucional y con los cooperantes,con los que mantiene comunicación directa.

Art. 8 - El GCI está integrado por un Coordinador Titular y un Alterno designados por cada Estado Parte.

Art. 9 - El GCI tiene las siguientes atribuciones:

a. Articular posiciones comunes del bloque para presentar en losdiversos foros en los que se debaten temas de cooperación internacional.

b. Relevar y proponer cada dos años las prioridades estratégicas delbloque en las que se centrarán las acciones de cooperación intra yextra - MERCOSUR, para ser aprobadas por el GMC.

c. Realizar la identificación, selección, negociación, aprobacióntécnica, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos decooperación internacional, asegurando que contribuyan a cumplir losprincipios y objetivos del Título I.

d. Llevar adelante las negociaciones en materia de cooperacióninternacional de aquellos programas y proyectos originados tanto en losórganos de la estructura institucional del MERCOSUR como de aquellaspropuestas presentadas por terceros países, organismos internacionaleso asociaciones regionales.

Art. 10 - El GCI tiene las siguientes funciones:

a. Asesorar y coordinar en materia de cooperación internacional a los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR;

b. Evaluar y negociar las propuestas de Acuerdos Marcos de CooperaciónInternacional, y otros convenios en la materia, así como sus addenda yprórrogas a ser suscriptas por el GMC;

c. Negociar y aprobar los términos de referencia de los proyectos;

d. Aprobar la designación del Estado Parte coordinador de los proyectosde cooperación del MERCOSUR, de la Entidad Gestora y de los Directoresde dichos proyectos, así como de otros funcionarios que se requieran;

e. Aprobar la delegación de funciones a las Entidades Gestoras de los proyectos;

f. Considerar y aprobar los Programas Operativos Globales y Anuales de los Proyectos de Cooperación;

g. Mantener contacto permanente con los órganos de la estructurainstitucional del MERCOSUR y con los organismos cooperantes einvitarlos, cuando se considere oportuno, a participar de sus reunionesa efectos de informar sobre la situación de los proyectos decooperación;

h. Presentar al GMC evaluaciones, cada dos años, sobre el estado desituación de los proyectos de cooperación internacional del MERCOSUR yrealizar un constante seguimiento de las estrategias, prácticas yprocedimientos adoptados en la implementación de la cooperación,evaluando la eficiencia y eficacia de sus mecanismos y el impacto desus resultados en la promoción de los objetivos de la Política deCooperación;

i. Proponer y actualizar la metodología para la evaluación de los proyectos de cooperación;

j. Participar de los comités de seguimiento o evaluación de los proyectos de cooperación;

k. Identificar y evaluar fuentes de financiamiento para proyectos de cooperación del MERCOSUR;

l. Elaborar y mantener actualizado un catálogo del MERCOSUR de sus capacidades de cooperación sur-sur.

Art. 11 - El GCI puede proponer al GMC la creación de las instancias deapoyo, en su ámbito, que estime necesarias para alcanzar sus cometidos.

CAPITULO 2

De la Unidad Técnica de Cooperación Internacional

Art. 12 - La Unidad Técnica de Cooperación Internacional (UTCI), estásubordinada al GCI, funciona en el ámbito de la Secretaría del MERCOSUR(SM) y es financiada con el presupuesto de ésta.

Art. 13 - La UTCI tiene las siguientes funciones:

a. asistir al GCI en las actividades de seguimiento de los proyectos decooperación técnica y en otras que el mismo considere pertinentes;

b. asesorar, a solicitud del GCI, a los foros del MERCOSUR y/o a lasentidades de gestión para la planificación, ejecución, monitoreo yevaluación de las acciones de cooperación técnica;

c. mantener sistematizada y actualizada la información en materia decooperación internacional en el MERCOSUR, que incluya, entre otroselementos a ser definidos por el GCI, base de datos sobre los proyectosdel bloque, normas, manuales de procedimientos e información sobre lasacciones de cooperación de los Estados Partes, de países, grupos depaíses y organizaciones socias del MERCOSUR en materia de cooperación.

d. Prestar apoyo al GCI en la aplicación de las directrices de la política de cooperación.

Art. 14 - A solicitud expresa del GCI, la UTCI puede realizar acciones para la ejecución de proyectos de cooperación técnica.

Art. 15 - La UTCI deberá mantener al GCI informado sobre los proyectosde cooperación técnica del MERCOSUR, en sus aspectos administrativos yfinancieros, así como en otros aspectos que el GCI juzgue convenientes.La UTCI deberá presentar un informe al GCI con la antelación suficientea la realización de sus reuniones.

Para obtener tales informaciones, la UTCI deberá mantener interlocucióncon los foros del MERCOSUR y/o las entidades gestoras de los proyectosde cooperación técnica desarrollados en el ámbito del MERCOSUR.

Art. 16 - La UTCI está compuesta por funcionarios MERCOSURseleccionados por concurso, en los términos de la normativa aplicable.Se aplicará a los funcionarios de dicha Unidad la normativa vigenterelativa al desempeño laboral, remuneraciones y beneficios aplicables alos funcionarios MERCOSUR.

Art. 17 - La UTCI contará con una estructura mínima de dos (2) funcionarios.

TITULO III

DE LA METODOLOGÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Art. 18 - Toda solicitud de cooperación que tenga por fin acceder aconocimientos, recursos humanos y/o financieros tendientes a promovercapacidad técnica, administrativa y tecnológica a los Estados Partes,con el propósito de contribuir a los objetivos de la cooperacióninternacional del MERCOSUR, debe estar precedida por un perfil técnicode proyecto de cooperación a ser presentado ante el GCI.

Art. 19 - Los perfiles técnicos de proyectos deben ser presentados con base al documento que consta como Anexo I.

Art. 20 - Bajo la modalidad de Cooperación intra - MERCOSUR podrán presentar perfiles técnicos de proyectos al GCI:

- Estados Partes

- Órganos de la estructura institucional del MERCOSUR

Art. 21 - Bajo la modalidad de Cooperación extra - MERCOSUR pueden presentar perfiles técnicos de proyectos al GCI:

- Estados Partes

- Órganos de la estructura institucional del MERCOSUR

- Terceros países

- Grupos de países

- Bloques regionales y procesos de integración

- Organismos internacionales

- Actores no gubernamentales y fondos temáticos multilaterales/globales

Art. 22 - La recepción de un perfil técnico de proyecto no generará un compromiso de aceptación por parte del GCI.

Art. 23 - Presentados los perfiles técnicos de proyectos, en base a loscriterios de evaluación definidos en el documento de perfil técnicoelaborado por el GCI, este realizará el análisis preliminarcorrespondiente.

Como resultado de la evaluación de los perfiles técnicos de proyectos,el GCI podrá aprobarlos, rechazarlos o realizar sugerencias demodificaciones y/u observaciones.

Art. 24 - En los casos en los que se efectúen sugerencias demodificaciones y/u observaciones, el GCI efectuará la devolución delperfil técnico del proyecto a la instancia de origen a fin de que seefectúen los ajustes necesarios para su nueva presentación ante el GCI.

Art. 25 - El GCI no considerará perfiles técnicos de proyectos vinculados exclusivamente a las siguientes temáticas:

a) proyectos de inversión

b) préstamos financieros

c) ayuda humanitaria

d) donación

Art. 26 - Una vez aprobado el perfil técnico del proyecto a niveltécnico por el GCI, el mismo será elevado a consideración del GMC, através de la Coordinación Nacional del Estado Parte que ejerza laPresidencia Pro Tempore del MERCOSUR.

Art. 27 - Aprobados los perfiles técnicos de proyectos por el GMC, elGCI trabajará conjuntamente con la instancia que originó la propuestapara la elaboración definitiva del documento de proyecto, queposteriormente será elevado a consideración final del GMC, a través dela Coordinación Nacional del Estado Parte que ejerza la Presidencia ProTempore del MERCOSUR.

Art. 28 - En los casos de ausencia de socios cooperantes o derequerirse recursos complementarios, el GCI, previa autorización de loscorrespondientes Coordinadores Nacionales del GMC y de conformidad consus atribuciones y responsabilidades, identificará y negociará posiblesfuentes de financiamiento con los Estados Partes, terceros países,grupos de países, organismos internacionales, actores nogubernamentales y fondos temáticos multilaterales/globales.

TÍTULO IV

PRIORIDADES DEL MERCOSUR EN MATERIA DE COOPERACIÓN EXTRA-MERCOSUR

Art. 29 - Las áreas prioritarias a las que deben contribuir los proyectos de cooperación dirigidos al MERCOSUR son:

- Políticas sociales regionales, en el ámbito del Plan Estratégico deAcción Social del MERCOSUR (PEAS), establecido por la Decisión CMC N°12/11.

- Participación de las organizaciones sociales en el proceso de integración.

- Cooperación en materia cultural, audiovisual y de apoyo a la sociedad de la información.

- Ciencia, innovación tecnológica y capacitación.

- Integración productiva.

- Inocuidad de los alimentos.

- Transporte.

- Estadística.

- Medio Ambiente

Art. 30 - Las prioridades serán actualizadas por el GMC, cuando loestime oportuno. Para ello el GMC contará con el asesoramiento del GCI.

TÍTULO V

EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN TÉCNICA EN EL MERCOSUR

Art. 31 - Para la evaluación de proyectos de cooperación internacionalen el MERCOSUR el GCI utilizará los formularios de “Evaluación deProyectos de Cooperación Internacional en el MERCOSUR”, que constancomo Anexo II y forman parte de la presente.

Art. 32 - Instruir al GCI para que haga ejecutar dicha evaluación encontacto con los distintos ámbitos institucionales beneficiarios de lacooperación internacional.

A los fines del cumplimiento de este artículo, el GCI deberá al menos,una vez al año, elevar al GMC las evaluaciones correspondientes a finde analizar los avances y problemas de la cooperación internacional.

ANEXO I



APENDICE

INSTRUCTIVO PARA COMPLETAR EL FORMULARIO DE PERFIL TÉCNICO DE PROYECTO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

En el marco de la cooperación internacional, un proyecto es productodel esfuerzo conjunto entre actores e instituciones, constituido poractividades que buscan el intercambio, la absorción y el desarrollo decapacidades. Para el MERCOSUR, la horizontalidad, lamultidisciplinariedad, la sostenibilidad, la relevancia para elterritorio y la replicabilidad de las iniciativas son fundamentalespara el fortalecimiento de los procesos de integración regional. Lasiniciativas de cooperación internacional deben resultar de un procesode construcción colectiva en los órganos y foros del bloque, enconjunto con los actores presentes en los territorios abarcados por lacooperación demandada.

El presente Instructivo es una base para la reflexión con vistas a laidentificación y negociación de futuras acciones de cooperacióninternacional de interés del MERCOSUR, que serán objeto de análisis delGCI. Este Formulario de Perfil Técnico propiciará una reflexiónnecesaria para asegurar que en el proceso de formulación de iniciativasde cooperación intarnacional se maximicen las potencialidades y seminimicen los riesgos.

Este Instructivo tiene por objeto orientar a los órganos y foros delMERCOSUR en la tarea de completar el “Formulario de Perfil Técnico deProyecto”.

En ese sentido, las preguntas propuestas en cada uno de los puntos delFormulario tienen por objetivo: 1) orientar un análisis lógico quefundamentará la elaboración de un futuro proyecto de cooperacióninternacional y 2) guiar a los foros y órganos del MERCOSUR en ladefinición y sistematización de sus expectativas en torno a lasnecesidades y compromisos que puedan llegar a asumirse en lacooperación.

Finalmente, este Instructivo conlleva a tener un mapeo realista de lasnecesidades del bloque en cooperación internacional y se une en unesfuerzo para sistematizar las iniciativas de cooperación y la búsquedade sinergias entre ellas, así como a orientar la identificación de lossocios más adecuados para responder a los intereses del MERCOSUR enmateria de Cooperación Internacional.

SINTESIS DE LA PROPUESTA

1. Contextualización y antecedentes

Algunas preguntas que orientan la reflexión sobre el contexto en que se inserta la demanda1:

1.1. ¿Cuál es el contexto económico, institucional, político, y social del tema objeto de cooperación

1.2. ¿Qué territorios2 sufren mayor influencia negativa en función del contexto antes descrito

1.3. ¿Cuál es la relevancia de una iniciativa en este tema para losterritorios que abarcará el proyecto de cooperación, y cuáles son lasprincipales demandas y prioridades de los mismos

1.4. ¿Qué acciones de cooperación técnica pueden ser realizadas parapromover y apoyar la introducción de cambios en este contexto ¿Quéterritorios serán objeto de cooperación inicialmente ¿Qué otrosrecursos/capacidades serán necesarios para posibilitar la plenarealización del proyecto

1.5. ¿De qué forma la iniciativa y sus resultados podrán contribuir en el proceso de integración del MERCOSUR

1.6. ¿De qué manera la iniciativa y sus resultados podrán contribuir a la reducción de asimetrías en el bloque

1.7. ¿Qué instituciones pueden ser consideradas como potenciales socios(apoyo técnico, financiero, logístico y estratégico) en esta cooperación

2. Objetivo General del Proyecto:

Las siguientes preguntas podrán orientar la reflexión sobre la construcción del objetivo general del proyecto:

2.1. ¿Cuál es la contribución esperada del proyecto, a largo plazo, al desarrollo y a la integración regional

2.2. ¿Cuál es la contribución esperada del proyecto a la disminución de asimetrías y al fortalecimiento de la identidad regional

1 Demanda se refiere a una solicitud en el sentido más amplio e institucional de la misma (petición, solicitud).

2 La terminología “territorio” se entiende como área geográfica, comunidades, localidades y áreas de influencia del proyecto.

3. Objetivo Específico del Proyecto:

Las siguientes preguntas podrán orientar la reflexión sobre la construcción del objetivo específico del proyecto:

3.1. ¿Cuál es el cambio y/o la innovación —en términos concretos ymensurables— esperada para el grupo meta3, los actores involucrados y/oel territorio

3.2. ¿Cómo será logrado el cambio y/o la innovación esperado para el grupo meta, los actores involucrados y/o el territorio

3.3. ¿Cómo el objetivo específico contribuirá a alcanzar el objetivo general

3.4. ¿Cómo ese cambio y/o innovación serán utilizados para alcanzar el objetivo general del proyecto de cooperación

3.5. ¿Qué efectos/contribuciones se esperan del proyecto decooperación, en relación con el aprendizaje mutuo entre los EstadosPartes, y/o con otro/s país/es socio/s

3.6. ¿Por qué la cooperación deseada es importante para el grupo meta, los territorios, los países y para el MERCOSUR.

3 Por “Grupo Meta” se entiende como la población objetivo de la cooperación (beneficiarios directos).

4. Análisis de los problemas, justificación y pertinencia del proyecto

Algunas preguntas que podrán orientar a la reflexión sobre los problemas que caracterizan la demanda:

4.1. ¿En qué consiste/n el/los problema/s a ser abordados por elproyecto de cooperación (Es necesario llegar a una definición común delos problemas por los integrantes del grupo de trabajo y/o por losprincipales actores y grupos involucrados). ¿Cómo afecta el/losproblema/s al grupo meta del proyecto

4.2. ¿Cuáles son las causas y los efectos del problema principal identificado por las partes involucradas y/o interesadas

4.3. ¿Por qué esos problemas no pueden ser resueltos a nivelnacional/regional/local ¿Por qué es necesaria la cooperación regional¿Qué pueden aportar los países para apoyar a la cooperación en losterritorios

4.4. ¿Hay correlaciones entre los problemas identificados ¿Existen estudios que apoyen el análisis de estos problemas

4.5. ¿Cuál es la mejor estrategia para abordar el problema, considerando plazo, presupuesto y actores involucrados

4.6. ¿Cuál será la relación de la cooperación con otras acciones dedesarrollo en la región, en relación con los temas y los territorios

5. Resultados necesarios para alcanzar el objetivo específico del proyecto.

5.1. ¿Cuáles son los resultados / productos4 que se alcanzarán a través de la realización de las actividades del proyecto

5.2. ¿Cómo serán utilizados los productos resultados del proyecto paraalcanzar el objetivo específico del mismo Que actores los utilizarán

4 Se entiende como “producto”: talleres, seminarios, publicaciones,capacitación, instalación de equipamiento, infraestructura, entre otras.

6. Listado de principales actividades del proyecto y sus costos estimados

6.1. ¿Cuáles son las principales actividades y sus respectivos costos5estimados que realizarán los actores involucrados en el proyecto paraobtener los resultados

5 Especificar el tipo de moneda.

7. Actores involucrados en el Proyecto

7.1. ¿Qué instituciones/agencias, organismos/organizaciones, grupos ypersonas podrán influenciar o ser afectadas directamente oindirectamente por el proyecto ¿Cuáles de dichos actores estánpresentes en los territorios definidos ¿Cuál será el papel de esosactores en la implementación del proyecto propuesto

7.2. ¿Qué actores importantes relacionados al tema o al territorio nofueron incluidos en la elaboración del proyecto ¿Por qué ¿Cuáles sonlas dificultades para que participen en el proyecto

7.3. Describa las principales dimensiones relacionadas al grupo meta(género, grupo etario, ingresos, situación laboral, etc.) y analice losefectos del proyecto sobre el mismo.

7.4. ¿Cuál será la participación del grupo meta en la planificación,implementación y seguimiento del proyecto ¿En qué medida el grupo metaestará involucrado en cada una de las etapas del proyecto

7.5. ¿Cómo los resultados del proyecto beneficiarán al grupo meta

7.6. ¿De qué forma se apropiará el grupo meta de los resultados del proyecto

7.7. ¿Algún grupo podrá ser afectado de manera negativa ¿De qué forma

7.8. ¿Qué socios se prevén que puedan participar en el financiamiento(o del apoyo que pueda ser contabilizado) del proyecto ¿Qué otrasinstituciones contribuirán para el proyecto de cooperación

8. Cambios e innovaciones generados por el proyecto.

8.1. ¿Cuál sería el alcance producido por el proyecto en la dimensiónsocial, económica, política, tecnológica y ambiental de los territoriossujetos a la cooperación

9. Análisis de los riesgos y factores que pueden incidir negativamente en la ejecución del proyecto

Algunas cuestiones que podrán orientar la reflexión sobre los factoresexternos, los riesgos y el nivel de perjuicios a los objetivos de lacooperación.

9.1. ¿Qué factores o conflictos de interés - externos e internos -pueden impedir, dificultar o retrasar la implementación del proyecto

9.2. ¿Existe algún factor que sea decisivo para la consecución exitosa del proyecto

9.3. ¿El proyecto puede tener algún efecto negativo indirecto de cualquier naturaleza

9.4. ¿Qué capacidades existen en el territorio en términos de bienesy/o servicios necesarios para la implementación del proyecto ¿Cuálesdeberán ser proporcionados al grupo meta ¿La sustentabilidad de estosaportes es un riesgo

10. Sostenibilidad del proyecto

10.1 ¿Qué medidas se prevén para financiar en el territorio los costosoperacionales y de mantenimiento de los resultados/productos finales,cuando ya no se cuente con financiación para el proyecto

ANEXO II

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica