Resolución 79823/1991

Decreto Nº 674/89 - Aplicacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Recursos Hidricos
Decreto Nº 674/89 - Aplicacion

Se prorroga el plazo establecido en los articulos 29, 30 y 31 de las disposiciones instrumentales para la aplicacion del decreto nº 674/89.

Id norma: 25026 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 27193

Fecha boletin: 08/08/1991 Fecha sancion: 31/07/1991 Numero de norma 79823/1991

Organismo (s)

Organismo origen: Obras Sanitarias De La Nacion (Osn) Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

OBRAS SANITARIAS DE LA NACION

Resolución 79.823/91

Prorrógase el plazo establecido en los artículos 29, 30 y 31 para la aplicación del Decreto Nº 674/89.

Bs. As., 31/7/91

VISTO el Expte.: 7691-91-2 por el cual tramita la solicitud de la UNION INDUSTRIAL ARGENTINA y la CONFEDERACION GENERAL DE LA INDUSTRIA, a fin de otorgar una prórroga de los plazos establecidos en los Arts. Nros. 29º, 30º y 31º de las DISPOSICIONES INSTRUMENTALES para la aplicación del Decreto PEN Nº 674/89, y

CONSIDERANDO:

Que los establecimientos industriales y especiales que deben cumplimentar dichas disposiciones, representar un número significativo a tener en cuenta.

Que por tratarse de un nuevo régimen de implementación, es considerable contemplar un mayor plazo para que se tome total conocimiento de los alcances del mismo.

Que es prioritario promover el mayor y mejor cumplimiento de la norma, antes que recurrir a cualquier penalidad establecida.

Que el DEPARTAMENTO CONTAMINACION HIDRICA acuerdo con la solicitud de la prórroga.

Que la GERENCIA GENERAL DE OPERACIONES presta su conformidad.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS no formula observaciones de índole legal.

Por ello,

EL INTERVENTOR GENERAL
RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrogar hasta el 31 de octubre de 1991 inclusive, el plazo establecido en los Artículos 29º, 30º y 31º de las DISPOSICIONES INSTRUMENTALES para la aplicación del Decreto PEN Nº 674/89, aprobadas por Resolución Nº 79.179 de fecha 1º de agosto de 1990.

Art. 2º — Dése al BOLETIN y cúrsense notas al BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA para la publicación de la presente y a la SUBSECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, acompañando copia d ela misma. Cumplido, comuníquese a las GERENCIAS GENERALES de OPERACIONES, ESTUDIOS y PROYECTOS, COMERCIALIZACION y ADMINISTRACION, a las GERENCIAS de ASUNTOS JURIDICOS y PROMOCION Y DESARROLLO y al DEPARTAMENTO AUDITORIA. Hecho, siga a la GERENCIA GENERAL DE OPERACIONES (DTO. CONTAMINACION HIDRICA). — Eduardo R. P. Cevallo.

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