Decisión 38/2014

Adhesion De La Republica Del Ecuador

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Adhesion De La Republica Del Ecuador

Aprobar la adhesion de la republica del ecuador al “acuerdo sobre la creacion e implementacion de un sistema de acreditacion de carreras universitarias para el reconocimiento regional de la calidad academica de las respectivas titulaciones en el mercosur y estados asociados”, firmado el dia 30 de junio de 2008, en la ciudad de san miguel de tucuman, republica argentina.

Id norma: 250260 Tipo norma: Decisión Numero boletin: 33188

Fecha boletin: 07/08/2015 Fecha sancion: 16/12/2014 Numero de norma 38/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Del Mercado Comun Ver Decisiones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MERCOSUR/CMC/DEC N° 38/14

ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADORAL ACUERDO SOBRE LA CREACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DEACREDITACIÓN DE CARRERAS UNIVERSITARIAS PARA EL RECONOCIMIENTO REGIONALDE LA CALIDAD ACADÉMICA DE LAS RESPECTIVAS TITULACIONES EN EL MERCOSURY ESTADOS ASOCIADOS

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Acuerdosobre la Creación y la Implementación de un Sistema de Acreditación deCursos de Graduación para el Reconocimiento Regional de la CalidadAcadémica de los Respectivos Diplomas en el MERCOSUR y EstadosAsociados y las Decisiones Nº 18/04, 28/04, 43/04 y 17/08 del Consejodel Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Decisión CMC Nº 18/04 establece que los Estados Asociados delMERCOSUR podrán adherir a otros Acuerdos anteriormente firmados por losEstados Partes cuando sea de interés mutuo.

Que por la Decisión CMC Nº 43/04 la República del Ecuador fue admitida como Estado Asociado del MERCOSUR.

Que el 30 de junio de 2008 fue firmado el “Acuerdo sobre la Creación yla Implementación de un Sistema de Acreditación de Cursos de Graduaciónpara el Reconocimiento Regional de la Calidad Académica de losRespectivos Diplomas en el MERCOSUR y Estados Asociados”.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

DECIDE:

Art. 1 - Aprobar la Adhesión de la República del Ecuador al “Acuerdosobre la Creación e Implementación de un Sistema de Acreditación deCarreras Universitarias para el Reconocimiento Regional de la CalidadAcadémica de las Respectivas Titulaciones en el MERCOSUR y EstadosAsociados”, firmado el día 30 de junio de 2008, en la ciudad de SanMiguel de Tucumán, República Argentina.

Art. 2 - El Consejo del Mercado Común recomienda a los Estados Partesla firma del Acta de Adhesión de la República del Ecuador al referidoAcuerdo.

Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamientojurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de laorganización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XLVII CMC - Paraná, 16/XII/14.

ACTA DE ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DELECUADOR AL ACUERDO SOBRE LA CREACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DEACREDITACIÓN DE CARRERAS UNIVERSITARIAS PARA EL RECONOCIMIENTO REGIONALDE LA CALIDAD ACADÉMICA DE LAS RESPECTIVAS TITULACIONES EN EL MERCOSURY ESTADOS ASOCIADOS

La República del Ecuador expresa, por medio del presente instrumento,su plena y formal adhesión al “Acuerdo sobre la Creación eImplementación de un Sistema de Acreditación de Carreras Universitariaspara el Reconocimiento Regional de la Calidad Académica de lasRespectivas Titulaciones en el MERCOSUR y Estados Asociados”, firmadoel 30 de junio de 2008, en la ciudad de San Miguel de Tucumán,República Argentina.

Como expresión de su consentimiento a la adhesión de la República delEcuador al referido Acuerdo, la República Argentina, la RepúblicaFederativa del Brasil, la República del Paraguay, la República Orientaldel Uruguay, la República Bolivariana de Venezuela, el EstadoPlurinacional de Bolivia y la República de Chile firman la presenteActa junto con el Estado Adherente.

En el caso que el referido Acuerdo ya esté en vigor para los EstadosPartes cuando la República del Ecuador deposite el respectivoinstrumento de adhesión, aquel entrará en vigor en el día de sudepósito.

En el caso que el referido Acuerdo aún no esté en vigor para losEstados Partes cuando la República del Ecuador deposite el respectivoinstrumento de adhesión, aquel entrará en vigor 30 (treinta) díasdespués del depósito del instrumento de ratificación por el cuartoEstado Parte del MERCOSUR.

La República del Paraguay será depositaria de la presente Acta de Adhesión.

FIRMADA en la ciudad de Paraná, República Argentina, a los dieciséisdías del mes de diciembre del año dos mil catorce en un original, enlos idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmenteauténticos.

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