Resolución 454/2015

Plataforma De Vinculacion Ciudadana “Clic” - Creacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Planificacion Federal, Inversion Publica Y Servicios
Plataforma De Vinculacion Ciudadana “Clic” - Creacion

Crease la plataforma compuesta por politicas, procesos, infraestructura tecnologica, software y servicios denominada plataforma de vinculacion ciudadana “clic”, cuyo objetivo es contribuir a la inclusion digital a partir de los servicios gratuitos que brinda la citada plataforma; potenciar el intercambio y la comunicacion entre los usuarios, instituciones publicas y otros organismos, permitiendo un acercamiento a las nuevas tecnologias; fomentar un gobierno transparente, difundiendo las iniciativas y politicas publicas llevadas adelante por el estado nacional.

Id norma: 250745 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33195

Fecha boletin: 19/08/2015 Fecha sancion: 12/08/2015 Numero de norma 454/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Min. Planificacion Federal, Inversion Pub. Y Servi Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

Resolución 454/2015

Bs. As., 12/08/2015

VISTO el Expediente N° 88477/2015 del Registro del MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los Decretos N°1.148 de fecha 31 de agosto de 2009 y N° 1.552 de fecha 21 de octubrede 2010; y

CONSIDERANDO:

Que desde el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA YSERVICIOS se está llevando a cabo un trabajo conjunto, de maneraarticulada con las restantes carteras Ministeriales, a fin de que cadauna de ellas, dentro de sus competencias, realice aportes sustancialespara dar cumplimiento a los objetivos de dichas políticas públicas enmateria de inclusión digital.

Que considerando la gran diversidad de servicios a ofrecer en el marcode dichas políticas públicas, se ha tornado imperioso propiciar larenovación y evolución tecnológica de los equipos receptores de latelevisión digital, a fin de proyectar una plataforma más potente,flexible y versátil, en la cual converjan todos los servicios,traduciéndose en una mejora de las prestaciones ofrecidas a losciudadanos, continuando el camino de la inclusión digital y brindandonuevas prestaciones asociadas a la convergencia digital.

Que a través del Acta Conjunta N° 1, de fecha 19 de marzo del 2013, delPresidente de la COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ESTRATÉGICADEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA”, creadamediante el Decreto N° 1.552 de fecha 21 de octubre de 2010, y delCONSEJO ASESOR del SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE,creado mediante el Decreto N° 1.148 de fecha 31 de agosto de 2009,aprobó la creación del CENTRO DE INVESTIGACIÓN APLICADA A RECURSOSDIGITALES Y SOFTWARE (CIARDI), cuyo objetivo consiste en estructurarlas acciones y los recursos tanto humanos como informáticos a fin decubrir las necesidades del Estado en materia de producción de RecursosDigitales y Software, soportado en un marco metodológico propio para lagestión de la información y la documentación de la tarea investigativay productiva.

Que, en este contexto, el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se encuentra implementando la PLATAFORMADE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, la cual promueve la colaboración eintercambio de conocimientos, definida como un espacio de intercambiode información y generación de relaciones, siendo la interacción elmotor para la socialización y producción de conocimiento genuino,actuando como RED FEDERAL DE CONOCIMIENTO Y VINCULACIÓN CIUDADANA,

Que la PLATAFORMA DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC” se trata de unaherramienta transversal facilitada por la tecnología Web 2.0 parapotenciar el intercambio, la comunicación y la colaboración entre losusuarios, las instituciones públicas y otros organismos, como asítambién para fomentar la creación de grupos, comunidades y redes decontactos, permitiendo un acercamiento a las nuevas tecnologías desdelas cuales los usuarios toman protagonismo en la construcción delconocimiento y conforman un escenario ideal en la democratización deherramientas y contenidos.

Que dicha Plataforma tiene en miras fomentar el gobierno transparente;constituirse como medio de articulación del gobierno electrónico;generar conocimiento a través de las distintas plataformas tanto decarácter público como de carácter privado, que serán incorporadas comoverticales de la red social; difundir las iniciativas y políticaspúblicas llevadas adelante por el ESTADO NACIONAL; medir los avances yresultados de cada uno de los proyectos nacionales; generar un espaciode interacción y participación ciudadana público o privado; contribuira la inclusión digital de la ciudadanía a partir de los serviciosdigitales gratuitos que la Plataforma brindará en servicios comoe-mail, telefonía ip, videoconferencia, recursos digitales, apps, entreotros y la reducción de la brecha digital; cuyo acceso puede obtenerdesde diversos dispositivos (Pcs, Netbooks, TV digital, Smartphones,etcétera) y se destaca por su carácter federal, democrático, público einclusivo.

Que, por otra parte, la mencionada Plataforma tiene como objetivoprimordial fomentar la transparencia y dar publicidad de las políticaspúblicas implementadas por el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICOS.

Que la PLATAFORMA DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, conjuntamente con laPLATAFORMA DE IDENTIFICACIÓN DE PROBLEMÁTICAS (PIP), creada medianteResolución N° 1278 de fecha 28 de octubre de 2014 del Registro delcitado Ministerio, y con otras herramientas, forma parte de una Red deSistemas de Vinculación Ciudadana.

Que en tal contexto resulta necesario instrumentar un mecanismo quepermita acceder a dicha plataforma por parte de todas las Secretarías,dependencias y organismos autárquicos y descentralizados actuantes enla órbita de este MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓNPÚBLICA Y SERVICIOS, como así también propiciar la participación de lasrestantes carteras ministeriales, como así también a las Provincias,Municipios, fundaciones y Organizaciones No Gubernamentales.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGALdel MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOSha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porla Ley N° 22.520 y sus modificatorias, y los decretos N° 1.142 de fecha26 de noviembre de 2003, sus modificatorias y N° 1.552 de fecha 21 deoctubre de 2010.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase la Plataforma compuesta por políticas, procesos,infraestructura tecnológica, software y servicios denominada PLATAFORMADE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, cuyo objetivo es contribuir a lainclusión digital a partir de los servicios gratuitos que brinda lacitada Plataforma; potenciar el intercambio y la comunicación entre losusuarios, instituciones públicas y otros organismos, permitiendo unacercamiento a las nuevas tecnologías; fomentar un gobiernotransparente, difundiendo las iniciativas y políticas públicas llevadasadelante por el ESTADO NACIONAL.

ARTICULO 2° — Facúltase a la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN Y CONTROL DEGESTIÓN dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓNPÚBLICA Y SERVICIOS a fin de llevar adelante la implementación de laPLATAFORMA DE VINCULACIÓN CIUDADANA “CLIC”, como así también a dictarla reglamentación pertinente.

ARTÍCULO 3° — Instrúyase a las secretarías, subsecretarías, organismosautárquicos y descentralizados, empresas, sociedades y entidadesactuantes en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS a implementar y utilizar la Plataformacreada por el Artículo 1°, como así también cargar los datos einformación vinculadas al área de su competencia; poniendo adisposición todo su personal técnico a efectos de brindar la asistenciaque les sea requerida para la puesta en funcionamiento de la Plataforma.

ARTÍCULO 4° — Invítase a participar en la implementación de laPlataforma creada en el Artículo 1° a las restantes carterasministeriales, organismos y entidades de la Administración PúblicaNacional, al sector público provincial, municipal o local; a lasentidades del sector privado con y sin fines de lucro que tengaparticipación en la implementación de las políticas públicas asociadasa la Plataforma; las cuales deberán presentar la correspondientesolicitud ante la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓNdependiente del antes mencionado Ministerio.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Arq. JULIO MIGUEL DE VIDO, Ministro dePlanificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

e. 19/08/2015 N° 135941/15 v. 19/08/2015

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