Disposición 5/2015

Estandares Tecnologicos Para La Administracion Publica Nacional - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Estandares Tecnologicos Para La Administracion Publica Nacional - Aprobacion

Apruebanse los “estandares tecnologicos para la administracion publica nacional” (etap’s) version 21.0., que como anexo forman parte integrante de la presente medida, los cuales sustituyen a los aprobados por la disposicion de la oficina nacional de tecnologias de informacion de la subsecretaria de tecnologias de gestion dependiente de la secretaria de gabinete de la jefatura de gabinete de ministros n° 3 del 2 de octubre de 2014.

Id norma: 251023 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33199

Fecha boletin: 25/08/2015 Fecha sancion: 18/08/2015 Numero de norma 5/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Tecnologias De Gestion Ver Disposiciones Observaciones: ABROGADA POR EL ARTICULO 6° DE LA DISPOSICION 1/2017 DE LA OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION, B.O. 01/02/2016, PAGINA 23.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURADE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN

Disposición 5/2015

Bs. As., 18/08/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0043579/2015 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 624 de fecha 21 deagosto de 2003 y sus modificatorios, las Resoluciones N° 41 del 2 dediciembre de 2001 y N° 27 del 30 de abril de 2002 ambas de la entoncesSUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 918del 15 de octubre de 2014 y la Disposición de la OFICINA NACIONAL DETECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DEGESTIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS N° 3 del 2 de octubre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que la utilización de las tecnologías de última generación eninformática y comunicaciones asociadas constituye una herramientaesencial en el proceso de modernización y transformación del Estado.

Que el establecimiento de estándares en la materia señalada en elConsiderando anterior contribuye a dar transparencia e igualdad en losprocesos de contratación requeridos para implementar las tecnologíasdel caso, generando un marco de mayor competencia entre los oferentescon el consiguiente beneficio resultante de los precios más ventajosospara la Administración Nacional.

Que, asimismo, conforme a la normativa de aplicación, en particular elDecreto N° 624 del 21 de agosto de 2003 y sus modificatorios, compete ala OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍADE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE dela JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS proponer y mantener actualizadoslos estándares sobre tecnologías en materia informática,teleinformática o telemática, telecomunicaciones, ofimática oburocrática.

Que por el Artículo 1° de la Resolución de la entonces SUBSECRETARÍA DELA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 27 del 30de abril de 2002 se facultó a la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DEINFORMACIÓN a aprobar las especificaciones técnicas de los distintosítems que componen los “Estándares Tecnológicos para la AdministraciónPública Nacional” (ETAP’s) que reemplacen en forma total o parcial alos vigentes, de acuerdo a lo reglamentado por la Resolución de la exSUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS N° 41 del 2 de diciembre de 2001.

Que, por tal motivo, por el Artículo 1° de la Disposición de la OFICINANACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN N° 3 del 2 de octubre de 2014 seaprobaron los “Estándares Tecnológicos para la Administración PúblicaNacional” Versión 20.0, en materia de tecnologías de información ycomunicaciones asociadas.

Que dichos estándares, debido a la velocidad de su evolución, requierenla permanente actualización de las pautas normativas en la materia, porlo cual, deben ser objeto de revisión periódica, de modo de garantizarque sus contenidos reflejen los últimos adelantos en la materia.

Que en consecuencia, corresponde aprobar “Estándares Tecnológicos parala Administración Pública Nacional” (ETAP’s) Versión 21.0.

Que, por otro lado, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS N° 918 del 15 de octubre de 2014 estableció, en su AnexoVIII, entre las acciones de la DIRECCIÓN DE ESTANDARIZACIÓN TECNOLÓGICAdependiente de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, la deemitir el previo dictamen técnico en todos los proyectos de desarrollo,innovación, implementación, compatibilización e integración de lastecnologías de la información en el ámbito del Sector Público,cualquiera fuese su fuente de financiamiento.

Que, a su turno, el artículo 8 de la Ley de Administración Financiera yde los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24156determinó la integración del Sector Público Nacional.

Que, ello así, corresponde que esos estándares sean de aplicación atodo el Sector Público Nacional en los términos establecidos por elartículo 8° de la Ley 24.156.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DECOORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA dependiente dela JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de sucompetencia.

Que la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN dependejerárquicamente de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓNdependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades de avocaciónque le corresponden a la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓNconforme lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley Nacional deProcedimientos Administrativos N° 19.549 y en las conferidas por elartículo 1° de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓNPÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 27 del 30 de abrilde 2002.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse los “Estándares Tecnológicos para laAdministración Pública Nacional” (ETAP’s) Versión 21.0., que como Anexoforman parte integrante de la presente medida, los cuales sustituyen alos aprobados por la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍASDE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓNdependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS N° 3 del 2 de octubre de 2014.

ARTÍCULO 2° — Los estándares referidos en el artículo 1° de la presentemedida serán de aplicación a todo el Sector Público Nacional en lostérminos establecidos por el artículo 8° de la Ley de AdministraciónFinanciera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°24156.

ARTÍCULO 3° — A partir de la entrada en vigencia de la presentedisposición, los organismos comprendidos dentro de su ámbito deaplicación, deberán dar cumplimiento a las especificaciones técnicasque se aprueban por el presente, en la confección de los Pliegos deBases y Condiciones de todas las contrataciones que se propongancelebrar en materia de tecnologías de información y comunicacionesasociadas, cualquiera fuese su fuente de financiamiento.

ARTÍCULO 4° — Los estándares referidos en el artículo 1° de la presentemedida, se publicarán en el sitio web de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS (www.jefatura.gov.ar) a fin de facilitar su utilización porparte de los distintos usuarios.

ARTÍCULO 5° — La presente disposición entrará en vigencia a partir deldía siguiente al de su publicación.

ARTÍCULO 6° — Derógase la Disposición de la OFICINA NACIONAL DETECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DEGESTIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS N° 3 del 2 de octubre de 2014.

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — EDUARDO A. THILL, Subsecretario deTecnologías de Gestión, Secretaría de Gabinete, Jefatura de Gabinete deMinistros.

ANEXO































e. 25/08/2015 N° 137909/15 v. 25/08/2015

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