Disposición 6/2015

Manual De Procedimientos Version 2.0 - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Manual De Procedimientos Version 2.0 - Aprobacion

Apruebase el “manual de procedimientos” version 2.0 de la autoridad certificante de la oficina nacional de tecnologias de informacion (ac onti), que como anexo i forma parte integrante de la presente disposicion.

Id norma: 251024 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33199

Fecha boletin: 25/08/2015 Fecha sancion: 19/08/2015 Numero de norma 6/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Tecnologias De Gestion Ver Disposiciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 4 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURADE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN

Disposición 6/2015

Bs. As., 19/08/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0032606/2015 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 25.506, la Resolución N°227 del 21 de octubre de 2010 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICAde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Decisión Administrativa N°927 del 30 de octubre de 2014, la Disposición N° 11 del 30 de diciembrede 2014 de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍADE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídicadel documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital,estableciendo las características de la Infraestructura de FirmaDigital de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el inciso h) del artículo 30 de la mencionada ley asigna a laautoridad de aplicación la función de otorgar o revocar las licencias alos certificadores y supervisar su actividad, según las exigenciasinstituidas por la reglamentación.

Que la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 227 del 21 de octubre de 2010otorga la Licencia para operar como Certificador Licenciado a laOFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DETECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS.

Que la Decisión Administrativa N° 927 del 30 de octubre de 2014,establece las pautas técnicas complementarias del marco normativo defirma digital, aplicables al otorgamiento y revocación de licencias alos certificadores que así lo soliciten.

Que la Disposición de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓNdependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS N° 11 del 30 de diciembre de 2014 aprueba la adhesión de laOFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, en su calidad deCertificador Licenciado, a la “Política Única de Certificación”.

Que en virtud de las constancias obrantes en el expediente, la OFICINANACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, en su calidad de CertificadorLicenciado, ha adecuado el “Manual de Procedimientos”, el “Acuerdo conSuscriptores” y los “Términos y Condiciones con Terceros Usuarios” encumplimiento con la citada Decisión Administrativa.

Que el artículo 67 de la Decisión Administrativa N° 927/2014 faculta alSubsecretario de Tecnologías de Gestión de la SECRETARÍA DE GABINETE dela JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en su calidad de entelicenciante, a dictar las normas aclaratorias y complementariascorrespondientes.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DECOORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURADE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Subsecretario de Tecnologías de Gestión de la SECRETARÍA DEGABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se encuentra facultadopara dictar la presente medida en virtud de la Decisión AdministrativaN° 927/2014.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN DE LA SECRETARÍA DE GABINETEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el “MANUAL DE PROCEDIMIENTOS” Versión 2.0 de laAutoridad Certificante de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DEINFORMACIÓN (AC ONTI), que como Anexo I forma parte integrante de lapresente Disposición.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el “ACUERDO CON SUSCRIPTORES” Versión 2.0 de laAutoridad Certificante de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DEINFORMACIÓN (AC ONTI), que como Anexo II forma parte integrante de lapresente Disposición.

ARTÍCULO 3° — Apruébanse los “TÉRMINOS Y CONDICIONES CON TERCEROSUSUARIOS” Versión 2.0 de la Autoridad Certificante de la OFICINANACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (AC ONTI), que como Anexo IIIforma parte integrante de la presente Disposición.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — EDUARDO A. THILL, Subsecretario deTecnologías de Gestión, Secretaría de Gabinete, Jefatura de Gabinete deMinistros.























e. 25/08/2015 N° 138185/15 v. 25/08/2015

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica