Resolución 1566/2015

Ampliacion Del Plazo Contractual - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior Y Transporte
Ampliacion Del Plazo Contractual - Aprobacion

Dase por aprobada una ampliacion del plazo contractual de la obra “ejecucion de las obras civiles destinadas a la extension de la linea “e” de la red de subterraneos de la ciudad autonoma de buenos aires, obra basica mas variante tunel” de siete (7) meses, contado a partir del plazo aprobado por la resolucion n° 233 de fecha 1 de abril de 2014 del ministerio del interior y transporte, resultando el nuevo plazo contractual de obra de sesenta y nueve (69) meses, sin que ello implique el reconocimiento de gastos improductivos generales o indirectos.

Id norma: 251151 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33201

Fecha boletin: 27/08/2015 Fecha sancion: 21/08/2015 Numero de norma 1566/2015

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Resolución 1566/2015

Bs. As., 21/08/2015

VISTO el Expediente N° S02:0100285/2014 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 153 de fecha 16 de febrero de 2007 de laSECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se adjudicó larealización de la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a laExtensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la CiudadAutónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel, a la EmpresaBENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por el monto de PESOSTRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOSCUARENTA Y TRES CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 346.712.643,98),Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido.

Que con fecha 30 de marzo de 2007 la SECRETARÍA DE TRANSPORTE y laEmpresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA, suscribieron elContrato para la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a laExtensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la CiudadAutónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel, con plazocontractual de TREINTA Y SEIS (36) meses contados a partir del día 17de junio de 2009, fecha en que se celebró el Acta de Inicio de Obra.

Que mediante nota N° 1071 de fecha 14 de mayo de 2007 de la SECRETARÍADE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓNFEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se designó como Inspector deObra al Ingeniero Carlos RETUERTO CASTAÑO (D.N.I. N° 13.104.154) de laCOMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismodescentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTEentonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓNPÚBLICA Y SERVICIOS.

Que por la Resolución N° 60 de fecha 28 de marzo de 2011 de laSECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se designaron losintegrantes de la Dirección de Obra por parte del ESTADO NACIONAL parala obra “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de laLínea “E” de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOSAIRES, Obra básica más variante túnel”.

Que por la Resolución N° 290 de fecha 28 de abril de 2008 de laSECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se adjudicó laContratación de la Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica yconceptual e inspección de obra, correspondiente a la obra “Ejecuciónde las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de laRed de Subterráneos de Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica masvariante túnel”, a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANÓNIMA,por el monto de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MILOCHOCIENTOS SESENTA Y DOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($10.179.862,95) Impuesto al Valor Agregado incluido.

Que por la Resolución N° 89 de fecha 6 de mayo de 2010 de la SECRETARÍADE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓNFEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se aprobó una modificación dela obra “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de laLínea “E” de la Red de Subterráneos de Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES,Obra básica mas variante túnel” adjudicada a la Empresa BENITO ROGGIO EHIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA por la Resolución N° 153/07 de la SECRETARÍA DETRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓNFEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, por un monto de DIECISÉISMILLONES DIECIOCHO MIL CIENTO VEINTICUATRO CON QUINCE CENTAVOS ($16.018.124,15) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, lo queimplicó una ampliación del plazo contractual de obra en SEIS (6) meses,originando en consecuencia la extensión del plazo de obra a CUARENTA YDOS (42) meses en lugar de los TREINTA Y SEIS (36) meses previstosoriginalmente.

Que por la Resolución N° 30 de fecha 8 de mayo de 2012 de la SECRETARÍADE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓNFEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se aprobó la ampliación delplazo contractual por los trabajos de Supervisión y Aprobación de laingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente ala obra “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de laLínea “E” de la Red de Subterráneos de Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES,Obra básica más variante túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULTSOCIEDAD ANÓNIMA, adjudicada por la Resolución N° 290/08 de laSECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, por un monto dePESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTAY SEIS CON CATORCE CENTAVOS ($ 1.454.266,14) Impuesto al Valor Agregado(IVA) incluido, pagaderos en SEIS (6) cuotas iguales y consecutivas.

Que por la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2012 de laSECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se aprobó unanueva modificación de la obra “Ejecución de las Obras Civilesdestinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos dela Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel”,por un monto de PESOS CIENTO DIEZ MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MILDIECISÉIS CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 110.240.016,55) Impuesto alValor Agregado (IVA) incluido, implicando una ampliación del plazocontractual de obra de DOCE (12) meses, plazo que incluyó la ampliaciónde SEIS (6) meses, aprobada por la Resolución N° 89/10 de la SECRETARÍADE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓNFEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, originando en consecuencia elplazo contractual de obra en CUARENTA Y OCHO (48) meses.

Que por la Resolución N° 664 de fecha 12 de julio de 2013 de esteMinisterio se aprobó una nueva ampliación del plazo contractual para laSupervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual eInspección de Obra por un monto de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS TREINTAY NUEVE MIL VEINTIUNO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.939.021,44)Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, pagaderos en OCHO (8) cuotasiguales y consecutivas.

Que mediante la Resolución N° 1578 de fecha 19 de diciembre de 2013 deeste Ministerio, se aprobó una ampliación del plazo contractual de laobra “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de laLínea “E” de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOSAIRES, Obra básica más variante túnel” de SEIS (6) meses, contado apartir del plazo aprobado por la Resolución N° 32/12 de la SECRETARÍADE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓNFEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, resultando un nuevo plazocontractual de obra de CINCUENTA Y CUATRO (54) meses.

Que por la Resolución N° 233 de fecha 1 de abril de 2014 de esteMinisterio, se aprobó una nueva modificación de la obra “Ejecución delas Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Redde Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica másvariante túnel”, acorde con las economías y demasías respecto de lamodificación de obra aprobada por la Resolución N° 32/12 de laSECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, por un monto dePESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CONVEINTICUATRO CENTAVOS ($ 838.355,24) Impuesto al Valor Agregado (IVA)incluido, implicando una ampliación del plazo contractual de obra deOCHO (8) meses, contados a partir del plazo aprobado por la ResoluciónN° 1578/13 de este Ministerio, resultando el nuevo plazo contractual deobra de SESENTA Y DOS (62) meses.

Que por la Resolución N° 584 de fecha 24 de junio de 2014 de esteMinisterio, se aprobó una nueva ampliación del plazo contractual porlos trabajos de Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica yconceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra “Ejecuciónde las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de laRed de Subterráneos de Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica masvariante túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANÓNIMA, deSIETE (7) meses, pagaderos en SIETE (7) cuotas iguales y consecutivasde PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CONSESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 242.377,69).

Que por la Resolución N° 1139 de fecha 1 de octubre de 2014 de esteMinisterio, se aprobó una nueva ampliación del plazo contractual porlos trabajos de Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica yconceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra “Ejecuciónde las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de laRed de Subterráneos de Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica masvariante túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANÓNIMA, deSIETE (7) meses, pagaderos en SIETE (7) cuotas iguales y consecutivasde PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CONSESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 242.377,69).

Que mediante Notas de Pedidos Nros. 2810 y 2811, ambas de fecha 30 dejulio de 2014, la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA,expuso que debido a la importante demora en la provisión de materialesocasionada por la “lenta o casi nula aprobación de las DeclaracionesJuradas Anticipadas de Importación (DJAI)” que impidieron yobstaculizaron su regular importación, se ha tornado imposible mantenerlas certificaciones a los niveles previstos en la Curva de Inversionesdel Contrato, distorsionando el Plan de Inversiones establecidooriginalmente.

Que en virtud de la situación precedentemente descripta, la Contratistade la Obra solicitó se le otorgue una ampliación del plazo de la obrade SIETE (7) meses.

Que la Supervisión e Inspección de Obra ha evaluado el pedido efectuadopor la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA, considerándoloatendible.

Que con fecha 3 de enero de 2012, el ESTADO NACIONAL y la CIUDADAUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, suscribieron el Acta Acuerdo Marco de“Transferencia de los Servicios de Transporte Subterráneo y Premetro”,en virtud del cual se acordó cumplimentar la transferencia de laConcesión de la Red de Subterráneos de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOSAIRES.

Que el ESTADO NACIONAL ratificó dicha Acta Acuerdo mediante la Ley N°26.740, la que en su artículo 2° establece: “Corresponde a la CiudadAutónoma de Buenos Aires ejercer en forma exclusiva la competencia yfiscalización de los servicios públicos de transporte de pasajeros, anivel subterráneos y premetro, de transporte automotor y de tranvíacuya prestación corresponda al territorio de la CIUDAD AUTÓNOMA DEBUENOS AIRES”.

Que por su parte, en el artículo 2° de la Ley N° 4.472 de laLegislatura de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES se dispuso: “Asúmasepor parte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) el serviciopúblico de SUBTE que se encuentre exclusivamente en jurisdicción de laCABA y las líneas nuevas o expansiones de las líneas existentes que seconstruyan en el futuro (SERVICIO SUBTE)”. A su vez, en el artículo 5°se estableció que: “SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO(SBASE) tendrá a su cargo el desarrollo y la administración del sistemade infraestructura del SUBTE, su mantenimiento y la gestión de lossistemas de control de la operación del servicio. Asimismo, en elartículo 13 de la misma norma, se definieron las atribuciones que sedesprenden de la declaración de emergencia ferroviaria realizada y enparticular el inciso 1 indicó que SBASE debería “tomar posesión de losactivos de su propiedad que se encuentren bajo el control del ESTADONACIONAL, debiendo tomar razón del estado en que se reciben y de suinventario, propendiendo a realizar todos los actos jurídicos y todaslas acciones que fueren menester con la menor interferencia posible enla prestación del servicio, para todo lo cual se requerirá lacooperación del ESTADO NACIONAL y de su concesionario Metrovías S.A.”

Que la Empresa SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO(SBASE), en su carácter de administradora de la infraestructura delsubterráneo, ha seguido de cerca la realización de la presente obra,por cuanto sobre dicha traza será finalmente prestado el serviciopúblico de pasajeros, el que estará a su cargo.

Que en dicho marco, SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO(SBASE) manifestó que el proyecto correspondiente a la “Parte B” de laobra (Reubicación de la cochera y el taller de la Estación BOLÍVAR) noresulta compatible con las obras programadas por esa Sociedad deEstado, en donde desarrollará un nuevo trazado de vías, instalacionesde potencia (catenaria) e instalaciones de señales. Por tal motivo,solicitó que dichos aspectos sean tenidos en cuenta a efectos de evitarla ejecución de instalaciones que a futuro deban ser modificadas y/odesafectadas, con las consecuentes pérdidas económicas que podríaacarrear.

Que en virtud de las intensiones por parte de SUBTERRÁNEOS DE BUENOSAIRES SOCIEDAD DEL ESTADO (SBASE) de otro proyecto para la “Parte B” dela obra, y con el objeto de preservar el interés de los recursospúblicos, comenzaron a mantenerse reuniones entre los diferentesactores, a fin de interiorizarse sobre la factibilidad de decisionesque pudieran afectar el normal devenir de la obra, y evaluar lasopciones más convenientes para que la misma se adapte a los nuevosrequerimientos técnicos que permitan su finalización en el menor tiempoposible.

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia y a fin de evitarun dispendio de recursos económicos por parte del ESTADO NACIONAL, enla ejecución de una obra que a futuro no sea utilizada de acuerdo a losrequerimientos técnicos de SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DELESTADO (SBASE), se convino entre las partes citadas transferir alámbito del Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, el Contratode Obra en el estado de ejecución que se encuentre al mes de febrero de2015.

Que dado el estado de ejecución de las obras, las disposiciones delnuevo marco regulatorio del Servicio de Subterráneo en vigencia y elimperioso interés público que existe en la necesidad de acceder a lasinstalaciones de las obras en ejecución, para que SUBTERRÁNEOS DEBUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO (SBASE) pueda adelantar el montaje delas vías del tramo construido y finalizar la obra, corresponde extenderel plazo de obra en SIETE (7) meses, resultando en consecuencia unplazo total para la ejecución de la obra de SESENTA Y NUEVE (69) meses.

Que la presente ampliación del plazo contractual se encuentracomprendida en el artículo 13 - PRÓRROGA DEL PLAZO DE OBRA - delContrato suscripto entre la SECRETARÍA DE TRANSPORTE y la EmpresaBENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA con fecha 30 de marzo de 2007.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismodescentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE deeste Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARÍA DETRANSPORTE de este Ministerio ha tomado la intervención de sucompetencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE de laSECRETARÍA DE TRANSPORTE de este Ministerio, ha tomado la intervenciónde su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emanadas delartículo 17 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por elDecreto N° 438/92) y sus modificatorias, por la Ley N° 13.064, por elDecreto N° 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005, por los DecretosNros. 874 y 875, ambos de fecha 6 de junio de 2012 y por el Decreto N°2148 de fecha 7 de diciembre de 2012.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Dáse por aprobada una ampliación del plazo contractual dela obra “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de laLínea “E” de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOSAIRES, Obra básica más variante túnel” de SIETE (7) meses, contado apartir del plazo aprobado por la Resolución N° 233 de fecha 1 de abrilde 2014 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, resultando el nuevoplazo contractual de obra de SESENTA Y NUEVE (69) meses, sin que elloimplique el reconocimiento de gastos improductivos generales oindirectos.

ARTÍCULO 2° — Notifíquese a las Empresas BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDADANÓNIMA, IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANÓNIMA y METROVÍAS SOCIEDADANÓNIMA.

ARTICULO 3° — Comuníquese a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DELTRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de laSECRETARÍA DE TRANSPORTE de este Ministerio.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro delInterior y Transporte.

e. 27/08/2015 N° 138742/15 v. 27/08/2015

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