Resolución 332/2015

Azucar Crudo - Redistribuyese

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Agricultura, Ganaderia Y Pesca
Azucar Crudo - Redistribuyese

Redistribuyese la cantidad de tres mil novecientas noventa y cinco con dieciocho toneladas (3.995,18 t) de azucar crudo con polarizacion no menor de noventa y seis grados (96°) con destino a los estados unidos de america, amparada por certificados de elegibilidad para el periodo 2014/2015, conforme el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion.

Id norma: 251188 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33202

Fecha boletin: 28/08/2015 Fecha sancion: 27/08/2015 Numero de norma 332/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Agricultura, Ganaderia Y Pesca Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA

Resolución 332/2015

Bs. As., 27/08/2015

VISTO el Expediente N° S05:0046054/2015 del Registro del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución N° 512 de fecha 1 deagosto de 1997 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA YALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOSPÚBLICOS, modificada por la Resolución N° 94 de fecha 23 de septiembrede 2002 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA YALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que anualmente el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA adjudica anuestro país una cuota de exportación de azúcar crudo.

Que para el período 2014/2015 dicha cuota ha sido fijada en CUARENTA YCINCO MIL DOSCIENTAS OCHENTA Y UNA TONELADAS (45.281 t), que deducidoel margen de polarización, comprendió la cantidad de CUARENTA Y TRESMIL DOSCIENTAS CUARENTA Y TRES CON TREINTA Y SEIS TONELADAS (43.243,36t).

Que dicha cuota fue distribuida en su totalidad a través de laResolución N° 497 de fecha 12 de noviembre de 2014 de la SECRETARÍA DEAGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍAY PESCA.

Que la Oficina del Representante de Comercio de los Estados Unidos(USTR) anunció el 8 de junio de 2015 una reasignación de CIENTOCINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTAS TREINTA Y SIETE TONELADAS (157.937t), de azúcar crudo a ciertos países proveedores dentro de la cuotaarancelaria para el año fiscal 2015 (1 de octubre de 2014 al 30 deseptiembre de 2015).

Que a raíz de ello, la REPÚBLICA ARGENTINA recibió una asignaciónadicional de ONCE MIL DOSCIENTAS SESENTA Y TRES TONELADAS (11.263 t),que deducido el margen de polarización comprendió la cantidad de DIEZMIL SETECIENTAS CINCUENTA Y SEIS CON DIECISIETE TONELADAS (10.756,17 t).

Que del mismo modo, y atento la renuncia efectuada por AZUCARERA LOSBALCANES S.A. se redistribuyó la cantidad de VEINTISÉIS CON TREINTA YUNA TONELADAS (26,31 t) que fuere asignada oportunamente a dichoIngenio mediante la citada Resolución N° 497/14.

Que de acuerdo a lo informado por la Dirección General Impositiva(DGI), dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS(AFIP) entidad autárquica en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS, las razones sociales AZUCARERA JUAN M. TERAN S.A.(C.U.I.T. N° 30-52544202-7), S.A. SER (C.U.I.T. N° 33-63092987-9) yJOSE MINETTI Y CIA. LTDA. S.A.C.I. (C.U.I.T. N° 30-52543681-7) no hanregularizado su situación impositiva y previsional ante dicho Organismo.

Que en consecuencia, corresponde por el presente acto administrativoredistribuir el saldo total asignado a las citadas razones sociales deTRES MIL NOVECIENTAS NOVENTA Y CINCO CON DIECIOCHO TONELADAS (3.995,18t) cuyo ingreso a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA deberá concretarsehasta el 30 de septiembre de 2015 inclusive.

Que a los efectos de dicha distribución se tienen en cuenta lasexportaciones realizadas al mercado mundial durante el año 2014 sincomputar la cuota americana.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha tomado la intervención que lecompete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porlos Decretos Nros. 1.034 de fecha 7 de julio de 1995 y 357 de fecha 21de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Redistribúyese la cantidad de TRES MIL NOVECIENTASNOVENTA Y CINCO CON DIECIOCHO TONELADAS (3.995,18 t) de azúcar crudocon polarización no menor de NOVENTA Y SEIS GRADOS (96°) con destino alos ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, amparada por Certificados deElegibilidad para el período 2014/2015, conforme el Anexo que formaparte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — La cantidad a exportar expresada en el Artículo 1° de lapresente resolución deberá ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICAhasta el 30 de septiembre de 2015 inclusive.

ARTÍCULO 3° — El incumplimiento total o parcial de la cuota asignadadará lugar automáticamente a la eliminación de los infractores en ladistribución de la próxima cuota.

ARTÍCULO 4° — En caso de cesiones de cuota únicamente entre losbeneficiarios de la misma, los acuerdos deberán ser comunicados a laSECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA con la conformidad del cedente y delcesionario antes de solicitar el Certificado de Elegibilidad. Lascesiones contemplan la cesión de la cuota y del Certificado deElegibilidad respectivo.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. R. GABRIEL DELGADO, Secretario deAgricultura, Ganadería y Pesca.

ANEXO

e. 28/08/2015 N° 140407/15 v. 28/08/2015

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