Disposición 821/2015

Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad Del Estado (Sofse)

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior Y Transporte
Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad Del Estado (Sofse)

Asignase a la sociedad operadora ferroviaria sociedad del estado (sofse) el servicio interjurisdiccional de transporte ferroviario de pasajeros en el sector de la red ferroviaria nacional comprendido entre las estaciones plaza constitucion (ciudad autonoma de buenos aires) - bahia blanca sud (provincia de buenos aires), del ex ferrocarril general roca, en los terminos del articulo 7° de la ley n° 26.352 y sus modificatorias.

Id norma: 251760 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33212

Fecha boletin: 11/09/2015 Fecha sancion: 09/09/2015 Numero de norma 821/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Gestion Administrativa Ver Disposiciones Observaciones: -

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Actualizado 02 de Marzo de 2017

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MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE

Disposición 821/2015

Bs. As., 09/09/2015

VISTO el Expediente N° S02: 0099373/2015 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Reordenamiento Ferroviario N° 26.352 y sus modificatoriasdispuso la creación de la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DELESTADO (SOFSE), con sujeción al régimen establecido por la Ley N°20.705, las disposiciones pertinentes de la Ley N° 19.550 y susmodificatorias que le fueran aplicables y a las normas de su Estatuto,la que tiene a su cargo la prestación de los servicios de transporteferroviario de pasajeros en todas sus formas, que le sean asignados,incluyendo el mantenimiento del material rodante.

Que mediante el Decreto N° 1261 de fecha 27 de septiembre de 2004 sederogó el Decreto N° 1168 de fecha 10 de julio de 1992 y el ESTADONACIONAL reasumió la prestación de los Servicios Interurbanos deTransporte Ferroviario de Pasajeros de largo recorrido, cuyo trazadofuere de carácter interjurisdiccional.

Que a través de la Resolución N° 848 de fecha 14 de agosto de 2013 deeste Ministerio, se asignó a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDADDEL ESTADO (SOFSE) la prestación de los servicios de transporteferroviario correspondientes a las Líneas GENERAL ROCA, GENERAL SANMARTIN y BELGRANO SUR, en los términos del artículo 7° de la Ley N°26.352 y sus modificatorias.

Que en tal contexto, y en el marco del plan de reactivación delservicio ferroviario de transporte público de pasajeros llevadoadelante por el ESTADO NACIONAL, la sociedad OPERADORA FERROVIARIASOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) ha evaluado y considerado conveniente laimplementación del servicio ferroviario interjurisdiccional depasajeros en el Sector de la Red Ferroviaria Nacional comprendido entrelas estaciones PLAZA CONSTITUCIÓN (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) -BAHÍA BLANCA SUD (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), del ex FerrocarrilGeneral Roca.

Que en consecuencia, se considera pertinente asignar a la sociedadOPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) el serviciointerjurisdiccional de transporte ferroviario de pasajeros citado en elconsiderando anterior.

Que asimismo, las tarifas propuestas por la sociedad OPERADORAFERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) para ese servicio se encuentranen concordancia con las de otros servicios ferroviarios prestados pordicha sociedad, siguiendo el principio de brindar una tarifa social alalcance de todos los sectores sociales.

Que en consecuencia, corresponde aprobar el cuadro tarifario para el servicio en trato.

Que mediante la Resolución N° 1676 de fecha 28 de agosto de 2015 deeste Ministerio, se encargó la atención del despacho y la resolución delos asuntos concernientes a la competencia del MINISTRO DEL INTERIOR YTRANSPORTE, entre los días 29 de agosto y 13 de septiembre de 2015, alseñor SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE, Lic.Gerardo Adrián Otero (DNI N° 12.195.368).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadaspor la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y susmodificatorias, la Ley N° 26.352 y sus modificatorias, el artículo 2°,apartado e), inciso 5 del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero de 1985 ysus modificatorias y la Resolución N° 1676 de fecha 28 de agosto de2015 de este Ministerio.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Asígnase a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DELESTADO (SOFSE) el Servicio Interjurisdiccional de TransporteFerroviario de Pasajeros en el Sector de la Red Ferroviaria Nacionalcomprendido entre las Estaciones PLAZA CONSTITUCIÓN (CIUDAD AUTÓNOMA DEBUENOS AIRES) - BAHÍA BLANCA SUD (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), del exFerrocarril General Roca, en los términos del artículo 7° de la Ley N°26.352 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el cuadro tarifario presentado por la sociedadOPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), para el serviciomencionado en el artículo 1° de la presente, que como Anexo I formaparte integrante de esta Resolución, el que regirá a partir de la fechade publicación de la presente medida en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. GERARDO OTERO, Subsecretario deGestión Administrativa del Transporte, Secretaría de Transporte.

ANEXO I

CUADRO TARIFARIO


e. 11/09/2015 N° 145059/15 v. 11/09/2015

Texto Actualizado

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE

Disposición 821/2015

Bs. As., 09/09/2015

VISTO el Expediente N° S02: 0099373/2015 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Reordenamiento Ferroviario N° 26.352 y sus modificatoriasdispuso la creación de la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DELESTADO (SOFSE), con sujeción al régimen establecido por la Ley N°20.705, las disposiciones pertinentes de la Ley N° 19.550 y susmodificatorias que le fueran aplicables y a las normas de su Estatuto,la que tiene a su cargo la prestación de los servicios de transporteferroviario de pasajeros en todas sus formas, que le sean asignados,incluyendo el mantenimiento del material rodante.

Que mediante el Decreto N° 1261 de fecha 27 de septiembre de 2004 sederogó el Decreto N° 1168 de fecha 10 de julio de 1992 y el ESTADONACIONAL reasumió la prestación de los Servicios Interurbanos deTransporte Ferroviario de Pasajeros de largo recorrido, cuyo trazadofuere de carácter interjurisdiccional.

Que a través de la Resolución N° 848 de fecha 14 de agosto de 2013 deeste Ministerio, se asignó a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDADDEL ESTADO (SOFSE) la prestación de los servicios de transporteferroviario correspondientes a las Líneas GENERAL ROCA, GENERAL SANMARTIN y BELGRANO SUR, en los términos del artículo 7° de la Ley N°26.352 y sus modificatorias.

Que en tal contexto, y en el marco del plan de reactivación delservicio ferroviario de transporte público de pasajeros llevadoadelante por el ESTADO NACIONAL, la sociedad OPERADORA FERROVIARIASOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) ha evaluado y considerado conveniente laimplementación del servicio ferroviario interjurisdiccional depasajeros en el Sector de la Red Ferroviaria Nacional comprendido entrelas estaciones PLAZA CONSTITUCIÓN (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) -BAHÍA BLANCA SUD (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), del ex FerrocarrilGeneral Roca.

Que en consecuencia, se considera pertinente asignar a la sociedadOPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) el serviciointerjurisdiccional de transporte ferroviario de pasajeros citado en elconsiderando anterior.

Que asimismo, las tarifas propuestas por la sociedad OPERADORAFERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) para ese servicio se encuentranen concordancia con las de otros servicios ferroviarios prestados pordicha sociedad, siguiendo el principio de brindar una tarifa social alalcance de todos los sectores sociales.

Que en consecuencia, corresponde aprobar el cuadro tarifario para el servicio en trato.

Que mediante la Resolución N° 1676 de fecha 28 de agosto de 2015 deeste Ministerio, se encargó la atención del despacho y la resolución delos asuntos concernientes a la competencia del MINISTRO DEL INTERIOR YTRANSPORTE, entre los días 29 de agosto y 13 de septiembre de 2015, alseñor SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE, Lic.Gerardo Adrián Otero (DNI N° 12.195.368).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadaspor la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y susmodificatorias, la Ley N° 26.352 y sus modificatorias, el artículo 2°,apartado e), inciso 5 del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero de 1985 ysus modificatorias y la Resolución N° 1676 de fecha 28 de agosto de2015 de este Ministerio.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Asígnase a la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DELESTADO (SOFSE) el Servicio Interjurisdiccional de TransporteFerroviario de Pasajeros en el Sector de la Red Ferroviaria Nacionalcomprendido entre las Estaciones PLAZA CONSTITUCIÓN (CIUDAD AUTÓNOMA DEBUENOS AIRES) - BAHÍA BLANCA SUD (PROVINCIA DE BUENOS AIRES), del exFerrocarril General Roca, en los términos del artículo 7° de la Ley N°26.352 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el cuadro tarifario presentado por la sociedadOPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), para el serviciomencionado en el artículo 1° de la presente, que como Anexo I formaparte integrante de esta Resolución, el que regirá a partir de la fechade publicación de la presente medida en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. GERARDO OTERO, Subsecretario deGestión Administrativa del Transporte, Secretaría de Transporte.

ANEXO I

(Anexo sustituido por art. 4° de la Resolución N° 49/2016 del Ministerio de Transporte B.O. 7/4/2016, el que regirá apartir de las CERO (0) horas del día 8 de abril de 2016, texto según art. 1º de la Resolución Nº 200/2016 del Ministerio de Transporte B.O. 27/07/2016. Vigencia: de aplicación a partir de la publicación en el Boletín Oficial)

PARA 1RA CLASE

PLAZA CONSTITUCIÓN - BAHÍA BLANCA SUD

ESTACIONP. CONSTITUCIÓNMONTELAS FLORESAZULOLAVARRÍALAMADRIDCNEL. SUÁREZPIGUETORNQUIST

P. CONSTITUCIÓN




MONTE75





LAS FLORES12550



AZUL20012575



OLAVARRIA22515510530


GRAL. LAMADRID2852151659565



CNEL. SUÁREZ33526021514011045

PIGUE3652952451701407535


TORNQUIST4103352852151851207545

B.BLANCA SUD46039034026524017513010055

PULLMAN

PLAZA CONSTITUCIÓN - BAHÍA BLANCA SUD

ESTACIONP. CONSTITUCIÓNMONTELAS FLORESAZULOLAVARRÍALAMADRIDCNEL. SUÁREZPIGUETORNQUIST

P. CONSTITUCIÓN-





MONTE90-



LAS FLORES15060-



AZUL24015090-


OLAVARRÍA27019013040-



GRAL. LAMADRID34526020011575



CNEL. SUÁREZ40531526017013555-


PIGUE4403552952051709545-

TORNQUIST4954053452602251459055-

B.BLANCA SUD55547041032029021016012070

CAMAROTE

PLAZA CONSTITUCIÓN - BAHÍA BLANCA SUD

ESTACIONP. CONSTITUCIÓNMONTELAS FLORESAZULOLAVARRÍALAMADRIDCNEL. SUÁREZPIGUETORNQUIST

P. CONSTITUCIÓN




MONTE




LAS FLORES




AZUL




OLAVARRÍA790





GRAL. LAMADRID1000750



CNEL. SUÁREZ1175910750



PIGUE12801035860595


TORNQUIST143511751000755650



B.BLANCA SUD161013651190930840610


e. 11/09/2015 N° 145059/15 v. 11/09/2015

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