Disposición 265/2015

Tüv Rheinland Argentina S.A.

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Economia Y Finanzas Publicas
Tüv Rheinland Argentina S.A.

Reconocer a tüv rheinland argentina s.a. como organismo de certificacion en aplicacion del regimen establecido por la resolucion n° 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex secretaria de industria, comercio y mineria, del ex ministerio de economia y obras y servicios publicos y la resolucion n° 35, de fecha 17 de marzo de 2005, de la ex secretaria de coordinacion tecnica del ex ministerio de economia y produccion, referida a la obligatoriedad de la certificacion de la veracidad de la informacion suministrada en la etiqueta y fichas respectivas, correspondientes en este caso a los aparatos electricos de uso domesticos definidos como refrigeradores, congelacion de alimentos y sus combinaciones, y que se comercializan en el pais, en lo relativo al rendimiento o eficiencia energetica, la emision de ruido y las demas caracteristicas asociadas.

Id norma: 252021 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33215

Fecha boletin: 16/09/2015 Fecha sancion: 10/09/2015 Numero de norma 265/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Comercio Interior Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE COMERCIO

SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

DIRECCIÓN NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR

Disposición 265/2015

Bs. As., 10/09/2015

VISTO el expediente N° S01:0095192/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la exSECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, del ex MINISTERIO DEECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, establece la obligatoriedad dela certificación de la veracidad de la información suministrada en laetiqueta y fichas respectivas, correspondientes a los aparatoseléctricos de uso doméstico que se enumeran en el artículo 2° de lamencionada Resolución y que se comercializan en el país, en lo relativoal rendimiento o eficiencia energética, la emisión de ruido y las demáscaracterísticas asociadas.

Que la Resolución N° 35, de fecha 17 de marzo de 2005, de la exSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA YPRODUCCIÓN, a través de su artículo 4°, estableció las modalidades yfechas de entrada en vigencia de la obligación de obtener lacertificación y de colocación de la etiqueta de eficiencia energéticacorrespondientes sobre los productos eléctricos definidos comorefrigeradores, congelación de alimentos y sus combinaciones, que secomercialicen en el país.

Que las Resoluciones N° 123, de fecha 3 de marzo de 1999, y N° 431, defecha 28 de junio de 1999, de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO YMINERÍA, del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS,establecen que para su participación en los Regímenes de CertificaciónObligatoria, los Organismos de Certificación deberán contar con elreconocimiento al efecto de esta Dirección Nacional de ComercioInterior.

Que por medio de la Disposición de esta DIRECCION NACIONAL DE COMERCIOINTERIOR N° 668, de fecha 19 de setiembre de 2006, fueron designadoslos integrantes del mencionado Comité de Evaluación.

Que mediante el expediente citado en el VISTO la empresa TÜV RheinlandArgentina S.A., solicitó su reconocimiento para actuar como organismode certificación en aplicación de la Resolución ex S.I.C. y M. N°319/1999 y de la Resolución ex - SCT N° 35/2005.

Que, conforme lo ordenado por esta Dirección Nacional a fojas 314, elsubcomité de Evaluación de Organismos de Certificación con laparticipación de expertos técnicos procedió a verificar las accionesllevadas a cabo por el solicitante en relación a las observacionesefectuadas oportunamente (fojas 49) y a ejecutar las actividadesprevistas en el plan de auditoría de fojas 315/316, realizando lavisita a las instalaciones del Organismo de Certificación TÜV RheinlandArgentina S.A con fecha 30 de Julio de 2015.

Que, según consta en el Acta del Comité de Evaluación de Organismos deCertificación de fecha 3 de agosto de 2015, el citado Comité se haexpedido favorablemente, recomendando el reconocimiento de TÜVRheinland Argentina S.A para desempeñarse como Organismo deCertificación en la aplicación del régimen mencionado.

Que TÜV Rheinland Argentina S.A. ha presentado, a fojas 331/333,documentación que evidencia su acreditación por parte del OrganismoArgentino de Acreditación (O.A.A.) perteneciente al SISTEMA NACIONAL DENORMAS, CALIDAD Y CERTIFICACION, creado por el Decreto N° 1474, defecha 23 de agosto de 1994, como Organismo de Certificación para laaplicación, entre otros, del régimen de etiquetado de eficienciaenergética para aparatos de refrigeración domésticos, dandocumplimiento así a lo requerido por la Resolución N° 431/99 de laex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO y MINERIA del ex-MINISTERIO DEECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que, conforme exige el último párrafo del inciso e) artículo 2° de laResolución antes referida, el causante ha presentado evidencia de lacontratación del seguro de responsabilidad civil correspondiente, afojas 334/338, siendo aprobado sin observaciones por esta DirecciónNacional.

Que la Dirección de Legales del Área de Comercio, dependiente de laDirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por elartículo 6° de la Resolución ex S.I.C. y M. N° 431/99 y por losDecretos N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Reconocer a TÜV Rheinland Argentina S.A. como Organismode Certificación en aplicación del régimen establecido por laResolución N° 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DEINDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS YSERVICIOS PÚBLICOS y la Resolución N° 35, de fecha 17 de marzo de 2005,de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del ex MINISTERIO DEECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, referida a la obligatoriedad de la certificaciónde la veracidad de la información suministrada en la etiqueta y fichasrespectivas, correspondientes en este caso a los aparatos eléctricos deuso domésticos definidos como refrigeradores, congelación de alimentosy sus combinaciones, y que se comercializan en el país, en lo relativoal rendimiento o eficiencia energética, la emisión de ruido y las demáscaracterísticas asociadas.

ARTÍCULO 2° — Aprobar el seguro de responsabilidad civil específico dela actividad de ensayos en aplicación de la Resolución ex-SICyM N°319/1999 y Resolución ex-SCT N° 35/2005, presentado por el TÜVRheinland Argentina S.A.

ARTÍCULO 3° — La presente Disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4° — Notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial, y archívese. — Prof. FERNANDO A. CARRO, DirectorNacional de Comercio Interior.

e. 16/09/2015 N° 145489/15 v. 16/09/2015

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