Resolución 260/2015

Reglamento General Para La Pesca Deportiva Continental Patagonica - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Nacional De Parques Nacionales
Reglamento General Para La Pesca Deportiva Continental Patagonica - Aprobacion

Apruebase el reglamento general para la pesca deportiva continental, patagonica y el anexo correspondiente a los parques nacionales del sur, correspondiente a la temporada 2015-2016.

Id norma: 252070 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33216

Fecha boletin: 17/09/2015 Fecha sancion: 09/09/2015 Numero de norma 260/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Turismo Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TURISMO

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 260/2015

Bs. As., 09/09/2015

VISTO el Reglamento General para la Pesca Deportiva ContinentalPatagónica y las normativas específicas del Anexo para los ParquesNacionales del Sur, correspondientes a la Temporada 2015-2016, cuyasactuaciones han recaído en el Expediente N° 1904/2015, y

CONSIDERANDO:

Que el referido Reglamento, en lo que respecta a sus disposicionesgenerales así como las diferentes categorías y los valores de lospermisos de pesca, han sido consensuados en el ámbito de la ComisiónConsultiva Interjurisdiccional de Coordinación de la Pesca ContinentalPatagónica.

Que dicha Comisión involucra la participación de esta Administración,de los Organismos provinciales de las diferentes provincias de laPatagonia y de asociaciones con injerencia en el tema.

Que en lo que atañe a la reglamentación específica para los ParquesNacionales del Sur, han tomado debida intervención las Intendenciasrespectivas y la Delegación Regional Patagonia, de acuerdo a loestablecido por Resolución N° 283/2002 del Presidente del Directorio.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección Nacional deConservación de Áreas Protegidas y las Direcciones de Administración yde Asuntos Jurídicos, esta última mediante Dictamen N° 58.706 (a fs.44/45).

Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f) y w), de la Ley N° 22.351.

Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Reglamento General para la Pesca DeportivaContinental, Patagónica y el Anexo correspondiente a los ParquesNacionales del Sur, correspondiente a la Temporada 2015-2016, los que,como Anexo I y II forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Convalídanse los valores de las estampillascorrespondientes a las distintas categorías de los permisos de pescapara la Temporada 2015-2016 que fueran oportunamente consensuados en elámbito de la Comisión Consultiva Interjurisdiccional y a los que sehace referencia en el Punto 3. del Reglamento General y en el Punto 13.del Anexo de los Parques Nacionales del Sur.

ARTÍCULO 3° — Encomiéndase a la Dirección de Administración laimpresión de las estampillas correspondientes a la Temporada 2015-2016considerando los valores propuestos —debiendo incluirse una estampillano valorizada—, estimándose las cantidades totales a imprimir de cadacategoría, en función de las estadísticas de ventas de permisos depesca de las últimas temporadas, de la información aportada por laDelegación Regional Patagonia y las Intendencias de los ParquesNacionales Patagónicos.

ARTÍCULO 4° — Tomen conocimiento la Unidad de Auditoría Interna, lasDirecciones Nacionales de Interior y de Conservación de ÁreasProtegidas, la Dirección General de Coordinación Administrativa y lasDirecciones de Aprovechamiento de Recursos, de Asuntos Jurídicos y deCoordinación Operativa. Comuníquese a la Delegación Regional Patagoniay a las Intendencias de los Parques Nacionales Lanín, Lago Puelo,Laguna Blanca, Los Alerces, Los Glaciares, Nahuel Huapi y Tierra delFuego. Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas yNotificaciones publíquese la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LANACIÓN.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese y archívese. — Gpque. CARLOSCORVALÁN, Presidente del Directorio. — PAOLA GROSS, Vocal delDirectorio. — Arq. ADRIAN STUR, Vocal del Directorio. — Lic. LILIANASCIOLI, Vocal del Directorio.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 17/09/2015 N° 146514/15 v. 17/09/2015

(Nota Infoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

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