Disposición 7/2015

Decision Administrativa N° 927/2014 - Aclaraciones Tecnicas

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Decision Administrativa N° 927/2014 - Aclaraciones Tecnicas

Apruebanse las “aclaraciones tecnicas especificas para la decision administrativa n° 927/2014”, que como anexo, forma parte integrante de la presente disposicion.

Id norma: 252085 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33216

Fecha boletin: 17/09/2015 Fecha sancion: 10/09/2015 Numero de norma 7/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Tecnologias De Gestion Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN

Disposición 7/2015

Bs. As., 10/09/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0046554/2015 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros.357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y 2628 del 19 dediciembre de 2002 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N°927 del 30 de octubre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídicadel documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital,estableciendo las características de la Infraestructura de FirmaDigital de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el artículo 24 del Decreto N° 2628 del 19 de diciembre de 2002 ysus modificatorios, reglamentario de la Ley N° 25.506 de Firma Digital,establece el procedimiento que los certificadores deben observar parala obtención de una licencia detallando la documentación exigida atales efectos.

Que la Decisión Administrativa N° 927 del 30 de octubre de 2014,establece las pautas técnicas complementarias del marco normativo defirma digital, aplicables al otorgamiento y revocación de licencias alos certificadores que así lo soliciten, así como algunas pautastécnicas vinculadas al uso de los certificados digitales.

Que debido a la complejidad de la decisión administrativa referida, setorna necesario realizar una serie de aclaraciones de caráctereminentemente técnico, vinculadas en todos los casos a la informaciónque debe publicar el certificador licenciado y al servicio deverificación en línea del estado de revocación de los certificados quese encuentra obligado a brindar.

Que resulta conveniente la realización de ajustes técnicos sobre losperfiles de los certificados digitales en campos y extensionesespecíficas para determinados suscriptores.

Que dichas aclaraciones complementan lo normado en la Decisión Administrativa mencionada.

Que el artículo 67 de la Decisión Administrativa N° 927/2014 faculta alSubsecretario de Tecnologías de Gestión de la SECRETARÍA DE GABINETE dela JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en su calidad de entelicenciante, a dictar las normas aclaratorias y complementariascorrespondientes.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DECOORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURADE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Subsecretario de Tecnologías de Gestión de la SECRETARÍA DEGABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se encuentra facultadopara dictar la presente medida en virtud de la Decisión AdministrativaN° 927/2014.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN DE LA SECRETARÍA DE GABINETE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las “ACLARACIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS PARA LADECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 927/2014”, que como Anexo, forma parteintegrante de la presente disposición.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — EDUARDO A. THILL, Subsecretario deTecnologías de Gestión, Secretaría de Gabinete, Jefatura de Gabinete deMinistros.

ANEXO


e. 17/09/2015 N° 146055/15 v. 17/09/2015

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