Resolución 1859/2015

Resolucion 1088/2015 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior Y Transporte
Resolucion 1088/2015 - Modificacion

Sustituyase el anexo i de la resolucion n° 1088 de fecha 2 de julio de 2015 del ministerio del interior y transporte, por el anexo i de la presente resolucion, el que regira a partir de la hora cero (0) del dia 21 de septiembre de 2015.

Id norma: 252125 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33217

Fecha boletin: 18/09/2015 Fecha sancion: 17/09/2015 Numero de norma 1859/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio Del Interior Y Transporte Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Resolución 1859/2015

Bs. As., 17/09/2015

VISTO el Expediente N° S02:00101867/2015 del registro de este Ministerio y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Reordenamiento Ferroviario N° 26.352 y susmodificatorias, dispuso la creación de la sociedad OPERADORAFERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), con sujeción al régimenestablecido por la Ley N° 20.705, las disposiciones pertinentes de laLey N° 19.550 y sus modificatorias que le fueran aplicables y a lasnormas de su Estatuto.

Que dicha sociedad tiene a su cargo la prestación de los servicios detransporte ferroviario de pasajeros, en todas sus formas, que le seanasignados, incluyendo el mantenimiento del material rodante, elmantenimiento de la infraestructura ferroviaria que utilice para laoperación del servicio ferroviario a su cargo y la gestión de lossistemas de control de circulación de trenes, estas dos últimasfunciones en caso de que le sean asignadas por la ADMINISTRACIÓN DEINFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE).

Que mediante la Resolución N° 1125 de fecha 25 de septiembre de 2014 deeste Ministerio, se autorizó a la sociedad OPERADORA FERROVIARIASOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) a prestar servicios especiales detransporte ferroviario de pasajeros en la Línea BELGRANO NORTE, en lostérminos del artículo 7° de la Ley N° 26.352 y sus modificatorias,debiéndose adoptar las medidas administrativas pertinentes a talesefectos y procediendo, de ser necesario, a la adquisición de materialrodante para la operación de tales servicios, de conformidad con lanormativa vigente.

Que en dicho marco, se incorporó nuevo material rodante para la prestación de servicios especiales en la Línea BELGRANO NORTE.

Que por otra parte, mediante la Resolución N° 1088 de fecha 2 de juliode 2015 de este Ministerio, se aprobó el cuadro tarifario presentadopor la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) paralos servicios especiales de transporte ferroviario de pasajerosprestados en el tramo RETIRO (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) -PANAMERICANA “Km. 47” (Provincia de Buenos Aires), perteneciente a laLínea BELGRANO NORTE, el que incluye paradas intermedias, que comoAnexo I forma parte integrante de dicha resolución.

Que en esta instancia se ha considerado necesaria la incorporación deuna nueva parada intermedia en la Estación Boulogne, dentro del tramoRETIRO (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) - PANAMERICANA “Km. 47”(Provincia de Buenos Aires) y, en consecuencia, la sociedad OPERADORAFERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) ha propiciado la modificacióndel cuadro tarifario oportunamente aprobado mediante la resolucióncitada en el considerando anterior, a efectos de que se incluya lanueva parada intermedia.

Que las tarifas propuestas resultan acordes a la prestación delservicio y se hallan en concordancia con las de otros serviciosferroviarios prestados por la sociedad OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDADDEL ESTADO (SOFSE), siguiendo el principio de brindar una tarifa socialal alcance de todos los sectores sociales.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar el nuevo cuadro tarifario para los servicios especiales en trato.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadaspor la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y susmodificatorias, por la Ley N° 26.352 y sus modificatorias y por elartículo 2°, apartado e), inciso 5 del Decreto N° 101 de fecha 16 deenero de 1985 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyase el Anexo I de la Resolución N° 1088 de fecha2 de julio de 2015 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por elAnexo I de la presente resolución, el que regirá a partir de la horaCERO (0) del día 21 de septiembre de 2015.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro delInterior y Transporte.

ANEXO I

TARIFA SERVICIOS ESPECIALES RETIRO - PANAMERICANA “KM 47”


e. 18/09/2015 N° 148051/15 v. 18/09/2015

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