Disposición 398/2015

Centro De Emision De Licencias Nacionales De Conducir Del Municipio De Selva

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior Y Transporte
Centro De Emision De Licencias Nacionales De Conducir Del Municipio De Selva

Renuevese la certificacion del centro de emision de licencias nacionales de conducir del municipio de selva, de la provincia de santiago del estero, a fin de expedir la licencia nacional de conducir por el plazo de un (1) año en los terminos del articulo 4° inciso f) del anexo i al decreto 1716/2008.

Id norma: 252207 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33219

Fecha boletin: 22/09/2015 Fecha sancion: 02/07/2015 Numero de norma 398/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio Del Interior Y Transporte Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 398/2015

Bs. As., 02/07/2015

VISTO el expediente N° S02:0023393/2014 del registro de la AGENCIANACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR y TRANSPORTE,las Leyes N° 24.449, N° 26.363.

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIANACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbitodel actual MINISTERIO DEL INTERIOR y TRANSPORTE, conforme Decreto874/2012, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad enel territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control yseguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como loestablece el artículo 3° de la mencionada norma, la autoridad deaplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.

Que el artículo 4° incisos e) y f) de la Ley N° 26.363 establece quecorresponde a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL crear y establecerlas características y procedimientos de otorgamiento, emisión eimpresión de la licencia de conducir nacional; y además, le correspondeautorizar a los organismos competentes en materia de emisión delicencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires a otorgar la Licencia Nacional deConducir, certificando y homologando en su caso, los centros de emisióny/o impresión de las mismas.

Que en el marco de las competencias atribuidas a la ANSV, se ha dictadocon fecha 27 de Octubre de 2009, la Disposición ANSV N° 207 mediante lacual se aprueba el SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR a fin deunificar los criterios en todo el país respecto al formato de laslicencias, los requisitos previos a la solicitud, la emisión y todaslas cuestiones atinentes a la misma.

Que la Disposición ANSV N° 207/09 establece los procedimientosnecesarios que todo Centro de Emisión de Licencia (CELs) deberáobservar para tramitar ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL lacertificación necesaria para la emisión de la Licencia Nacional deConducir.

Que la Disposición aludida establece que será deber de la AGENCIANACIONAL DE SEGURIDAD VIAL renovar la certificación de los Centros deEmisión de Licencia Nacional de Conducir en forma anual, renovación quelleva ínsita la facultad para continuar con la emisión de la LicenciaNacional de Conducir en los términos del artículo 4° inciso f) delAnexo 1 al Decreto N° 1716/08.

Que el Centro de Emisión de Licencias Nacional de Conducir delMunicipio de Selva fue certificado y homologado oportunamente por laDisposición ANSV N° 323 de fecha 02 de Julio de 2014.

Que en tal sentido, conforme a la Declaración Jurada remitida por elSr. Intendente del MUNICIPIO DE SELVA, PROVINCIA DE SANTIAGO DELESTERO, se mantienen las exigencias legales requeridas para larenovación de la Certificación oportunamente otorgada.

Que en ese sentido y habiéndose cumplimentado por parte del MUNICIPIODE SELVA con el procedimiento establecido por la Disposición ANSV N°207 para la “RENOVACION DE LA CERTIFICACIÓN DE LOS CENTROS DE EMISIÓNDE LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR”, corresponde emitir el presente actode Renovación de la Certificación del Centro de Emisión de LicenciaNacional de Conducir de la mencionada jurisdicción, conforme lasfacultades conferidas al DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DESEGURIDAD VIAL en el artículo 4° inciso f) de la Ley N° 26.363 y AnexoV al Decreto N° 1716/08.

Que la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR y laDIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, ambasdependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR YANTECEDENTES DE TRÁNSITO, y la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA, han tomado laintervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOSLEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomadola intervención que les compete.

Que el DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIALresulta competente para la suscripción de la presente Disposición envirtud de las competencias expresamente atribuidas por el artículo 7°inciso b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Renuévese la Certificación del Centro de Emisión deLicencias Nacionales de Conducir del Municipio de SELVA, de laProvincia de SANTIAGO DEL ESTERO, a fin de expedir la Licencia Nacionalde Conducir por el plazo de un (1) año en los términos del artículo 4°inciso f) del Anexo I al Decreto 1716/2008.

ARTÍCULO 2° — Autorízase a emitir el Certificado de Renovación N° 1 deCertificación de Centro Emisor de Licencia Nacional de Conducir a favorde la jurisdicción mencionada en el artículo 1° de la presenteDisposición, cuyo modelo forma parte de la presente medida como Anexo I.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓNNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. FELIPE RODRIGUEZLAGUENS, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial,Ministerio del Interior y Transporte.

e. 22/09/2015 N° 148184/15 v. 22/09/2015

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