Resolución 645/2015

Montos Basicos Anuales Diferenciados - Actualizacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Agricultura, Ganaderia Y Pesca
Montos Basicos Anuales Diferenciados - Actualizacion

Actualizanse los montos basicos anuales diferenciados y los montos estipulados como requisito de ingreso a la beca en relacion al nivel socio economico de las familias de los postulantes, establecidos en el reglamento general de becas “manuel belgrano” aprobado por la resolucion n° 1.152 de fecha 19 de noviembre de 2013 del ministerio de agricultura, ganaderia y pesca, conforme se indica en el anexo que se aprueba y forma parte integrante de la presente resolucion.

Id norma: 252825 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33227

Fecha boletin: 02/10/2015 Fecha sancion: 28/09/2015 Numero de norma 645/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Agricultura Ganaderia Y Pesca Ver Resoluciones Observaciones: ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 1152/2013 DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución 645/2015

Bs. As., 28/09/2015

VISTO el Expediente N° S05:0052730/2014 del Registro del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución N° 903 de fecha 11 deseptiembre de 2013 y la Resolución N° 1.152 de fecha 19 de noviembre de2013 del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 903 de fecha 11 de septiembre de 2013 delMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se crea el PROGRAMANACIONAL DE APOYO A LA EDUCACIÓN RURAL Y AGRARIA, cuyo objetivo esbrindar a los jóvenes rurales las herramientas y el apoyo necesariopara el logro de una formación académica adecuada, facilitando suinserción laboral y arraigo.

Que por el Artículo 2° de la citada Resolución N° 903/13 se apruebanlas líneas de acción del citado Programa, las cuales incluyen el apoyoa egresados de la educación agraria, a través de un sistema de becas.

Que en tal sentido, a través de la Resolución N° 1.152 de fecha 19 denoviembre de 2013 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA seestablece el Sistema de Becas “Manuel Belgrano”, destinado a alumnosegresados de escuelas secundarias agrarias que aspiren a continuar susestudios en Carreras Universitarias y Tecnicaturas Superioresvinculadas al sector agroalimentario y agroindustrial; cuya finalidades incrementar el acceso, la permanencia y la graduación de estudiantesde carreras consideradas estratégicas para el desarrollo productivo delpaís.

Que en el Artículo 2° de la citada Resolución N° 1.152/13 se aprueba elReglamento General Becas “Manuel Belgrano”, el cual establece losrequisitos, las condiciones generales y los procedimientos para suimplementación.

Que asimismo, establece el monto básico anual diferenciado de la beca yun aporte complementario por práctica laboral con sentido social.

Que por el Decreto N° 84 de fecha 23 de enero de 2014 se creó el“PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS” (PROGRESAR) con el finde generar nuevas oportunidades de inclusión social y laboral a losjóvenes en situación de vulnerabilidad a través de acciones integradasque permitan su capacitación e inserción laboral.

Que el Sistema de Becas “Manuel Belgrano” es específico y por lo tantocomplementario del “PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS”(PROGRESAR), por lo que los participantes podrán percibir ambosbeneficios.

Que es necesario actualizar los montos básicos y los montos estipuladoscomo requisito de ingreso a la beca en relación al nivel socioeconómico de las familias de los postulantes para este año 2015.

Que por el Decreto N° 505 de fecha 6 de abril de 2015 se modifica elcitado Decreto N° 84/14, previendo un incremento en el monto inicial dela cuantía de la prestación del CINCUENTA POR CIENTO (50%), pasando dePESOS SEISCIENTOS ($600) a PESOS NOVECIENTOS ($900).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtudde las facultades que le otorgan la Ley de Ministerios (texto ordenadopor Decreto N° 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Actualízanse los montos básicos anuales diferenciados ylos montos estipulados como requisito de ingreso a la beca en relaciónal nivel socio económico de las familias de los postulantes,establecidos en el Reglamento General de Becas “Manuel Belgrano”aprobado por la Resolución N° 1.152 de fecha 19 de noviembre de 2013del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, conforme se indica enel Anexo que se aprueba y forma parte integrante de la presenteresolución.

ARTÍCULO 2° — Establécese que aquellos estudiantes que perciban elbeneficio determinado por Decreto N° 84 de fecha 23 de enero de 2014, yque simultáneamente sean becarios de la “Beca Manuel Belgrano”, podránpercibir también este último beneficio.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS HORACIO CASAMIQUELA,Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.

ANEXO


e. 02/10/2015 N° 151687/15 v. 02/10/2015

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