Resolución 857/2014

Profesional Independiente Comprendido En El Decreto Ley 6070/58

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Consejo Profesional De Ingenieria Industrial
Profesional Independiente Comprendido En El Decreto Ley 6070/58

Aclarar que el profesional independiente comprendido en el decreto ley 6070/58 que presta servicios externos de higiene y seguridad en el trabajo se encuentra relevado de cumplimentar lo prescripto en el art. 6 y concordantes de la resolucion srt n° 905/15 de la superintendencia de riesgos del trabajo, por cuanto es obligacion del mismo mantener la confidencialidad de los trabajos que realice para su cliente.

Id norma: 253043 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33232

Fecha boletin: 09/10/2015 Fecha sancion: 07/10/2014 Numero de norma 857/2014

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Profesional De Ingenieria Industrial Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

Resolución Acta N° 857 - Reunión del Consejo Directivo del 27/08/15

Confidencialidad del Profesional de Higiene y Seguridad del Trabajo

Visto la Resolución SRT N° 905/15 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Considerando que dicha resolución establece la obligación delprofesional a cargo del Servicio de Higiene y Seguridad del Trabajo deinformar a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación lasacciones ejecutadas en cumplimiento de sus funciones.

Que el ejercicio profesional de la ingeniería se encuentra regulado en el orden nacional por el Decreto Ley 6070/58 - Ley 14467.

Que el Art. 2.3.1.4 del Código de Ética Decreto 1099/84 estableceexpresamente que el profesional debe “mantener secreto y reservarespecto a toda circunstancia relacionada con el cliente y con lostrabajos que para él efectúa”.

Que el Consejo Profesional de Ingeniería Industrial es competente paraexpedirse sobre el particular acorde a las atribuciones que le otorgadicho Decreto Ley 6070/58.

Por ello, el Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ingeniería Industrial RESUELVE:Art. 1.- Aclarar que el profesional independiente comprendido en elDecreto Ley 6070/58 que presta servicios externos de higiene yseguridad en el trabajo se encuentra relevado de cumplimentar loprescripto en el Art. 6 y concordantes de la Resolución SRT N° 905/15de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, por cuanto es obligacióndel mismo mantener la confidencialidad de los trabajos que realice parasu cliente.

Art. 2.- Registrar. Publicar en el Boletín Oficial de la Nación y enlos órganos de difusión del CPII. Comunicar a la Junta Central deConsejos Profesionales Decreto Ley 6070/58 y a la Superintendencia deRiesgos del Trabajo.

Ing. DIEGO PEREZ SANTISTEBAN, Secretario designado por Acta 848 del07/10/2014. — Ing. DAVID COHEN, Presidente designado por Acta 848 del07/10/2014.

e. 09/10/2015 N° 154560/15 v. 09/10/2015

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