Circular 3/2015

Resolucion N° 630/94 (Ex-Ana)

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Resolucion N° 630/94 (Ex-Ana)

Resolucion n° 630/94 (ex-ana). manifiesto de desconsolidacion. medida de fuerza dispuesta por el gremio s.u.p.a.r.a.

Id norma: 253104 Tipo norma: Circular Numero boletin: 33233

Fecha boletin: 13/10/2015 Fecha sancion: 06/10/2015 Numero de norma 3/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Federal De Ingresos Publicos Ver Circulares Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Circular 3/2015

Asunto: Resolución N° 630/94 (ex-ANA). Manifiesto de desconsolidación. Medida de fuerza dispuesta por el gremio S.U.P.A.R.A.

Bs. As., 06/10/2015

VISTO las presentaciones efectuadas por la Asociación Argentina de Agentes de Carga Internacional, y

CONSIDERANDO:

Que en las mismas solicita que ante el paro de actividades efectuadopor el sindicato de trabajadores del gremio S.U.P.A.R.A., llevado acabo los días 24, 25 y 31 de julio de 2014, 1 y 8 de agosto de 2014 ydel 18 al 21 de setiembre de 2014, se contemple extender, comoexcepción, el plazo de presentación de los Manifiestos Desconsolidados,agregando a las fechas de ejecución de la acción gremial el tiempo queperdure la citada medida de fuerza.

Que al respecto la Resolución N° 630/94 (ex-A.N.A.) dispone por elAnexo IV “D” que el plazo para la presentación de los ManifiestosDesconsolidados ante el Servicio Aduanero deberá realizarse en el plazode CINCO (5) días siguientes a la entrada del buque.

Que del análisis efectuado por las áreas jurídicas de la DirecciónGeneral de Aduanas a lo solicitado se desprende que corresponde accedersolo para los días 8 de agosto de 2014 y 18 al 21 de setiembre de 2014,en cuyo mérito procede adecuar el cómputo de los plazos de laresolución antes mencionada.

Que la situación planteada resulta de público y notorio conocimiento y constituye un caso de fuerza mayor.

En ejercicio de las facultades conferidas a esta Administración Federalpor el artículo 9°, apartado 1 del Decreto N° 618 del 10 de julio de1997, sus modificatorios y sus complementarios, se estima convenienteindicar lo siguiente:

Compútese el plazo prescripto por el Anexo IV “D” de la Resolucióncitada en los considerandos para los días 8 de agosto de 2014 y 18 al21 de setiembre de 2014 desde las CERO (0) horas del día 9 de agosto de2014 y desde las CERO (0) horas del día 22 de setiembre de 2014,respectivamente, sin que proceda —por los eventuales vencimientosproducidos— la iniciación de las acciones infraccionales ydisciplinarias que la norma prevé.

Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para supublicación y difúndase en el Boletín de la Dirección General deAduanas. Cumplido, archívese. — RICARDO ECHEGARAY, AdministradorFederal.

e. 13/10/2015 N° 155005/15 v. 13/10/2015

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