Resolución 261/2015

Municipalidad De Machagai De La Provincia Del Chaco

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Industria
Municipalidad De Machagai De La Provincia Del Chaco

Otorgase a la municipalidad de machagai de la provincia del chaco un aporte no reintegrable (anr) de pesos dos millones setecientos siete mil cuatrocientos ochenta y ocho con cincuenta y cuatro centavos ($ 2.707.488,54).

Id norma: 253800 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33242

Fecha boletin: 26/10/2015 Fecha sancion: 22/09/2015 Numero de norma 261/2015

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE INDUSTRIA

Resolución 261/2015

Bs. As., 22/09/2015

VISTO el Expediente N° S01:0483632/2010 del Registro del MINISTERIO DEINDUSTRIA, el Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 y susmodificatorios, y la Resolución N° 40 de fecha 17 de agosto de 2010 delMINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 se creó el“Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicosen el Bicentenario” con el objetivo de financiar obras deinfraestructura intra y extramuros, facilitando la radicación ydesarrollo de pequeñas y medianas empresas en Parques IndustrialesPúblicos.

Que el Artículo 3° del citado decreto designó al ex MINISTERIO DEINDUSTRIA Y TURISMO, actual MINISTERIO DE INDUSTRIA, como Autoridad deAplicación del mencionado Programa.

Que por la Resolución N° 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA se reglamentó el citado Programa Nacional.

Que conforme lo dispuesto por el Artículo 6° del Anexo al Decreto N°915/10, los Municipios y/o Provincias donde se encuentren radicados losParques Industriales Públicos que cumplan con el procedimiento yrequisitos impuestos por el Programa, podrán acceder a Aportes NoReintegrables (ANRs) otorgados por el ESTADO NACIONAL.

Que el Artículo 5° del Anexo al Decreto N° 915/10, sustituido por elArtículo 1° del Decreto N° 375 de fecha 25 de marzo de 2014, fijó unmonto de hasta PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000) por solicitud.

Que para acceder a este beneficio, el Parque Industrial solicitantedebe estar inscripto previamente en el Registro Nacional de ParquesIndustriales (RENPI), actuante en el ámbito de la UNIDAD DE DESARROLLOINDUSTRIAL LOCAL (UDIL) del MINISTERIO DE INDUSTRIA, creado por elArtículo 2° del Decreto N° 915/10, y aportar recursos adicionales enconcepto de contrapartida local.

Que el Artículo 8° del Anexo a la Resolución N° 40/10 del MINISTERIO DEINDUSTRIA dispone que la inscripción en el Registro Nacional de ParquesIndustriales (RENPI) tendrá una vigencia de TRES (3) años contados apartir de la fecha de emisión del certificado.

Que a fojas 10 del Expediente N° S01:0037072/2015 del Registro delMINISTERIO DE INDUSTRIA, agregado a fojas 50 del expediente citado enel Visto, obra la Constancia de Inscripción de fecha 11 de noviembre de2014 del PARQUE INDUSTRIAL II DE LA CIUDAD DE MACHAGAI en el RegistroNacional de Parques Industriales (RENPI), de conformidad con loprescripto en los Artículos 4° y siguientes del Anexo a la ResoluciónN° 40/10 del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que a fojas 56 del expediente citado en el Visto, la MUNICIPALIDAD DEMACHAGAI de la Provincia del CHACO solicita un Aporte No Reintegrable(ANR) por la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS SIETE MILCUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($2.707.488,54) con el objeto de realizar las obras intramuroscorrespondientes al enripiado de calles, la construcción del portal deentrada, alcantarillas y desagües, e iluminación de calles internas enel PARQUE INDUSTRIAL II DE LA CIUDAD DE MACHAGAI.

Que el presupuesto presentado por la Municipalidad mencionada en elconsiderando precedente, obrante a fojas 75 del citado expediente,totaliza la suma de PESOS TRES MILLONES OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE CONSESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 3.008.320,63), comprometiéndose la citadaMunicipalidad a aportar recursos adicionales en concepto decontrapartida local por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL OCHOCIENTOSTREINTA Y DOS CON NUEVE CENTAVOS ($ 300.832,09).

Que surge del proyecto presentado que las obras a las que se destinaráel Aporte No Reintegrable (ANR) tendrán un impacto positivo para elPARQUE INDUSTRIAL II DE LA CIUDAD DE MACHAGAI, en tanto el enripiado decalles y la construcción de alcantarillas y desagües garantizarán eltránsito dentro del predio, y la construcción del portal de entrada yla obra de iluminación servirán para distinguir al parque industrial,permitiendo identificar de manera sencilla su acceso.

Que la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL) del MINISTERIO DEINDUSTRIA ha verificado el cumplimiento integral de los restantesrequisitos formales y evaluado la factibilidad técnica del proyecto deconformidad con el Informe obrante a fojas 99/109 del expediente citadoen el Visto, recomendando la aprobación de la solicitud presentada porla MUNICIPALIDAD DE MACHAGAI de la Provincia del CHACO.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 3° del Decreto N° 915/10.

Por ello,

LA MINISTRA DE INDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE MACHAGAI de la Provinciadel CHACO un Aporte No Reintegrable (ANR) de PESOS DOS MILLONESSETECIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON CINCUENTA YCUATRO CENTAVOS ($ 2.707.488,54).

ARTÍCULO 2° — El Aporte No Reintegrable (ANR), dispuesto en el artículoprecedente, tendrá como el objeto la realización de las obrasintramuros correspondientes al enripiado de calles, la construcción delportal de entrada, alcantarillas y desagües, e iluminación de callesinternas en el PARQUE INDUSTRIAL II DE LA CIUDAD DE MACHAGAI.

ARTÍCULO 3° — El monto consignado en el Artículo 1° de la presentemedida deberá ser depositado a nombre de la MUNICIPALIDAD DE MACHAGAIde la Provincia del CHACO, C.U.I.T. N° 30-58413241-4, en la CuentaBancaria N° 34510047/36 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal2.323.

ARTÍCULO 4° — La MUNICIPALIDAD DE MACHAGAI de la Provincia del CHACO seha comprometido a dar cumplimiento a lo estipulado por el Artículo 17,inciso d) del Anexo a la Resolución N° 40 de fecha 17 de agosto de 2010del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

ARTÍCULO 5° — En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestasal beneficiario conforme los términos de los Artículos 16, párrafosegundo, y 18 del Anexo al Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010,se dispondrá, previa constitución en mora y fijación de un plazorazonable para su cumplimiento, la caducidad del beneficio otorgado conla consecuente obligación de restituir la suma percibida.

ARTÍCULO 6° — Dispónese que los aportes de recursos adicionales enconcepto de contrapartida local comprometidos por la MUNICIPALIDAD DEMACHAGAI de la Provincia del CHACO, quedarán sujetos a lasverificaciones y controles por parte de la UNIDAD DE DESARROLLOINDUSTRIAL LOCAL (UDIL) del MINISTERIO DE INDUSTRIA al momento derealizarse la rendición de cuentas.

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Lic. DÉBORA GIORGI, Ministra deIndustria.

e. 26/10/2015 N° 159430/15 v. 26/10/2015

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