Resolución 989/2015

S.M.A.T.A. - Ford Argentina Sociedad

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
S.M.A.T.A. - Ford Argentina Sociedad

Declarase homologado el acuerdo obrante a fojas 5/11 del expediente n° 1.675.502/15, celebrado entre el sindicato de mecanicos y afines del transporte automotor de la republica argentina, por la parte sindical, y la empresa ford argentina sociedad en comandita por acciones, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva n° 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 253809 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33242

Fecha boletin: 26/10/2015 Fecha sancion: 21/07/2015 Numero de norma 989/2015

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 989/2015

Bs. As., 21/07/2015

VISTO el Expediente N° 1.675.502/15 del registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley 23.546 (t.o. 2004),y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/11 del Expediente N° 1.675.502/15, obran el acuerdocelebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTEAUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y laempresa FORD ARGENTINA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, por la parteempleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N°14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo los agentes negociadores convienen unincremento salarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo deEmpresa N° 8/89 “E”, conforme surge del texto pactado.

Que en relación al carácter asignado al subsidio por transporte quesurge de fojas 9 del Expediente de referencia, corresponde hacer sabera las partes que deberá estarse a lo observado oportunamente en elconsiderando cuarto de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 975de fecha 26 de junio de 2014.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con laactividad principal de la parte empleadora signataria y larepresentatividad de la asociación sindical firmante, emergente de supersonería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con ladocumentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos elmentado acuerdo.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que lescompete en la presente negociación, en los términos de lo prescriptopor el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en relación con la constitución de la respectiva ComisiónNegociadora en los términos de la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), debetenerse presente lo indicado a foja 34.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la LeyN° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente actoadministrativo de homologación, con el alcance que se precisa en elconsiderando tercero de la presente medida.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, seremitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional deRegulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar elpromedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorioestablecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y susmodificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en elartículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 5/11 delExpediente N° 1.675.502/15, celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS YAFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la partesindical, y la empresa FORD ARGENTINA SOCIEDAD EN COMANDITA PORACCIONES, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley deNegociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección deNegociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinaciónregistre el acuerdo obrante a fojas 5/11 del Expediente N° 1.675.502/15.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin deevaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, delcual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en elartículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.Finalmente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con ellegajo del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 8/89 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuitadel acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercerpárrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.675.502/15

Buenos Aires, 22 de julio de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 989/15 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/11 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 793/15. — Lic. ALEJANDROINSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En General Pacheco, a los 24 días del mes de abril de 2015, se reúnenlos representantes de la Empresa Ford Argentina S.C.A., en adelante “LAEMPRESA”, con domicilio en la Avda. Henry Ford y Ruta Panamericana deGral. Pacheco, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, por unaparte y por la otra los Representantes del Sindicato de Mecánicos yAfines del Transporte Automotor de la República Argentina y de laComisión Interna de Reclamos de la planta de General Pacheco, enadelante, “EL SMATA”, con domicilio en la Avda. Belgrano 665 de laCapital Federal, conjuntamente denominadas “Las Partes”, quienesacuerdan lo siguiente:

PRIMERA: A partir del 01-04-2015 al personal de Ford Argentina S.C.A.comprendido en el Convenio Colectivo 8/89 “E” se le aplicará las nuevasescalas salariales que se adjuntan al presente como “Anexol”.

SEGUNDA: Las Partes comprometen su mayor esfuerzo en mantenerarmoniosas y ordenadas relaciones, que permitan atender las exigenciastanto de la Empresa como de los Trabajadores, procurando elcumplimiento de los objetivos de Seguridad, Calidad, Producción yExportación, con el propósito de asegurar el mantenimiento de la fuentede trabajo y el continuo mejoramiento de las relaciones laborales. Eneste contexto, se comprometen a fomentar y mantener la paz socialevitando adoptar medidas de fuerza que atenten contra dichos objetivos.

TERCERA: En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de igualtenor y a un solo efecto, que serán presentados ante el Ministerio deTrabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a los fines de suhomologación.

ANEXO 1

FORD ARGENTINA S.C.A.

Tabla de Jornales

Abril 01, 2015


FORD ARGENTINA S.C.A.

Plus Soldadores Especiales

Abril 01, 2015

FORD ARGENTINA S.C.A.

Abril 01, 2015

“X” ADICIONAL AUXILIAR:


10% DE LACATEGORIA 5a. INICIAL  $8,38

“E” ADICIONAL ENCARGADO:

9E 15% DE LACATEGORIA 9a. INICIAL $15,04 10E 15% DE LACATEGORIA 10a. INICIAL $16,44

PLUS SOLDADORES:

“S” Para categorías 4, 5 y 6

100% de la diferencia con la categoría siguiente + 90% de la diferenciaentre la categoría siguiente y la subsiguiente.

“R” Para categorías 4, 5, 6 y 7

90% de la diferencia con la categoría siguiente.

ADICIONAL UTILITARIO VW:

Para personal que vino de VW. Consiste en el pago de la diferencia a lacategoría que tenía en VW previa a la fusión en Autolatina.

a) 1,7% de la base de la Categoría 7.

b) Diferencia entre categoría actual (con su respectiva antigüedad) yla categoría que tenía en VW.

SE SUMAN a) + b)

El adicional LO PIERDE si es promovido a una categoría superior a lacategoría que tenía en VW.

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